CASANARE
Alcaldes de Casanare se capacitaron en Obras por Regalías
Esta nueva modalidad voluntaria de pago de recursos provenientes del Sistema General de regalías, permitirá a los territorios tener mayor celeridad en la ejecución de las obras.
A través de la resolución 40207 del 30 de junio de 2021, el Ministerio de Minas y Energía reglamentó la modalidad “Obras por Regalías”, que da la posibilidad que las empresas productoras paguen las regalías a través de obras físicas o proyectos de inversión en la región donde estén operando.
Por esta razón, el Gobernador Salomón Sanabria, gestionó ante el ministerio de Minas y Energía una capacitación en “Reglamentación en la modalidad de pago de regalías mediante la ejecución de obras de infraestructura o proyectos de inversión”, dirigida a los 19 alcaldes del Departamento y a las operadoras con influencia en Casanare.
En la charla se explicó que para que las empresas accedan a la modalidad de Obras por Regalías, deberán haber obtenido ingresos brutos superiores a 33.610 Unidades de Valor Tributario (UVT) durante la vigencia fiscal anterior; y que ambas partes (las empresas y la entidad territorial) suscriban de manera voluntaria un Documento de Acuerdo en el que se establezca el proyecto, el valor y el cronograma de entrega.
De igual manera, se dio a conocer que las regalías solo se considerarán pagadas después de que la entidad territorial reciba a satisfacción la obra, expida una certificación en este sentido, y la autoridad competente, acredite la obra como pago por regalías.
Uno de los puntos destacados de esta modalidad, es la prioridad que se le da a la contratación de la mano de obra calificada y no calificada local, tal y como lo asegura el ministro de Minas Diego Mesa.
Fuente: Gobernación de Casanare
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Contribuyentes de Yopal pueden acceder a descuentos en Impuesto Predial por pronto pago
Los contribuyentes en Yopal pueden acceder a descuentos por pronto pago del impuesto predial 2026, con beneficios que varían según las características de cada predio y las fechas en que se realice el pago.
De acuerdo con las condiciones establecidas, existen dos grupos de incentivos: El primero aplica para predios excluidos de la Ley 44 de 1990, entre los que se encuentran lotes urbanizables no urbanizados, lotes urbanizados no edificados, predios nuevos y aquellos que incorporaron construcciones tras la actualización catastral.
Para estos casos, los descuentos son del 30% si el pago se realiza hasta el 31 de mayo, 20% hasta el 30 de julio y 10% hasta el 30 de septiembre. Este beneficio está dirigido a quienes hayan cumplido con el pago del impuesto predial de la vigencia 2025 hasta octubre del año anterior.
Por su parte, los demás predios también cuentan con incentivos por pronto pago. En estos casos, se ofrece un 15% de descuento hasta el 31 de mayo, 10% hasta el 31 de julio y 5% hasta el 30 de septiembre.
Además de estos beneficios, los contribuyentes pueden optar por el sistema de pago alternativo por cuotas, una opción que permite distribuir el valor del impuesto a lo largo del año y facilitar el cumplimiento de la obligación.
Los ciudadanos pueden reclamar su factura en los puntos de atención o descargarla a través del portal https://impuestos.yopal.gov.co/, así como realizar el pago en los lugares autorizados.
La recomendación es aprovechar estos descuentos dentro de los plazos establecidos, lo que no solo representa un ahorro, sino que también evita costos adicionales y facilita el cumplimiento oportuno de las obligaciones tributarias.


