CASANARE
En medio de presuntas violaciones al debido proceso, Alcadía nombró Gerente de la ESE Salud Yopal
Demasiadas dudas generó el afanado nombramiento de gerente en propiedad en la ESE Salud Yopal por parte de la Alcaldía de Yopal, cuando Unipamplona estaba aún realizando el concurso para proveer el mencionado cargo, contratada precisamente por la ESE.
Juan Carlos Suárez, asesor Jurídico de la Alcaldía y presidente de la Junta Directiva de la ESE Salud Yopal, señala que el nombramiento del psicólogo Antonio Palacios Salamanca, quien también venía participando del concurso, se dio como resultado de la facultad discrecional que le asiste a la Alcaldesa por efecto de la Ley 1797 de 2016, de nombrar sin necesidad de concurso al gerente de la ESE, pero se le olvida que en este caso la facultad discrecional no aplica porque la convocatoria a concurso se hizo el 5 de julio de 2016 (ver imagen), y la Ley fue sancionada por el Presidente de la República el día 13 del mismo mes. El parágrafo transitorio del artículo 20 de la precitada norma ordena, que cuando los concursos para la elección de gerente habían iniciado antes de la entrada en vigencia de la misma, como en este caso, los procesos debían continuarse hasta el final.
Dice el Asesor Jurídico de la Alcaldía y presidente de la Junta Directiva de la ESE, que el pasado miércoles 16 de noviembre, luego de darse cuenta que él como Supervisor del contrato con Unipamplona no había firmado nunca el Acta de Inicio, y que se le había hecho un adicional en recursos y una prórroga en tiempo al contrato cuando se encontraba vencido, se decidió por parte de la Junta Directiva de la ESE “liquidar de manera bilateral el contrato” y lo plasmó en el Acuerdo 019 de 2016. No se explica como un connotado jurista que hoy ocupa el cargo de Asesor Jurídico de la Alcaldía de Yopal no haya firmado el Acta de Inicio de un Contrato que inició en el mes de mayo donde él era el Supervisor, y solo hasta noviembre se venga a dar cuenta. Además que como presidente de la Junta Directiva de la ESE, haya firmado la reanudación del proceso el pasado 9 de noviembre -cuando supuestamente el contrato ya estaba vencido- y se venga a dar cuenta de ello el 16 de noviembre (consultar audio). ¿En manos de quién está la seguridad jurídica del municipio?, se preguntó un ciudadano que consultó con El Diario del Llano.
Asesor Juan Carlos Suárez dice que se encontraron vicios jurídicos, por ejemplo, que él como Supervisor del Contrato nunca firmó el Acta de Inicio.

