Connect with us

ARAUCA

Altos niveles de contaminación presentan pozos subterráneos en Arauca

Published

on

Las condiciones fisicoquímicas y microbiológicas del agua subterránea del perímetro urbano de Arauca hacen que el líquido no sea apto para el consumo humano.

Así lo establece un estudio adelantado por el Laboratorio de Suelos, Aguas y Foliares de la Universidad Nacional de Colombia (UNAL) Sede Orinoquia con muestras de 9 pozos subterráneos de los barrios San Vicente, Bello Horizonte, El Recreo, Villa Isabela y Costa Hermosa, en la zona oriental de la ciudad.

La primera aproximación y caracterización de las aguas subterráneas en los alrededores de la capital de Arauca, por medio del análisis fisicoquímico y microbiológico, buscó evaluar su calidad, con base en los resultados obtenidos en el Laboratorio de la UNAL Sede Orinoquia.

Los reportes de los análisis se compararon con los establecidos en la Resolución 2115 de 2007 del Ministerio de Salud, en los cuales se determinan las características físicas y químicas del agua para el consumo humano.

El estudiante de Geología Jarib Fabián Rincón, quien adelantó como trabajo de grado la investigación sobre esta problemática, manifiesta que “las muestras evaluadas no cumplen con las condiciones establecidas en la resolución, ya que presentan valores muy altos de turbiedad y contenido de hierro, además de pH por debajo del umbral establecido”.

En la periferia del casco urbano del municipio de Arauca se ha venido presentando una ola de invasiones, y como se trata de asentamientos ilegales, la mayoría carecen de agua potable, por lo que las comunidades construyen pozos artesanales o aljibes para extraer agua subterránea.

“El análisis microbiológico de estas aguas evidenció la presencia de coliformes totales en todas las muestras, y de la bacteria Escherichia coli en un pozo de estudio”, señala Ana María Romero Hernández, coordinadora del Laboratorio y codirectora del trabajo de grado “Condiciones de las aguas subterráneas en las zonas de invasión puede suponer un riesgo muy alto para las personas al encontrar microorganismos que ocasionan enfermedades gastrointestinales”.

Más detalles del estudio

El estudio finalizó en 2021, cuando empezaba la temporada seca propia de la región, y por las condiciones de los pozos inventariados no fue posible tomar el nivel freático. Por eso, es posible que las inundaciones en la sabana en época de invierno ayuden a mejorar o empeorar las condiciones fisicoquímicas y microbiológicas del agua, ya que una de las hipótesis de contaminación de las fuentes de agua es el comportamiento de aguas de vertimiento o residuales en el acuífero y su posible contaminación a la fuente de captación de agua para consumo.

Aunque esta investigación es preliminar, busca generar una alerta frente a los mecanismos de control para que se desarrollen estrategias que mitiguen el riesgo de salud pública por el consumo del agua de estos pozos subterráneos, y se busquen alternativas para reducir los altos niveles de contaminación.

Al respecto, también se evidenció que los pozos circundantes de los barrios sobre el margen del río tienen una carga contaminante más baja, probablemente por descarga al afluente principal, pero los barrios en zonas aledañas a caños o humedales más alejadas del río no presentan esta facilidad de descargar sobre otras aguas, y por ende la contaminación y la saturación de componentes es más alta.

Fuente: UNAL

ARAUCA

Condenado a más de 12 años de prisión exgobernador de Arauca Jose Facundo Castillo

Published

on

By

jose facundo castillo cisneros

En atención a las pruebas aportadas por la Fiscalía General de la Nación, la Sala Especial de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia condenó a 12 años, 2 meses y un día de prisión al exgobernador de Arauca, José Facundo Castillo Cisneros, por el direccionamiento de la contratación de mobiliario escolar, herramientas agropecuarias y material pedagógico para las instituciones y/o centros educativos del departamento, durante el primer periodo en el que ejerció el cargo, entre 2012 y 2015.

El fallo precisó que el exfuncionario deberá cumplir la pena en establecimiento carcelario, pagar una multa equivalente a 336 salarios mínimos legales mensuales vigentes y cumplir una inhabilidad para ejercer funciones públicas por 154 meses.

En el curso del juicio oral se estableció que Castillo Cisneros permitió que avanzaran dos procesos contractuales en diciembre de 2012 y octubre de 2013, con estudios previos incompletos y fundados en precios de mercado obtenidos de documentación falsa aportada a los trámites para dar apariencia de legalidad y beneficiar a unos oferentes específicos.

Adicionalmente, se constató que los contratistas fueron escogidos a través del mecanismo de selección abreviada mediante subasta inversa presencial, en cuyo pliego de condiciones se definieron requisitos habilitantes desproporcionados que limitaron la libre concurrencia de otros aspirantes.

La sentencia conocida declaró a Castillo Cisneros responsable del delito de contrato sin cumplimiento de requisitos legales y lo absolvió por peculado por apropiación agravado. Esta decisión fue apelada por la Fiscalía Séptima Delegada ante la Corte Suprema de Justicia por considerar que existe el soporte probatorio pericial suficiente para que se declare la existencia de sobrecostos por 619 millones de pesos en el primer contrato y de 1.453 millones de pesos en el segundo, lo que generó la apropiación de recursos públicos en favor de terceros.

Fuente: Fiscalía General de la Nación

Continue Reading

ARAUCA

Sancionados cinco exfuncionarios de la Gobernación de Arauca por irregularidades en el PAE

Published

on

By

Alimentacion_escolar

Por irregularidades en el Contrato para el Programa de Alimentación Escolar (PAE) en Arauca, la Procuraduría General de la Nación destituyó e inhabilitó por 9 años y 6 meses, al exsecretario de Educación de Arauca, William Arévalo Quintero, y al exgerente de Contratación (E), Uriel Niño López.

