CASANARE
Exalcalde de Yopal pide no aplicar actualización catastral en 2025 por presuntas irregularidades
El exalcalde de Yopal, Braulio Castelblanco Vargas, solicitó públicamente a la administración municipal abstenerse de aplicar durante la vigencia fiscal de 2025 la actualización catastral realizada por la empresa Catasig, argumentando serias irregularidades en el proceso que, según él, comprometen la legalidad de los actos administrativos expedidos.
Castelblanco Vargas sostuvo que los tres actos administrativos que estructuran el proceso de actualización –la apertura, aprobación de valores y cierre– no fueron debidamente publicados, como lo exige la Resolución 1040 de 2022 y el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CEPACA). “Estos actos son de carácter general y abstracto, por tanto, deben ser publicados y no simplemente notificados. Sin publicidad, no son jurídicamente exigibles”, afirmó.
Según el exmandatario, aunque los documentos fueron firmados entre abril y diciembre de 2024, su publicación oficial solo ocurrió hasta febrero de 2025, lo cual contradice el principio de publicidad y vulnera derechos fundamentales. En ese sentido, cuestionó cómo se puede hacer exigible un acto administrativo desde el 1 de enero, cuando la ciudadanía solo tuvo conocimiento de su existencia semanas después.
El abogado y exalcalde también aseguró que no existe una base legal vigente para hacer cobros de impuesto predial con la nueva actualización, y exigió que se apliquen los valores del año 2024 ajustados únicamente por el IPC, como lo establece la Ley 1995.
Además, advirtió sobre afectaciones económicas a los contribuyentes de Yopal, quienes han recibido cobros con montos significativamente más altos sin una base catastral legalmente publicada. “Nos están imponiendo una carga tributaria sin el debido proceso. Esto es una grosería institucional”, sentenció.
Finalmente, solicitó que se realice un análisis jurídico integral sobre la validez del proceso adelantado por Catasig y exigió a la administración una respuesta clara y ajustada a la ley. “No se puede parametrizar información con actos administrativos inexistentes. La comunidad merece respeto y seguridad jurídica”, concluyó Castelblanco.
El análisis jurídico fue presentado durante la reunión sostenida con las delegadas de la Superintendencia de Notariado y Registro en La Triada.
Fuente: El Diario del Llano – HOLA Casanare
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Contribuyentes de Yopal pueden acceder a descuentos en Impuesto Predial por pronto pago
Los contribuyentes en Yopal pueden acceder a descuentos por pronto pago del impuesto predial 2026, con beneficios que varían según las características de cada predio y las fechas en que se realice el pago.
De acuerdo con las condiciones establecidas, existen dos grupos de incentivos: El primero aplica para predios excluidos de la Ley 44 de 1990, entre los que se encuentran lotes urbanizables no urbanizados, lotes urbanizados no edificados, predios nuevos y aquellos que incorporaron construcciones tras la actualización catastral.
Para estos casos, los descuentos son del 30% si el pago se realiza hasta el 31 de mayo, 20% hasta el 30 de julio y 10% hasta el 30 de septiembre. Este beneficio está dirigido a quienes hayan cumplido con el pago del impuesto predial de la vigencia 2025 hasta octubre del año anterior.
Por su parte, los demás predios también cuentan con incentivos por pronto pago. En estos casos, se ofrece un 15% de descuento hasta el 31 de mayo, 10% hasta el 31 de julio y 5% hasta el 30 de septiembre.
Además de estos beneficios, los contribuyentes pueden optar por el sistema de pago alternativo por cuotas, una opción que permite distribuir el valor del impuesto a lo largo del año y facilitar el cumplimiento de la obligación.
Los ciudadanos pueden reclamar su factura en los puntos de atención o descargarla a través del portal https://impuestos.yopal.gov.co/, así como realizar el pago en los lugares autorizados.
La recomendación es aprovechar estos descuentos dentro de los plazos establecidos, lo que no solo representa un ahorro, sino que también evita costos adicionales y facilita el cumplimiento oportuno de las obligaciones tributarias.


