CASANARE
Cayeron fleteros homicidas en Yopal

Fueron enviados a la cárcel Julián Camilo Díaz Cruz de 19 años y Javier Vásquez Castañeda de 33 años, por el asesinato del ingeniero Luis Arenas Bernal, funcionario del Invías, durante un fleteo ocurrido en Yopal el pasado 6 de mayo de 2020.
Por los mismos hechos fue cobijado con detención domiciliaria Miguel Ángel Garzón Montoya, familiar de la víctima, quien habría suministrado la información para que se cometiera el ilícito.
Como se recuerda, los hechos ocurrieron sobre la transversal 15 con calle 35 de la capital casanareña, cuando el occiso se movilizaba en su camioneta luego de haber retirado una gruesa suma de dinero de una entidad bancaria.
Lea también: Fleteo en Yopal terminó en homicidio
Lea también: Un fleteo que acabó toda una vida de trabajo
Información recogida a partir de la verificación de cámaras de seguridad públicas y privadas ubicadas en el lugar de los hechos y toma de entrevistas, permitieron adelantar labores de indagación, búsqueda en base de datos y análisis link que identificaron e individualizaron a los presuntos responsables de estos hechos.
Mediante orden judicial, investigadores del Cuerpo Técnico de Investigación CTI de la Fiscalía, con apoyo de la Sijin de la Policía Nacional, materializaron las 3 capturas en vía pública y área rural de Yopal.
Ante el Juzgado 2° Promiscuo Municipal de Aguazul fueron presentados los detenidos para su judicialización, donde la Fiscalía imputó cargos contra Díaz Cruz, Vásquez Castañeda y Garzón Montoya, en calidad de coautores a título de dolo de los delitos de homicidio agravado en concurso con hurto calificado y fabricación, tráfico y/o porte ilegal de armas, los cuales no fueron aceptados.
Fuente: Fiscalía General de la Nación
CASANARE
Patinadora de 9 años muere en trágico accidente en la Marginal del Llano, en Yopal
CASANARE
Ex Subcomandante de Policía de Casanare sancionada por la Procuraduria por malos tratos

La Procuraduría General de la Nación encontró responsable disciplinariamente y suspendió e inhabilitó en el ejercicio del cargo por doce (12) meses, a la coronel (r) Sandra Yaneth Mora Morales, en su condición de comandante de la Policía Metropolitana de Cúcuta para la época de los hechos.
El Ministerio Público investigó que la entonces coronel se dirigió a una patrullera (subalterna), utilizando vocabulario soez y maltratándola de manera verbal y física, vulnerando la normativa disciplinaria del personal de la Policía Nacional, en especial lo previsto en el artículo 46-3 de la Ley 2196 de 2022. (Estatuto Disciplinario de la Policía).
La conducta de la oficial fue calificada como falta grave cometida con dolo, por lo que deberá responder disciplinariamente.
En aplicación del principio de proporcionalidad y valorando los criterios de graduación de la falta y de la sanción, se determinó que en este caso existían un atenuante y dos agravantes.
Contra esta decisión, la disciplinada interpuso recurso de apelación que será resuelto por la Sala Ordinaria de Juzgamiento de la PGN.
La Coronel (r) Sandra Mora estuvo como Subcomandante en el Departamento de Policía Casanare en años anteriores.
Fuente: El Diario del Llano
CASANARE
Vuelve restricción de motocicletas en horas nocturnas los fines de semana en Yopal

A través del Decreto 116 del 13 de agosto del 2025, la Alcaldía de Yopal prohibió la circulación de motocicletas durante los fines de semana en el municipio, esto con el propósito de evitar que se presenten siniestros viales y por ende pérdidas fatales.
El primer fin de semana en el que se aplicará la medida será el comprendido entre el viernes 15 y el lunes 18 de agosto.
Los horarios de restricción y los demás días de prohibición se relacionan en la siguiente tabla.
De esta medida quedan exceptuadas la fuerza pública, los organismos de seguridad del Estado, la Policía Judicial, las autoridades de tránsito y transporte, los organismos de emergencia y socorro, prevención y salud. Además, personal de empresas de seguridades privadas debidamente identificadas, personas con movilidad reducida, domiciliarios, hotelería y turismo con sus identificaciones que acrediten la prestación del servicio.
El incumplimiento de las medidas adoptadas en este Decreto conllevará a las sanciones correspondientes, la imposición de comparendos de tránsito conforme a lo dispuesto en el literal C numeral 14 del artículo 131 de la ley 769 de 2002, modificado por el artículo 21 de la ley 1383 de 2010 y demás normas aplicables según el caso.
Fuente: El Diario del Llano