CASANARE
Demandan ante el Consejo de Estado elección de nueva Directora de Corporinoquia
Ante la Sección Quinta del Consejo de Estado fue instaurada una demanda, que busca se decrete la nulidad del Acto Administrativo que declaró la elección de Doris Bernal Cárdenas como nueva Directora de Corporinoquia.
El demandante es el abogado Gonzalo Ramos Rojas, el mismo que demandó ante el Consejo Nacional Electoral la inscripción como candidato a la Gobernación de Casanare, del ingeniero Salomón Sanabria Chacón.
De acuerdo con los argumentos de la demanda, a la cual ya le fue asignado como ponente el Magistrado Luis Alberto Álvarez Parra, Doris Bernal Cárdenas no cumpliría con el requisito exigido para postularse al cargo, de contar con experiencia mínima de un año en el manejo de temas ambientales como experiencia relacionada.
Señala el demandante, que revisada la hoja de vida de la candidata que finalmente fue elegida, se encuentra que la mencionada experiencia le fue certificada por una empresa del esposo de ésta, en cuyo manual de funciones no existen estas actividades para el cargo de subgerente, que era el que ella desempeñaba.
Revisado el portal del Consejo de Estado, se encuentra que contra la elección de Doris Bernal Cárdenas como nueva Directora de Corporinoquia, han sido radicadas dos demandas diferentes ante la Comisión Quinta:

Respecto de los argumentos de la demanda, y de en qué quedó la demanda contra el gobernador electo Salomón Andrés Sanabria Chacón, esto dijo el abogado Gonzalo Ramos Rojas en diálogo con El Diario del Llano:
Fuente: El Diario del Llano – HOLA Casanare
CASANARE
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CASANARE
Contribuyentes de Yopal pueden acceder a descuentos en Impuesto Predial por pronto pago
Los contribuyentes en Yopal pueden acceder a descuentos por pronto pago del impuesto predial 2026, con beneficios que varían según las características de cada predio y las fechas en que se realice el pago.
De acuerdo con las condiciones establecidas, existen dos grupos de incentivos: El primero aplica para predios excluidos de la Ley 44 de 1990, entre los que se encuentran lotes urbanizables no urbanizados, lotes urbanizados no edificados, predios nuevos y aquellos que incorporaron construcciones tras la actualización catastral.
Para estos casos, los descuentos son del 30% si el pago se realiza hasta el 31 de mayo, 20% hasta el 30 de julio y 10% hasta el 30 de septiembre. Este beneficio está dirigido a quienes hayan cumplido con el pago del impuesto predial de la vigencia 2025 hasta octubre del año anterior.
Por su parte, los demás predios también cuentan con incentivos por pronto pago. En estos casos, se ofrece un 15% de descuento hasta el 31 de mayo, 10% hasta el 31 de julio y 5% hasta el 30 de septiembre.
Además de estos beneficios, los contribuyentes pueden optar por el sistema de pago alternativo por cuotas, una opción que permite distribuir el valor del impuesto a lo largo del año y facilitar el cumplimiento de la obligación.
Los ciudadanos pueden reclamar su factura en los puntos de atención o descargarla a través del portal https://impuestos.yopal.gov.co/, así como realizar el pago en los lugares autorizados.
La recomendación es aprovechar estos descuentos dentro de los plazos establecidos, lo que no solo representa un ahorro, sino que también evita costos adicionales y facilita el cumplimiento oportuno de las obligaciones tributarias.


