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Alcaldía de Yopal reglamentó publicidad política para consultas y elección atípica de Alcalde

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A través del Decreto 212 de octubre 13 de 2017, la Alcaldía de Yopal adoptó las normas reglamentarias sobre publicidad política, tanto para las consultas internas que se realizarán el 19 de noviembre, como para la elección atípica de Alcalde que se adelantará el 26 del mismo mes.

Con la norma, se reglamenta la publicidad en la parte pertinente al número de cuñas radiales, avisos en publicaciones escritas, vallas publicitarias o de publicidad visual exterior, perifoneo, fijación de carteles, pasacalles, pancartas, pendones, banderolas y afiches que contengan propaganda electoral y otros elementos de carácter político.

Se indica que las personas que apoyen candidatos y pretendan hacer en su favor propaganda electoral, deberán coordinar con las campañas a efectos de respetar los límites a las cantidades consignadas en el Decreto e incluir el valor de la misma como donación en los informes e ingresos en los gastos de las campañas. Se podrá colocar publicidad exterior visual, la cual se reglamenta en el Decreto.

Referente a las cuñas radiales y televisivas, tendrán derecho hasta cincuenta cuñas radiales diarias, cada una de hasta veinticinco segundos que distribuirán libremente en las emisoras con cubrimiento en el Municipio de Yopal, y hasta cinco cuñas televisivas diarias, cada una de hasta veinticinco segundos sin exceder en ningún caso el número máximo autorizado, y sin que las cuñas no emitidas en un determinado día, puedan ser acumulables para emisiones de días posteriores.

Con respecto a publicaciones escritas, tendrán derecho a ocho avisos, hasta del tamaño de una página por cada edición.  En cuanto a vallas publicitarias, tendrán derecho hasta catorce vallas. Las vallas tendrán un área máxima de cuarenta y ocho metros cuadrados, las cuales tienen características descritas en el Decreto, su ubicación, prohibición para colocarse en determinados lugares de la ciudad y obligaciones de los titulares de las vallas políticas.

Los murales de carácter político podrán ser ocho, donde existen requisitos, permisos y restricciones. En lo que hace referencia a los pasacalles de carácter político, tendrán derecho a ocho, con su respectiva reglamentación y vigencia. Los afiches, pancartas, carteles, banderolas y pendones, se podrán colocar siempre y cuando sean autorizados por el propietario o poseedor de los inmuebles y cumplan con las normas de urbanismo y medio ambiente.

Queda prohibida la publicidad política por medio del sistema de altoparlante, perifoneo móvil, parlantes o amplificadores móviles en el Municipio de Yopal.

Los concesionarios del servicio de radiodifusión sonora y los periódicos que acepten publicidad política pagada, deberán hacerlo en condiciones de igualdad, para todos y cada uno de los Partidos y Movimientos Políticos, los Movimientos Sociales, Grupos Significativos de Ciudadanos, Candidatos a las consultas y promotores del voto en blanco. Las irregularidades serán informadas por el Alcalde y el Registrador al Consejo Nacional Electoral para su investigación y sanción.

Se prohíbe la ubicación de sedes de candidatos, en áreas que constituyan espacios públicos, de conformidad con las normas municipales, con fundamento en la Ley 9 de 1989 y las Normas que la modifiquen o sustituyan y dentro de un perímetro de cien metros de distancia de la Gobernación, Alcaldía, el Palacio de Justicia, la Procuraduría General de la Nación, la Contraloría General y Departamental, el Concejo Municipal, la Asamblea Departamental, Clínicas, Hospitales y Centros de Salud, Sedes diplomáticas (Consulado, ACNUR entre otras), los Organismos de Seguridad del Estado (Departamento de Policía, Estación de Policía, Ejército, Fuerza Aérea, CTI y Migración Colombia) y los edificios o sedes de Entidades Públicas del Orden Nacional, Departamental o Municipal.

Durante la campaña a elecciones atípicas y consultas no se podrá autorizar la utilización de inmuebles o bienes muebles de carácter público para actividades proselitistas, ni para facilitar el alojamiento, ni el transporte de electores de candidatos a cargos de elección popular.

Las organizaciones políticas no podrán realizar marchas, desfiles, manifestaciones y demás actos de carácter político durante los 6 días calendario anteriores a la fecha de la elección, ni tampoco podrán hacer uso de cuñas radiales, televisivas y publicaciones escritas.

Se prohíbe en todo el territorio del Municipio de Yopal, la venta y el consumo de bebidas embriagantes desde las 18:00 horas del día 18 de noviembre de 2017 hasta las 06:00 horas del día 20 de noviembre de 2017; y desde las 18:00 horas del día 25 de noviembre de 2017 hasta las 06:00 horas del día 27 de noviembre de 2017. En caso de incumplimiento de esta disposición se aplicarán las medidas correctivas establecidas en la Ley 1801 de 2016.

Para las fechas mencionadas se prohíbe la circulación de automotores que transporten trasteos, escombros, cilindros de gas y madera, a partir de las 18:00 horas del día 18 de noviembre de 2017 hasta las 06:00 horas del día 20 de noviembre de 2017; y a partir de las 18:00 horas del día 25 de noviembre de 2017 hasta las 06:00 horas del día 27 de noviembre de 2017.

En caso de incumplimiento de estas disposiciones se aplicarán las sanciones establecidas en el artículo 131 literal C del Código Nacional de Tránsito, el cual establece multa equivalente a quince salarios mínimos legales diarios vigentes e inmovilización  del vehículo por transitar por sitios restringidos o en horas prohibidas por la autoridad competente.

