CASANARE
El 13 de mayo inicia vacunación contra fiebre aftosa y brucelosis bovina
A partir del 13 de mayo y hasta el 26 de junio se realizará el primer ciclo de vacunación de 2019 contra la fiebre aftosa y la brucelosis bovina en gran parte del país, con excepción de las zonas declaradas libres de esta enfermedad.
El Instituto Colombiano Agropecuario (ICA) formalizó mediante Resolución, que la vacunación contra la fiebre aftosa se aplicará a todos los animales de la especie bovina y bufalina existentes en el territorio nacional, con excepción del Urabá Chocoano, el archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, y las islas de Gorgona y Malpelo, zonas declaradas libres de esta enfermedad sin vacunación.
En los municipios de frontera de los departamentos de La Guajira, Nariño y Putumayo; en la zona de protección de Norte de Santander (establecida en la Resolución 2141 de 2009), así como en los municipios de frontera de Arauca, Vichada y Boyacá, la vacunación contra la fiebre aftosa se realizará en “barrido”, es decir, en un área determinada se vacunan al mismo tiempo a todos los animales, al inicio del ciclo, con la supervisión oficial del ICA.
Los predios definidos por el Instituto como de alto riesgo de ocurrencia de fiebre aftosa, o aquellos con más de 500 bovinos deberán incluirse de manera prioritaria en la programación de rutas de vacunación por parte de las Organizaciones Ejecutoras Ganaderas Autorizadas (OEGA) y Fedegan.
Todos los animales procedentes de las zonas libres de aftosa sin vacunación que sean movilizados a zonas donde es obligatoria la vacunación, deben ser inmunizados contra esta enfermedad en el lugar de destino. Todas las vacunaciones deberán ser registradas y oficializadas ante el ICA.
Brucelosis y rabia
Con relación a la vacuna contra la brucelosis bovina, se inmunizará a toda hembra bovina y bufalina entre los 3 y 8 meses de edad que hay en el país, con excepción de aquellas que se encuentren ubicadas en la Provincia de García Rovira, en el departamento de Santander, la Provincia Norte y Gutiérrez, en el departamento de Boyacá, y el archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina.
Respecto a la vacunación contra la rabia de origen silvestre, esta se aplicará a todos los bovinos ubicados en zonas de riesgos definidas para la inmunización, las cuales están situadas en algunos municipios de los departamentos de Antioquia, Arauca, Casanare, Cesar, Magdalena, Sucre y Vichada.
En la Resolución 5380 también se establece la prohibición de vacunar otras especies susceptibles a la fiebre aftosa, diferentes a la bovina y a la bufalina. Además, no se podrá vacuna a caprinos, ovinos y/o porcinos contra la brucelosis, o vacunar de manera conjunta otras enfermedades distintas a las establecidas a esta resolución.
Fuente: El Diario del Llano – HOLA Casanare
CASANARE
Capturados por homicidios presentados en Villanueva, pretendían adueñarse del microtráfico
CASANARE
Yopal blinda la seguridad: sin barras visitantes y con estrictos controles para partido de alto riesgo
CASANARE
Contribuyentes de Yopal pueden acceder a descuentos en Impuesto Predial por pronto pago
Los contribuyentes en Yopal pueden acceder a descuentos por pronto pago del impuesto predial 2026, con beneficios que varían según las características de cada predio y las fechas en que se realice el pago.
De acuerdo con las condiciones establecidas, existen dos grupos de incentivos: El primero aplica para predios excluidos de la Ley 44 de 1990, entre los que se encuentran lotes urbanizables no urbanizados, lotes urbanizados no edificados, predios nuevos y aquellos que incorporaron construcciones tras la actualización catastral.
Para estos casos, los descuentos son del 30% si el pago se realiza hasta el 31 de mayo, 20% hasta el 30 de julio y 10% hasta el 30 de septiembre. Este beneficio está dirigido a quienes hayan cumplido con el pago del impuesto predial de la vigencia 2025 hasta octubre del año anterior.
Por su parte, los demás predios también cuentan con incentivos por pronto pago. En estos casos, se ofrece un 15% de descuento hasta el 31 de mayo, 10% hasta el 31 de julio y 5% hasta el 30 de septiembre.
Además de estos beneficios, los contribuyentes pueden optar por el sistema de pago alternativo por cuotas, una opción que permite distribuir el valor del impuesto a lo largo del año y facilitar el cumplimiento de la obligación.
Los ciudadanos pueden reclamar su factura en los puntos de atención o descargarla a través del portal https://impuestos.yopal.gov.co/, así como realizar el pago en los lugares autorizados.
La recomendación es aprovechar estos descuentos dentro de los plazos establecidos, lo que no solo representa un ahorro, sino que también evita costos adicionales y facilita el cumplimiento oportuno de las obligaciones tributarias.


