CASANARE
Corporinoquia recibió pozo exploratorio de aguas subterráneas construido en el Braulio Central en Yopal
El Ministerio de Minas y Energía a través del Servicio Geológico Colombiano (SGC) finalizó la construcción del pozo ubicado en el colegio Braulio González de Yopal, e hizo la entrega del mismo a Corporinoquia.
En el acta de entrega suscrita por la Directora de Corporinoquia y el Director General del SGC, se establecieron las condiciones de la entrega y las obligaciones de la Corporación Ambientalista para garantizar el mantenimiento y conservación en buen estado de la infraestructura física del pozo.
“Ahora tenemos que esperar que nos entreguen el modelo hidrogeológico, los datos porque hasta ahora se entrega el pozo, pero ellos van a hacer los análisis de la información recolectada y en dos meses lo presentarán, vamos a hacer una especie de Foro donde tendremos los resultados que nos servirán tanto para ordenamiento como para el diseño de la red hidrogeológica para poder usarla en la Corporación como base de información”, manifestó Martha Jhoven Plazas Roa, directora de Corporinoquia.
Las pruebas de bombeo indican un potencial del orden de 50 litros por segundo (lps), el agua presenta bajos iones en solución que la califican como agua dulce, y si se destinara para el abastecimiento de la población del centro de Yopal, tendría que hacerse el tratamiento básico para tal fin.
Aunque en el convenio se determinó que las obras se adelantaban con fines exploratorios, este se realizó con características y diseños de explotación y producción, por lo que Corporinoquia esperará la entrega del informe con los resultados definitivos del estudio y establecer su uso a futuro.
Fuente: Prensa Corporinoquia
CASANARE
Patinadora de 9 años muere en trágico accidente en la Marginal del Llano, en Yopal
CASANARE
Ex Subcomandante de Policía de Casanare sancionada por la Procuraduria por malos tratos

La Procuraduría General de la Nación encontró responsable disciplinariamente y suspendió e inhabilitó en el ejercicio del cargo por doce (12) meses, a la coronel (r) Sandra Yaneth Mora Morales, en su condición de comandante de la Policía Metropolitana de Cúcuta para la época de los hechos.
El Ministerio Público investigó que la entonces coronel se dirigió a una patrullera (subalterna), utilizando vocabulario soez y maltratándola de manera verbal y física, vulnerando la normativa disciplinaria del personal de la Policía Nacional, en especial lo previsto en el artículo 46-3 de la Ley 2196 de 2022. (Estatuto Disciplinario de la Policía).
La conducta de la oficial fue calificada como falta grave cometida con dolo, por lo que deberá responder disciplinariamente.
En aplicación del principio de proporcionalidad y valorando los criterios de graduación de la falta y de la sanción, se determinó que en este caso existían un atenuante y dos agravantes.
Contra esta decisión, la disciplinada interpuso recurso de apelación que será resuelto por la Sala Ordinaria de Juzgamiento de la PGN.
La Coronel (r) Sandra Mora estuvo como Subcomandante en el Departamento de Policía Casanare en años anteriores.
Fuente: El Diario del Llano
CASANARE
Vuelve restricción de motocicletas en horas nocturnas los fines de semana en Yopal

A través del Decreto 116 del 13 de agosto del 2025, la Alcaldía de Yopal prohibió la circulación de motocicletas durante los fines de semana en el municipio, esto con el propósito de evitar que se presenten siniestros viales y por ende pérdidas fatales.
El primer fin de semana en el que se aplicará la medida será el comprendido entre el viernes 15 y el lunes 18 de agosto.
Los horarios de restricción y los demás días de prohibición se relacionan en la siguiente tabla.
De esta medida quedan exceptuadas la fuerza pública, los organismos de seguridad del Estado, la Policía Judicial, las autoridades de tránsito y transporte, los organismos de emergencia y socorro, prevención y salud. Además, personal de empresas de seguridades privadas debidamente identificadas, personas con movilidad reducida, domiciliarios, hotelería y turismo con sus identificaciones que acrediten la prestación del servicio.
El incumplimiento de las medidas adoptadas en este Decreto conllevará a las sanciones correspondientes, la imposición de comparendos de tránsito conforme a lo dispuesto en el literal C numeral 14 del artículo 131 de la ley 769 de 2002, modificado por el artículo 21 de la ley 1383 de 2010 y demás normas aplicables según el caso.
Fuente: El Diario del Llano