CASANARE
Dos exfuncionarios de la Alcaldía de Aguazul en 2014 declarados responsables fiscales por Convenio no ejecutado
Por no ejecutar un convenio de cooperación que velaba por la prevención y atención del maltrato infantil, violencia intrafamiliar y abuso sexual en el municipio de Aguazul (Casanare), la Gerencia de la Contraloría General de la República en este departamento profirió un fallo con responsabilidad fiscal por más de $905 millones de pesos (en total $905.448.129,67).
El organismo de control no encontró soportes de ejecución del convenio de cooperación No. 402 de 2014 suscrito entre el municipio de Aguazul y la Asociación para el Desarrollo Integral de la Familia “ADIFCOL”, que tenía por objeto “realizar acciones de prevención y atención de la violencia y maltrato infantil, violencia intrafamiliar y abuso sexual, a través de campañas, talleres y estrategias en el municipio de Aguazul”.
La Gerencia Departamental asumió este asunto por traslado que le hizo la Contraloría Departamental del Casanare, por motivo de competencia, dado que los recursos afectados provienen de regalías pertenecientes al Municipio de Aguazul, respecto de los cuales la CGR ejerce control fiscal.
En el marco de la auditoría que dio lugar al hallazgo fiscal, se encontraron carpetas que carecían de soportes que acreditaran la contratación de los profesionales requeridos para desarrollar el objeto de convenio, así como tampoco se encontró evidencia de que las actividades se hubieran realizado en las Instituciones Educativas del municipio.
Los hallazgos de la Contraloría
La Gerencia Departamental Colegiada de la CGR en Casanare profirió fallo con responsabilidad fiscal, a título de culpa grave, en cuantía de NOVECIENTOS CINCO MILLONES CUATROCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL CIENTO VEINTINUEVE PESOS CON SESENTA Y SIETE CENTAVOS M/CTE. ($ 905.448.129,67), en forma solidaria, contra:
1. ASOCIACION PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA “ADIFCOL”.
2. OSCAR MAURICIO CRUZ HOLGUÍN, entonces secretario de Gobierno y ordenador del gasto, suscribió el convenio No. 402/2014 y ejerció labores de supervisión.
3. JOSE JAVIER GONZALEZ GIL, entonces Jefe de la Oficina Jurídica con funciones de secretario de Gobierno, delegado como supervisor del Convenio No 402 de 2014. Suscribió el Acta de liquidación No. 07 con fecha 26 de agosto de 2015, en el que no se descontó el valor del ítem presuntamente no ejecutado, según el Informe Auditoria Departamental.
Igualmente se declaró como tercero civilmente responsable a la ASEGURADORA SOLIDARIA DE COLOMBIA, en su calidad de garante.
Contra la presente decisión proceden los recursos de reposición (ante la Gerencia Departamental de la CGR) y de apelación (de competencia de la Contraloría Delegada para la Responsabilidad fiscal, Intervención Judicial y Cobro Coactivo/Unidad de Responsabilidad Fiscal).
Fuente: Contraloría General de la República
CASANARE
Yopal fortalece procesos de resocialización, se donaron elementos de aseo, alimentos y ropa
La Secretaría de Desarrollo Social de Yopal, a través del programa habitante de calle y con el apoyo de la gestora social Paula Ruíz, impulsó la estrategia “diciembre es amor, y en familia es mejor”. Se realizó una jornada de donación de elementos de aseo, alimentos no perecederos y ropa, destinada a usuarios de la Fundación Caminos de Vida que adelantan procesos de desintoxicación y resocialización.
Esta iniciativa busca fortalecer las acciones humanitarias y el acompañamiento integral a quienes transitan procesos de recuperación del consumo de sustancias psicoactivas y habitabilidad en calles. La Administración Municipal reafirma su compromiso de brindar herramientas para reconstruir proyectos de vida, ofrecer segundas oportunidades y transmitir un mensaje de esperanza y solidaridad.
Durante la jornada, diversas entidades y personas, incluyendo ciudadanos, empresas, comerciantes y funcionarios públicos, aportaron insumos esenciales. Estas donaciones son clave para mejorar las condiciones de bienestar de los beneficiarios y contribuir a su permanencia en el proceso terapéutico.
La Secretaria de Desarrollo Social, Marcela Hernández Forero, enfatizó la relevancia de sumar esfuerzos interinstitucionales y comunitarios para dignificar la vida de quienes enfrentan desafíos. “Estas donaciones representan más que elementos materiales; son un mensaje de esperanza para quienes están dando pasos valientes hacia su recuperación”, expresó.
Finalmente, la administración municipal hizo una invitación a toda la ciudadanía, empresas y organizaciones a unirse a estas acciones solidarias. El objetivo es claro: transformar vidas y generar oportunidades reales para que las personas puedan reinsertarse positivamente en la sociedad de Yopal.
CASANARE
Terreno donde inicialmente se iba a construir el Terminal de Yopal si tenía problemas jurídicos
El Tribunal Administrativo de Casanare resolvió en segunda instancia una acción popular relacionada con la adquisición del predio destinado inicialmente a la construcción del nuevo Terminal de Transportes de Yopal, ubicado en la carrera 5° que conduce hacia Morichal, proceso en el que se analizó la actuación del Municipio de Yopal y de la Sociedad de Economía Mixta Terminal de Transportes de Yopal S.A.S.
La demanda fue interpuesta por el ciudadano Oromairo Avella, y alegó la vulneración de los derechos colectivos a la moralidad administrativa y a la defensa del patrimonio público, derivada de los negocios jurídicos relacionados con el terreno que se iba a utilizar, el cual según antecedentes judiciales, presentaba anotaciones de “falsa tradición” y restricciones previamente advertidas por la jurisdicción contenciosa administrativa.
No se adelantaron estudios de títulos
En la sentencia, el Tribunal confirmó que las entidades demandadas incurrieron en actuaciones contrarias a los principios que rigen la función administrativa, al aceptar como aporte a una sociedad de economía mixta un predio sobre el cual existían reparos judiciales y órdenes expresas de protección, sin adelantar un estudio de títulos riguroso ni atender decisiones judiciales anteriores. Esta conducta fue considerada lesiva del derecho colectivo a la moralidad administrativa.
No obstante, la Corporación precisó que durante el trámite del proceso se configuró la figura jurídica de la carencia actual de objeto, debido a que el inmueble cuestionado fue retirado del patrimonio de la sociedad, lo que implicó la desaparición de la situación que originó la controversia.
En consecuencia, el Tribunal mantuvo la declaratoria de vulneración del derecho colectivo a la moralidad administrativa, pero se abstuvo de impartir órdenes adicionales, al considerar superada la situación. Sin embargo, dispuso la remisión de copias a la Fiscalía General de la Nación y a la Procuraduría General de la Nación para que, en el marco de sus competencias, adelanten las investigaciones que estimen pertinentes respecto de los hechos analizados.


