CASANARE
Condenan a la Fiscalía por omitir pedir protección para víctimas de un homicidio múltiple en Hato Corozal en 2014
En decisión de segunda instancia, el Tribunal Administrativo de Casanare confirmó un fallo del Juzgado Primero Administrativo de Yopal, que condenó a la Fiscalía General de la Nación por omitir su deber de solicitar protección para 4 personas que venían recibiendo amenazas dentro de un proceso de reclamación de tierras, las cuales finalmente fueron asesinadas.
Se dice en la sentencia, que, debido a las múltiples amenazas, acontecimientos previos, quejas y denuncias de las víctimas, la Fiscalía no provocó intervención preventiva de la Fuerza Pública, lo que finalmente derivó en la consumación del homicidio múltiple, el cual fue descubierto el 23 de junio de 2014. Un hermano de una de las víctimas realizó infructuosas llamadas telefónicas a ésta y a uno de sus hijos sin obtener respuesta, por lo que junto con algunos vecinos se desplazaron al predio rural donde habitaban, encontrándolos asesinados junto con otras dos personas, entre ellos otro menor de edad.
La historia comenzó desde 2008, cuando el señor Gerain Enrique Landaeta Moreno y su señora, Liry Herney Hernández Sogamoso, comenzaron a tener múltiples conflictos con algunos hermanos de Landaeta Moreno, por la posesión del predio La Calceta, en la vereda Santa Rita del municipio de Hato Corozal, donde se había fundado en predios sobre los cuales había tenido posesión su padre.
Landaeta Moreno fue privado de la libertad y condenado por algunos hechos judiciales, por lo que en su ausencia fue su compañera sentimental Liry Herney Hernández quien siguió al frente del fundo, durante varios años más se presentaron incidentes con uno de los hermanos de Landaeta Moreno, que dieron lugar a quejas policivas, denuncias ante la Fiscalía por daño en bien ajeno, amenazas y otras perturbaciones a la posesión, imputadas por la señora Hernández a su cuñado.
La situación se agudizó durante los años 2012 y 2013, al parecer por la posibilidad de negociar una servidumbre del predio para el Oleoducto Bicentenario, por la que se esperaba recibir una muy importante suma de dinero.
En ese trasegar, la señora Hernández acudió ante Defensoría del Pueblo a pedir orientación para afrontar los conflictos civiles y penales, la Regional Casanare la remitió a otras autoridades (inspección de policía y Fiscalía); también insistió en sus denuncias ante Fiscalía, cuya dependencia en Paz de Ariporo archivó la actuación relativa a presunto daño en bien ajeno, argumentando que la remoción de cercas (por un hermano del actor) se hizo en predios poseídos por el denunciado; no se conocen avances significativos de lo que tuvo que con amenazas contra la integridad de la señora Hernández y sus allegados.
El 23 de junio de 2014 encontraron cuatro cadáveres en descomposición, que correspondían a la señora Liry Herney Hernández Sogamoso, su hijo Jefferson Landaeta Hernández, su sobrino David Ríos Hernández y Fredy Lucumí Cruz, trabajador en la finca, quienes fueron ultimados con impactos de armas de fuego.
Crimen sin capturas ni responsables
Por ese cuádruple homicidio la Fiscalía inició la investigación de rigor, en la que se tuvo como sospechoso a un hermano del señor Gerain Enrique; hasta donde hay noticia procesal, no se han producido capturas de presuntos responsables, ni determinado quiénes fueron autores o determinadores, ni los reales motivos del crimen.
El Tribunal Administrativo de Casanare considera que la Administración de Justicia en cabeza de la Fiscalía General de la Nación es responsable, dado que la víctima solicitó protección por el riesgo en el que estaba sometida, sin que se tomaran las medidas necesarias y pertinentes para su protección
Señala el Tribunal, que la Fiscalía General de la Nación, a pesar de tener conocimientos de todas las situaciones que se venían presentando, no informó a la Policía Nacional, Ejército Nacional o Unidad Nacional de Protección, para que intervinieran en este conflicto examinando riesgos y para adoptar medidas de protección o prevención para las víctimas.
Finalmente, se condenó a la Fiscalía General de la Nación a pagar a título de perjuicios morales al señor Geraín Landaeta Moreno por la muerte de sus allegados, el equivalente a 184 salarios Mínimos legales mensuales vigentes. La sentencia inicial tasaba los perjuicios morales en 230 salarios mínimos legales mensuales vigentes, pero había contemplado al señor Fredy Lucumí Cruz, pero al no tener vínculo familiar con el demandante, no se concedió por parte del Tribunal en segunda instancia.
Fuente: El Diario del Llano – HOLA Casanare
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