CASANARE
Es imposible hacer desalojo que causó orden de arresto de la Alcaldesa, dice Alcaldía de Yopal
Como si aún conservara el cargo de Asesor Jurídico de la Alcaldía de Yopal, el Director de Planeación Juan Carlos Suárez asumió la vocería de la Administración Municipal, por el caso donde el Juez Primero Civil de Yopal ordenó cinco días de arresto para la Alcaldesa (e) de la capital, Luz Marina Cardozo, y el Inspector Segundo de Policía Luis Gabriel Pérez González, además del pago de una multa de cinco salarios mínimos legales mensuales vigentes para cada uno de estos funcionarios.
Según el funcionario, el Municipio ha manifestado al Juzgado en reiteradas ocasiones que es imposible hacer el desalojo o lanzamiento de estas familias en 48 horas, además que hacerlo sería violar los lineamientos que la Corte Constitucional ha emitido respecto al desalojo de personas a quienes se les debe garantizar su reubicación.
“Es el mismo arresto que el mismo Juez había ordenado hace algunos meses, sobre el cual en grado de consulta se logró la nulidad del procedimiento. Este Juez reinició el procedimiento y ha dispuesto lo mismo de manera sorpresiva, toda vez que esperábamos que un nuevo pronunciamiento iba a ser sujeto a los lineamientos de la Corte Constitucional, razón por la cual una vez más estamos en grado de consulta argumentando nuestra posición basados en los planteamientos que la Corte Constitucional ha dicho”, señaló el Director de Planeación Municipal.
Añadió Suárez Forero, que se espera que esta semana haya un pronunciamiento en segunda instancia que revoque la decisión del Juez, teniendo en cuenta que “nadie está obligado a lo imposible en Colombia, y es imposible hacer un desalojo en 48 horas con una logística que no deja de valer más de dos mil millones de pesos y violando los lineamientos de la Corte Constitucional”.
Indicó por último, que una parte del predio que se ordena desalojar por parte del Juez es considerada como reserva forestal, situación que no ha sido tenida en cuenta dentro del litigio por parte del togado.
“Lo que ha hecho el municipio es la caracterización de quienes se encuentran allí, para identificar quiénes son sujeto de reubicación y quienes no. Se ordenó fecha por parte del Inspector para hacer el lanzamiento, pero dicha diligencia quedó iniciada y suspendida porque creo que en dos o tres ocasiones la Policía ha manifestado que no tiene el personal suficiente para asumir un operativo de este nivel. y segundo la logística es bastante costosa y en tercera medida se está esperando resolver la situación económica del municipio para resolver la adquisición o destinación de predios que puedan ser dispuestos para programas de vivienda o subsidios de vivienda para estas personas”, puntualizó Juan Carlos Suárez.
Lo que dice el Juzgado
Según el fallo judicial, tanto la Alcaldía de Yopal como la Inspección Segunda de Policía han incumplido un fallo de tutela emitido por el mismo Despacho el pasado 11 de noviembre de 2016, donde se ordenó que dentro de las 48 horas siguientes a la notificación de la mencionada decisión, deberían fijar la fecha y hora para llevar a cabo la diligencia de lanzamiento por ocupación de hecho de un predio de propiedad de la señora Ana José Pérez Rodríguez, ubicado en la Vereda La Guafilla.
En su momento la Alcaldía de Yopal impugnó el fallo, pero el pasado 27 de enero de 2017 la decisión fue confirmada por el Juzgado Primero Civil del Circuito de Yopal, todo lo cual fue debidamente notificado tanto a la Alcaldía de Yopal como a la Inspección Segunda de Policía.
Señala el Juez en su decisión, que se ha concedido un término respetuoso y considerado con las personas que ocupan el predio en mención, pues la decisión señala que se otorgó un término de cuarenta y ocho (48) horas para fijar la fecha y hora de la diligencia de lanzamiento por ocupación de hecho y para la práctica de la misma en un plazo que no superara los quince (15) días hábiles, término en el cual tanto la Alcaldía como la Inspección Segunda de Policía podrían efectuar las gestiones pertinentes y necesarias para la evaluación de la población asentada en el predio, garantizándoles la reubicación temporal mientras solucionan el problema de vivienda definitivo.
