CASANARE
Ante bloqueos en El Morro, Equión suspende contratos por servicios e inversión social

Ante los bloqueos que se han venido presentando durante los últimos 15 días a las operaciones de la compañía Equión por parte de las comunidades del Corregimiento El Morro, la empresa emitió un Comunicado a la Opinión Pública, en el que lamenta las vías de hechos que se han venido presentando, al tiempo que da a conocer que mantendrá suspendidos los contratos por servicios no prestados, y los programas de inversión social. El siguiente es el texto de la comunicación de Equión:
Equión Energía informa que a pesar de la permanente disposición al diálogo, la operación de la Compañía en el corregimiento El Morro (Yopal), continua afectada por bloqueos selectivos que impiden la movilización de empleados, contratistas, y demás requerimientos de transporte y logística de las actividades de la empresa en el sector, materializados por parte de miembros de la comunidad, debido a que las respuestas entregadas en la reunión de ayer 27 de noviembre no fueron en el sentido de conceder sus pretensiones.
La empresa agradece la confianza y el acompañamiento de las instituciones y autoridades que participaron como garantes en el desarrollo del encuentro, durante el cual, a pesar de los argumentos y la explicación de los procesos que debe cumplir la Compañía, continuaron siendo recurrentes las injustificadas manifestaciones y señalamientos de incumplimiento.
La Compañía ratifica que los compromisos de los temas previamente acordados con Asojuntas han sido gestionados oportunamente; sin embargo, los asistentes a la reunión no permitieron que se evidenciara el cumplimiento y el avance a la fecha.
Es importante aclarar que las expectativas manifestadas por la comunidad, por ejemplo, en los asuntos relacionados con el aumento de la inversión social no corresponden a compromisos adquiridos por la compañía, sino a una solicitud cuyo proceso de aprobación fue explicado en detalle durante la reunión.
Los bloqueos iniciaron hace 15 días (desde el 14 de noviembre) y han ocasionado una grave e injustificada afectación a la operación; ejemplo de ello es que sólo hasta el sábado 24 de noviembre permitieron el paso de alimentos, víveres y agua; así como han dificultado el transporte y disposición de los residuos sólidos, situaciones que evidenciaron una presunta infracción al Derecho Internacional Humanitario.
Además, en términos de seguridad industrial, también se ha entorpecido el ingreso a la operación de productos y elementos esenciales para continuar garantizando el aseguramiento de la integridad de líneas de flujo, de la Planta y mantener la operación y entrega oportuna de gas a Yopal y al país.
Es así que, ante la imposibilidad de sostener un diálogo constructivo, propositivo y libre de presiones, la compañía decide mantener la suspensión de los contratos por servicios no prestados y de los programas de inversión social en curso, medida que lamentamos por el impacto que habrá en los procesos que se venían desarrollando con las comunidades.
Equión considera que ha realizado importantes inversiones sociales en beneficio de las comunidades, y está muy orgullosa de los resultados que en conjunto se han logrado en términos de aporte al mejoramiento de la calidad de vida, infraestructura comunitaria, educativa, vial, áreas recreativas, crecimiento económico, capacitación técnica en la industria, protección y cuidado del medio ambiente, reafirmación de la identidad cultural, créditos comunitarios y educación superior, entre otros.
Solo durante el 2018, la inversión social de Equión en El Morro se ha materializado en:
- 223 familias con mejoramientos de vivienda (en ejecución)
- 123 familias apoyadas en el desarrollo de proyectos productivos agropecuarios (en ejecución)
- 13 Fondos de Crédito Comunitario liderados con las Juntas de Acción Comunal
- 350 niños y jóvenes y 120 padres de familia, formándose en música y danza llanera en la Escuela Sembrando Joropo Morro
- Seis bachilleres de la institución educativa Antonio Nariño desarrollando estudios universitarios a través del programa Educa con Equión
- Apoyo a la fase I de la construcción de la Iglesia del Corregimiento
- Fase II del mejoramiento del acueducto de la vereda Planadas
Finalmente, la Compañía reitera su inconformidad frente a tener que mantener la operación vía protesta, bloqueo y actos represivos que obstruyen la intención de generar valor y trabajar por el desarrollo de las regiones y el país.
Fuente: Comunicaciones Equión
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Más de 45 años de prisión para feminicida por crimen ocurrido en Yopal en 2021

El Juzgado Segundo Penal del Circuito de Yopal condenó a 45 años y ocho meses de prisión (550 meses) a Diego Andrés Suárez Daza, hallado culpable del feminicidio agravado de Sonia Rocío Díaz Barrera, de 30 años. Suárez Daza fue capturado en 2024 en Cajicá, a donde había huido e intentaba pasar desapercibido como mecánico.
El fallo, emitido en aplicación de la normativa colombiana sobre violencia de género, busca enviar un mensaje claro sobre la gravedad de estos delitos, como en este caso que causó conmoción en su momento en la capital casanareña.
El crimen ocurrió el 2 de septiembre de 2021 en la residencia de la víctima, ubicada en el barrio Bicentenario de Yopal. Suárez Daza, expareja sentimental de Sonia, ingresó al domicilio y la atacó con un arma blanca, causándole heridas mortales en el cuello. El cuerpo fue hallado por familiares que, alarmados por su ausencia en su local del Terminal de Transportes, acudieron a buscarla.
En el momento del ataque, Sonia se encontraba en casa con su hija de tres años, quien dormía en otra habitación. La violencia del hecho y la presencia de la menor en el lugar conmovieron profundamente a la comunidad yopaleña, que desde entonces ha exigido justicia por este brutal crimen, llegando incluso a realizar un plantón frente a la sede de la Fiscalía.
La investigación reveló que la víctima había denunciado amenazas previas y enfrentaba un conflicto por la fijación de la cuota alimentaria de la niña. Estos antecedentes fueron considerados por el juez como agravantes en el contexto de violencia intrafamiliar y de género.
Con esta condena, las autoridades reafirman su compromiso de sancionar con severidad los feminicidios y proteger los derechos de las mujeres, especialmente en contextos donde persiste la violencia ejercida por exparejas o personas cercanas.
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Fuente: El Diario del Llano – HOLA Casanare
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Condenan a 44 años de prisión a feminicida por hechos ocurridos en Maní

