CASANARE
En decisión de primera instancia, Consejo de Estado negó solicitud de pérdida de investidura de Hugo Archila
El Representante Hugo Archila nuevamente gana pleito jurídico, en esta oportunidad el Consejo de Estado falló a su favor y ratificó su elección como Representante a la Cámara por Casanare.
“Ya son 11 las demandas que hemos ganado y a pesar de que los enemigos políticos quieren afectar mi trabajo a cómo dé lugar ¡No van a poder! Dios sabe que estamos haciendo las cosas bien y vamos a seguir en la tarea, ayudando y cumpliendo el compromiso que los casanareños me encomendaron en el Congreso”, dijo Archila a través de sus redes sociales.
La decisión de la Sala Plena número 22 de lo Contencioso Administrativo, falló a favor del Congresista Liberal, negando la solicitud de pérdida de investidura presentada por el ciudadano Jaime Bernal Moreno e indicó que ejecutoriada esta sentencia, debe archivarse el expediente dejando las anotaciones pertinentes en el sistema de gestión judicial SAMAl.

Fuente: Comunicaciones Representante Hugo Archila
CASANARE
Enerca le salió al paso a denuncias de presuntas irregularidades laborales de uno de sus contratistas
CASANARE
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CASANARE
En Casanare, designados más de 7.500 jurados de votación para elecciones presidenciales
La Registraduría Nacional del Estado Civil informa que en el departamento de Casanare fueron designados un total de 7.548 jurados de votación para las elecciones presidenciales del próximo 31 de mayo, de los cuales 6.108 son principales y 1.440 son remanentes.
Los sorteos de los jurados de votación, que fueron previamente postulados por entidades públicas, empresas privadas, instituciones educativas y agrupaciones políticas, contaron con el acompañamiento de representantes de los entes de control, las organizaciones políticas, la Fuerza Pública, las autoridades locales, entre otras entidades.
Los ciudadanos pueden consultar si fueron designados como jurados de votación en la aplicación ‘aVotar’, la cual se puede descargar de manera gratuita en Google Play y App Store, y en la página web de la Registraduría Nacional, www.registraduria.gov.co, haciendo clic en el botón ‘Consulta jurado de votación’.
Además, allí se informará el lugar, la fecha y la hora de la capacitación. Es importante reiterar que prestar el servicio de jurado de votación es de carácter obligatorio y que quienes sin justa causa no asistan a desempeñar sus funciones o las abandonen podrán ser destituidos del cargo que desempeñan, en caso de ser servidores públicos, y quienes no lo sean deberán pagar una multa de hasta diez (10) salarios mínimos mensuales legales vigentes.
Los jurados de votación que trabajen en el sector público o privado tendrán derecho a un (1) día compensatorio de descanso remunerado, el cual podrá hacerse efectivo dentro de los 45 días hábiles siguientes a la votación.


