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Amargo día para Jhon Jairo Torres y sus seguidores en Yopal, seguirá preso en La Picota

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Nada bien jurídicamente le fue al preso Alcalde de Yopal, Jhon Jairo Torres, en las dos audiencias que se surtieron ante el Tribunal Superior del Circuito, por los casos de lavado de activos y enriquecimiento ilícito, así como por urbanizador ilegal.

A primera hora y con ponencia de la Magistrada Gloria Esperanza Malaver, el Tribunal revocó la decisión del Juez Iván Dueñas, que el pasado 18 de noviembre decretó la nulidad de lo actuado en el caso por enriquecimiento ilícito y lavado de activos. La defensa de Jhon Jairo Torres argumentaba que existían dos procesos iguales contra su cliente, uno que se lleva por el sistema antiguo de Ley 600, y otro que se adelanta por los mismos delitos pero bajo el nuevo Sistema al tenor de la Ley 906.

“El presente proceso (el que se lleva por Ley 906) trae como imputación el concurso heterogéneo con la posible existencia del delito de lavado de activos. De manera que por este simple hecho, por la existencia de la imputación y acusación por lavado de activos el proceso no podría desaparecer jurídicamente con el decreto de una nulidad procesal desde la imputación, así las cosas, la providencia recurrida debe ser revocada para que en su lugar se continúe desarrollando la audiencia de acusación y se siga el juicio”, señala el fallo del Tribunal.

De esta manera, el alcalde Jhon Jairo Torres continuará recluido en la Cárcel La Picota de la capital de la república, a la espera que se prosiga el juicio en su contra por los delitos de enriquecimiento ilícito y lavado de activos.

Urbanizador ilegal

Se adelantó una segunda Audiencia, esta vez relacionada con el proceso por Urbanización Ilegal donde Jhon Jairo Torres ya aceptó cargos, y la defensa apelaba el fallo del Juez Tercero Penal de Yopal el pasado 30 de septiembre de 2016, que negó la retractación a esa aceptación de cargos por parte de Torres Torres.

Teniendo en cuenta que el Alcalde se encuentra capturado y detenido en la Penitenciaría Nacional de La Picota, la audiencia se iba a realizar de manera virtual logrando comunicación entre la Penitenciaría y el Palacio de Justicia, pero finalmente Jhon Jairo Torres manifestó que iba a asistir, por lo que la audiencia debió realizarse sin su comparecencia, así fuera virtual.

El abogado defensor de Jhon Jairo Torres, Isnardo Gómez Urquijo, alegaba que su cliente no había sido debidamente informado de los efectos de aceptar la imputación, además que la defensa hecha en su momento por el ex fiscal Mario Iguarán no había sido la debida, adecuada y esperada de parte de un profesional del Derecho.

Gómez Urquijo también había recusado a los Magistrados del Tribunal Superior de Yopal, quienes debían conocer en segunda instancia el proceso para resolver la apelación que él mismo había interpuesto, recusación que fue negada por conjueces designados por el Tribunal.

Así las cosas, el Tribunal decidió confirmar en su integralidad la decisión tomada por el Juez Tercero Penal de Yopal, de no aceptar la retractación a Jhon Jairo Torres en el proceso por urbanizador ilegal, ni decretar la nulidad solicitada por la defensa.

De igual manera, el Tribunal solicitará a la Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura, investigar al abogado defensor Isnardo Gómez Urquijo, por la posible dilación en que haya hecho incurrir el proceso con sus actuaciones.

De esta manera, el proceso por Urbanizador Ilegal retornará al Juzgado Tercero Penal del Circuito de Yopal, donde se surtirá la audiencia para individualización de la pena y lectura de fallo condenatorio, teniendo en cuenta que por este delito ya aceptó cargos.

Fuente: El Diario del Llano – HOLA Casanare

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Capturados por homicidios presentados en Villanueva, pretendían adueñarse del microtráfico

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Tres personas señaladas de integrar una estructura criminal dedicada al sicariato fueron capturadas en el municipio de Villanueva, en medio de un operativo adelantado por las autoridades. De acuerdo con las investigaciones, los detenidos estarían vinculados a varios homicidios y pretendían consolidar el control de la venta de estupefacientes en la zona, atentando contra quienes se oponían a sus actividades ilícitas.

El procedimiento incluyó dos diligencias de allanamiento y registro que permitieron hacer efectivas dos capturas por orden judicial por los delitos de homicidio y tráfico, fabricación o porte de armas de fuego. Entre los detenidos se encuentra un hombre conocido con el alias de “TATU”, quien presenta antecedentes por homicidio, receptación y hurto calificado. El segundo capturado registra anotaciones por homicidio, porte ilegal de armas y al menos cinco casos relacionados con tráfico de estupefacientes.

