CASANARE
En Casanare se han descartado más de 54 mil casos sospechosos de Covid-19

Casanare asciende a 9.882 casos confirmados como positivos para Covid-19, de los cuales 9.070 son pacientes recuperados, 551 tienen aislamiento en casa, 64 están hospitalizados o en UCI, y hay 197 muertes confirmadas por la enfermedad en el departamento donde se han descartado 54.420 casos de la enfermedad.
Este jueves 14 de enero se reportaron 100 nuevos casos por parte del Instituto Nacional de Salud, los cuales según el reporte diario están ubicados en los municipios de Yopal (69), Aguazul (9), Villanueva (6), Tauramena (11), Monterrey (3), Trinidad (1) y Támara (1).
Además se reporta el fallecimiento de tres personas que corresponden a una mujer de 59 años oriunda de Villanueva, un hombre de 42 años en Yopal y un hombre de 70 años en Yopal.
Respecto del consolidado de casos por municipios, encontramos que Yopal alcanza ya 6.731 casos, Aguazul 616, Paz de Ariporo 271, Villanueva 615, Maní 239, Tauramena 475, Pore 104, Monterrey 295, Orocué 110, Trinidad 92, San Luis de Palenque 95, Recetor 26, Nunchía 39, Sácama 12, Sabanalarga 19, Hato Corozal 64, Támara 33, Chámeza 34 y La Salina 12.
A la fecha la ocupación de camas UCI revela que de las 103 instaladas (90 adulto y 13 pediátricas), las de adultos están ocupadas el 66%, mientras que neonatales / Pediátricas tienen ocupación de 38%.
Fuente: El Diario del Llano – HOLA Casanare
CASANARE
Patinadora de 9 años muere en trágico accidente en la Marginal del Llano, en Yopal
CASANARE
Ex Subcomandante de Policía de Casanare sancionada por la Procuraduria por malos tratos

La Procuraduría General de la Nación encontró responsable disciplinariamente y suspendió e inhabilitó en el ejercicio del cargo por doce (12) meses, a la coronel (r) Sandra Yaneth Mora Morales, en su condición de comandante de la Policía Metropolitana de Cúcuta para la época de los hechos.
El Ministerio Público investigó que la entonces coronel se dirigió a una patrullera (subalterna), utilizando vocabulario soez y maltratándola de manera verbal y física, vulnerando la normativa disciplinaria del personal de la Policía Nacional, en especial lo previsto en el artículo 46-3 de la Ley 2196 de 2022. (Estatuto Disciplinario de la Policía).
La conducta de la oficial fue calificada como falta grave cometida con dolo, por lo que deberá responder disciplinariamente.
En aplicación del principio de proporcionalidad y valorando los criterios de graduación de la falta y de la sanción, se determinó que en este caso existían un atenuante y dos agravantes.
Contra esta decisión, la disciplinada interpuso recurso de apelación que será resuelto por la Sala Ordinaria de Juzgamiento de la PGN.
La Coronel (r) Sandra Mora estuvo como Subcomandante en el Departamento de Policía Casanare en años anteriores.
Fuente: El Diario del Llano
CASANARE
Vuelve restricción de motocicletas en horas nocturnas los fines de semana en Yopal

A través del Decreto 116 del 13 de agosto del 2025, la Alcaldía de Yopal prohibió la circulación de motocicletas durante los fines de semana en el municipio, esto con el propósito de evitar que se presenten siniestros viales y por ende pérdidas fatales.
El primer fin de semana en el que se aplicará la medida será el comprendido entre el viernes 15 y el lunes 18 de agosto.
Los horarios de restricción y los demás días de prohibición se relacionan en la siguiente tabla.
De esta medida quedan exceptuadas la fuerza pública, los organismos de seguridad del Estado, la Policía Judicial, las autoridades de tránsito y transporte, los organismos de emergencia y socorro, prevención y salud. Además, personal de empresas de seguridades privadas debidamente identificadas, personas con movilidad reducida, domiciliarios, hotelería y turismo con sus identificaciones que acrediten la prestación del servicio.
El incumplimiento de las medidas adoptadas en este Decreto conllevará a las sanciones correspondientes, la imposición de comparendos de tránsito conforme a lo dispuesto en el literal C numeral 14 del artículo 131 de la ley 769 de 2002, modificado por el artículo 21 de la ley 1383 de 2010 y demás normas aplicables según el caso.
Fuente: El Diario del Llano
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