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¿Al completarse un mes de paro se podrá convocar a una Constituyente?

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¿De dónde sacó la gente que si se cumple un mes de paro se puede convocar a una Asamblea Nacional Constituyente?

El mensaje empezó a circular en la redes sociales y como una bola de nieve tomó fuerza, no obstante, se trata de una de las cientos de ‘fake news’ que circulan en torno al paro nacional, que cumplirá 30 días esta semana.

Los manifestantes se han dejado desinformar. Así lo indica Carlos Andrés Arias, docente de la maestría en Comunicación Política de la Universidad Externado y gerente de la firma Estrategia y Poder, al señalar que esto sucede por un fenómeno de polarización de la opinión en el que diferentes sectores ideológicos y radicales del país están buscando moralizar opiniones para generar bandos alrededor de las posiciones encontradas en el paro.

Los nuevos ciudadanos están siendo presos de esas ‘fake news’ por el volumen de información en el cual están inmersos

Anthony Downs, uno de los autores de la teoría de la elección racional eficiente, señala que usted escoge la información de acuerdo a su beneficio y esa está desagregada a la desinformación que es un alto volumen de información sin profundización y criterio”, explica Arias.

En ese sentido, indica que los jóvenes, a pesar de que tienen más información, tienen menos elementos para generar criticidad y profundidad sobre esta.

Los nuevos ciudadanos están siendo presos de esas ‘fake news’ por el volumen de información en el cual están inmersos y en el cual están tratando de vincularse. Nos han vendido la falacia de que entre más sepamos estamos mejor informados y eso no es cierto”, agregó el experto.

Al respecto, Kenneth Burbano Villamarín, director del Observatorio Constitucional de la Universidad Libre, indica que la Constitución solo puede ser reformada por acto legislativo, por una asamblea constituyente o mediante referendo.

Para una asamblea constituyente se requiere que mediante una ley aprobada por la mayoría de los miembros de Senado y Cámara, el Congreso puede disponer que el pueblo mediante votación popular decida si convoca una Asamblea Constituyente, y esto es viable cuando lo aprueba, cuando menos, una tercera parte de los integrantes del censo electoral”, anota.

Asimismo, Burbano Villamarín comenta que el derecho a la manifestación y protesta, que se expresa en marchas, paros y otras formas democráticas de expresión ciudadana, no interesa por cuanto tiempo, no tienen jurídicamente el efecto de poder reformar la Constitución.

Considero que en este momento político lo que se requiere es concertación y dialogo, no es el momento adecuado para adelantar reformas a la Constitución, dada la polarización del país, ni reformas de otra índole que agraven la situación de los ciudadanos. Lo que le corresponde especialmente al Gobierno es cumplir con la Constitución vigente”, puntualiza.

¿QUÉ HACER PARA NO CAER EN ‘FAKE NEWS’

Carlos Andrés Arias sostiene que lo primero es, cada vez que lleguen informaciones por WhatsApp o redes sociales, establecer cuál es la fuente. “Si la fuente es desconocida o no trae la suficiente legitimidad hay que descartar la información”, dice.

Lo segundo que se debe hacer es buscar una fuente que la contraste. Si dice que a los 30 días se puede citar a una constituyente lo primero que hay que hacer es consultar la legitimidad de la fuente, lo que uno debe hacer es consultar con un amigo abogado o directamente en la Constitución Política de Colombia”, comenta.

Finalmente, Arias aconseja empezar a tener en las redes sociales diferentes posiciones ideológicas. “Siga a personas con las que no tenga coincidencias ideológicas o de opinión porque eso le da la posibilidad de evaluar en términos de equilibrio y ponderar la información”..

Y agrega que las nuevas ciudadanías está más desinformadas porque el volumen de información hace que se pierda profundidad en la misma.

Fuente: PORTAFOLIO

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Ecopetrol libera cerca de 60 millones de barriles diarios de gas natural para garantizar suministro nacional

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El Grupo Ecopetrol continúa adoptado decisiones estratégicas que garanticen el suministro de gas natural en todo el país.

A la asignación adicional de 2,7 Gbtu (millones de barriles diarios) de gas natural para garantizar el suministro de gas natural vehicular en Casanare y Meta, se suma un nuevo anuncio de comercialización del energético.

A partir del 1º de diciembre de 2025 la compañía ofrecerá para la venta entre 46 y 60 Gbtud de sus campos del Piedemonte Llanero. Estas cantidades equivalen aproximadamente al 20% de la demanda residencial, comercial y de gas natural vehicular del país.

La empresa estatal informó que este gas adicional estará disponible desde el 1 de diciembre de 2025 hasta el 31 de mayo de 2026, y se ofrecerá en dos modalidades definidas en la regulación vigente:

– En firme, que garantiza el suministro continuo durante el periodo contratado.

– Con interrupciones, que permite suspender el suministro en caso de limitaciones, según las reglas establecidas.

De acuerdo con Ecopetrol, en la modalidad ‘En firme’ se ofrecerán cantidades que van desde 23 hasta 35 Gbtud para los meses de marzo a mayo de 2026, y serán comercializadas durante el trimestre de negociación que inicia en diciembre de 2025.

