CASANARE
Prepárese para la Consulta popular anticorrupción del próximo 26 de agosto
El presidente Juan Manuel Santos firmó el Decreto 1028 el pasado 18 de junio, con él se convoca a los colombianos para que el domingo 26 de agosto aprueben o rechacen el mecanismo de participación ciudadana denominado “Consulta popular anticorrupción”. La norma precisa el contenido de la consulta conforme a la inscripción realizada por el comité promotor reconocido por la Registraduría Nacional del Estado Civil.
Las preguntas son las siguientes:

1-. Reducir el salario de congresistas y altos funcionarios del Estado
¿Aprueba usted reducir el salario de los congresistas de 40 a 25 salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV), fijando un tope de 25 SMLMV como máxima remuneración mensual de los congresistas y altos funcionarios del Estado señalados en el artículo 197 de la Constitución Política
2-. Cárcel a corruptos y prohibirles volver a contratar con el Estado
¿Aprueba usted que las personas condenadas por corrupción y delitos contra la administración pública deban cumplir la totalidad de las penas en la cárcel, sin posibilidades de reclusión especial, y que el Estado unilateralmente pueda dar por terminados los contratos con ellas y con las personas jurídicas de las que hagan parte, sin que haya lugar a indemnización alguna para el contratista ni posibilidad de volver a contratar con el Estado
3-. Contratación transparente obligatoria en todo el país
¿Aprueba usted establecer la obligación a todas las entidades públicas y territoriales de usar pliegos tipo, que reduzcan la manipulación de requisitos habilitantes y ponderables y la contratación a dedo con un número anormalmente bajo de proponentes, en todo tipo de contrato con recursos públicos?
4-. Presupuestos públicos con participación de la ciudadanía
¿Aprueba usted establecer la obligación de realizar audiencias públicas para que la ciudadanía y los corporados decidan el desglose y priorización del presupuesto de inversión de la Nación, los departamentos y los municipios, así como en la rendición de cuentas sobre su contratación y ejecución?
5-. Congresistas deben rendir cuentas de su asistencia, votación y gestión
¿Aprueba usted obligar a congresistas y demás corporados a rendir cuentas anualmente sobre su asistencia, iniciativas presentadas, votaciones, debates, gestión de intereses particulares o de lobbistas, proyectos, partidas e inversiones públicas que haya gestionado y cargos públicos para los cuales hayan presentado candidatos?
6-. Hacer públicas las propiedades e ingresos injustificados de políticos elegidos y extinguirles el dominio
¿Aprueba usted obligar a todos los electos mediante voto popular a hacer público a escrutinio de la ciudadanía sus declaraciones de bienes, patrimonio, rentas, pago de impuestos y conflictos de interés, como requisito para posesionarse y ejercer el cargo; incorporando la facultad de iniciar de oficio investigaciones penales y aplicar la extinción de dominio al elegido y a su potencial red de testaferros como su cónyuge, compañero o compañera permanente, a sus parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad y primero civil, y a sus socios de derecho o de hecho?
7-. No más atornillados en el poder: máximo tres periodos en corporaciones públicas
¿Aprueba usted establecer un límite de máximo tres periodos para ser elegido y ejercer en una misma corporación de elección popular como el Senado de la República, la Cámara de Representantes, las asambleas departamentales, los concejos municipales y las juntas administradoras locales?
Otras disposiciones
El decreto señala que, de acuerdo con el artículo 34 de la Ley Estatutaria 1757 del 2015, a partir de la entrada en vigencia de esa normativa se pueden desarrollar campañas en favor, en contra o por la abstención para la consulta popular.
Los Alcaldes deberán prohibir y restringir la venta y consumo de bebidas embriagantes con el fin de mantener o restablecer el orden público desde las 6:00 p. m. del sábado 25 de agosto hasta las 6:00 a. m. del día lunes 27 de agosto.
También se prevé que el Gobierno, a través del Ministerio del Interior, y las administraciones departamentales, distritales y municipales podrán promover estrategias y acciones pedagógicas frente a la participación en la consulta, que permitan a la ciudadanía conocer y tener información sobre el trámite y contenido de esta iniciativa.
