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Alcaldía de Yopal y Empresa de Acueducto enfrentadas por pago de subsidios para estratos 1, 2 y 3
La Alcaldía de Yopal y la Empresa de Acueducto, Alcantarillado y Aseo EAAAY se desmienten a través de comunicados, por el pago de los subsidios de los servicios de acueducto, alcantarillado y aseo de los estratos 1, 2 y 3, que la Administración debe hacer a las Empresas de Servicios Públicos.
Mientras la EAAAY dice que ha sido reiterativa con la Administración Municipal en que realice el pago de los mencionados subsidios, a la fecha la empresa no ha recibido dichos recursos que suman cerca de 2.300 millones de pesos con corte a noviembre de 2016.
Señala en su comunicado la Empresa de Acueducto, Alcantarillado y Aseo, que esta situación afecta notablemente su estabilidad financiera, ya que de haberse recibido en su totalidad los dineros, a la fecha y descontando los aproximadamente 1.500 millones de pesos comprometidos, la empresa estaría cerrando el año con un superávit cercano a los 800 millones de pesos, sin embargo, dado el incumplimiento de estos pagos, la empresa cierra con un déficit aproximado de 1.500 millones de pesos.
Según la EAAAY, interpuso ante el Juzgado Segundo Administrativo del Circuito la Acción de Cumplimiento 2016-00337, para el pago de los subsidios por parte del Municipio de Yopal, la cual al cierre de los despachos judiciales se encontraba en su etapa probatoria, quedando pendiente para su fallo al momento de apertura de dichos Despachos.
El 02 de diciembre de 2016 se llevó a cabo la conciliación prejudicial ante la Procuraduría 182 Judicial 1 para Asuntos Administrativos, como requisito para impetrar la acción ejecutiva contra el Municipio de Yopal, la cual se declaró fallida por falta de conciliación. Por lo tanto, tan pronto se dé la apertura de los despachos judiciales, la EAAAY interpondrá dicha acción ejecutiva.
Responde la Alcaldía de Yopal
También a través de un comunicado, la Alcaldía de Yopal señala que ha venido cumpliendo con el pago de los subsidios a las Empresas de Servicios Públicos, y que canceló más de 7. 142 millones de pesos en 2016 tanto a la Empresa de Acueducto, Alcantarillado y Aseo de Yopal EAAAY como a Aseo Urbano, por concepto de los subsidios para los estratos 1, 2 y 3, tal como lo dispone la Ley 715 de 2001.
Sulma Oriana López, secretaria de Obras Públicas del Municipio, señaló que en el presupuesto inicial del 2016 se apropiaron recursos para el pago de subsidios por el orden de 4.943 millones de pesos, los cuales fueron destinados para las dos Empresas de Servicios Públicos, cancelando vigencias de los años 2014 y 2015, alcanzando a cubrir algunos meses de 2016.
Según la funcionaria, en la armonización del presupuesto se destinaron 2.198 millones de pesos adicionales, para suplir los pagos de subsidios a las dos Empresas. A la EAAAY se le canceló 4.919 millones, y a la Empresa Aseo Urbano se le pagó el año anterior 2.197 millones.
De acuerdo con la secretaria de Obras Públicas, para el Municipio continúa existiendo una diferencia respecto de los valores reportados por las empresas prestadoras del servicio de aseo desde noviembre de 2013 hasta la fecha, dado que se han encontrado inconsistencias, puesto que se informa duplicidad de algunos usuarios reportados, situación que impide su cancelación, so pena de incurrir en detrimento patrimonial.
“En la Secretaría de Obras se cuenta con una base de datos de alrededor de 33 mil usuarios de los cuales hay un aproximado de mil que se están duplicando”, afirmó López Castellanos, y añadió que se está a la espera que las dos empresas operadoras concerten y alleguen la base de datos depurada para proseguir con los pagos correspondientes.
Fuente: El Diario del Llano – HOLA Casanare
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Sindicatos dicen que Interventora temporal de Capresoca estructuró el modelo que agravó el caos
El sindicato Sindicato Unitario Nacional de Trabajadores del Estado SUNET Casanare, solicitó al Gobierno Nacional la designación urgente de un agente interventor especial externo para CAPRESOCA EPS, tras cuestionar la reciente designación de Bibi Dayana Daniels Rueda como agente interventora sustituta temporal de la entidad, quien se venía desempeñando como Gerente Operativa.
