CASANARE
En medio de presuntas violaciones al debido proceso, Alcadía nombró Gerente de la ESE Salud Yopal
Demasiadas dudas generó el afanado nombramiento de gerente en propiedad en la ESE Salud Yopal por parte de la Alcaldía de Yopal, cuando Unipamplona estaba aún realizando el concurso para proveer el mencionado cargo, contratada precisamente por la ESE.
Juan Carlos Suárez, asesor Jurídico de la Alcaldía y presidente de la Junta Directiva de la ESE Salud Yopal, señala que el nombramiento del psicólogo Antonio Palacios Salamanca, quien también venía participando del concurso, se dio como resultado de la facultad discrecional que le asiste a la Alcaldesa por efecto de la Ley 1797 de 2016, de nombrar sin necesidad de concurso al gerente de la ESE, pero se le olvida que en este caso la facultad discrecional no aplica porque la convocatoria a concurso se hizo el 5 de julio de 2016 (ver imagen), y la Ley fue sancionada por el Presidente de la República el día 13 del mismo mes. El parágrafo transitorio del artículo 20 de la precitada norma ordena, que cuando los concursos para la elección de gerente habían iniciado antes de la entrada en vigencia de la misma, como en este caso, los procesos debían continuarse hasta el final.
Dice el Asesor Jurídico de la Alcaldía y presidente de la Junta Directiva de la ESE, que el pasado miércoles 16 de noviembre, luego de darse cuenta que él como Supervisor del contrato con Unipamplona no había firmado nunca el Acta de Inicio, y que se le había hecho un adicional en recursos y una prórroga en tiempo al contrato cuando se encontraba vencido, se decidió por parte de la Junta Directiva de la ESE “liquidar de manera bilateral el contrato” y lo plasmó en el Acuerdo 019 de 2016. No se explica como un connotado jurista que hoy ocupa el cargo de Asesor Jurídico de la Alcaldía de Yopal no haya firmado el Acta de Inicio de un Contrato que inició en el mes de mayo donde él era el Supervisor, y solo hasta noviembre se venga a dar cuenta. Además que como presidente de la Junta Directiva de la ESE, haya firmado la reanudación del proceso el pasado 9 de noviembre -cuando supuestamente el contrato ya estaba vencido- y se venga a dar cuenta de ello el 16 de noviembre (consultar audio). ¿En manos de quién está la seguridad jurídica del municipio?, se preguntó un ciudadano que consultó con El Diario del Llano.
Asesor Juan Carlos Suárez dice que se encontraron vicios jurídicos, por ejemplo, que él como Supervisor del Contrato nunca firmó el Acta de Inicio.

El Acuerdo 019 “solicita” a Unipamplona dar terminación bilateral del Contrato, pero no es el acta final donde Unipamplona esté de acuerdo en hacerlo.
Asegura tajantemente el Asesor Jurídico de la Alcaldía de Yopal, que para dar terminación bilateral de un Contrato no es necesaria la aceptación del contratista (consultar audio), expertos en temas de contratación estatal consultados por El Diario del Llano dicen que para que haya terminación “bilateral” debe expresarse claramente en un acto administrativo (acta de terminación) la voluntad de las dos partes expresada en la firma de los dos representantes legales, cosa que en este caso no se ha dado. Es decir, según los expertos mientras no exista acta de terminación el contrato está vigente.
Lo cierto del caso que genera demasiada controversia y que seguramente desencadenará demandas en contra de la ESE Salud Yopal por parte de quien obtenga el mayor puntaje en las pruebas que aplicó Unipamplona, es que son muchas dudas jurídicas las que quedan en el aire, porque los participantes que presentaron las pruebas, algunos de ellos llegando desde diferentes lugares de Colombia, consideran que el conjunto sigue en pie y esperarán resultados de las pruebas el próximo miércoles.
Dra. Nuria Bohórquez Peña, una de las participantes en el Concurso a quien se le aplicaron las pruebas por parte de Unipamplona.
Dra. Rocío Valles, también presentó las pruebas con Unipamplona y considera que el Concurso sigue normal.
Dr. Fernando Triviño, vino desde Bogotá a presentar las pruebas y no sabía que ya habían nombrado Gerente en propiedad.
Dr. Rosdan Alfonso, también presentó las pruebas y tiene quejas sobre Unipamplona en estos procesos.
Un profesional de la salud vino desde Neiva a presentar las pruebas y nunca fue avisado que el Concurso, según la ESE, se había cancelado.
Nótese como el sábado a la 1:39 de la tarde la ESE Salud Yopal desde una cuenta de correo institucional le avisó a los 43 aspirantes, al Secretario de Salud Municipal, al Asesor Jurídico de la Alcaldía, y al correo institucional concursogerentefase2@unipamplona.edu.co que no se practicarían las pruebas de conocimiento y comportamentales a los aspirantes, por cuanto el Concurso había terminado.
Pero nótese también que el mismo sábado a ls 3:14 de la tarde, desde un Correo particular denominado CONCURSOGERENTEFASE2@mail.com, presuntamente Unipamplona le informó a los concursantes que ya no se practicarían las pruebas de conocimiento y comportamentales por cuanto el Concurso había terminado. Lo extraño, es que sea desde un correo no institucional que se les informe, y que solo se haya hecho a 19 aspirantes de 43.
Quedan demasiadas dudas, y la amenaza de varios de los participantes en el concurso, de demandar el nombramiento que se hizo del psicólogo Antonio Palacios Salamanca, por presunta violación indebida del proceso.
Fuente: El Diario del Llano – HOLA Casanare
CASANARE
Secretaría de Educación de Yopal alerta sobre validez de estudios no presenciales
La Secretaría de Educación de Yopal informa a la ciudadanía sobre múltiples solicitudes y quejas de padres de familia. Estas están relacionadas con dificultades para matricular a sus hijos debido a inconsistencias en la validez de estudios cursados previamente en modalidades no presenciales o “homeschooling”.
Se ha evidenciado que algunos estudiantes provienen de instituciones que ofrecen educación virtual o homeschooling sin la licencia de funcionamiento reconocida por el Ministerio de Educación Nacional. Esta situación impide la homologación, validación o reconocimiento oficial de los grados cursados, conforme a la normativa vigente.
La secretaría recuerda que en Colombia, la educación formal debe ser impartida por establecimientos educativos debidamente autorizados, con licencia de funcionamiento expedida por el Ministerio de Educación y registro en el Directorio Único de Establecimientos Educativos (DUE). Las instituciones sin este reconocimiento no pueden emitir certificaciones válidas.
Además, se han identificado casos de estudiantes con estudios en el exterior que realizaron supuestas “validaciones” en instituciones no facultadas legalmente, afectando la continuidad académica. La presentación de Pruebas Saber 11° (ICFES) y los procesos de validación de bachillerato están regulados por el Estado y requieren autorización oficial.
Por lo anterior, se hace un llamado preventivo a padres y acudientes para que verifiquen que la institución educativa cuente con licencia de funcionamiento vigente, esté registrada oficialmente ante el Ministerio de Educación y tenga reconocimiento para la prestación del servicio educativo formal. La secretaría reitera su compromiso con el derecho a la educación y la orientación familiar.
CASANARE
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