Señala el Juez, que no se explica la negligencia y evasiva que han tenido la Alcaldía de Yopal y la Inspección Segunda de Policía, y que además se vislumbra la intención de confundir al aparato judicial afirmando que el Despacho pretende desconocer precedentes judiciales, derechos fundamentales y garantías procesales de las personas involucradas en el asunto.
“Una orden dada para cumplir en cuarenta y ocho (48) horas desde la notificación del fallo ha sido incumplida descaradamente desde hace más de cuatro (4) meses”, reza el fallo del incidente de desacato, agregando que “su incumplimiento ha sido sistemático y desobligante con la administración de justicia, por cuanto han transcurrido más de cuatro (4) meses y la conducta omisiva, negligente e injustificada de las incidentadas persiste”.
Según el fallo, el arresto de los dos funcionarios debe cumplirse en las instalaciones de la Estación de Policía de Yopal, y se ordenó compulsar copias ante la Fiscalía General de la Nación, para que se investigue la presunta conducta punible de fraude a resolución judicial, conminando a la Alcaldía de Yopal y a la Inspección Segunda de Policía de Yopal, para que procedan a dar cumplimiento inmediato a lo ordenado en la sentencia de tutela del 11 de noviembre de 2016.
Fuente: El Diario del Llano – HOLA Casanare
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Alerta en Yopal: estafadores usan falsos pagos digitales para engañar a comerciantes
En Yopal, un comerciante denunció haber sido víctima de una sofisticada modalidad de estafa digital que estaría afectando a varios establecimientos comerciales. Se trata de un grupo de aproximadamente 15 jóvenes, entre ellos varios estudiantes universitarios, quienes utilizan aplicaciones clonadas conocidas como “Nequi Glitch” o “Nequi Daisy” para simular pagos que nunca se hacen efectivos, generando pérdidas económicas a negocios locales.
El caso fue revelado por Mateo Tarquino, propietario del club deportivo “Taco de Oro”, quien aseguró que en tan solo una semana su establecimiento fue defraudado por una suma cercana a los $2 millones de pesos. La irregularidad fue detectada tras un arqueo de caja y revisión de inventarios que no coincidían con los ingresos registrados, lo que llevó a identificar múltiples comprobantes falsificados.
¿Cómo estafan a los comerciantes?
Según la denuncia, el modus operandi consiste en mostrar en tiempo real un supuesto pago desde una aplicación fraudulenta que replica con precisión los comprobantes originales, incluyendo datos como número de teléfono y nombre del destinatario. Esto engaña al personal del establecimiento, que valida visualmente la transacción sin verificar el ingreso real del dinero.
El comerciante advirtió que los presuntos responsables ya han sido identificados mediante cámaras de seguridad y no descartó acciones legales ante la Fiscalía. Asimismo, hizo un llamado a los comerciantes a verificar directamente en la aplicación oficial los pagos recibidos o utilizar herramientas de validación como el escaneo de códigos QR, con el fin de evitar este tipo de fraudes.
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Anulan actos de la moción de censura de Cateryne Porras en el Concejo de Aguazul, por violar el debido proceso
El proceso se originó en noviembre de 2021, cuando el Concejo Municipal de Aguazul promovió una moción de censura contra Cateryne Porras Martínez, entonces secretaria de Gobierno, tras un control político sobre la gestión de su despacho. En su momento, Porras presentó impedimentos y recusaciones contra nueve de los trece concejales, alegando que el trámite vulneró garantías procesales y el reglamento interno del Concejo.
El fallo, de primera instancia, concluye que el proceso adelantado por el Concejo Municipal estuvo marcado por irregularidades que vulneraron garantías fundamentales, especialmente el debido proceso y el derecho a la defensa de la funcionaria.
