Connect with us

NACIONALES

Así funcionará aplicación móvil para toma de declaración a víctimas

Published

on

Con el nuevo aplicativo los funcionarios del Ministerio Público (personerías, Procuraduría y Defensoría) o consulados que atiendan a víctimas del conflicto armado tomarán declaraciones con mayor facilidad y calidad.

¿Qué es la declaración?

Es la que deben realizar todas aquellas personas que se consideren víctimas del conflicto armado en Colombia. El interesado deberá brindar toda la información requerida en un formato especial, donde consignará de manera detallada las circunstancias de tiempo, modo y lugar en que se dieron los hechos.

Por medio de la declaración se solicita la inscripción en el Registro Único de Víctimas (RUV) de la Unidad para las Víctimas.

b. ¿Qué es la aplicación?

La aplicación de toma de declaración es un instrumento tecnológico novedoso que permitirá a los funcionarios del Ministerio Público y de los consulados tomar declaraciones con mayor facilidad desde de los dispositivos móviles en plataformas Android.

Esta es una opción que brindará la Unidad para las Víctimas a través de la Dirección de Registro y Gestión de la Información.

c. ¿Para qué sirve?

La función de la APP es recoger los datos básicos que permitan la obtención de la información necesaria para una correcta valoración y facilitar la determinación de las medidas de asistencia, atención y reparación que se adecúen al daño sufrido y a las necesidades de cada víctima.

d. ¿Quiénes tienen acceso a la APP?

Los funcionarios del Ministerio Público (Personería, Procuraduría, Defensoría) y el personal de los consulados que atiendan a las víctimas del conflicto armado interno.

e. ¿Las víctimas pueden usar directamente la aplicación?

No.

f. ¿Qué ventajas tiene la APP?

• Optimiza tiempos en la ruta operativa de ingreso al Registro Único de Víctimas (RUV).

• La declaración se transmite de forma inmediata a la Unidad, cumpliendo con la obligación establecida en el decreto 1084 de 2015, (artículo 2.2.2.3.5 numeral 4).

• Altos estándares de seguridad en la información, gracias al uso de elementos tecnológicos para la autenticación de los usuarios.

• Acerca la institucionalidad a los colombianos garantizando una mayor cobertura y acceso para la toma de la declaración. Esto es fundamental porque este es el primer paso para ingresar a la ruta de atención, asistencia y reparación integral.

• Quienes se consideren víctimas podrán rendir su declaración de forma más sencilla, incluso si se encuentran en zonas donde no hay internet.

• Con esta aplicación y con la continuidad en las capacitaciones al Ministerio Público fortaleceremos el proceso de toma de declaración.

g. ¿En qué espacios se pueden tomar declaraciones con la APP?

En los despachos de procuradurías, personerías, Defensorías del Pueblo y en consulados si la persona vive fuera de Colombia.

h. ¿Cómo obtiene la víctima el número de radicado de su declaración?

La aplicación generará un número de FUD (Formato Único de Declaración).

i. En caso de que no haya internet, ¿se da por recibida la declaración?

La declaración se toma independientemente de que se tenga acceso a internet. Una vez el funcionario esté en un sitio con conectividad, la declaración es trasmitida a la Unidad.

 j. ¿Dónde y cuándo consultar el resultado de la valoración de la declaración hecha a través de la app?

Las personas pueden acercase a cualquiera de los puntos de atención de la Unidad para las Víctimas, o a través de los medios de comunicación dispuestos por la entidad o si vive fuera del país en el consulado más cercano.

Tenga en cuenta que nuestra  entidad tiene un tiempo de 60 días hábiles a partir de la radicación de la declaración para decidir sobre la solicitud de la víctima.

