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Capresoca se refirió a la atención de dos pacientes que claman ayuda por remisiones

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Sobre el caso de Nini Dayana Cisneros, quien solicita traslado a un centro médico de alta complejidad para que le practiquen una cirugía tras sufrir un grave accidente de tránsito en Orocué, Capresoca explicó la situación de la paciente cuya familiar se encadenó en la entrada del Hospital para pedir ayuda.

La entidad aclaró que, cuando una persona queda lesionada en un accidente de tránsito, la IPS prestadora del servicio de urgencias en que sea atendida, debe prestarle toda la atención necesaria para lograr su estabilidad, tratamiento y la rehabilitación de sus secuelas y de las patologías generadas como consecuencia del accidente; esta atención hace parte de la cobertura del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito SOAT y tiene un tope o límite de 800 salarios mínimos diarios legales vigentes, equivalentes a $ 30´933.000.

Sin embargo, si la víctima que sufra un accidente de tránsito y el vehículo involucrado no tenían contratado el SOAT, deben ser igualmente atendida con cargo al ADRES.

Por consiguiente, la cobertura actual de la paciente Niny Dayhanna Cisneros Alonso, se encuentra a cargo de su seguro SOAT contratado que es PREVISORA S.A. COMPAÑÍA DE SEGUROS, dado que hasta el momento se ha consumido un valor de $ 13´749.366 en su atención hospitalaria.

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Caso de Shaira Rocío 

Con relación al caso de la menor  Shaira Rocío López Hernández, quien ingresó al servicio de urgencias del Hospital Regional de la Orinoquia, el pasado 12 de junio del presente año; por criterio del médico especialista en pediatría, el día 24 de junio emite orden de remisión a institución con disponibilidad del servicio de Unidad de Cuidados Intermedios.

Con base en dicha solicitud esta Entidad Administradora de Planes de Beneficios (EAPB) inició los trámites correspondientes a fin de garantizar el servicio requerido por la usuaria, recibiendo el día 26 de junio de 2023, aceptación del caso clínico por parte de la IPS Gyomedical en la ciudad de Yopal, institución que hace parte de nuestra red de servicios.

La madre de la niña no aceptó el traslado

Atendiendo la aceptación de la menor, se establece comunicación telefónica con la señora Jessica Hernández Macías, madre de paciente, quien manifiesta no aceptar traslado a la IPS GYOMEDICAL, allegando carta de desistimiento el día 26 de junio, lo cual impide su traslado y la institución receptora procede a cancelar la cama disponible.

Debido a esto, un equipo multidisciplinario de Capresoca EPS, se comunicó con la madre de la menor, explicándole los riesgos de no aceptar el traslado, manifestando entender y solicita nuevamente que sea presentada a Gyomedical IPS, por lo tanto, se inicia nuevamente la presentación del caso clínico a la red de servicios.

Así las cosas, la menor, está siendo presentada en instituciones como, Gyomedical, Hospital la misericordia, Sub-Red Integrada de Servicios de salud (Hospital de Kennedy), Fundación Cardiovascular de Cundinamarca, Sociedad de Cirujanos Pediatras en Barranquilla, Fundación Cardiovascular de Colombia, Hospital Departamental de Villavicencio, con notificación al centro regulador de referencia y contrarreferencia del departamento del Casanare – CRUE y Bogotá, a la espera de una pronta aceptación.

Fuente: Capresoca EPS

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Secretaría de Educación de Yopal alerta sobre validez de estudios no presenciales

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La Secretaría de Educación de Yopal informa a la ciudadanía sobre múltiples solicitudes y quejas de padres de familia. Estas están relacionadas con dificultades para matricular a sus hijos debido a inconsistencias en la validez de estudios cursados previamente en modalidades no presenciales o “homeschooling”.

Se ha evidenciado que algunos estudiantes provienen de instituciones que ofrecen educación virtual o homeschooling sin la licencia de funcionamiento reconocida por el Ministerio de Educación Nacional. Esta situación impide la homologación, validación o reconocimiento oficial de los grados cursados, conforme a la normativa vigente.