Y en la modalidad de ‘Interrumpible’ se ofrecerán cantidades desde 22 hasta 49 Gbtud para los meses de diciembre de 2025 a mayo de 2026, y serán comercializadas mensualmente, teniendo en cuenta las condiciones regulatorias vigentes que señalan que para el trimestre de diciembre a febrero sólo se permite la comercialización de gas bajo la modalidad Interrumpible.

“En Ecopetrol seguimos comprometidos en el abastecimiento de gas natural para todos los colombianos. Gracias a esfuerzos recientes de eficiencia, optimización y sustitución energética en varios de nuestros procesos productivos por energía proveniente de fuentes renovables no convencionales, podemos liberar mayores volúmenes para amentar la oferta de gas provenientes de nuestros campos en el Piedemonte Llanero”, declaró Bayron Triana Arias, Vicepresidente Ejecutivo de Energías para la Transición, de Ecopetrol.

Agregó el directivo que este incremento en la oferta refleja el compromiso de la compañía estatal con el país y con la transición energética. “Así avanzamos hacia un futuro con más energía limpia y más seguridad energética para todos los colombianos, y se contribuye al cumplimiento de los objetivos de descarbonización y las metas de transición energética del Grupo Ecopetrol”, aseguró.

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La JEP no aceptó al exjefe jurídico de la Gobernación de Casanare en gobierno de Raúl Flórez

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La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) rechazó la solicitud de sometimiento presentada por Henry Villarraga Oliveros, exmagistrado del Consejo Superior de la Judicatura, al considerar que no cumplió con el requisito de aportar verdad plena, presentó argumentos exculpatorios y negó la existencia de patrones macrocriminales ampliamente demostrados en su contra.

Según la decisión de la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas, Villarraga omitió información clave que habría permitido esclarecer su presunto papel en el encubrimiento de graves crímenes del conflicto armado, particularmente en el caso del coronel (r) Robinson González del Río, investigado por ejecuciones extrajudiciales conocidas como “falsos positivos”.

La JEP recordó que contra Villarraga cursan varios procesos penales y disciplinarios por, presuntamente, ofrecer asesoría ilegal al oficial retirado y comprometerse a influir para que uno de sus procesos fuera trasladado a la Justicia Penal Militar, buscando garantizar impunidad frente a crímenes de guerra y de lesa humanidad.

El tribunal especial concluyó que el exmagistrado incumplió las condiciones básicas exigidas para acceder a los beneficios del sistema transicional, pues su aporte se limitó a justificar sus actuaciones con argumentos jurídicos y a cuestionar el trabajo de la Fiscalía General de la Nación, alegando una supuesta “guerra jurídica” contra miembros de la fuerza pública.
Para la Sala, requerir nuevamente al solicitante para que hiciera un aporte de verdad sustancial representaría un desgaste injustificado del aparato judicial, más aún cuando Villarraga ha tenido múltiples oportunidades para hacerlo en los procesos que se adelantan en su contra.

El expediente fue remitido a la Comisión de Acusación de la Cámara de Representantes, donde cursa un proceso disciplinario en etapa de acusación y otro penal cuya apertura quedó sin efectos. La JEP, además, rechazó cualquier discurso estigmatizante o desobligante frente a las víctimas, la sociedad y las instituciones del Estado.

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Con proyecto de ley buscan declarar de alto riesgo la profesión de escolta

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El Senador José Vicente Carreño Castro radicó el Proyecto de Ley 135 de 2025 que reconoce y establece “a los agentes de protección o escoltas requeridos como una profesión y/u oficio de alto riesgo”, en la medida que este trabajo está en proteger a personas con la posibilidad de sufrir un atentado, por lo que deben prevenir y enfrentar este tipo de eventualidad, lo que de inmediato los convierte también en blanco de los agresores.

Carreño Castro reveló que “al establecer de alto riesgo esta profesión u oficio, los agentes de protección o escoltas quedan cobijados en las ´Pensiones especiales de vejez´, establecido en los Artículos 3 al 10 del Decreto 2090 de 2003, adicionando esta iniciativa legislativa una modificación al Artículo 8 –modificado a la vez por el Artículo 1 del Decreto 2655 de 2014- en el sentido de que este régimen especial de pensión, incluye a los trabajadores vinculados a esta actividad hasta el 31 de diciembre de 2034, y no solo hasta el 31 de diciembre de 2024, como lo establece el mencionado Decreto 2655”.

La iniciativa legislativa –que ahora pasa a la Comisión VII del Senado- le fija al SENA la tarea de estructurar “un pensum académico con ciclos de competencias laborales, técnico, tecnólogo y profesional en seguridad dirigido este personal, para lo cual podrá celebrar convenios con organismos gubernamentales y no gubernamentales”, con el fin de que este ejercicio no solo sea considerado un oficio, sino además como una nueva profesión con todos la validación constitucional y legal, como la plantea el mencionado proyecto de ley.

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