CASANARE
Alargan cuarentena en Arauca y veredas de Hato Corozal y Sácama, se acabó en Paz de Ariporo
El Instituto Colombiano Agropecuario, ICA, extendió hasta el 25 de julio la medida de cuarentena en todo el departamento de Arauca, además, levantó la cuarentena para el municipio de Paz de Ariporo y redujo la medida solo a veredas colindantes con Arauca de los municipios de Hato Corozal y Sácama, en Casanare.
Medidas de control en Casanare
En Casanare, se decretaron dos medidas cuarentenarias preventivas para algunas zonas de los municipios de Hato Corozal y Sácama, que son veredas colindantes con el departamento de Arauca, y en donde se prohíbe la entrada o salida en la zona de animales (bovinos, porcinos, caprinos, ovinos, bufalinos, llamas, alpacas y rumiantes) y vehículos que transporten los mismos.
En el municipio de Hato Corozal la cuarentena se extiende hasta el 25 de julio en las siguientes veredas: Alemania, Brillante, Cájaro, Capilla, Cilantral, Corralito, Cruces, Guafal, Manga, Miravalles, Puerto Colombia, La Reforma, Resguardo Indígena Caño Mochuelo, Rubí, San Nicolás, Santa Barbara, Santa María del Casanare, Sarrapio, Sitios, Suni, Villanueva y Viso.
De igual manera, se decreta de manera de indefinida la cuarentena en las veredas Puente Casanare, Tapias, Resguardo Indígena Chaparral, Guayureme y Maraure del municipio de Hato Corozal, y en el municipio de Sácama la vereda La Casirva.
Se excluye de la cuarentena el municipio de Paz de Ariporo que fue establecido en la anterior resolución por la detección del foco fiebre aftosa tipo ‘O’ en el predio ‘La Marota’, ubicado en la vereda Curipao del municipio de Tame, Arauca.
Luis Humberto Martínez Lacouture, gerente general del ICA, dio un parte de tranquilidad al país porque las medidas que se están tomando permiten actuar con los sistemas de vigilancia epidemiológica y trabajar contundente con otras entidades como la Policía, el Ejército y las Alcaldías.
Medidas de control en Arauca
La medida para el departamento de Arauca se extendió hasta el 25 de julio, eso implica que quedó prohibida la movilización de animales en la totalidad de los predios que tengan bovinos, porcinos, caprinos, ovinos, bufalinos, llamas, alpacas y rumiantes que son susceptibles a contraer y transmitir la fiebre aftosa.
Otras de las normas preventivas que se establecieron para el departamento de Arauca son las siguientes:
1. Prohibir la movilización de animales susceptibles a Fiebre Aftosa en el departamento de Arauca, excepto para sacrificio en la plata de beneficio autorizada por el INVIMA y ubicada en el municipio del predio origen de la movilización.
2. Prohibir la movilización de animales susceptibles a fiebre aftosa en el departamento de Arauca a cualquier destino.
3. Prohibir el ingreso de animales susceptibles a fiebre aftosa al departamento de Arauca.
4. Prohibir todo tipo de concentración animal.
5. Las movilizaciones dentro del departamento, estarán supeditadas al cumplimiento de medidas sanitarias como: expedición de Guías Sanitarias de Movilización Interna, GSMI, únicamente con destino a sacrificio, inspección sanitaria, desinfección y precintado en los puestos de control ubicados en el departamento.
6. Prohibir la salida de carne fresca y vísceras blancas del departamento de Arauca.
7. Las movilización de canales de carne con destino al municipio de Tame, deberán ser provenientes de las plantas de sacrificio autorizados por el INVIMA.
8. Los vehículos recolectores de leche en el municipio de Tame, están obligados a la desinfección de pimpinas, cantinas y vehículos en general, y no deben ingresar a los predios, por lo que el productor deberá sacar la leche hasta la entrada principal del predio.
9. Prohibir la salida de leche cruda y productos elaborados en base a esta del departamento.
Para las veredas de los municipios de Hato Corozal y Sácama, Casanare también se aplican las siguientes normas:
1. Restricción del tránsito de animales, personas, vehículos, implementos o cualquier otro medio de difusión de la enfermedad.
2. Aislamiento de animales sospechosos de estarlo.
3. Los animales muertos a causa de la enfermedad o su sospecha, deberán ser enterrados dentro de la misma finca.
4. Las personas encargadas del manejo y cuidado de animales antes de salir de la zona en cuarentena, deberán cambiarse de ropa, calzado y someterse a limpieza.
5. Las movilizaciones que transiten por la zona en cuarentena, deberán ser precintadas en el origen o por los puestos de control de la zona.
El gerente general del ICA insistió en que “en caso de hallarse animales que sean movilizados sin guía sanitaria de movilización interna, desde las zonas afectadas por la enfermedad o desde la zona fronteriza con la República Bolivariana de Venezuela, hacia cualquier parte del territorio nacional, serán sacrificados de manera inmediata, en la planta de beneficio más cercana autorizada por el INVIMA.
Se le recuerda a la ciudadanía que los funcionares del ICA, fungen como inspectores de policía sanitaria y estarán aplicando el sistema de vigilancia activa en los diferentes predios para cumplir las normas de cuarentena en los departamentos de Arauca y Casanare.
Fuente: El Diario del Llano – HOLA Casanare
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Estos son los nuevos plazos para descuentos en pago del Impuesto Predial en Yopal
En plenaria del Concejo Municipal fue aprobado el Proyecto de Acuerdo No. 005, una medida que amplía los plazos para que los contribuyentes de Yopal accedan a descuentos por pronto pago del impuesto predial, así como a la opción de pago por cuotas sin intereses.
La decisión representa un alivio para los ciudadanos, quienes ahora contarán con más tiempo para ponerse al día con sus obligaciones tributarias y aprovechar los incentivos económicos dispuestos por la alcaldía de Yopal, en cabeza del mandatario Marco Tulio Ruíz.
De acuerdo con lo aprobado, los predios no sujetos a los límites de la ley 44 de 1990 tendrán un descuento del 30% si realizan el pago antes del 31 de mayo de 2026 (este beneficio es aplicable únicamente para quienes cancelaron la vigencia 2025 en octubre del año anterior). posteriormente, podrán acceder a un 20% de descuento antes del 31 de julio y un 10% antes del 30 de septiembre de 2026.
Por su parte, los predios sujetos a los límites legales contarán con un 15% de descuento si pagan antes del 31 de mayo, un 10% antes del 31 de julio y un 5% si cancelan antes del 30 de septiembre del 2026. Además, el acuerdo contempla la ampliación de los plazos para el pago por cuotas sin intereses, una alternativa que busca facilitar el cumplimiento de esta obligación, especialmente para quienes requieren distribuir el valor del impuesto en varios periodos.
Desde la Administración Municipal se destacó que esta medida no solo brinda mayor flexibilidad a los contribuyentes, sino que también contribuye a fortalecer la cultura de pago y el recaudo de recursos que se destinan a la inversión social y al desarrollo de la ciudad.