Fuente: Unidad para las Víctimas

NACIONALES

Consejo de Estado: Por exclusividad de la Fuerza Pública, Policía Nacional debe vigilar la seguridad en los estadios

Published

on

By

Previo levantamiento de la reserva legal por parte del Ministerio del Interior, la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado dio a conocer un concepto en el que indicó que los artículos 52 y 62 de la Ley 1801 de 2016 (Código de Seguridad y Convivencia Ciudadana) no se encuentran vigentes. Ello en virtud de la Sentencia C-223 de 2017 que declaró su inexequibilidad con efectos diferidos a partir del 20 de junio de 2019.

La Sala señaló que mediante el Decreto 1007 de 2012 (compilado en el Decreto Único Reglamentario 1066 de 2015) se creó en Colombia el Estatuto de Aficionado al Fútbol que dispuso la creación de un Plan Decenal para la Seguridad, Comodidad y Convivencia en el Fútbol y permitió la articulación del respectivo alcalde, el presidente del club o clubes profesionales de la localidad con la Policía Nacional en el conocimiento e implementación de los protocolos de seguridad en los estadios.

Asimismo, sostuvo que según la Sentencia C-128 de 2018, en materia de seguridad en actividades que involucran aglomeraciones de público complejas, como es el caso de los partidos del fútbol profesional, las competencias de la Policía Nacional y de las empresas de seguridad privada y/o de logística, fueron definidas de la siguiente manera:

• De acuerdo con lo dispuesto en la Constitución Política y en la Ley 1801 de 2016, Código Nacional de Policía y Convivencia Ciudadana, la Policía Nacional, en atención al principio de exclusividad de la fuerza pública, tiene como fin principal la prevención de aquellas conductas que constituyen amenazas de afectación del orden público o impiden la convivencia entre las personas, en los términos de los artículos 2 y 218 de la Constitución Política.

• Las empresas de vigilancia y seguridad privada pueden actuar en el ámbito en que ofrezcan sus servicios, bajo los límites establecidos por el legislador, con el fin de «disminuir y prevenir las amenazas que afecten o puedan afectar la vida, la integridad personal o el tranquilo ejercicio de legítimos derechos sobre los bienes de las personas que reciben su protección», de acuerdo con lo previsto en el artículo 73 del Decreto Ley 356 de 1994, sin que ello involucre en modo alguno el ejercicio de actividades de conservación del orden público, la seguridad ciudadana ni la convivencia pacífica.

Por último, la Sala agregó que el artículo 9° de la Ley 1270 de 2009, mediante la cual se creó la Comisión Nacional para la Seguridad, Comodidad y Convivencia en el Fútbol, asignó a la Policía Nacional la función de prevenir la aparición de hechos de violencia en los estadios de fútbol y en sus alrededores, en el marco del mantenimiento de las condiciones necesarias para el ejercicio de los derechos y libertades públicas.

Tras años de tensiones entre la Dimayor y el Gobierno, el alto tribunal dejó claro que las empresas privadas no pueden sustituir a la fuerza pública en el control del orden en eventos masivos como partidos o conciertos.

Continue Reading

NACIONALES

Estos son los acuerdos logrados sobre catastro multipropósito que permitieron levantar el paro nacional

Published

on

By

Tras intensas jornadas de diálogo en Bogotá, el Gobierno Nacional y organizaciones sociales y territoriales alcanzaron un acuerdo en la Mesa Nacional de Concertación sobre el catastro multipropósito, lo que permitió el levantamiento del paro nacional que venía afectando la movilidad con bloqueos en distintas regiones del país.

Uno de los puntos centrales del acuerdo establece ajustes a la normativa catastral vigente. A través de la modificación de la Resolución 2057 de 2025, se autorizó a las direcciones territoriales del Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC) a revisar y ajustar, mediante actos administrativos, los porcentajes de incremento en los avalúos, garantizando criterios técnicos, coherencia en la información y aplicación uniforme en las zonas intervenidas.

Además, se definió la implementación de un procedimiento especial para corregir rezagos en la actualización de valores catastrales en zonas rurales, el cual incluirá análisis técnicos en comités sectoriales con participación de entidades nacionales, autoridades locales y representantes comunitarios. Estas revisiones quedarán consignadas en actas y servirán como base para eventuales modificaciones en los avalúos.