El Acuerdo 019 “solicita” a Unipamplona dar terminación bilateral del Contrato, pero no es el acta final donde Unipamplona esté de acuerdo en hacerlo.
Asegura tajantemente el Asesor Jurídico de la Alcaldía de Yopal, que para dar terminación bilateral de un Contrato no es necesaria la aceptación del contratista (consultar audio), expertos en temas de contratación estatal consultados por El Diario del Llano dicen que para que haya terminación “bilateral” debe expresarse claramente en un acto administrativo (acta de terminación) la voluntad de las dos partes expresada en la firma de los dos representantes legales, cosa que en este caso no se ha dado. Es decir, según los expertos mientras no exista acta de terminación el contrato está vigente.
Lo cierto del caso que genera demasiada controversia y que seguramente desencadenará demandas en contra de la ESE Salud Yopal por parte de quien obtenga el mayor puntaje en las pruebas que aplicó Unipamplona, es que son muchas dudas jurídicas las que quedan en el aire, porque los participantes que presentaron las pruebas, algunos de ellos llegando desde diferentes lugares de Colombia, consideran que el conjunto sigue en pie y esperarán resultados de las pruebas el próximo miércoles.
Dra. Nuria Bohórquez Peña, una de las participantes en el Concurso a quien se le aplicaron las pruebas por parte de Unipamplona.
Dra. Rocío Valles, también presentó las pruebas con Unipamplona y considera que el Concurso sigue normal.
Dr. Fernando Triviño, vino desde Bogotá a presentar las pruebas y no sabía que ya habían nombrado Gerente en propiedad.
Dr. Rosdan Alfonso, también presentó las pruebas y tiene quejas sobre Unipamplona en estos procesos.
Un profesional de la salud vino desde Neiva a presentar las pruebas y nunca fue avisado que el Concurso, según la ESE, se había cancelado.
Nótese como el sábado a la 1:39 de la tarde la ESE Salud Yopal desde una cuenta de correo institucional le avisó a los 43 aspirantes, al Secretario de Salud Municipal, al Asesor Jurídico de la Alcaldía, y al correo institucional concursogerentefase2@unipamplona.edu.co que no se practicarían las pruebas de conocimiento y comportamentales a los aspirantes, por cuanto el Concurso había terminado.
Pero nótese también que el mismo sábado a ls 3:14 de la tarde, desde un Correo particular denominado CONCURSOGERENTEFASE2@mail.com, presuntamente Unipamplona le informó a los concursantes que ya no se practicarían las pruebas de conocimiento y comportamentales por cuanto el Concurso había terminado. Lo extraño, es que sea desde un correo no institucional que se les informe, y que solo se haya hecho a 19 aspirantes de 43.
Quedan demasiadas dudas, y la amenaza de varios de los participantes en el concurso, de demandar el nombramiento que se hizo del psicólogo Antonio Palacios Salamanca, por presunta violación indebida del proceso.
Fuente: El Diario del Llano – HOLA Casanare
CASANARE
Patinadora de 9 años muere en trágico accidente en la Marginal del Llano, en Yopal
CASANARE
Ex Subcomandante de Policía de Casanare sancionada por la Procuraduria por malos tratos

La Procuraduría General de la Nación encontró responsable disciplinariamente y suspendió e inhabilitó en el ejercicio del cargo por doce (12) meses, a la coronel (r) Sandra Yaneth Mora Morales, en su condición de comandante de la Policía Metropolitana de Cúcuta para la época de los hechos.
El Ministerio Público investigó que la entonces coronel se dirigió a una patrullera (subalterna), utilizando vocabulario soez y maltratándola de manera verbal y física, vulnerando la normativa disciplinaria del personal de la Policía Nacional, en especial lo previsto en el artículo 46-3 de la Ley 2196 de 2022. (Estatuto Disciplinario de la Policía).
La conducta de la oficial fue calificada como falta grave cometida con dolo, por lo que deberá responder disciplinariamente.
En aplicación del principio de proporcionalidad y valorando los criterios de graduación de la falta y de la sanción, se determinó que en este caso existían un atenuante y dos agravantes.
Contra esta decisión, la disciplinada interpuso recurso de apelación que será resuelto por la Sala Ordinaria de Juzgamiento de la PGN.
La Coronel (r) Sandra Mora estuvo como Subcomandante en el Departamento de Policía Casanare en años anteriores.
Fuente: El Diario del Llano
CASANARE
Vuelve restricción de motocicletas en horas nocturnas los fines de semana en Yopal

A través del Decreto 116 del 13 de agosto del 2025, la Alcaldía de Yopal prohibió la circulación de motocicletas durante los fines de semana en el municipio, esto con el propósito de evitar que se presenten siniestros viales y por ende pérdidas fatales.
El primer fin de semana en el que se aplicará la medida será el comprendido entre el viernes 15 y el lunes 18 de agosto.
Los horarios de restricción y los demás días de prohibición se relacionan en la siguiente tabla.
De esta medida quedan exceptuadas la fuerza pública, los organismos de seguridad del Estado, la Policía Judicial, las autoridades de tránsito y transporte, los organismos de emergencia y socorro, prevención y salud. Además, personal de empresas de seguridades privadas debidamente identificadas, personas con movilidad reducida, domiciliarios, hotelería y turismo con sus identificaciones que acrediten la prestación del servicio.
El incumplimiento de las medidas adoptadas en este Decreto conllevará a las sanciones correspondientes, la imposición de comparendos de tránsito conforme a lo dispuesto en el literal C numeral 14 del artículo 131 de la ley 769 de 2002, modificado por el artículo 21 de la ley 1383 de 2010 y demás normas aplicables según el caso.
Fuente: El Diario del Llano
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