No habrá inscripción de cédulas. Se vota en el mismo puesto de votación donde votó la última vez. Si tiene dudas del sitio puede consultar puesto y mesa de votación ingresando su cédula en la página de la Registraduría (www.registraduria.gov.co) en “consulte aquí su lugar de votación”.
Para que sea válida
Se requiere el voto afirmativo de la mitad más uno de los sufragios válidos del total de la votación (6.037.879 de votos), siempre y cuando haya participado no menos de la tercera parte del censo electoral (12.075.756 personas que deben votar).
Fuente: El Diario del Llano – HOLA Casanare
CASANARE
Asesinan a reconocido profesor y empresario arrocero en zona rural de Tauramena
CASANARE
Últimos días para pagar el impuesto predial 2025 con descuento en Yopal
La Alcaldía de Yopal recuerda a los contribuyentes la importancia de ponerse al día con el pago de su Impuesto Predial. Esta es la última oportunidad para acceder al descuento del 5 % por pago anticipado de la obligación correspondiente al 2025, beneficio que estará disponible únicamente hasta el 31 de diciembre del presente año.
Es fundamental tener en cuenta que, a partir del 01 de enero del próximo año, quienes no hayan realizado el pago comenzarán a acumular intereses. Esta situación incrementará significativamente el monto de la obligación, por lo que se reitera la invitación a la ciudadanía a cumplir dentro del plazo establecido para evitar recargos adicionales.
Esta oportunidad final permite a los contribuyentes pagar un menor valor por este impuesto, contribuyendo así a la economía personal y familiar. El incumplimiento después de la fecha límite implicará sanciones y un mayor desembolso, afectando el presupuesto de los hogares y las empresas.
El pago puede realizarse de manera presencial en las oficinas de la Alcaldía Municipal, donde el personal estará disponible para asistir en el proceso. Adicionalmente, la administración ofrece una opción fácil y segura a través del portal impuestos.yopal.gov.co, donde los contribuyentes pueden consultar su recibo y efectuar el pago en línea mediante PSE.
Aún es tiempo de aprovechar este beneficio fiscal, evitar intereses innecesarios y contribuir activamente al desarrollo del municipio con el pago oportuno de sus impuestos. La Alcaldía de Yopal agradece la colaboración de todos los ciudadanos en el cumplimiento de sus responsabilidades tributarias.
CASANARE
No valen los llamados, ya son 6 las personas quemadas con pólvora en Casanare
La Secretaría de Salud de Casanare ha reportado un aumento del 100% en los casos de lesiones por pólvora pirotécnica durante el período de vigilancia intensificada 2025-2026. Con seis casos confirmados hasta el 14 de diciembre de 2025, la cifra duplica los tres incidentes registrados en la misma fecha de la temporada anterior.
Los seis casos notificados corresponden a personas de diversas edades y municipios, incluyendo Yopal, Maní y Tauramena. Se ha observado que dos de los lesionados requirieron hospitalización y uno de ellos se encontraba bajo los efectos del alcohol al momento del accidente.
Los artefactos pirotécnicos más comunes involucrados en los incidentes son voladores y totes, aunque también se reportó un caso con juegos pirotécnicos de exhibición. Las lesiones incluyen quemaduras de primer y segundo grado, laceraciones y contusiones, afectando principalmente las manos y el rostro.
La Secretaría de Salud, siguiendo las directrices del Ministerio de Salud, reitera el llamado a la comunidad a evitar la manipulación de pólvora por parte de niños, niñas y adolescentes. Se desaconseja el uso de estos artefactos bajo los efectos del alcohol y se recomienda no almacenarlos en casa.
En caso de un accidente, es fundamental trasladar al herido de inmediato a urgencias, incluso si la quemadura parece menor. Se debe aplicar agua fría sobre la lesión durante 10 a 15 minutos, sin usar hielo u otras sustancias, y nunca inducir el vómito en caso de ingestión, acudiendo con el producto ingerido al centro médico.
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