Fuente: Prensa Alcaldía de Yopal

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Yopal busca ser sede de la Asamblea General de la Federación Nacional de Personeros 2026

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La Personería Municipal de Yopal avanza en su aspiración de convertir a la ciudad, en sede de la Asamblea General de la Federación Nacional de Personerías (FENALPER) para este 2026, uno de los encuentros más relevantes para las personerías del país.

El personero municipal, Yesid Camacho Flórez, informó que, entre las 1.104 personerías a nivel nacional, la capital casanareña logró posicionarse dentro del grupo de diez ciudades preseleccionadas para albergar este importante evento.

Para ello, el personero municipal se desplazará este jueves 29 de enero a Bogotá, donde presentará la propuesta resaltando las condiciones favorables de Yopal en infraestructura, logística, gastronomía y capacidad hotelera, así como el impacto positivo que tendría el evento en la reactivación económica y el desarrollo del municipio.

Camacho Flórez ha venido adelantando reuniones con las autoridades de la ciudad, para buscar el apoyo logístico que demandaría la realización del encuentro, por lo que ya dialogó con el alcalde Marco Tulio Ruíz y el Presidente del Concejo Municipal Dainober Rodríguez, quienes manifestaron su total disposición de apoyo al representante del Ministerio Público.

Como antecedente, en el año 2025, la capital casanareña fue escenario del encuentro de personeros de la región de la media Colombia, el cual contó con una destacada asistencia y una organización exitosa a base de gestión de la institución, experiencia que fortalecerá la propuesta.

De resultar seleccionada, Yopal recibiría cerca de 500 personeros de distintas regiones del país, lo que generaría una importante dinámica económica y posicionamiento de la ciudad.

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El 5 de febrero vence plazo para solicitar traspasos de vehículos a personas indeterminadas en Yopal

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La Secretaría de Movilidad de Yopal ha emitido un comunicado crucial para la ciudadanía, informando sobre la fecha límite definitiva para la radicación de trámites de traspaso a persona indeterminada. Dando cumplimiento a la Resolución expedida por el Ministerio de Transporte el pasado 4 de diciembre de 2025, el aplicativo nacional que gestiona estos procesos será cerrado de forma irrevocable el 6 de febrero de 2026.

Esta medida implica que, a partir de la mencionada fecha, no será posible iniciar ninguna nueva solicitud bajo la modalidad de traspaso a persona indeterminada. La Secretaría hace un llamado urgente a todos los interesados a tomar las previsiones necesarias para completar sus gestiones antes de que se cumpla este plazo perentorio.

Para asegurar la adecuada revisión de la documentación y facilitar la atención de posibles subsanaciones, la Secretaría de Movilidad ha establecido que recibirá solicitudes únicamente hasta el 5 de febrero de 2026. Este adelanto en el cierre de la recepción permite a la entidad verificar minuciosamente cada documento, garantizando que todos los trámites queden debidamente radicados y cumplan con los requisitos exigidos dentro de los tiempos estipulados por la normativa.

Es fundamental que los ciudadanos interesados revisen con anticipación la totalidad de los requisitos necesarios para evitar cualquier inconveniente, como devoluciones o rechazos, que pudieran impedir la correcta finalización del proceso. La entidad enfatiza la importancia de la proactividad para evitar contratiempos de última hora.

La Secretaría de Movilidad de Yopal ha sido enfática al señalar que los trámites que se intenten presentar después del 5 de febrero de 2026 no serán aceptados. Aunque el cierre técnico del aplicativo por parte del Ministerio de Transporte esté programado para el 6 de febrero, la decisión de la entidad local responde a criterios de planeación, eficiencia administrativa y seguridad jurídica, buscando asegurar la transparencia y el orden en todos los procedimientos.

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Abren convocatoria para que prestadores turísticos de Casanare participen en ANATO 2026

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La Dirección Departamental de Cultura y Turismo abrió la convocatoria para seleccionar a catorce (14) prestadores de servicios turísticos que representarán a Casanare en la Vitrina Turística ANATO 2026, el escenario más importante del turismo en Colombia y Latinoamérica.

La Vitrina Turística ANATO se llevará a cabo del 25 al 27 de febrero de 2026 en Corferias, Bogotá, y se consolida como un espacio estratégico para la promoción de destinos, la generación de negocios, el intercambio de conocimiento y la articulación entre los diferentes actores del sector turístico.

La participación de Casanare en esta vitrina permitirá visibilizar la diversidad de su oferta turística, destacando experiencias de turismo de naturaleza, avistamiento de fauna, turismo cultural, turismo rural comunitario y aviturismo, así como la riqueza ambiental de la Orinoquía y la identidad de la cultura llanera.

La convocatoria está dirigida a prestadores de servicios turísticos legalmente constituidos en el departamento, con Registro Nacional de Turismo (RNT) activo, que cumplan con los requisitos técnicos, administrativos y legales establecidos en las bases del proceso. La selección se realizará mediante criterios objetivos que garantizan transparencia, calidad y representatividad territorial.

El proceso de inscripción estará abierto entre el 26 de enero y el 2 de febrero de 2026, y los resultados de los expositores seleccionados se publicarán el 6 de febrero de 2026 a través de los canales oficiales.

¿Cómo inscribirse?

Los prestadores de servicios turísticos interesados en participar deberán diligenciar el formulario de inscripción y cargar la documentación requerida a través del siguiente enlace: https://forms.gle/kZghX7BRtXRc8bVB6

Los formatos obligatorios (ficha de inscripción, autorizaciones y declaración juramentada) podrán descargarse en el siguiente enlace: https://drive.google.com/drive/folders/1Fn1d21ekQaDVsI7dFtwe21KIeNVy76mO

La inscripción estará habilitada hasta el 30 de enero de 2026 a las 6:00 p. m. y solo se tendrán en cuenta las postulaciones que cumplan con la totalidad de los requisitos establecidos en la convocatoria.

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