CASANARE
Ex vicecontralor de Casanare engañó a todos, ninguno de sus títulos profesionales era legal
Con detención domiciliaria fue cobijado el ex Vicecontralor de Casanare, Alexander Sierra Acosta, capturado por los delitos de fraude procesal en concurso con uso de documento falso y ocultamiento, alteración, destrucción de elemento material probatorio.
La captura del ex funcionario se dio el pasado viernes y fue legalizada este sábado por el Juzgado Promiscuo de Recetor. La Fiscalía le formuló e imputó cargos por los mencionados delitos, los cuales no fueron aceptados por el señor Sierra Acosta. Sin embargo, el Juez dictó medida de aseguramiento privativa de la libertad en domicilio.
Según la Fiscalía, gracias a investigación iniciada por requerimiento de la Auditoría General de la República y desarrollada con el apoyo del Cuerpo Técnico de Investigación CTI, se logró determinar que el señor Sierra Acosta quien se desempeñó en la Contraloría Departamental de Casanare durante los años 2004 a 2010 como profesional y de 2012 a 2016 como Vicecontralor y Contralor Departamental, no cumplía los requisitos como profesional.
Al ser requerido, Sierra Acosta se presentó como Ingeniero de Sistemas egresado de la Universidad Antonio Nariño de la ciudad de Bogotá; además que era Administrador Público egresado de la Escuela Superior de Administración Pública ESAP, informaciones que según la Fiscalía fueron desmentidas por ambos claustros universitarios.
En febrero de 2016 se recibió la denuncia donde se solicitaba la hoja de vida del señor Flady Alexander Sierra Acosta con el fin de verificar la idoneidad de su perfil profesional. Sin embargo, al realizar una búsqueda exhaustiva de los documentos, se determinó que el señor Sierra Acosta cuando oficiaba en el cargo de Vicecontralor, la solicitó y no la devolvió al área encargada de las hojas de vida.
Fuente: El Diario del Llano – HOLA Casanare
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Contribuyentes de Yopal pueden acceder a descuentos en Impuesto Predial por pronto pago
Los contribuyentes en Yopal pueden acceder a descuentos por pronto pago del impuesto predial 2026, con beneficios que varían según las características de cada predio y las fechas en que se realice el pago.
De acuerdo con las condiciones establecidas, existen dos grupos de incentivos: El primero aplica para predios excluidos de la Ley 44 de 1990, entre los que se encuentran lotes urbanizables no urbanizados, lotes urbanizados no edificados, predios nuevos y aquellos que incorporaron construcciones tras la actualización catastral.
Para estos casos, los descuentos son del 30% si el pago se realiza hasta el 31 de mayo, 20% hasta el 30 de julio y 10% hasta el 30 de septiembre. Este beneficio está dirigido a quienes hayan cumplido con el pago del impuesto predial de la vigencia 2025 hasta octubre del año anterior.
Por su parte, los demás predios también cuentan con incentivos por pronto pago. En estos casos, se ofrece un 15% de descuento hasta el 31 de mayo, 10% hasta el 31 de julio y 5% hasta el 30 de septiembre.
Además de estos beneficios, los contribuyentes pueden optar por el sistema de pago alternativo por cuotas, una opción que permite distribuir el valor del impuesto a lo largo del año y facilitar el cumplimiento de la obligación.
Los ciudadanos pueden reclamar su factura en los puntos de atención o descargarla a través del portal https://impuestos.yopal.gov.co/, así como realizar el pago en los lugares autorizados.
La recomendación es aprovechar estos descuentos dentro de los plazos establecidos, lo que no solo representa un ahorro, sino que también evita costos adicionales y facilita el cumplimiento oportuno de las obligaciones tributarias.


