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Alcaldía de Yopal reglamentó publicidad política para consultas y elección atípica de Alcalde

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A través del Decreto 212 de octubre 13 de 2017, la Alcaldía de Yopal adoptó las normas reglamentarias sobre publicidad política, tanto para las consultas internas que se realizarán el 19 de noviembre, como para la elección atípica de Alcalde que se adelantará el 26 del mismo mes.

Con la norma, se reglamenta la publicidad en la parte pertinente al número de cuñas radiales, avisos en publicaciones escritas, vallas publicitarias o de publicidad visual exterior, perifoneo, fijación de carteles, pasacalles, pancartas, pendones, banderolas y afiches que contengan propaganda electoral y otros elementos de carácter político.

Se indica que las personas que apoyen candidatos y pretendan hacer en su favor propaganda electoral, deberán coordinar con las campañas a efectos de respetar los límites a las cantidades consignadas en el Decreto e incluir el valor de la misma como donación en los informes e ingresos en los gastos de las campañas. Se podrá colocar publicidad exterior visual, la cual se reglamenta en el Decreto.

Referente a las cuñas radiales y televisivas, tendrán derecho hasta cincuenta cuñas radiales diarias, cada una de hasta veinticinco segundos que distribuirán libremente en las emisoras con cubrimiento en el Municipio de Yopal, y hasta cinco cuñas televisivas diarias, cada una de hasta veinticinco segundos sin exceder en ningún caso el número máximo autorizado, y sin que las cuñas no emitidas en un determinado día, puedan ser acumulables para emisiones de días posteriores.

Con respecto a publicaciones escritas, tendrán derecho a ocho avisos, hasta del tamaño de una página por cada edición.  En cuanto a vallas publicitarias, tendrán derecho hasta catorce vallas. Las vallas tendrán un área máxima de cuarenta y ocho metros cuadrados, las cuales tienen características descritas en el Decreto, su ubicación, prohibición para colocarse en determinados lugares de la ciudad y obligaciones de los titulares de las vallas políticas.

Los murales de carácter político podrán ser ocho, donde existen requisitos, permisos y restricciones. En lo que hace referencia a los pasacalles de carácter político, tendrán derecho a ocho, con su respectiva reglamentación y vigencia. Los afiches, pancartas, carteles, banderolas y pendones, se podrán colocar siempre y cuando sean autorizados por el propietario o poseedor de los inmuebles y cumplan con las normas de urbanismo y medio ambiente.

Queda prohibida la publicidad política por medio del sistema de altoparlante, perifoneo móvil, parlantes o amplificadores móviles en el Municipio de Yopal.

Los concesionarios del servicio de radiodifusión sonora y los periódicos que acepten publicidad política pagada, deberán hacerlo en condiciones de igualdad, para todos y cada uno de los Partidos y Movimientos Políticos, los Movimientos Sociales, Grupos Significativos de Ciudadanos, Candidatos a las consultas y promotores del voto en blanco. Las irregularidades serán informadas por el Alcalde y el Registrador al Consejo Nacional Electoral para su investigación y sanción.

Se prohíbe la ubicación de sedes de candidatos, en áreas que constituyan espacios públicos, de conformidad con las normas municipales, con fundamento en la Ley 9 de 1989 y las Normas que la modifiquen o sustituyan y dentro de un perímetro de cien metros de distancia de la Gobernación, Alcaldía, el Palacio de Justicia, la Procuraduría General de la Nación, la Contraloría General y Departamental, el Concejo Municipal, la Asamblea Departamental, Clínicas, Hospitales y Centros de Salud, Sedes diplomáticas (Consulado, ACNUR entre otras), los Organismos de Seguridad del Estado (Departamento de Policía, Estación de Policía, Ejército, Fuerza Aérea, CTI y Migración Colombia) y los edificios o sedes de Entidades Públicas del Orden Nacional, Departamental o Municipal.

Durante la campaña a elecciones atípicas y consultas no se podrá autorizar la utilización de inmuebles o bienes muebles de carácter público para actividades proselitistas, ni para facilitar el alojamiento, ni el transporte de electores de candidatos a cargos de elección popular.

Las organizaciones políticas no podrán realizar marchas, desfiles, manifestaciones y demás actos de carácter político durante los 6 días calendario anteriores a la fecha de la elección, ni tampoco podrán hacer uso de cuñas radiales, televisivas y publicaciones escritas.

Se prohíbe en todo el territorio del Municipio de Yopal, la venta y el consumo de bebidas embriagantes desde las 18:00 horas del día 18 de noviembre de 2017 hasta las 06:00 horas del día 20 de noviembre de 2017; y desde las 18:00 horas del día 25 de noviembre de 2017 hasta las 06:00 horas del día 27 de noviembre de 2017. En caso de incumplimiento de esta disposición se aplicarán las medidas correctivas establecidas en la Ley 1801 de 2016.

Para las fechas mencionadas se prohíbe la circulación de automotores que transporten trasteos, escombros, cilindros de gas y madera, a partir de las 18:00 horas del día 18 de noviembre de 2017 hasta las 06:00 horas del día 20 de noviembre de 2017; y a partir de las 18:00 horas del día 25 de noviembre de 2017 hasta las 06:00 horas del día 27 de noviembre de 2017.

