CASANARE
Alcaldes reciben orientación sobre propuesta para no cobrar servicios públicos
Con el fin de orientar a los Alcaldes frente a sus iniciativas de prestar los servicios públicos de acueducto, alcantarillado y aseo sin costo a poblaciones vulnerables, la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarias presentó las consideraciones a tener en cuenta por las autoridades locales, en el marco de los lineamientos constitucionales y legales que les aplican.
La Superintendencia recordó a los Alcaldes que, en caso de que sus administraciones planteen la prestación sin costo de estos servicios públicos a algunos sectores de la población, es necesario asegurar el pago, mediante subsidios u otras medidas, de los costos y gastos en que incurren los prestadores públicos, mixtos o privados para proveerlos.
Para tal efecto, la Ley 142 de 1994 señala a los Alcaldes que, en su calidad de garantes de la prestación de estos servicios, están en capacidad de:
- Disponer los recursos para el otorgamiento de subsidios a los usuarios de menores ingresos.
- Apoyar financieramente a los prestadores de los servicios públicos de acueducto, aseo y alcantarillado con el fin mantener la continuidad y calidad en la prestación de los mismos.
- Coordinar con los entes departamentales o con el orden nacional la gestión de recursos técnicos, financieros y administrativos con el fin de mantener la provisión de los servicios y sostenibilidad financiera de los prestadores.
- Implementar medios alternos de aprovisionamiento para suministrar el acceso al agua potable.
La superintendente, Natasha Avendaño García, señaló que el gobierno ha establecido diferentes medidas para apoyar a usuarios con menores ingresos; y la iniciativa de los Alcaldes es de resaltar en estos momentos de emergencia que vive el país. Por eso, desde la superintendencia les piden que apliquen las alternativas legales que tienen a su alcance para beneficiar a sus poblaciones, teniendo en cuenta el marco constitucional y jurídico que señala que la prestación de los servicios públicos domiciliarios no tiene carácter gratuito.
Fuente: Superservicios
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