En el desarrollo del operativo también fue capturada en flagrancia una mujer, a quien se le atribuyen los delitos de tráfico de estupefacientes y porte ilegal de armas. Durante las acciones, las autoridades incautaron dos revólveres, munición de diferentes calibres, dosis de base de coca y marihuana, así como elementos utilizados para la dosificación de sustancias ilícitas. Los dos hombres fueron cobijados con medida de aseguramiento en centro carcelario, mientras que la mujer quedó en libertad, pero vinculada al proceso.

Según el coronel Pablo Javier Galindo Valencia, con estas capturas se busca avanzar en el esclarecimiento de al menos cuatro homicidios registrados en Villanueva en lo corrido de 2026. En conjunto, los detenidos suman 11 registros como indiciados por delitos relacionados con homicidio, narcotráfico, porte ilegal de armas, hurto agravado y receptación.

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Yopal blinda la seguridad: sin barras visitantes y con estrictos controles para partido de alto riesgo

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Tanto la Alcaldía de Yopal como la Gobernación de Casanare expidieron sendos decretos, mediante los cuales adoptan una serie de medidas especiales de seguridad con ocasión del partido entre Deportivo Pereira y Atlético Nacional, considerado de alto riesgo. Las administraciones municipal centró sus decisiones en prevenir alteraciones del orden público, estableciendo restricciones y controles estrictos en el marco del desarrollo de este evento deportivo.

Entre las principales disposiciones se encuentra la prohibición del ingreso de hinchadas organizadas visitantes provenientes de otros departamentos, así como la restricción en la venta de boletería destinada a estos grupos. Además, se limitó la realización de caravanas, desplazamientos colectivos y cualquier tipo de movilización masiva de barras que no cuente con autorización previa de las autoridades competentes.

El decreto también ordena a la Policía Nacional implementar operativos especiales de control, vigilancia y verificación en las vías de acceso al municipio y al departamento, con el objetivo de identificar y mitigar posibles riesgos. Estas acciones deberán aplicarse de manera proporcional y respetando los derechos fundamentales de los ciudadanos.

De igual forma, se prohibió el ingreso y transporte de elementos que puedan generar violencia, como pólvora, armas blancas y objetos contundentes. Las medidas estarán vigentes entre el 24 y el 25 de abril de 2026, e incluyen la articulación entre autoridades locales, departamentales y la fuerza pública para garantizar la seguridad antes, durante y después del encuentro.

Asimismo, se ordenaron controles policiales en las vías de acceso al departamento y al municipio. Se prohibió el ingreso de menores de dieciocho (18) años a las localidades occidental norte y occidental sur, además se prohibió el ingreso de menores de catorce (14) años a la localidad occidental central.

De igual manera, se prohibió en Yopal la circulación de motocicletas con acompañante y/o parrillero con edad superior a 14 años, desde el día viernes veinticuatro (24) de abril a las 5:00 p.m. hasta el día sábado veinticinco (25) de abril del 2026 a las 10:00 p.m.

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Contribuyentes de Yopal pueden acceder a descuentos en Impuesto Predial por pronto pago

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Los contribuyentes en Yopal pueden acceder a descuentos por pronto pago del impuesto predial 2026, con beneficios que varían según las características de cada predio y las fechas en que se realice el pago.

De acuerdo con las condiciones establecidas, existen dos grupos de incentivos: El primero aplica para predios excluidos de la Ley 44 de 1990, entre los que se encuentran lotes urbanizables no urbanizados, lotes urbanizados no edificados, predios nuevos y aquellos que incorporaron construcciones tras la actualización catastral.

Para estos casos, los descuentos son del 30% si el pago se realiza hasta el 31 de mayo, 20% hasta el 30 de julio y 10% hasta el 30 de septiembre. Este beneficio está dirigido a quienes hayan cumplido con el pago del impuesto predial de la vigencia 2025 hasta octubre del año anterior.

Por su parte, los demás predios también cuentan con incentivos por pronto pago. En estos casos, se ofrece un 15% de descuento hasta el 31 de mayo, 10% hasta el 31 de julio y 5% hasta el 30 de septiembre.

Además de estos beneficios, los contribuyentes pueden optar por el sistema de pago alternativo por cuotas, una opción que permite distribuir el valor del impuesto a lo largo del año y facilitar el cumplimiento de la obligación.

Los ciudadanos pueden reclamar su factura en los puntos de atención o descargarla a través del portal https://impuestos.yopal.gov.co/, así como realizar el pago en los lugares autorizados.

La recomendación es aprovechar estos descuentos dentro de los plazos establecidos, lo que no solo representa un ahorro, sino que también evita costos adicionales y facilita el cumplimiento oportuno de las obligaciones tributarias.

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