CASANARE
Embargadas cuentas de Empresa de Acueducto de Yopal
El Tribunal Administrativo de Casanare decretó el embargo de las cuentas de la Empresa de Acueducto, Alcantarillado y Aseo de Yopal EAAAY, por más de $3 mil millones de pesos, por el no pago de la obligación derivada de la terminación de la Planta Modular que se construyó en la vereda La Vega.
La demanda ejecutiva fue interpuesta por la Unión Temporal conformda por las empresas B&C Biosciences S.A.S e Hidroservicios Ltda. en agosto del año anterior, al observar que, a pesar que la planta construida está suministrando agua potable a Yopal, la EAAAY, que los contrató, no cancelaba el saldo.
Como se recuerda, a raíz del colapso de uno de los tanques de la planta modular que se construía en la vereda La Vega surgió un litigio entre los contratistas de la planta y la EAAAY, el cual se dirimió en la época de la interventora Amanda Camacho, quien concilió con los contratistas para retomar lo que se había construido y con cambios en los materiales de los tanques y otros ajustes, se terminara la planta para que suministrara agua potable a Yopal. La conciliación fue avalada en su momento por el Tribunal Administrativo de Casanare, y la planta modular pasó a llamarse “la conciliada”.
El saldo del contrato está en poder de la Alcaldía de Yopal, que a su vez había destinado a la EAAAY para construir la planta modular, pero en su momento el alcalde Leonardo Puentes se opuso al pago del saldo, alegando que la Alcaldía había contratado una planta de 400 litros por segundo, y no podía recibir la conciliada que solo suministra 300 litros por segundo.
La deuda, que en su momento era algo más de $1.600 millones de pesos, ahora con intereses moratorios y demás, supera los $3 mil millones de pesos.
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Fuente: El Diario del Llano – HOLA Casanare
CASANARE
Secretaría de Educación de Yopal alerta sobre validez de estudios no presenciales
La Secretaría de Educación de Yopal informa a la ciudadanía sobre múltiples solicitudes y quejas de padres de familia. Estas están relacionadas con dificultades para matricular a sus hijos debido a inconsistencias en la validez de estudios cursados previamente en modalidades no presenciales o “homeschooling”.
Se ha evidenciado que algunos estudiantes provienen de instituciones que ofrecen educación virtual o homeschooling sin la licencia de funcionamiento reconocida por el Ministerio de Educación Nacional. Esta situación impide la homologación, validación o reconocimiento oficial de los grados cursados, conforme a la normativa vigente.
La secretaría recuerda que en Colombia, la educación formal debe ser impartida por establecimientos educativos debidamente autorizados, con licencia de funcionamiento expedida por el Ministerio de Educación y registro en el Directorio Único de Establecimientos Educativos (DUE). Las instituciones sin este reconocimiento no pueden emitir certificaciones válidas.
Además, se han identificado casos de estudiantes con estudios en el exterior que realizaron supuestas “validaciones” en instituciones no facultadas legalmente, afectando la continuidad académica. La presentación de Pruebas Saber 11° (ICFES) y los procesos de validación de bachillerato están regulados por el Estado y requieren autorización oficial.
Por lo anterior, se hace un llamado preventivo a padres y acudientes para que verifiquen que la institución educativa cuente con licencia de funcionamiento vigente, esté registrada oficialmente ante el Ministerio de Educación y tenga reconocimiento para la prestación del servicio educativo formal. La secretaría reitera su compromiso con el derecho a la educación y la orientación familiar.
CASANARE
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