CASANARE
Condenado a 5 años de cárcel Juez de Yopal por prevaricato
A 5 años de cárcel fue condenado el Juez 1° Civil del Circuito de Yopal, Luis Ariosto Caro León, por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Yopal, por lo delitos de prevaricato por acción, en concurso homogéneo y sucesivo.
Dentro del proceso, la Fiscalía General de la Nación acusó al Juez Ariosto por cuatro delitos de prevaricato por acción en concurso homogéneo y sucesivo, porque devolvió grandes sumas de dinero que personas demandadas habían consignado en el Juzgado 1° Civil del Circuito para levantar embargos antes de él ser el titular de ese despacho judicial, lo que a juicio de la Fiscalía “se apartó abiertamente de las normas del Código de Procedimiento Civil que regían el procedimiento de los procesos de ejecución y medidas cautelares”.
“Así se comprobó más allá de toda duda la concurrencia del tipo penal de prevaricato en las conductas atribuidas al procesado y la responsabilidad de éste en calidad de autor”, señala el fallo condenatorio en algunos de sus apartes.
Durante la audiencia de lectura del sentido del fallo cumplida el pasado 18 de noviembre, la Fiscalía General de la Nación dejó en claro que, “de acuerdo a la doctrina de la Corte Suprema de Justicia, una vez se emita el fallo que ya fue anunciado en sentido condenatorio deberá procederse a hacer efectiva de manera inmediata la privación de la libertad del Dr. Luis Ariosto Caro”.
Desde el 18 de noviembre se fijó para el 03 de diciembre la audiencia de lectura del fallo, fecha en la cual no se hizo presente el acusado, quedando expedida la orden de captura correspondiente.
“Declarar que, el Dr. Luis Ariosto Caro León no es acreedor a sustituto de la suspensión de la ejecución de la pena, ni a la prisión domiciliaria de conformidad con el artículo 68A de la Ley 599 de 2000, modificado por la Ley 1474 de 2011. Disponer como consecuencia de lo anterior, la captura del condenado. Librar las comunicaciones a las autoridades competentes. Una vez ejecutoriada la presente sentencia, remitir la actuación al reparto de los señores Jueces de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad”, reza la providencia de lectura del fallo condenatorio.
La defensa del Juez Luis Ariosto Caro León apeló la sentencia proferida, la cual deberá ser sustentada en forma escrita dentro de los cinco días siguientes.
Además de la condena a 5 años de cárcel, el Tribunal multó con 85 Salarios Mínimos Mensual Legales Vigentes al Juez Luis Ariosto Caro, ordenando la interdicción de derechos y funciones públicas por el lapso de 90 meses y la inhabilidad para el ejercicio de funciones públicas.

Fuente: El Diario del Llano – HOLA Casanare
CASANARE
Ya son 7 las personas lesionadas por pólvora en Casanare durante esta época del año
La Secretaría de Salud de Casanare informó sobre el preocupante aumento de lesiones por pólvora pirotécnica en el departamento durante el periodo de vigilancia intensificada 2025–2026, que abarca del 1 de diciembre de 2025 al 17 de enero de 2026.
Con corte al 25 de diciembre de 2025, se han notificado un total de 7 casos confirmados de lesiones por pólvora, lo que representa un incremento del 75% en comparación con los 4 casos registrados en la misma fecha durante la temporada anterior (2024-2025).
Los casos reportados incluyen un nuevo incidente en las últimas 24 horas y detallan que las lesiones han sido causadas por artefactos como voladores, totes y volcanes. Entre los afectados se encuentran tanto menores de edad como adultos, algunos de los cuales se encontraban bajo los efectos del alcohol o eran observadores de la manipulación de la pólvora.
Otra vez las recomendaciones
La Secretaría de Salud de Casanare, siguiendo las directrices del Ministerio de Salud y Protección Social, insta a la comunidad a adoptar medidas preventivas estrictas. Se recomienda encarecidamente evitar que niños y adolescentes manipulen pólvora o jueguen con fósforos, velas y encendedores, así como impedir su presencia en áreas donde se manipulen estos objetos.
Asimismo, se hace un llamado a no almacenar artefactos pirotécnicos ni sustancias inflamables en los hogares y a dialogar con los menores sobre los riesgos inherentes. Es fundamental abstenerse de manipular pólvora pirotécnica bajo los efectos del alcohol.
Ante un accidente con pólvora, la recomendación principal es trasladar al herido de inmediato al servicio de urgencias más cercano, sin importar la aparente levedad de la quemadura. En caso de no estar cerca de un centro médico, se aconseja retirar la pólvora residual y aplicar agua fría en la lesión durante 10 a 15 minutos, sin usar otras sustancias ni hielo. Para intoxicaciones, no inducir el vómito y llevar el producto ingerido al centro de salud. La Secretaría enfatiza con los lemas: “Que la pólvora no te quite las oportunidades en Casanare” y “La vida es primero la pólvora no es un juego”.
CASANARE
Suspendida temporalmente la obra de construcción del hospital local de Villanueva
Red Salud Casanare anunció la suspensión temporal de la construcción del Hospital Local de Villanueva, desde el 16 de diciembre de 2025 y con una duración prevista hasta el 17 de marzo de 2026.
Esta medida se ha tomado debido a aspectos técnicos inherentes al desarrollo del proyecto, los cuales requieren ajustes específicos. El objetivo es asegurar la correcta ejecución de la obra y garantizar el cumplimiento de los estándares de calidad, seguridad y funcionalidad planificados para esta infraestructura de salud.
La entidad reitera su firme compromiso con la comunidad del municipio de Villanueva y con el fortalecimiento de la red pública de servicios de salud en todo el departamento de Casanare.
Se ha informado que se mantendrá una comunicación constante y transparente con la ciudadanía para cualquier novedad relacionada con la reanudación de los trabajos de construcción.
Red Salud Casanare E.S.E. agradece la comprensión de la población, asegurando que este proceso está orientado a la consecución de un proyecto sólido, sostenible y en beneficio directo de todos los habitantes.


