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Alcaldía de Yopal reglamentó publicidad política para consultas y elección atípica de Alcalde

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A través del Decreto 212 de octubre 13 de 2017, la Alcaldía de Yopal adoptó las normas reglamentarias sobre publicidad política, tanto para las consultas internas que se realizarán el 19 de noviembre, como para la elección atípica de Alcalde que se adelantará el 26 del mismo mes.

Con la norma, se reglamenta la publicidad en la parte pertinente al número de cuñas radiales, avisos en publicaciones escritas, vallas publicitarias o de publicidad visual exterior, perifoneo, fijación de carteles, pasacalles, pancartas, pendones, banderolas y afiches que contengan propaganda electoral y otros elementos de carácter político.

Se indica que las personas que apoyen candidatos y pretendan hacer en su favor propaganda electoral, deberán coordinar con las campañas a efectos de respetar los límites a las cantidades consignadas en el Decreto e incluir el valor de la misma como donación en los informes e ingresos en los gastos de las campañas. Se podrá colocar publicidad exterior visual, la cual se reglamenta en el Decreto.

Referente a las cuñas radiales y televisivas, tendrán derecho hasta cincuenta cuñas radiales diarias, cada una de hasta veinticinco segundos que distribuirán libremente en las emisoras con cubrimiento en el Municipio de Yopal, y hasta cinco cuñas televisivas diarias, cada una de hasta veinticinco segundos sin exceder en ningún caso el número máximo autorizado, y sin que las cuñas no emitidas en un determinado día, puedan ser acumulables para emisiones de días posteriores.

Con respecto a publicaciones escritas, tendrán derecho a ocho avisos, hasta del tamaño de una página por cada edición.  En cuanto a vallas publicitarias, tendrán derecho hasta catorce vallas. Las vallas tendrán un área máxima de cuarenta y ocho metros cuadrados, las cuales tienen características descritas en el Decreto, su ubicación, prohibición para colocarse en determinados lugares de la ciudad y obligaciones de los titulares de las vallas políticas.

Los murales de carácter político podrán ser ocho, donde existen requisitos, permisos y restricciones. En lo que hace referencia a los pasacalles de carácter político, tendrán derecho a ocho, con su respectiva reglamentación y vigencia. Los afiches, pancartas, carteles, banderolas y pendones, se podrán colocar siempre y cuando sean autorizados por el propietario o poseedor de los inmuebles y cumplan con las normas de urbanismo y medio ambiente.

Queda prohibida la publicidad política por medio del sistema de altoparlante, perifoneo móvil, parlantes o amplificadores móviles en el Municipio de Yopal.

Los concesionarios del servicio de radiodifusión sonora y los periódicos que acepten publicidad política pagada, deberán hacerlo en condiciones de igualdad, para todos y cada uno de los Partidos y Movimientos Políticos, los Movimientos Sociales, Grupos Significativos de Ciudadanos, Candidatos a las consultas y promotores del voto en blanco. Las irregularidades serán informadas por el Alcalde y el Registrador al Consejo Nacional Electoral para su investigación y sanción.

Se prohíbe la ubicación de sedes de candidatos, en áreas que constituyan espacios públicos, de conformidad con las normas municipales, con fundamento en la Ley 9 de 1989 y las Normas que la modifiquen o sustituyan y dentro de un perímetro de cien metros de distancia de la Gobernación, Alcaldía, el Palacio de Justicia, la Procuraduría General de la Nación, la Contraloría General y Departamental, el Concejo Municipal, la Asamblea Departamental, Clínicas, Hospitales y Centros de Salud, Sedes diplomáticas (Consulado, ACNUR entre otras), los Organismos de Seguridad del Estado (Departamento de Policía, Estación de Policía, Ejército, Fuerza Aérea, CTI y Migración Colombia) y los edificios o sedes de Entidades Públicas del Orden Nacional, Departamental o Municipal.

Durante la campaña a elecciones atípicas y consultas no se podrá autorizar la utilización de inmuebles o bienes muebles de carácter público para actividades proselitistas, ni para facilitar el alojamiento, ni el transporte de electores de candidatos a cargos de elección popular.

Las organizaciones políticas no podrán realizar marchas, desfiles, manifestaciones y demás actos de carácter político durante los 6 días calendario anteriores a la fecha de la elección, ni tampoco podrán hacer uso de cuñas radiales, televisivas y publicaciones escritas.

Se prohíbe en todo el territorio del Municipio de Yopal, la venta y el consumo de bebidas embriagantes desde las 18:00 horas del día 18 de noviembre de 2017 hasta las 06:00 horas del día 20 de noviembre de 2017; y desde las 18:00 horas del día 25 de noviembre de 2017 hasta las 06:00 horas del día 27 de noviembre de 2017. En caso de incumplimiento de esta disposición se aplicarán las medidas correctivas establecidas en la Ley 1801 de 2016.

Para las fechas mencionadas se prohíbe la circulación de automotores que transporten trasteos, escombros, cilindros de gas y madera, a partir de las 18:00 horas del día 18 de noviembre de 2017 hasta las 06:00 horas del día 20 de noviembre de 2017; y a partir de las 18:00 horas del día 25 de noviembre de 2017 hasta las 06:00 horas del día 27 de noviembre de 2017.

En caso de incumplimiento de estas disposiciones se aplicarán las sanciones establecidas en el artículo 131 literal C del Código Nacional de Tránsito, el cual establece multa equivalente a quince salarios mínimos legales diarios vigentes e inmovilización  del vehículo por transitar por sitios restringidos o en horas prohibidas por la autoridad competente.