La secretaría recuerda que en Colombia, la educación formal debe ser impartida por establecimientos educativos debidamente autorizados, con licencia de funcionamiento expedida por el Ministerio de Educación y registro en el Directorio Único de Establecimientos Educativos (DUE). Las instituciones sin este reconocimiento no pueden emitir certificaciones válidas.

Además, se han identificado casos de estudiantes con estudios en el exterior que realizaron supuestas “validaciones” en instituciones no facultadas legalmente, afectando la continuidad académica. La presentación de Pruebas Saber 11° (ICFES) y los procesos de validación de bachillerato están regulados por el Estado y requieren autorización oficial.

Por lo anterior, se hace un llamado preventivo a padres y acudientes para que verifiquen que la institución educativa cuente con licencia de funcionamiento vigente, esté registrada oficialmente ante el Ministerio de Educación y tenga reconocimiento para la prestación del servicio educativo formal. La secretaría reitera su compromiso con el derecho a la educación y la orientación familiar.

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Discusión en una tienda terminó en homicidio en Tauramena, homicida está identificado

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arma disparo

Un nuevo hecho de violencia sacudió al municipio de Tauramena la tarde del 21 de febrero de 2026. Sobre las 6:12 p.m., en la vereda Cabañas, fue ultimado con arma de fuego el ciudadano Jaime Orlando León Sierra, en circunstancias que son materia de investigación por parte de las autoridades.

De acuerdo con la información preliminar, la víctima se encontraba departiendo bebidas embriagantes en una tienda del sector cuando fue abordado por otro hombre que también permanecía en el establecimiento. Entre ambos se habría generado una discusión, al parecer por linderos de un predio, que escaló rápidamente, momento en el que el presunto agresor desenfundó un arma de fuego y disparó contra León Sierra, causándole la muerte en el lugar.

Tras el ataque, el señalado responsable huyó en una motocicleta color negro con azul con rumbo hacia la zona rural. Las autoridades confirmaron que el presunto agresor ya está plenamente identificado y adelantan labores para lograr su captura en el menor tiempo posible.

Según información conocida, el hombre registra antecedentes en calidad de investigado por delitos como homicidio, lesiones personales, daño en bien ajeno, violencia intrafamiliar, porte ilegal de armas, amenazas y acceso carnal. Testigos lo describen como una persona con comportamiento violento cuando consume licor. El caso quedó en manos de los organismos competentes, que avanzan en la recolección de pruebas y testimonios.

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Condenado a más de 30 años de cárcel por feminicidio de su compañera sentimental en Yopal

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A 31 años y 3 meses de prisión fue condenado Olegario Mendivelso, de 55 años, por el feminicidio agravado de su compañera sentimental Fidelia Tarache Tumay, en hechos ocurridos el pasado 25 de septiembre de 2025 en zona rural de Yopal. La decisión fue adoptada por un juez de conocimiento, quien avaló el preacuerdo suscrito con la Fiscalía General de la Nación.

De acuerdo con las pruebas recopiladas por el ente acusador, el hoy sentenciado llegó hasta la finca donde trabajaba la víctima e ingresó a la vivienda por una ventana. Una vez dentro, la atacó con un arma cortopunzante, causándole múltiples heridas que le provocaron la muerte. Según la investigación, el ataque se originó porque la víctima no quería continuar con la relación.

El fallo judicial también impuso como pena accesoria la inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por 20 años, además de la suspensión de cualquier mecanismo sustitutivo o subrogado penal.

La sentencia es de primera instancia y contra ella proceden los recursos de ley. Con este resultado, la Fiscalía destacó el avance del proceso judicial y la sanción impuesta por este crimen que enluta a una familia en el departamento de Casanare.

Lea también: Nuevo feminicidio en Yopal en San Rafael de Morichal, homicida fue capturado

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