En caso de incumplimiento de estas disposiciones se aplicarán las sanciones establecidas en el artículo 131 literal C del Código Nacional de Tránsito, el cual establece multa equivalente a quince salarios mínimos legales diarios vigentes e inmovilización  del vehículo por transitar por sitios restringidos o en horas prohibidas por la autoridad competente.

Fuente: Prensa Alcaldía de Yopal

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Yopal blinda la seguridad: sin barras visitantes y con estrictos controles para partido de alto riesgo

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Tanto la Alcaldía de Yopal como la Gobernación de Casanare expidieron sendos decretos, mediante los cuales adoptan una serie de medidas especiales de seguridad con ocasión del partido entre Deportivo Pereira y Atlético Nacional, considerado de alto riesgo. Las administraciones municipal centró sus decisiones en prevenir alteraciones del orden público, estableciendo restricciones y controles estrictos en el marco del desarrollo de este evento deportivo.

Entre las principales disposiciones se encuentra la prohibición del ingreso de hinchadas organizadas visitantes provenientes de otros departamentos, así como la restricción en la venta de boletería destinada a estos grupos. Además, se limitó la realización de caravanas, desplazamientos colectivos y cualquier tipo de movilización masiva de barras que no cuente con autorización previa de las autoridades competentes.

El decreto también ordena a la Policía Nacional implementar operativos especiales de control, vigilancia y verificación en las vías de acceso al municipio y al departamento, con el objetivo de identificar y mitigar posibles riesgos. Estas acciones deberán aplicarse de manera proporcional y respetando los derechos fundamentales de los ciudadanos.

De igual forma, se prohibió el ingreso y transporte de elementos que puedan generar violencia, como pólvora, armas blancas y objetos contundentes. Las medidas estarán vigentes entre el 24 y el 25 de abril de 2026, e incluyen la articulación entre autoridades locales, departamentales y la fuerza pública para garantizar la seguridad antes, durante y después del encuentro.

Asimismo, se ordenaron controles policiales en las vías de acceso al departamento y al municipio. Se prohibió el ingreso de menores de dieciocho (18) años a las localidades occidental norte y occidental sur, además se prohibió el ingreso de menores de catorce (14) años a la localidad occidental central.

De igual manera, se prohibió en Yopal la circulación de motocicletas con acompañante y/o parrillero con edad superior a 14 años, desde el día viernes veinticuatro (24) de abril a las 5:00 p.m. hasta el día sábado veinticinco (25) de abril del 2026 a las 10:00 p.m.

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Contribuyentes de Yopal pueden acceder a descuentos en Impuesto Predial por pronto pago

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Los contribuyentes en Yopal pueden acceder a descuentos por pronto pago del impuesto predial 2026, con beneficios que varían según las características de cada predio y las fechas en que se realice el pago.

De acuerdo con las condiciones establecidas, existen dos grupos de incentivos: El primero aplica para predios excluidos de la Ley 44 de 1990, entre los que se encuentran lotes urbanizables no urbanizados, lotes urbanizados no edificados, predios nuevos y aquellos que incorporaron construcciones tras la actualización catastral.

Para estos casos, los descuentos son del 30% si el pago se realiza hasta el 31 de mayo, 20% hasta el 30 de julio y 10% hasta el 30 de septiembre. Este beneficio está dirigido a quienes hayan cumplido con el pago del impuesto predial de la vigencia 2025 hasta octubre del año anterior.

Por su parte, los demás predios también cuentan con incentivos por pronto pago. En estos casos, se ofrece un 15% de descuento hasta el 31 de mayo, 10% hasta el 31 de julio y 5% hasta el 30 de septiembre.

Además de estos beneficios, los contribuyentes pueden optar por el sistema de pago alternativo por cuotas, una opción que permite distribuir el valor del impuesto a lo largo del año y facilitar el cumplimiento de la obligación.

Los ciudadanos pueden reclamar su factura en los puntos de atención o descargarla a través del portal https://impuestos.yopal.gov.co/, así como realizar el pago en los lugares autorizados.

La recomendación es aprovechar estos descuentos dentro de los plazos establecidos, lo que no solo representa un ahorro, sino que también evita costos adicionales y facilita el cumplimiento oportuno de las obligaciones tributarias.

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80 integrantes del Ejército se capacitaron en manejo de drones en Yopal

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Un total de 80 integrantes del Ejército Nacional participaron en un curso de formación en manejo de drones, desarrollado en Yopal con el propósito de fortalecer sus capacidades tecnológicas y el uso estratégico de herramientas digitales en el territorio.

La capacitación, liderada por la Secretaría de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC), combinó sesiones teóricas y prácticas enfocadas en la operación de equipos, maniobrabilidad y uso de funciones avanzadas para la captura de imágenes aéreas.

Durante la fase práctica, los participantes realizaron ejercicios de sobrevuelo con drones de la marca DJI, utilizando el modelo Mini 3 Pro, lo que permitió aplicar conocimientos en escenarios reales y mejorar habilidades operativas.

En la jornada también participaron suboficiales, oficiales y familiares de los uniformados, quienes se vincularon al proceso formativo, evidenciando interés en el uso de estas herramientas tecnológicas.

De acuerdo con la Secretaría TIC, este tipo de procesos busca fortalecer el uso de la tecnología en diferentes entornos y promover el desarrollo de competencias digitales en el municipio.

La Administración Municipal informó que continuará impulsando espacios de formación orientados a la apropiación tecnológica y al fortalecimiento de capacidades en distintos sectores de la ciudad.

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