Como parte de los compromisos, el Gobierno anunció la realización de mesas regionales entre el 15 de abril y el 30 de mayo de 2026, en las que se recogerán inquietudes ciudadanas, se identificarán inconsistencias y se revisarán casos críticos relacionados con la aplicación del catastro multipropósito.

De igual forma, se acordó la creación de una Mesa Técnica Nacional, liderada por la Alta Consejería para las Regiones y con el Departamento Nacional de Planeación como Secretaría Técnica. Este espacio contará con delegados de organizaciones sociales y entidades del orden nacional, y tendrá como objetivo analizar el pliego de peticiones y formular recomendaciones para mejorar la implementación de la política catastral en el país.

El acuerdo también deja claro que no habrá suspensión general de los procesos de actualización catastral, los cuales continuarán conforme al marco legal vigente. Sin embargo, se buscarán ajustes que permitan una aplicación más equitativa, sin afectar la seguridad jurídica ni los derechos adquiridos.

Finalmente, la Defensoría del Pueblo acompañará el seguimiento al cumplimiento de los compromisos pactados. Con estos avances, las partes dieron por superada la jornada de protesta, restableciendo la normalidad en las vías del país y abriendo un nuevo espacio de concertación para atender las preocupaciones ciudadanas frente al catastro multipropósito.

Continue Reading

NACIONALES

Uber anuncia su expansión a toda Colombia, en Yopal ya está operando

Published

on

By

Uber anunció que la app estará disponible en los 32 departamentos de Colombia y amplía su cobertura de 22 a 1100 ciudades y municipios por todo el territorio nacional. Las opciones disponibles para quienes quieran moverse al toque de un botón o generar ganancias adicionales a través de la app en todas las regiones de Colombia serán Uber Taxi, Uber Economy y Uber Moto.

La expansión nacional de la app llega con el estándar de seguridad de Uber, que cuenta con más de 40 herramientas y funciones de seguridad a disposición de los usuarios, conductores de taxi y arrendadores de vehículos particulares.

“Uber ya no es una solución urbana, sino una plataforma nacional. Estar disponibles en más de 1.100 municipios implica contribuir al crecimiento de las economías locales, generar nuevas oportunidades de ganancia para los colombianos y ampliar el acceso a la tecnología y a las opciones de movilidad en cada región. Llevaremos el estándar de Uber que hoy existe en las grandes capitales a cada rincón del territorio nacional”, señaló Ángela Mendoza, Gerente General de Uber para la región Andina.

El anuncio de la expansión de Uber se hizo durante la presentación de un estudio de la firma Ipsos sobre los hábitos de movilidad y la percepción de las aplicaciones en distintas regiones del país. Entre los principales hallazgos:

En ciudades donde la presencia de Uber está consolidada

Para los colombianos, las apps forman parte del día a día y Uber contribuye a mejorar la calidad de vida en las ciudades.

71% usa las apps en su día a día.

78% considera las apps como la opción de movilidad más segura (sólo superada por el vehículo propio).

88% cree que las apps son una alternativa de movilidad confiable.

8 de cada 10 indicaron que las apps mejoraron su experiencia de movilidad en su ciudad.

En ciudades donde Uber estará disponible a partir de 2026

La movilidad sigue siendo un reto y las apps son una oportunidad de mejora.

52% de los encuestados considera que hoy es difícil moverse por sus ciudades.

88% cree que la llegada de Uber resolvería vacíos en seguridad, tiempos y calidad del servicio.

6 de cada 10 no están satisfechos con la oferta de transporte público actual.

9 de cada 10 creen que la llegada de la app de Uber mejoraría su calidad de vida.

2 de cada 3 pagarían más por la movilidad para tener mayor seguridad.

Continue Reading
Advertisement
Advertisement
Advertisement
Advertisement
Advertisement
Advertisement

Lo Mas Leido