CASANARE
En Yopal reglamentan fijación de publicidad para las opciones del SI o el NO en el plebiscito
La Alcaldía de Yopal reglamentó la forma, características y condiciones para la fijación de vallas, pasacalles, carteles, afiches y demás elementos publicitarios que promuevan las opciones del Sí o el No en el plebiscito del próximo 2 de octubre.
Referente a las vallas publicitarias, los comités que promuevan las opciones del SI o el NO tendrán derecho a fijar y/o instalar un máximo de 15 vallas publicitarias de máximo 48 metros cuadrados cada una y deberán cumplir con unas condiciones, las cuales se indican en el Decreto 068 expedido por la Alcaldía.
Previa autorización del Instituto de Desarrollo Urbano y Rural de Yopal (IDURY), se podrán ubicar y/o instalar vallas publicitarias promoviendo las opciones del SI o el NO, en bienes inmuebles privados. No se podrán ubicar y/o instalar vallas publicitarias promoviendo las opciones del SI o el NO en lugares históricos, edificios o sedes de Entidades Públicas del orden Nacional, Departamental o Municipal, Templos, Hospitales y Puestos de Salud, en las áreas requeridas para la circulación peatonal y vehicular y la recreación pública, separadores, andenes, glorietas, parques, plazas, zonas verdes, antejardines y similares, zonas comunales, áreas privados destinadas a la recreación y circulación que sean visibles desde la vía pública, zonas de conservación urbanística, histórica y en general, en todas las zonas de use a disfrute colectivo, zonas declaradas de reserva y control ambiental.
Para la solicitud, los Comités que promuevan las opciones del SI o el NO harán Ia solicitud por escrito al IDURY, para la instalación de vallas. En el Decreto 068, se hace referencia a las multas, a la cantidad de murales publicitarios y pasacalles y sus características, afiches, carteles y pendones.
En el Decreto se indica que son obligaciones de los titulares de las autorizaciones para fijar y/o instalar vallas, murales, pasacalles publicitarios:
a. Conservar en buen estado las respectivas vallas, murales, pasacalles.
b. Evitar que las vallas, murales, pasacalles constituyan riesgos evidentes para la comunidad.
c. Instalar las vallas, murales, pasacalles conforme a las disposiciones del Decreto 068.
d. Retirar las vallas, murales, pasacalles dentro de los ocho (8) días calendario siguientes a las elecciones.
e. Contar con autorización del IDURY para Ia ubicación y/o instalación de vallas, murales, pasacalles.
Fuente: Prensa Alcaldía de Yopal
CASANARE
Diputados Mancipe y Henry Pérez “se dijeron cositas” por elección del nuevo Contralor de Casanare
El presidente de la Asamblea de Casanare, Henry Pérez Hernández, respondió a los cuestionamientos del anterior presidente de la corporación, Juan Fernando Mancipe, sobre los avances en el proceso de elección del Contralor Departamental, señalando que al asumir la presidencia se identificaron inconsistencias que ponían en riesgo la seguridad jurídica de la convocatoria.
El cabildante explicó que, tras la revisión, la Mesa Directiva decidió revocar la convocatoria, aunque el contrato suscrito con la Universidad Distrital por Mancipe durante su presidencia se mantiene vigente. No obstante, indicó que, en su calidad de supervisor, solicitó a la institución una terminación anticipada bilateral debido a las situaciones detectadas que podrían comprometer la legalidad del proceso.
Piden intervención de la Procuraduría
El presidente de la Asamblea también informó que, actuando con diligencia, se radicó ante la Procuraduría General de la Nación una solicitud de conciliación extrajudicial, trámite necesario al tratarse de entidades públicas. Asimismo, advirtió que se evalúan posibles acciones por presuntas irregularidades como prevaricato, celebración de contratos sin el lleno de requisitos y eventual adulteración de firmas.
Pérez Hernández aseguró que la corporación ha actuado conforme al debido proceso y confía en que las autoridades competentes resuelvan la situación en los tiempos establecidos. Añadió que, una vez superados los trámites legales, se podrá avanzar en una nueva convocatoria que permita garantizar la elección del Contralor Departamental con plena seguridad jurídica.
Mancipe se defiende
CASANARE
Yopal asegura $15.000 millones tras fallo a favor en disputa con Asobancaria, por tarifa del ICA para los bancos
La Alcaldía de Yopal ha logrado un importante triunfo jurídico en su prolongada disputa con Asobancaria por el cobro del impuesto de industria y comercio (ICA).
Esta decisión, ratificada por la Corte Constitucional, reafirma la facultad del municipio para aplicar una tarifa del 20 x 1.000 a las entidades financieras que operan en la ciudad.
El fallo no solo garantiza ingresos anuales cercanos a los 15.000 millones de pesos, que serán vitales para financiar inversiones en infraestructura vial, vivienda y educación, sino que también establece un precedente jurídico de alcance nacional. Otras capitales del país podrán ahora referenciarse en esta decisión, fortaleciendo su autonomía fiscal.
La Administración Municipal destacó el arduo trabajo de su equipo legal, subrayando la defensa de los intereses de Yopal frente a una de las organizaciones más poderosas del país. En adelante, las entidades financieras deberán acatar las disposiciones del Estatuto de Rentas vigente.
El caso se originó cuando Asobancaria demandó el artículo 18 del Acuerdo 022 de 2021, argumentando que la tarifa máxima debía ser del 14 x 1.000. Sin embargo, las autoridades judiciales reconocieron la autonomía tributaria de Yopal para fijar tarifas dentro del rango permitido por la ley, que para ciudades capitales puede llegar hasta el 30 x 1.000 si se justifica ante el Concejo Municipal.
CASANARE
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