Según la sentencia, la funcionaria tuvo menos de cinco días para responder el cuestionario exigido por ley; a pesar de ello, nueve concejales promovieron una moción de censura que posteriormente fue aprobada, lo que derivó en su retiro del cargo mediante decreto municipal.
El elemento determinante del fallo fue el alegato de Porras Martínez contra varios concejales sobre posibles conflictos de interés, las que debían ser resueltas por la Procuraduría; pero ocurrió lo contrario, el Concejo:
• Asumió una competencia que no le correspondía, resolviendo directamente la recusación.
• Permitió que concejales recusados participaran en decisiones sobre su propio caso.
• Tomó decisiones a través de instancias internas sin facultad legal para ello.
Finalmente, la sentencia ordena remitir copias del expediente a la Procuraduría para que evalúe si procede la investigación disciplinaria contra los concejales que participaron en esta decisión irregular.
Una defensa que terminó respaldada por la justicia
El caso de Cateryne Porras se convierte en un precedente relevante para la política regional y el uso de la figura de moción de censura, que, si bien es una herramienta legítima como parte del control político, no puede ejercerse por fuera de la ley, ni sacrificando garantías fundamentales.
Con este fallo la justicia reconoce que la actuación de la funcionaria no fue evaluada bajo condiciones justas, y que su salida del cargo estuvo basada en un procedimiento viciado.
Más allá del resultado individual, la sentencia envía un mensaje a los integrantes de las corporaciones: deben actuar con rigor jurídico, especialmente cuando sus decisiones afectan derechos fundamentales de los ciudadanos, más allá de su rol como funcionarios.
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Aumento del salario mínimo y costos operativos ponen en aprietos a Bomberos de Yopal en 2026
El Cuerpo de Bomberos Voluntarios de Yopal enfrenta un panorama financiero complejo para 2026, marcado principalmente por el incremento del salario mínimo y nuevas exigencias laborales. Así lo dio a conocer el comandante, teniente Rafael Rojas, quien advirtió que estos factores representan hoy la mayor preocupación económica para la institución.
De acuerdo con Rojas, más de la mitad del personal —alrededor de 30 de los 60 bomberos— devenga el salario mínimo, lo que obliga a asumir un incremento cercano al 23% en sus ingresos. Esta situación impacta directamente las finanzas del organismo, que ha tenido que ajustar su presupuesto y buscar alternativas para sostener la operación.
A esto se suma la reducción de la jornada laboral semanal, que este año quedará en 42 horas, en cumplimiento de las disposiciones del Ministerio de Trabajo. Esta medida obligó a la institución a vincular más personal durante el último año para garantizar la prestación del servicio las 24 horas del día, incrementando aún más los costos de funcionamiento.
El comandante también explicó que en 2026 aumentaron los recargos nocturnos —que ahora inician desde las 7:00 de la noche—, así como los pagos por trabajo dominical y festivo, que alcanzan el 90%. Además, deben asumir un régimen especial de pensiones con un 10% adicional, junto con otros gastos obligatorios como exámenes médicos, dotación y elementos de protección personal.
En este último aspecto, Rojas fue enfático en señalar que los costos son considerablemente altos. Equipar completamente a un bombero puede costar cerca de 45 millones de pesos, incluyendo trajes especializados y equipos de respiración que cumplen normas internacionales. A esto se suma el mantenimiento del parque automotor, con vehículos que ya superan los 10 y hasta 15 años de servicio, lo que incrementa la necesidad de repuestos y revisiones constantes.
Frente a este panorama, el Cuerpo de Bomberos ha implementado estrategias para generar recursos propios, como la recarga de extintores y la realización de capacitaciones. Sin embargo, el comandante reiteró que el reto sigue siendo grande y que la sostenibilidad del servicio depende de una adecuada gestión financiera y del apoyo institucional para seguir garantizando la atención de emergencias en Yopal.
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