CASANARE
Condenan a 50 años de cárcel a uno de “Los Garbanzos” en Casanare
El Tribunal Superior del Circuito Judicial de Yopal condenó a 50 años de cárcel y multó con 26.687.5 salarios mínimos mensuales legales vigentes, a un reconocido delincuente de Casanare integrante de la temida banda “Los Garbanzos”, causante de la muerte de varios encargados de fincas, entre ellas la de la ex alcaldesa de Nunchía Martha Pérez, y del representante a la Cámara, Jairo Cristancho.
De acuerdo con la sentencia, José Lubin Hernández Gómez es el responsable del asesinato de por lo menos 4 personas en el año 2012, entre ellas las de los encargados de varias fincas para presionar a sus propietarios a pagar elevadas sumas de dinero producto de extorsión, y para el asesinato de una empleada de una reconocida firma de giros y apuestas en el municipio de Paz de Ariporo en noviembre de 2012, prestó una motocicleta.
José Lubin Hernández Gómez está capturado desde enero del 2013, y el pasado 20 de febrero de 2020 fue condenado inicialmente a 39 años y 7 meses de cárcel y multa de 12.462,5 salarios mínimos legales mensuales vigentes por el Juzgado Único Penal del Circuito Especializado de Yopal, ante lo cual la Procuraduría apeló el fallo señalando que la pena debería ser más amplia, teniendo en cuenta la comisión de múltiples delitos por parte del referido delincuente, apelación que fue resuelta el pasado 26 de noviembre de 2020 por parte del Tribunal Superior del Circuito Judicial de Yopal, que decidió ampliar la pena a 50 años de cárcel y multa de 26.687.5 salarios mínimos mensuales legales vigentes.
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Fuente: El Diario del Llano – HOLA Casanare
CASANARE
Secretaría de Educación de Yopal alerta sobre validez de estudios no presenciales
La Secretaría de Educación de Yopal informa a la ciudadanía sobre múltiples solicitudes y quejas de padres de familia. Estas están relacionadas con dificultades para matricular a sus hijos debido a inconsistencias en la validez de estudios cursados previamente en modalidades no presenciales o “homeschooling”.
Se ha evidenciado que algunos estudiantes provienen de instituciones que ofrecen educación virtual o homeschooling sin la licencia de funcionamiento reconocida por el Ministerio de Educación Nacional. Esta situación impide la homologación, validación o reconocimiento oficial de los grados cursados, conforme a la normativa vigente.
La secretaría recuerda que en Colombia, la educación formal debe ser impartida por establecimientos educativos debidamente autorizados, con licencia de funcionamiento expedida por el Ministerio de Educación y registro en el Directorio Único de Establecimientos Educativos (DUE). Las instituciones sin este reconocimiento no pueden emitir certificaciones válidas.
Además, se han identificado casos de estudiantes con estudios en el exterior que realizaron supuestas “validaciones” en instituciones no facultadas legalmente, afectando la continuidad académica. La presentación de Pruebas Saber 11° (ICFES) y los procesos de validación de bachillerato están regulados por el Estado y requieren autorización oficial.
Por lo anterior, se hace un llamado preventivo a padres y acudientes para que verifiquen que la institución educativa cuente con licencia de funcionamiento vigente, esté registrada oficialmente ante el Ministerio de Educación y tenga reconocimiento para la prestación del servicio educativo formal. La secretaría reitera su compromiso con el derecho a la educación y la orientación familiar.
CASANARE
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CASANARE
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