La petición fue elevada al presidente Gustavo Petro, al Ministerio de Salud y a la Superintendencia Nacional de Salud, en medio de crecientes preocupaciones por la prestación del servicio a más de 170.000 afiliados en el departamento.


Ante este panorama, SUNET pidió que se designe un interventor independiente externo con perfil técnico y sin conflictos de interés, y solicitó incluir a CAPRESOCA en un plan nacional de salvamento. Asimismo, defendió el carácter público de la EPS y su potencial como modelo de gestión en salud, reiterando la urgencia de medidas que garanticen la atención oportuna y la estabilidad institucional.
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Secretaría de las TICs en Yopal ofrece curso gratuito de herramientas de Google
La secretaría de las tecnologías de la información y las comunicaciones de Yopal invita a la comunidad a participar en su curso gratuito “Herramientas de Google”. Esta iniciativa de formación está orientada a fortalecer las competencias digitales de los ciudadanos.
El espacio académico está diseñado para brindar conocimientos prácticos en el uso de aplicaciones esenciales. Los participantes aprenderán a manejar herramientas como Google Keep, Calendar, Meet, Forms, Sites, NotebookLM y la gestión masiva de contactos, fundamentales en diversos ámbitos.
Estas aplicaciones son cruciales para el desarrollo de actividades en los ámbitos educativo, laboral y personal, mejorando significativamente la gestión de la información y la comunicación en entornos virtuales. La estrategia busca cerrar brechas digitales.
El curso dará inicio en el mes de mayo, con sesiones programadas de 2:00 p.m. a 5:00 p.m. se desarrollará en las instalaciones del Punto Vive Digital, y como requisito indispensable, los participantes deberán contar con un computador portátil.
Las personas interesadas pueden realizar su inscripción de manera sencilla a través del enlace: https://forms.gle/LAqwDzK4kwP6LYRdA. Asimismo, para mayor comodidad, el registro también se puede efectuar escaneando el código QR que se encontrará en las piezas informativas oficiales.
La Secretaría TIC extiende una cordial invitación a toda la ciudadanía para que aproveche esta valiosa oportunidad de formación. El curso permitirá a los asistentes avanzar en el uso de herramientas digitales y fortalecer sus habilidades frente a los retos del entorno tecnológico actual.

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El abogado detrás del fallo que sacude el sistema tributario y protegió miles de millones para Yopal
Una tutela estratégica, una disputa entre altas cortes y una decisión histórica de la Corte Constitucional (SU-047 de 2026) que le devuelve a las ciudades el control del impuesto de ICA, o en otros términos, redefinen la autonomía fiscal en Colombia. Detrás del caso, estuvo el abogado Gonzalo Ramos Rojas, Especialista en Derecho Penal y Criminología, Especialista en Responsabilidad y Daño Resarcible y Magister en Seguridad y Defensa Nacionales, quien convirtió una derrota judicial en el Consejo de Estado, en un precedente nacional fijado por la Corte Constitucional, abriendo una compuerta jurídica para que las demás ciudades capitales lo repliquen en sus territorios.
El Impuesto de Industria y Comercio (ICA) es el combustible que permite mover y hacer crecer una ciudad, es en términos sencillos, una de las principales fuentes de ingresos de las ciudades en Colombia. Gracias a este impuesto, que pagan empresas y comercios por su actividad económica, los municipios pueden financiar servicios esenciales como salud, educación, infraestructura y programas sociales. En otras palabras, el ICA no es solo un tributo: es una herramienta clave para que las ciudades funcionen y puedan responder a las necesidades de sus ciudadanos.
En el Derecho, como en la guerra, hay momentos en los que una sola operación cambia el curso de la historia, en este caso, tributaria. La Sentencia SU-047 de 2026 de la Corte Constitucional es uno de esos momentos. Con la expedición de la Ley 2082 de 2021, el Congreso creó la categoría de ciudades capitales permitiéndoles tomar como referencia el régimen tributario de Bogotá.
A partir de lo anterior, el Consejo de Estado, cerró el paso a la autonomía de las ciudades: anuló los acuerdos de Yopal y Cali que buscaban elevar la tarifa del ICA, señalando que no podían superar el modelo de Bogotá.

