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Ejército confirmó identidades de militares asesinados en Arauquita

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El Ejército confirmó el listado de militares asesinados y  heridos tras el ataque del ELN en Arauquita, departamento de Arauca, tras informar a las familias de la terrible situación que enluta a las fuerzas militares.

Militares asesinados:

  1. Sargento Segundo Luis Argiro Durango Mazo (q. e. p. d.), casado y padre de una pequeña de siete años, oriundo de Ituango (Antioquia), con más de 14 años de servicio a la patria.
  2. Soldado Profesional Julián Adolfo Torres Loaiza (q. e. p. d.), oriundo de Bugalagrande (Valle del Cauca), siete años al servicio de la patria.
  3. Soldado Profesional Kevin Enrique Sibaja Lambertino (q. e. p. d.), nacido en Montería (Córdoba), más de cuatro años en la institución.
  4. Soldado Profesional Jeferson Gamboa Robledo (q. e. p. d.), nacido en Buenaventura (Valle del Cauca), quien por cuatro años sirvió a Colombia.
  5. Soldado Profesional Kebinson Alberto Campo Flórez (q. e. p. d.), casado, originario de Guamal (Tolima), con más de 10 años de servicio.

Militares heridos:

Soldados profesionales Juan Carlos Mora Díaz, Libardo González Guzmán, Freidy Geovany Caicedo Camilo, Dayvid Alexander Montoya Palacio, Anderson Jaír Ramírez Rojas, y Yoseph Alfredo Peña Vargas, quienes están siendo atendido por especialistas, con el fin de realizar seguimiento médico de las heridas generadas por impacto de esquirlas y contusiones que la acción criminal generó.

Fuente: Ejército Nacional – Octava División

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En el año 2000 el conflicto armado lo desterró, hoy le devolvieron el predio y montó un almacén de ropa

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En cumplimiento de la sentencia de restitución y de las órdenes judiciales orientadas a garantizar la estabilización económica de las víctimas, la Unidad de Restitución de Tierras (URT) implementó un proyecto productivo urbano de almacén de ropa para el señor José Roberto Hoyos, restituido y víctima del conflicto armado en Mapiripán (Meta).

Los hechos victimizantes tuvieron lugar en el año 2000, cuando Hoyos debió abandonar forzosamente su predio debido a los enfrentamientos entre paramilitares y la guerrilla de las Farc, así como a las presiones que estos actores armados imponían a la población civil, incluida la amenaza de reclutamiento. Esta situación obligó al solicitante a dejar su tierra.

Tras recuperar su predio mediante sentencia, Hoyos inicia ahora una nueva etapa de reconstrucción económica. La URT le otorgó un subsidio de 40 salarios mínimos legales vigentes (SMLV) para la creación de un almacén de ropa, el cual funcionará directamente en el predio restituido, convirtiéndose en una fuente estable de ingresos para él y su familia.

La Unidad realizó recientemente el primer desembolso de recursos, destinados a la compra de vitrinas, estanterías, maniquíes, avisos tipo letrero, mostradores y mobiliario, elementos esenciales para la operación del negocio.

El director territorial de la URT en Meta, Robert Gabriel Barreto, señaló que “este tipo de proyectos materializan el restablecimiento económico y la autonomía de las víctimas, permitiendo que transformen su experiencia de despojo en nuevas oportunidades”.

Por su parte, José Roberto Hoyos agradeció el acompañamiento de la URT y destacó que este emprendimiento significa una oportunidad real para asegurar el sustento propio y el de su familia, aprovechando de manera productiva el predio restituido.

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Viuda víctima de la violencia en el Meta recibió compensación por predio que tuvo que abandonar

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En cumplimiento de una orden judicial, la Dirección Territorial Meta de la Unidad de Restitución de Tierras (URT) entregó a María Gladys Castañeda Vargas la resolución que le reconoce una compensación económica por el predio rural “La Esperanza”, ubicado en la vereda Caño Rojo del municipio de Lejanías, el cual abandonó forzadamente junto a su familia a causa del conflicto armado.

Los hechos que dieron origen a esta medida de reparación se remontan al año 2003, cuando los paramilitares incursionaron en la zona y asesinaron a su esposo, Evangelista Hernández. En medio de las amenazas, la señora Castañeda y su hijo lograron huir de la vereda, dejando atrás su vivienda, cultivos y animales. Desde entonces, la familia no pudo regresar y fue reconocida como víctima de homicidio y desplazamiento forzado.

Nos complace cumplir con dignidad a esta familia, que tanto ha esperado justicia. Hoy damos un paso más en la reparación, permitiendo que puedan adquirir una nueva vivienda y reconstruir su proyecto de vida”, dijo Robert Gabriel Barreto, director territorial de la URT en el Meta.

“Pensé que ya no salía”

Por su parte, María Gladys expresó con emoción: “estoy muy feliz de recibir la compensación, esto ha sido muy bonito. Yo pensé que ya no salía, pero gracias a la Unidad se logró”. Su hijo, Jhon Alexander Hernández, recordó el dolor vivido y el significado de este momento: “debimos abandonar nuestra casa en Lejanías hace más de 20 años, por culpa de la violencia. Con el tiempo buscamos ayuda en la Unidad de Restitución. Por la edad de mi mamá no fue posible volver, pero ahora con la compensación ella podrá tener una vejez digna.”

Se resalta que la compensación es un pago o entrega de un predio equivalente que se otorga a las víctimas cuando la restitución del predio original es imposible, debido a impedimentos jurídicos o materiales. Esta figura se aplica cuando el predio original está en zonas de alto riesgo o por otras causales, garantizando que cada familia acceda a una vida en condiciones de seguridad, dignidad y justicia.

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Procuraduría le pone la lupa a la elección del Personero Municipal de Puerto López

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La Procuraduría General de la Nación formuló cargos a los miembros de la Mesa Directiva del Concejo Municipal de Puerto López (Meta), Carlos Ernesto Mogollón Martínez, José Titto Loaiza Viña y Carlos Orlando Heredia Leal, por presuntas irregularidades en la contratación del concurso de méritos para elegir al personero municipal 2024-2028.

El ente de control busca establecer si los funcionarios eligieron a la Corporación Fondo de Apoyo y Gestión de Negocios (Corfaneg), una empresa que, al parecer, no contaba con experiencia ni objeto social para adelantar procesos de selección de personal, como exige el Decreto 1083 de 2015 que dispone la obligación de contratar entidades especializadas.

La Procuraduría calificó, provisionalmente, la conducta de los funcionarios como grave a título de dolo, al tiempo que resaltó la obligación de los cabildantes de proteger el interés colectivo y cumplir con la normativa vigente.

La Entidad puntualizó que los investigados podrán ejercer su derecho a la defensa conforme al régimen disciplinario colombiano.

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