El Juzgado Tercero Penal del Circuito de Yopal condenó a 44 años de prisión (528 meses) a Kilver Alfonso Mariño Ávila por el feminicidio de su expareja, Mildre Carolina Rojas, ocurrido el 5 de noviembre de 2024 en el municipio de Maní.
La decisión judicial, que fue apelada por la defensa del condenado, se dio tras comprobar que el hombre atacó brutalmente a la mujer con un arma blanca en un establecimiento público, como fue de amplio conocimiento.
Según el relato de los hechos, la víctima, de 38 años, fue abordada por Mariño Ávila mientras trabajaba, y en medio de una discusión por el uso de una motocicleta, el agresor la persiguió y le causó una herida mortal en el abdomen. Aunque varios ciudadanos intentaron auxiliarla, la gravedad de la lesión le provocó la muerte minutos después.
Mariño Ávila huyó del lugar tras cometer el crimen, pero fue capturado esa misma noche gracias a la oportuna reacción de la Policía y la colaboración de la comunidad. La víctima había denunciado previamente amenazas por parte del agresor.
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Fuente: El Diario del Llano – HOLA Casanare
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JEP imputa tortura y tratos inhumanos a seis militares por ‘falsos positivos’ en Casanare

Tras analizar 17 hechos de asesinatos y desapariciones forzadas presentadas como falsas bajas en combate por agentes del Estado, en los que se documentaron actos de violencia física y psicológica contra 26 víctimas antes de su asesinato, la Sala de Reconocimiento de Verdad de la JEP imputó los delitos de tortura y de tratos inhumanos y degradantes a seis comparecientes, exintegrantes del Ejército Nacional, por hechos ocurridos en Casanare.
Las nuevas imputaciones fueron formuladas contra Wilson Salvador Burgos Jiménez, Marco Fabián García Céspedes, Jhon Alexander Suancha Florián, Wilfrido Domínguez Márquez y Miguel Andrés Sierra García, quienes ya habían sido determinados como máximos responsables, así como contra Zamir Humberto Casallas Valderrama, definido como partícipe no determinante y también llamado a reconocer responsabilidad. Todos pertenecieron a la XVI Brigada del Ejército Nacional.
La decisión se adoptó tras contrastar la información obtenida en las versiones voluntarias, las pruebas recolectadas en los procesos adelantados en la jurisdicción ordinaria y las observaciones presentadas por víctimas y el Ministerio Público, con el fin de dar respuesta a la solicitud de esclarecer el trato bridado a las víctimas antes de ser asesinadas. La magistratura concluyó que varios de estos actos constituyeron tortura contra persona protegida, una conducta tipificada tanto en el Código Penal colombiano como en el Derecho Internacional Humanitario y el Derecho Penal Internacional.
Hubo tortura antes de asesinarlos
En el análisis de estos 17 hechos, en los que fueron asesinadas 26 personas, la JEP evidenció que las víctimas fueron engañadas, sometidas o trasladadas en condiciones que incrementaron su vulnerabilidad. Estas prácticas tenían como propósito facilitar su posterior asesinato y presentación como bajas en combate.
Esta nueva calificación jurídica profundiza lo establecido por la sala en el Auto de Determinación de Hechos y Conductas proferido en el Subcaso Casanare del Caso 03, en 2022, que investiga asesinatos y desapariciones forzadas presentadas como falsas bajas en combate por agentes del Estado en ese departamento. En dicha decisión, la JEP determinó la existencia de un patrón criminal sistemático por parte de la XVI Brigada del Ejército Nacional, que habría involucrado a más de 296 víctimas directas entre 2005 y 2008 en Casanare.
Como parte del proceso ante la Justicia Transicional Restaurativa, la Sala de Reconocimiento de Verdad trasladó algunos de los hechos investigados a la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas, con el fin de que continúe la indagación sobre los pormenores del trato recibido por las víctimas antes de su muerte, en relación con comparecientes que participaron directamente en los hechos, pero cuya situación jurídica fue remitida a esa instancia de la JEP porque no fueron seleccionados como máximos responsables.
Asimismo, la Sala de Reconocimiento envió al Subcaso Costa Caribe II información sobre hechos cometidos por el compareciente Juan Pablo Gutiérrez Jaramillo cuando estuvo en la Brigada XVI en el departamento de Casanare, para que también sean tenidos en cuenta en dicha investigación, en la que fue imputado como máximo responsable, en calidad de coautor de los delitos de homicidio en persona protegida y desaparición forzada.
Los seis comparecientes llamados a reconocer su responsabilidad por actos de tortura y tratos crueles, inhumanos y degradantes en Casanare tienen 15 días hábiles para informar a la Sala de Reconocimiento de Verdad si aceptan o no los nuevos cargos imputados por la JEP. En ese mismo término, podrán pronunciarse, aportar pruebas y referirse a los hechos, las conductas y su eventual participación individual en ellos.
Fuente: Comunicaciones JEP