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Alcaldía de Yopal decretó ‘pico y cédula’ por emergencia sanitaria
La Alcaldía de Yopal emitió el decreto 067 de 2020, donde se normatiza la medida del ‘pico y cedula’ y se dictan otras disposiciones en el marco de la emergencia sanitaria por la presencia del Covid-19.
La medida se tomó con el objetivo de controlar y regular el abastecimiento de alimentos y artículos de primera necesidad, de igual manera evitar aglomeraciones y minimizar la desobediencia del aislamiento obligatorio por parte de la ciudadanía,
Se estableció por parte de la Administración Municipal, un cronograma donde las personas pueden salir a los supermercados y centros de abastecimiento determinados días, dependiendo del último dígito de la cédula de ciudadanía, quedando de la siguiente manera:
| Día | Último dígito de Cédula |
| Lunes | 1, 2 y 7 |
| Martes | 3, 4 y 6 |
| Miércoles | 5, 9 y 0 |
| Jueves | 7, 1 y 8 |
| Viernes | 9 y 2 |
| Sábado | 8, 3 y 6 |
| Domingo | 0, 4 y 5 |
Se permitirá la circulación de una sola persona por núcleo familiar en cualquier tipo de vehículo, bien sea de transporte público o particular, en el horario comprendido entre las 07:00 am y las 07:00 pm.
La inobservancia de estas medidas conlleva además de las sanciones penales correspondientes, la imposición de comparendos de tránsito y las medidas correctivas establecidas en el Código Nacional de Policía.
De igual manera, la norma incluye que los establecimientos comerciales dedicados al suministro de alimentos y artículos de primera necesidad, deberán realizar el respectivo control y verificación de cédulas de ciudadanía al ingreso de sus sedes o infraestructuras.
Fuente: El Diario del Llano – HOLA Casanare
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Contribuyentes de Yopal pueden acceder a descuentos en Impuesto Predial por pronto pago
Los contribuyentes en Yopal pueden acceder a descuentos por pronto pago del impuesto predial 2026, con beneficios que varían según las características de cada predio y las fechas en que se realice el pago.
De acuerdo con las condiciones establecidas, existen dos grupos de incentivos: El primero aplica para predios excluidos de la Ley 44 de 1990, entre los que se encuentran lotes urbanizables no urbanizados, lotes urbanizados no edificados, predios nuevos y aquellos que incorporaron construcciones tras la actualización catastral.
Para estos casos, los descuentos son del 30% si el pago se realiza hasta el 31 de mayo, 20% hasta el 30 de julio y 10% hasta el 30 de septiembre. Este beneficio está dirigido a quienes hayan cumplido con el pago del impuesto predial de la vigencia 2025 hasta octubre del año anterior.
Por su parte, los demás predios también cuentan con incentivos por pronto pago. En estos casos, se ofrece un 15% de descuento hasta el 31 de mayo, 10% hasta el 31 de julio y 5% hasta el 30 de septiembre.
Además de estos beneficios, los contribuyentes pueden optar por el sistema de pago alternativo por cuotas, una opción que permite distribuir el valor del impuesto a lo largo del año y facilitar el cumplimiento de la obligación.
Los ciudadanos pueden reclamar su factura en los puntos de atención o descargarla a través del portal https://impuestos.yopal.gov.co/, así como realizar el pago en los lugares autorizados.
La recomendación es aprovechar estos descuentos dentro de los plazos establecidos, lo que no solo representa un ahorro, sino que también evita costos adicionales y facilita el cumplimiento oportuno de las obligaciones tributarias.