La estrategia jurídica que redefinió el mapa tributario del ICA en Colombia
Litigar no es solo argumentar: es saber dónde dar la batalla.
Durante años, Colombia ha repetido el mismo discurso: somos un Estado descentralizado. Pero en la práctica, muchas decisiones siguen tomándose —o peor, imponiéndose— desde Bogotá. La Sentencia SU-047 de 2026 de la Corte Constitucional acaba de poner en evidencia esa contradicción.
El caso parecía técnico: la tarifa del impuesto de industria y comercio (ICA) en Yopal y Cali, sin embargo, para el apoderado del municipio en el fondo era mucho más que eso. Era responder a una pregunta incómoda: ¿pueden las ciudades capitales decidir sobre sus propios recursos o deben limitarse a copiar el modelo de Bogotá? El Consejo de Estado había respondido, en la práctica, que no podían apartarse.
Lo anterior define el problema jurídico. Porque esa postura no solo desconoce el artículo 14 de la Ley 2082 de 2021 —que permite, no impone, adoptar el régimen de Bogotá—. También reproduce una lógica profundamente centralista: lo que funciona (o se decide) en la capital debe replicarse en el resto del país, sin importar las realidades locales. Pero Colombia no es Bogotá. Yopal no es Bogotá, así lo entendió y así lo defendió el profesional del derecho ante el Consejo de Estado y ante la Corte Constitucional.
Sus dinámicas económicas, sus necesidades fiscales y sus cargas sociales son distintas. Pretender uniformarlas bajo un mismo esquema tributario no es razonable, es centralismo disfrazado de interpretación legal. La Corte Constitucional entendió el trasfondo político del asunto. Por eso, en la sentencia SU-047, no solo corrigió una decisión judicial, definió algo más importante: reivindicó el principio de autonomía territorial como un elemento real, no simbólico.

Se rompió el cerco tributario: las regiones recuperaron el control de su territorio fiscal.
Las ciudades capitales ahora tienen un precedente constitucional claro, es decir, una decisión que sirve como guía y ejemplo para casos similares, para diseñar sus políticas de impuestos con más libertad y según sus propias necesidades. Eso cambia el equilibrio de poder entre el centro y la periferia o la provincia. Adicionalmente, se deja en evidencia que el centralismo en Colombia no solo es administrativo o político, también es judicial. Sí, judicial. Cuando una alta corte interpreta la ley de manera que restringe la capacidad de las regiones para tomar decisiones sobre sus propios recursos, no está siendo neutral. Está interviniendo en la distribución del poder. Y eso tiene un alto impacto, en inversión social, en el desarrollo regional, y en la vida cotidiana de millones de ciudadanos que dependen de los recursos que sus ciudades logren recaudar.
¿Porque esta decisión no cayó del cielo? Fue el resultado de una lectura precisa del conflicto: entender que el problema no era solo tributario, sino estructural. Que lo que estaba en juego no era una tarifa, sino el alcance real de la descentralización en Colombia. El abogado que llevó este caso a la Corte Constitucional no solo litigó, planteó un pulso de poder. Y lo ganó. Eso también dice mucho del momento que vive el país. Porque cada vez es más evidente que las grandes discusiones sobre el modelo territorial ya no se están dando únicamente en el Congreso, sino que se están trasladando a los tribunales. Y allí, caso por caso, se están redefiniendo las reglas.
La SU-047 marca un punto de inflexión. No resuelve todos los problemas, pero sí deja algo claro: el centralismo no es inevitable. Puede ser cuestionado. Puede ser limitado. Y, como acaba de demostrarse, también puede ser derrotado.
El abogado convirtió un problema tributario en un precedente constitucional.
Pero en todo conflicto hay una verdad inmodificable: no basta con ganar terreno, sino que hay que saber sostenerlo. Este éxito jurídico permitirá ingresos anuales, de al menos, quince mil millones de pesos (15.000.000.000), ahora, dependerá de ellos, que se inviertan estratégicamente en la ciudad y que lleguen a todos los ciudadanos. Esa es la nueva apuesta, que los impuestos sigan teniendo un retorno para los ciudadanos, y es la inversión en sus comunas, veredas y barrios.
No fue solo una sentencia donde la Corte Constitucional le da la razón al Abogado como apoderado del municipio de Yopal: fue una batalla por el control de los recursos de las ciudades.
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