CASANARE
Capresoca se refirió a la atención de dos pacientes que claman ayuda por remisiones
Sobre el caso de Nini Dayana Cisneros, quien solicita traslado a un centro médico de alta complejidad para que le practiquen una cirugía tras sufrir un grave accidente de tránsito en Orocué, Capresoca explicó la situación de la paciente cuya familiar se encadenó en la entrada del Hospital para pedir ayuda.
La entidad aclaró que, cuando una persona queda lesionada en un accidente de tránsito, la IPS prestadora del servicio de urgencias en que sea atendida, debe prestarle toda la atención necesaria para lograr su estabilidad, tratamiento y la rehabilitación de sus secuelas y de las patologías generadas como consecuencia del accidente; esta atención hace parte de la cobertura del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito SOAT y tiene un tope o límite de 800 salarios mínimos diarios legales vigentes, equivalentes a $ 30´933.000.
Sin embargo, si la víctima que sufra un accidente de tránsito y el vehículo involucrado no tenían contratado el SOAT, deben ser igualmente atendida con cargo al ADRES.
Por consiguiente, la cobertura actual de la paciente Niny Dayhanna Cisneros Alonso, se encuentra a cargo de su seguro SOAT contratado que es PREVISORA S.A. COMPAÑÍA DE SEGUROS, dado que hasta el momento se ha consumido un valor de $ 13´749.366 en su atención hospitalaria.
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Caso de Shaira Rocío
Con relación al caso de la menor Shaira Rocío López Hernández, quien ingresó al servicio de urgencias del Hospital Regional de la Orinoquia, el pasado 12 de junio del presente año; por criterio del médico especialista en pediatría, el día 24 de junio emite orden de remisión a institución con disponibilidad del servicio de Unidad de Cuidados Intermedios.
Con base en dicha solicitud esta Entidad Administradora de Planes de Beneficios (EAPB) inició los trámites correspondientes a fin de garantizar el servicio requerido por la usuaria, recibiendo el día 26 de junio de 2023, aceptación del caso clínico por parte de la IPS Gyomedical en la ciudad de Yopal, institución que hace parte de nuestra red de servicios.
La madre de la niña no aceptó el traslado
Atendiendo la aceptación de la menor, se establece comunicación telefónica con la señora Jessica Hernández Macías, madre de paciente, quien manifiesta no aceptar traslado a la IPS GYOMEDICAL, allegando carta de desistimiento el día 26 de junio, lo cual impide su traslado y la institución receptora procede a cancelar la cama disponible.
Debido a esto, un equipo multidisciplinario de Capresoca EPS, se comunicó con la madre de la menor, explicándole los riesgos de no aceptar el traslado, manifestando entender y solicita nuevamente que sea presentada a Gyomedical IPS, por lo tanto, se inicia nuevamente la presentación del caso clínico a la red de servicios.
Así las cosas, la menor, está siendo presentada en instituciones como, Gyomedical, Hospital la misericordia, Sub-Red Integrada de Servicios de salud (Hospital de Kennedy), Fundación Cardiovascular de Cundinamarca, Sociedad de Cirujanos Pediatras en Barranquilla, Fundación Cardiovascular de Colombia, Hospital Departamental de Villavicencio, con notificación al centro regulador de referencia y contrarreferencia del departamento del Casanare – CRUE y Bogotá, a la espera de una pronta aceptación.
Fuente: Capresoca EPS
CASANARE
Terreno donde inicialmente se iba a construir el Terminal de Yopal si tenía problemas jurídicos
El Tribunal Administrativo de Casanare resolvió en segunda instancia una acción popular relacionada con la adquisición del predio destinado inicialmente a la construcción del nuevo Terminal de Transportes de Yopal, ubicado en la carrera 5° que conduce hacia Morichal, proceso en el que se analizó la actuación del Municipio de Yopal y de la Sociedad de Economía Mixta Terminal de Transportes de Yopal S.A.S.
La demanda fue interpuesta por el ciudadano Oromairo Avella, y alegó la vulneración de los derechos colectivos a la moralidad administrativa y a la defensa del patrimonio público, derivada de los negocios jurídicos relacionados con el terreno que se iba a utilizar, el cual según antecedentes judiciales, presentaba anotaciones de “falsa tradición” y restricciones previamente advertidas por la jurisdicción contenciosa administrativa.
No se adelantaron estudios de títulos
En la sentencia, el Tribunal confirmó que las entidades demandadas incurrieron en actuaciones contrarias a los principios que rigen la función administrativa, al aceptar como aporte a una sociedad de economía mixta un predio sobre el cual existían reparos judiciales y órdenes expresas de protección, sin adelantar un estudio de títulos riguroso ni atender decisiones judiciales anteriores. Esta conducta fue considerada lesiva del derecho colectivo a la moralidad administrativa.
No obstante, la Corporación precisó que durante el trámite del proceso se configuró la figura jurídica de la carencia actual de objeto, debido a que el inmueble cuestionado fue retirado del patrimonio de la sociedad, lo que implicó la desaparición de la situación que originó la controversia.
En consecuencia, el Tribunal mantuvo la declaratoria de vulneración del derecho colectivo a la moralidad administrativa, pero se abstuvo de impartir órdenes adicionales, al considerar superada la situación. Sin embargo, dispuso la remisión de copias a la Fiscalía General de la Nación y a la Procuraduría General de la Nación para que, en el marco de sus competencias, adelanten las investigaciones que estimen pertinentes respecto de los hechos analizados.
CASANARE
Capturan a dos personas en Yopal por presunta explotación sexual y trata de personas
CASANARE
Yopal consolida la atención materno infantil en el Hospital Central y el CAPS Juan Luis Londoño
Mientras la atención en salud materno infantil representa un reto a nivel nacional, Yopal ha logrado consolidar resultados concretos. Esto se evidencia con la renovación y obtención de nuevas certificaciones bajo la estrategia Instituciones Amigas de la Mujer y la Infancia Integral (IAMII), lideradas por la Secretaría de Salud de Casanare en articulación con la ESE Salud Yopal.
Tras una exhaustiva evaluación externa, realizada según los lineamientos de Unicef, la Organización Mundial de la Salud y el Ministerio de Salud y Protección Social, el Hospital Central de Yopal alcanzó un cumplimiento superior al 80% de los criterios exigidos.
Este resultado permitió la renovación de su certificación IAMII por un periodo de tres años, con vigencia hasta el 31 de diciembre de 2028. La institución ha demostrado mejoras sostenidas en sus procesos de atención y nutrición materna e infantil.
También el Juan Luis Londoño
Asimismo, la sede CAPS Juan Luis Londoño obtuvo por primera vez la certificación oficial como Institución Amiga de la Mujer y la Infancia Integral. Este logro, producto de un proceso técnico y riguroso, contó con el acompañamiento de Unicef y se ajusta a los estándares nacionales para garantizar una atención integral, oportuna y humanizada.
El reconocimiento para la sede CAPS Juan Luis Londoño quedó formalizado mediante la Resolución 2352 del 03 de diciembre de 2025. La institución superó el 80% de cumplimiento en cada uno de los diez pasos exigidos por la estrategia IAMII, lo que la posiciona con una de las más altas distinciones en el país para la protección de la salud materno infantil.
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