Fuente: Prensa Alcaldía de Yopal

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Mujer perdió la vida en accidente de tránsito en inmediaciones de la Comuna 2 en Yopal

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Una mujer perdió la vida en la mañana de este jueves en un trágico accidente de tránsito registrado en el cruce de la calle 30 con carrera 33, en la ciudad de Yopal. La víctima fue identificada como Andrea Lilian Montaña Montaña, de 39 años, natural del municipio de Chámeza, quien se movilizaba en una motocicleta Yamaha de placa PDA 16E cuando colisionó contra un vehículo KIA Sportage de placas PIP207.

El impacto fue tan fuerte que la mujer perdió la vida en el lugar de los hechos. Al sitio acudieron unidades de tránsito y personal de criminalística, quienes realizaron el levantamiento del cuerpo y comenzaron la recolección de información para establecer cómo ocurrió este siniestro vial.

Preliminarmente se conoció que la víctima fatal se desplazaba por la carrera 33 en sentido norte sur, mientras que el vehículo particular lo hacía por la calle 30 en sentido hacia la vía Mate´pantano. En el mencionado cruce se produjo la violenta colisión contra el costado izquierdo de la camioneta. El impacto quedó reflejado contra las dos puertas del automotor.

Detrás de esta tragedia queda una historia que golpea profundamente a una familia. Andrea era madre soltera y deja dos hijos, quienes hoy deben enfrentar la dolorosa ausencia de su ser querido, una realidad que viven muchas familias cuando la vida se apaga de forma repentina en las vías.

Las autoridades adelantan las respectivas investigaciones para esclarecer las circunstancias del accidente, mientras este hecho vuelve a poner sobre la mesa el drama humano que dejan los siniestros viales: hogares marcados por el duelo, proyectos de vida truncados y familias que deben aprender a seguir adelante con una silla vacía en casa.

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Restos óseos hallados en Yopal correspondían a joven desaparecida desde 2024

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Los restos óseos hallados durante la construcción de obras de alcantarillado en la ciudadela La Bendición, en Yopal, correspondían a Ángela Patricia Salas Ruiz, una joven de 22 años que había sido reportada como desaparecida por sus familiares desde agosto de 2024.

La identificación se logró mediante pruebas de ADN practicadas por el Instituto de Medicina Legal, que permitieron cotejar el material genético con muestras de familiares cercanos.

De acuerdo con la información conocida, el análisis forense permitió establecer que los restos encontrados pertenecen a la joven desaparecida, cerrando así casi dos años de incertidumbre para sus allegados. Sin embargo, hasta el momento las autoridades no han emitido un pronunciamiento oficial confirmando públicamente este resultado, aunque los familiares ya lo hicieron.

Los restos fueron encontrados de manera accidental en abril de 2025, cuando se adelantaban excavaciones para la instalación de tuberías del sistema de alcantarillado en este sector de la capital casanareña. Trabajadores que realizaban la obra detectaron el material óseo, lo que obligó a suspender temporalmente las labores mientras unidades forenses realizaban el levantamiento correspondiente.

Posteriormente, los restos fueron trasladados a Medicina Legal para los análisis científicos que permitieran establecer su identidad. Mientras se espera un comunicado oficial de las autoridades, el caso vuelve a poner sobre la mesa la preocupación por las personas desaparecidas y las circunstancias que rodean este tipo de hechos en la región.

Por este caso, los familiares de la víctima siempre han puesto la lupa sobre un sujeto conocido con el alias de “Vitamina”, quien era la pareja sentimental de Ángela Patricia para la época de su desaparición, de quien se conoció que en estos momentos se encuentra detenido en la Cárcel de La Guafilla por otros delitos.

Lea también: Continúa búsqueda de joven mujer desaparecida en Yopal desde el 25 de agosto

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Recaudo del impuesto vehicular en Casanare se incrementó un 23%

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La Secretaría de Hacienda de Casanare reportó un notable incremento en el recaudo del impuesto vehicular, alcanzando la cifra de 2.600 millones de pesos. Este monto incluye 600 millones provenientes del cobro coactivo, lo que representa un crecimiento del 23% en comparación con el mismo periodo del año anterior, cuando el recaudo se situó en 400 millones de pesos.

Este aumento no solo fortalece las finanzas del departamento, proporcionando más recursos para la inversión pública en infraestructura y servicios, sino que también evidencia la confianza de los contribuyentes en las campañas de beneficios tributarios ofrecidas por la administración. Estos resultados son vitales para impulsar el desarrollo regional.

El impacto de las campañas ha sido significativo en la normalización de deudas, con 1.300 personas acercándose a las oficinas para ponerse al día con sus obligaciones. Adicionalmente, 242 procesos de cobro coactivo han sido cerrados exitosamente tras el pago de las deudas, lo que demuestra la efectividad de las medidas implementadas.

La administración departamental enfatiza que regularizar estas deudas ofrece seguridad jurídica a los ciudadanos. Al saldar sus obligaciones, la Secretaría de Hacienda procede de inmediato al levantamiento de medidas cautelares, previniendo embargos de cuentas bancarias y propiedades, y permitiendo a los propietarios circular y disponer de sus bienes con tranquilidad.

“Estamos logrando una recuperación de cartera histórica que se traduce en bienestar para el departamento y tranquilidad para las familias, quienes hoy pueden circular y disponer de sus bienes sin el temor de procesos legales”, manifestó Diana Nossa, directora de la Oficina de Cobro Coactivo de la Secretaría de Hacienda de Casanare.

A pesar de los resultados positivos, la gobernación advierte que aún existe un número considerable de vehículos con deudas pendientes que, si bien no han entrado en etapa coactiva, están próximos a ser ejecutados. Por ello, se extiende una invitación final a los propietarios en mora para que aprovechen los descuentos vigentes y eviten futuros procesos de cobro que puedan afectar su patrimonio.

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