El ente de control comprobó que el exsecretario intervino en la elaboración de los estudios previos del modificatorio 1 y luego suscribió el adicional 1 de valor y plazo del contrato inicial, por $ 3.793’564.800, sin estudios previos serios y completos en los que se estimaran y justificaran los aspectos económicos del valor de la ración para preparar en casa y ser entregada a los acudientes de estudiantes de zonas rurales y sedes urbanas, generándose sobrecostos por $ 898’121.782

En cuanto a Niño López, se demostró, en primer lugar, que intervino en la etapa contractual del modificatorio 1 al bilateral omitiendo garantizar que el contenido de los estudios previos, remitidos por la Secretaría de Educación se ajustaran a la normatividad vigente y, en segundo lugar, como líder de contratación omitió ordenar la publicación de la totalidad de los documentos que hacían parte del contrato.

En la decisión de primera instancia, también se destituyó e inhabilitó por 9 años a Maricel Ortiz Ramírez, exsecretaria de Educación departamental, por celebrar el adicional 2, al contrato inicial de valor y plazo por $ 4.242’584.008, sin elaborar unos estudios previos completos y precisos, que atendieran los lineamientos adoptados por la Unidad Administrativa Especial de Alimentación Escolar, con ocasión de la pandemia por Covid-19.

Asimismo, el ente de control suspendió por 12 meses, convertidos a salarios devengados para la época de los hechos, al entonces gobernador de Arauca (2020-2021), José Facundo Castillo Cisneros, por el concurso de faltas en que incurrió al celebrar el modificatorio 1 al contrato del PAE por $ 14.078’860.590, sin tener previamente unos estudios de mercado serios que evitaran sobrecostos, en el cambio de ración servida en institución educativa a ración para preparar en casa.

En lo que respecta a la representante legal de la empresa interventora Invida SAS, Diana Susi Mahecha Herrera, el Ministerio Público la multó con 20 salarios mínimos mensuales vigentes para la época de los hechos e inhabilidad para ejercer empleo público, función pública, prestar servicios a cargo del Estado, o contratar con este por el término de 10 años, por desatender su deber de vigilar y controlar la ejecución del contrato PAE.

Por último, al supervisor del contrato de interventoría suscrito con Inversiones para la Vida, Holman Jeffrey Ruiz Puerta, la Procuraduría le impuso una suspensión de tres meses, por no ejercer adecuadamente las labores que le fueron encomendadas, que será convertida en salarios básicos devengados para el momento de la comisión de la falta.

A juicio del Ministerio Público, los exservidores y la interventora sancionados permitieron con su conducta omisiva que, el contratista del PAE, Unión Temporal Alimentar Arauca 2019, impusiera la ración para preparar en casa con una escasa cantidad de ingredientes que no alcanzaba para elaborar 20 almuerzos por estudiante.

Con este actuar los sancionados afectaron los derechos fundamentales a la alimentación escolar y la educación en pandemia de los niños, niñas y adolescentes araucanos, generando sobrecostos en detrimento del patrimonio del Estado, de cara a los precios y condiciones reales del mercado.

Contra esta decisión procede el recurso de apelación ante la Sala Disciplinaria de Juzgamiento de Servidores de Elección Popular, indicó la Procuraduría Delegada Disciplinaria de Juzgamiento 3.

Fuente: Procuraduría General de la Nación

Continue Reading

ARAUCA

En próximos días se conocerá condena del exgobernador de Arauca José Facundo Castillo

Published

on

By

jose facundo castillo cisneros

Luego de valorar la pruebas y argumentos aportados por la Fiscalía General de la Nación, la Sala Especial de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia emitió sentido de fallo condenatorio contra el exgobernador de Arauca, José Facundo Castillo Cisneros, por su intervención en el direccionamiento irregular de dos contratos suscritos en diciembre de 2012 y octubre de 2013, durante el primer periodo en el que ejerció el cargo.

En ese sentido, fue declarado responsable, en calidad de coautor, del delito de contrato sin cumplimiento de requisitos legales en concurso homogéneo y deberá permanecer privado de la libertad en centro carcelario para hacer efectiva la pena que será conocida en los próximos días.

Los contratos que motivaron la decisión tenían por objeto la dotación de mobiliario escolar, herramientas agropecuarias y material pedagógico para las instituciones y/o centros educativos del departamento de Arauca.

En el curso de la investigación liderada por la Fiscalía Séptima Delegada ante la Corte Suprema de Justicia se estableció que, con los aportes a la conducta criminal del exgobernador y sus subalternos, fueron tramitados y celebrados desconociendo varios requisitos esenciales con la única intención de beneficiar a unos oferentes específicos.

Con este propósito ilegal, la contratación no estuvo precedida de estudios suficientemente serios y completos encaminados a determinar, entre otros, los costos, valores, alternativas y precios reales de mercado afectando los principios de legalidad, economía, transparencia, y planeación.

De igual manera, se acreditó que los contratistas fueron escogidos a través del mecanismo de selección abreviada mediante subasta inversa presencial, en cuyo pliego de condiciones se establecieron requisitos habilitantes desproporcionados, desconociendo las figuras de contrato de asociación, condicionamientos que limitaron la libre concurrencia de otros aspirantes en estos procesos contractuales.

Fuente: Fiscalía General de la Nación

Continue Reading
Advertisement
Advertisement
Advertisement
Advertisement
Advertisement
Advertisement
Advertisement

Lo Mas Leido