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En medio de presuntas violaciones al debido proceso, Alcadía nombró Gerente de la ESE Salud Yopal

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Demasiadas dudas generó el afanado nombramiento de gerente en propiedad en la ESE Salud Yopal por parte de la Alcaldía de Yopal, cuando Unipamplona estaba aún realizando el concurso para proveer el mencionado cargo, contratada precisamente por la ESE.

Juan Carlos Suárez, asesor Jurídico de la Alcaldía y presidente de la Junta Directiva de la ESE Salud Yopal, señala que el nombramiento del psicólogo Antonio Palacios Salamanca, quien también venía participando del concurso, se dio como resultado de la facultad discrecional que le asiste a la Alcaldesa por efecto de la Ley 1797 de 2016, de nombrar sin necesidad de concurso al gerente de la ESE, pero se le olvida que en este caso la facultad discrecional no aplica porque la convocatoria a concurso se hizo el 5 de julio de 2016 (ver imagen), y la Ley fue sancionada por el Presidente de la República el día 13 del mismo mes. El parágrafo transitorio del artículo 20 de la precitada norma ordena, que cuando los concursos para la elección de gerente habían iniciado antes de la entrada en vigencia de la misma, como en este caso, los procesos debían continuarse hasta el final.

Parágrafo Transitorio del Artículo 20 de la Ley 1797 (Imagen tomada de Internet)

Parágrafo Transitorio del Artículo 20 de la Ley 1797 (Imagen tomada de Internet)

Es claro que la convocatoria inició el 5 de julio, cuanto la Ley 1797 no estaba vigente.

Es claro que la convocatoria inició el 5 de julio, cuanto la Ley 1797 no estaba vigente.

 

Dice el Asesor Jurídico de la Alcaldía y presidente de la Junta Directiva de la ESE, que el pasado miércoles 16 de noviembre, luego de darse cuenta que él como Supervisor del contrato con Unipamplona no había firmado nunca el Acta de Inicio, y que se le había hecho un adicional en recursos y una prórroga en tiempo al contrato cuando se encontraba vencido, se decidió por parte de la Junta Directiva de la ESE “liquidar de manera bilateral el contrato” y lo plasmó en el Acuerdo 019 de 2016. No se explica como un connotado jurista que hoy ocupa el cargo de Asesor Jurídico de la Alcaldía de Yopal no haya firmado el Acta de Inicio de un Contrato que inició en el mes de mayo donde él era el Supervisor, y solo hasta noviembre se venga a dar cuenta. Además que como presidente de la Junta Directiva de la ESE, haya firmado la reanudación del proceso el pasado 9 de noviembre -cuando supuestamente el contrato ya estaba vencido- y se venga a dar cuenta de ello el 16 de noviembre (consultar audio). ¿En manos de quién está la seguridad jurídica del municipio?, se preguntó un ciudadano que consultó con El Diario del Llano.

Asesor Juan Carlos Suárez dice que se encontraron vicios jurídicos, por ejemplo, que él como Supervisor del Contrato nunca firmó el Acta de Inicio.

El Acuerdo 019 "solicita" a Unipamplona dar terminación bilateral del Contrato, pero no es el acta final donde Unipamplona esté de acuerdo en hacerlo.

El Acuerdo 019 “solicita” a Unipamplona dar terminación bilateral del Contrato, pero no es el acta final donde Unipamplona esté de acuerdo en hacerlo.

 

Asegura tajantemente el Asesor Jurídico de la Alcaldía de Yopal, que para dar terminación bilateral de un Contrato no es necesaria la aceptación del contratista (consultar audio), expertos en temas de contratación estatal consultados por El Diario del Llano dicen que para que haya terminación “bilateral” debe expresarse claramente en un acto administrativo (acta de terminación) la voluntad de las dos partes expresada en la firma de los dos representantes legales, cosa que en este caso no se ha dado. Es decir, según los expertos mientras no exista acta de terminación el contrato está vigente.

Lo cierto del caso que genera demasiada controversia y que seguramente desencadenará demandas en contra de la ESE Salud Yopal por parte de quien obtenga el mayor puntaje en las pruebas que aplicó Unipamplona, es que son muchas dudas jurídicas las que quedan en el aire, porque los participantes que presentaron las pruebas, algunos de ellos llegando desde diferentes lugares de Colombia, consideran que el conjunto sigue en pie y esperarán resultados de las pruebas el próximo miércoles.

 Dra. Nuria Bohórquez Peña, una de las participantes en el Concurso a quien se le aplicaron las pruebas por parte de Unipamplona.

Dra. Rocío Valles, también presentó las pruebas con Unipamplona y considera que el Concurso sigue normal.

Dr. Fernando Triviño, vino desde Bogotá a presentar las pruebas y no sabía que ya habían nombrado Gerente en propiedad.

Dr. Rosdan Alfonso, también presentó las pruebas y tiene quejas sobre Unipamplona en estos procesos.

Un profesional de la salud vino desde Neiva a presentar las pruebas y nunca fue avisado que el Concurso, según la ESE, se había cancelado.

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Nótese como el sábado a la 1:39 de la tarde la ESE Salud Yopal desde una cuenta de correo institucional le avisó a los 43 aspirantes, al Secretario de Salud Municipal, al Asesor Jurídico de la Alcaldía, y al correo institucional concursogerentefase2@unipamplona.edu.co que no se practicarían las pruebas de conocimiento y comportamentales a los aspirantes, por cuanto el Concurso había terminado.

