CASANARE
Casanare está en veda de pescado hasta el 31 de mayo para proteger las especies
En Casanare entró en vigencia la veda establecida por la Autoridad Nacional de Acuicultura y Pesca AUNAP en la Resolución 2663 de 2022, en la que se prohíbe la captura en fuentes naturales de especies de peces ornamentales extraídos de las poblaciones naturales en toda la región de la Orinoquia, además del acopio, almacenamiento, transporte y comercialización de toda clase de recursos pesqueros destinados al consumo humano, so pena de sanciones.
Las personas que quebranten la resolución que permite la veda, se exponen a las sanciones dispuestas en el artículo 55 de la Ley 13 de 1990 (Estatuto general de pesca) se exponen a multas económicas que pueden ir desde el salario mínimo legal de un día al equivalente del salario mínimo legal de 1.000 días, suspensión temporal o revocatoria del permiso, autorización, concesión o patente según sea el caso, decomiso de embarcaciones, equipos o productos, cierre temporal o clausura definitiva del establecimiento.
“Este periodo empieza del 21 de abril al 31 de mayo, está prohibida la pesca o extracción transporte, acopio, comercialización, de todo pescado de fuentes naturales como ríos y lagunas de la Orinoquia En esta época del año el pescado está en la etapa de reproducción, es decir en la postura y eclosión posterior, todo esto se hace con el fin de conservar las especies a través del tiempo”, destacó Santiago Molano, profesional de la Secretaría de Agricultura de Casanare.
Fuente: El Diario del Llano – HOLA Casanare
CASANARE
Capturados por homicidios presentados en Villanueva, pretendían adueñarse del microtráfico
CASANARE
Yopal blinda la seguridad: sin barras visitantes y con estrictos controles para partido de alto riesgo
CASANARE
Contribuyentes de Yopal pueden acceder a descuentos en Impuesto Predial por pronto pago
Los contribuyentes en Yopal pueden acceder a descuentos por pronto pago del impuesto predial 2026, con beneficios que varían según las características de cada predio y las fechas en que se realice el pago.
De acuerdo con las condiciones establecidas, existen dos grupos de incentivos: El primero aplica para predios excluidos de la Ley 44 de 1990, entre los que se encuentran lotes urbanizables no urbanizados, lotes urbanizados no edificados, predios nuevos y aquellos que incorporaron construcciones tras la actualización catastral.
Para estos casos, los descuentos son del 30% si el pago se realiza hasta el 31 de mayo, 20% hasta el 30 de julio y 10% hasta el 30 de septiembre. Este beneficio está dirigido a quienes hayan cumplido con el pago del impuesto predial de la vigencia 2025 hasta octubre del año anterior.
Por su parte, los demás predios también cuentan con incentivos por pronto pago. En estos casos, se ofrece un 15% de descuento hasta el 31 de mayo, 10% hasta el 31 de julio y 5% hasta el 30 de septiembre.
Además de estos beneficios, los contribuyentes pueden optar por el sistema de pago alternativo por cuotas, una opción que permite distribuir el valor del impuesto a lo largo del año y facilitar el cumplimiento de la obligación.
Los ciudadanos pueden reclamar su factura en los puntos de atención o descargarla a través del portal https://impuestos.yopal.gov.co/, así como realizar el pago en los lugares autorizados.
La recomendación es aprovechar estos descuentos dentro de los plazos establecidos, lo que no solo representa un ahorro, sino que también evita costos adicionales y facilita el cumplimiento oportuno de las obligaciones tributarias.