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Pero nótese también que el mismo sábado a ls 3:14 de la tarde, desde un Correo particular denominado CONCURSOGERENTEFASE2@mail.com, presuntamente Unipamplona le informó a los concursantes que ya no se practicarían las pruebas de conocimiento y comportamentales por cuanto el Concurso había terminado. Lo extraño, es que sea desde un correo no institucional que se les informe, y que solo se haya hecho a 19 aspirantes de 43.

Quedan demasiadas dudas, y la amenaza de varios de los participantes en el concurso, de demandar el nombramiento que se hizo del psicólogo Antonio Palacios Salamanca, por presunta violación indebida del proceso.

Fuente: El Diario del Llano – HOLA Casanare

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Secretaría de Educación de Yopal alerta sobre validez de estudios no presenciales

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La Secretaría de Educación de Yopal informa a la ciudadanía sobre múltiples solicitudes y quejas de padres de familia. Estas están relacionadas con dificultades para matricular a sus hijos debido a inconsistencias en la validez de estudios cursados previamente en modalidades no presenciales o “homeschooling”.

Se ha evidenciado que algunos estudiantes provienen de instituciones que ofrecen educación virtual o homeschooling sin la licencia de funcionamiento reconocida por el Ministerio de Educación Nacional. Esta situación impide la homologación, validación o reconocimiento oficial de los grados cursados, conforme a la normativa vigente.

La secretaría recuerda que en Colombia, la educación formal debe ser impartida por establecimientos educativos debidamente autorizados, con licencia de funcionamiento expedida por el Ministerio de Educación y registro en el Directorio Único de Establecimientos Educativos (DUE). Las instituciones sin este reconocimiento no pueden emitir certificaciones válidas.

Además, se han identificado casos de estudiantes con estudios en el exterior que realizaron supuestas “validaciones” en instituciones no facultadas legalmente, afectando la continuidad académica. La presentación de Pruebas Saber 11° (ICFES) y los procesos de validación de bachillerato están regulados por el Estado y requieren autorización oficial.

Por lo anterior, se hace un llamado preventivo a padres y acudientes para que verifiquen que la institución educativa cuente con licencia de funcionamiento vigente, esté registrada oficialmente ante el Ministerio de Educación y tenga reconocimiento para la prestación del servicio educativo formal. La secretaría reitera su compromiso con el derecho a la educación y la orientación familiar.

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Discusión en una tienda terminó en homicidio en Tauramena, homicida está identificado

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Un nuevo hecho de violencia sacudió al municipio de Tauramena la tarde del 21 de febrero de 2026. Sobre las 6:12 p.m., en la vereda Cabañas, fue ultimado con arma de fuego el ciudadano Jaime Orlando León Sierra, en circunstancias que son materia de investigación por parte de las autoridades.

De acuerdo con la información preliminar, la víctima se encontraba departiendo bebidas embriagantes en una tienda del sector cuando fue abordado por otro hombre que también permanecía en el establecimiento. Entre ambos se habría generado una discusión, al parecer por linderos de un predio, que escaló rápidamente, momento en el que el presunto agresor desenfundó un arma de fuego y disparó contra León Sierra, causándole la muerte en el lugar.

Tras el ataque, el señalado responsable huyó en una motocicleta color negro con azul con rumbo hacia la zona rural. Las autoridades confirmaron que el presunto agresor ya está plenamente identificado y adelantan labores para lograr su captura en el menor tiempo posible.

Según información conocida, el hombre registra antecedentes en calidad de investigado por delitos como homicidio, lesiones personales, daño en bien ajeno, violencia intrafamiliar, porte ilegal de armas, amenazas y acceso carnal. Testigos lo describen como una persona con comportamiento violento cuando consume licor. El caso quedó en manos de los organismos competentes, que avanzan en la recolección de pruebas y testimonios.

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Condenado a más de 30 años de cárcel por feminicidio de su compañera sentimental en Yopal

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A 31 años y 3 meses de prisión fue condenado Olegario Mendivelso, de 55 años, por el feminicidio agravado de su compañera sentimental Fidelia Tarache Tumay, en hechos ocurridos el pasado 25 de septiembre de 2025 en zona rural de Yopal. La decisión fue adoptada por un juez de conocimiento, quien avaló el preacuerdo suscrito con la Fiscalía General de la Nación.

De acuerdo con las pruebas recopiladas por el ente acusador, el hoy sentenciado llegó hasta la finca donde trabajaba la víctima e ingresó a la vivienda por una ventana. Una vez dentro, la atacó con un arma cortopunzante, causándole múltiples heridas que le provocaron la muerte. Según la investigación, el ataque se originó porque la víctima no quería continuar con la relación.

El fallo judicial también impuso como pena accesoria la inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por 20 años, además de la suspensión de cualquier mecanismo sustitutivo o subrogado penal.

La sentencia es de primera instancia y contra ella proceden los recursos de ley. Con este resultado, la Fiscalía destacó el avance del proceso judicial y la sanción impuesta por este crimen que enluta a una familia en el departamento de Casanare.

Lea también: Nuevo feminicidio en Yopal en San Rafael de Morichal, homicida fue capturado

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