CASANARE
Abren proceso verbal por pérdida de recursos de “Torres del Silencio”
La Contraloría General de la República imputó responsabilidad fiscal en la suma de $12.087 millones por el daño producido a los recursos públicos del Departamento de Casanare y del Municipio de Yopal, con ocasión de las inversiones realizadas para la ejecución del proyecto de vivienda de interés social Torres del Silencio, antes Villa Flores, en el municipio de Yopal.
El proyecto inició su ejecución en agosto de 2011 y después de 10 años se encuentra inconcluso, con graves afectaciones de orden estructural, incumplimiento de la norma de sismo resistencia y deficiencias de calidad.
Mediante Auto No. 1550 del 24 de septiembre de 2021, la Contralora Delegada Intersectorial No. 15 de la Unidad de Investigaciones Especiales contra la Corrupción de la CGR abrió proceso verbal e imputó responsabilidad fiscal, a título de culpa grave, contra:
- OSCAR RAUL IVÁN FLÓREZ CHÁVEZ, quien se desempeñó como Gobernador titular del Departamento de Casanare desde el 1 de enero de 2008 hasta el 14 de febrero de 2011.
- IADER WILHELM BARRIOS HERNÁNDEZ, en su calidad de COGESTOR del convenio No. 0001 de 2011 y constructor del proyecto de vivienda de interés social Torres del Silencio en el municipio de Yopal.
- RODRIGO FLECHAS RAMÍREZ, director de Contratación del Departamento de Casanare. Delegado para contratar.
- COOPERATIVA DE EGRESADOS DE LA USCO Y PROFESIONALES DEL SUR DE COLOMBIA “CREER EN LO NUESTRO”, hoy COOPERATIVA DE PROFESIONALES DE COLOMBIA “CREER EN LO NUESTRO”, que ejerció la Interventoría para el período que va del 7 de enero de 2011 al 4 de agosto de 2012.
- DISEÑO ARQUITECTURA Y CONSTRUCCIÓN DIARCO LTDA, hoy DISEÑO ARQUITECTURA Y CONSTRUCCIÓN DIARCO S.A.S., Supervisor para el período 24 de agosto de 2011 al 7 de junio de 2012.
- JULIÁN JAVIER DAZA LÓPEZ, interventor para el período 28 de mayo de 2013 al 28 de agosto de 2017.
- JENNY CONSUELO BARRERA ROLDÁN, Asesor Código 105 grado 02 del Grupo Gestor Desarrollo Planes y Programas de Vivienda del Departamento de Casanare. Supervisora para el período 10 de junio de 2011 al 1 de enero de 2012.
- RENSO DANIEL HUESA SANA, Asesor Código 105 grado 02 del Grupo Gestor Desarrollo Planes y Programas de Vivienda del Departamento de Casanare. Supervisor para el período 2 de enero de 2012 – 31 de marzo de 2013
- NARDA CONSUELO PERILLA ALONSO, Gerente del IDURY para el período 30/ene/2009 – 31/dic/2011 y Asesor Código 105 grado 02 del Grupo Gestor Desarrollo Planes y Programas de Vivienda del Departamento de Casanare, Supervisora para el período 21 de junio de 2013 – 31 de diciembre de 2015.
- SANDRA LORENA CRUZ QUINTERO, Asesor Código 105 grado 02 del Grupo Gestor Desarrollo Planes y Programas de Vivienda del Departamento de Casanare. Supervisor para el período 4 de enero de 2016 – 29 de enero de 2019.
- 11.RUBIEL ELÍAS VARGAS PINTO, Jefe de la Oficina Asesora de Planeación del Municipio de Yopal Casanare, para el período 20 de enero de 2009 al 31 de diciembre de 2011, quien aprobó la licencia de construcción y urbanismo.
- LUCÍA GAONA MARTÍNEZ Jefe de la Oficina Asesora de Planeación del Municipio de Yopal Casanare, para el período 19 de junio de 2012 al 30 de marzo de 2015, quien aprobó la prórroga de la licencia de construcción y urbanismo.
- ALEXANDER CORTÉS MEDINA, Gerente del INSTITUTO DE VIVIENDA URBANA Y RURAL DE YOPAL – IDURY- ahora INSTITUTO DE VIVIENDA, GESTIÓN URBANA Y RURAL DE YOPAL -INDEV, durante el período: 2 de enero de 2012 -5 de abril de 2015.
- RAFAEL NAYIB FONSECA SAAD Gerente del INSTITUTO DE VIVIENDA URBANA Y RURAL DE YOPAL – IDURY- ahora INSTITUTO DE VIVIENDA, GESTIÓN URBANA Y RURAL DE YOPAL -INDEV, durante el período: 8 de abril de 2015 – 31 de diciembre de 2015.
- DIDIER MAURICIO MONTOYA CAMPOS, Gerente del INSTITUTO DE VIVIENDA URBANA Y RURAL DE YOPAL – IDURY- ahora INSTITUTO DE VIVIENDA, GESTIÓN URBANA Y RURAL DE YOPAL -INDEV, durante el Período 1 de enero de 2016 – 15 de junio de 2017.
Se fijó como fecha para instalar la audiencia de descargos el 17 de noviembre de 2021.
Una urbanización que se convirtió en elefante blanco
La Urbanización Torres del Silencio (antes llamada Villa Flores) estaba destinada a beneficiar a 400 núcleos familiares, entre los cuales se encontraban familias que serían reubicadas conforme a la sentencia de una Acción Popular proferida por el Tribunal Administrativo de Casanare del 24 de agosto de 2006. De igual forma se destinó para población vulnerable (en situación y/o condición de discapacidad, víctimas del conflicto armado interno, adulto mayor, entre otros) y familias en condición de desplazados.
Bajo el Convenio de Cogestión No. 001 del 31 de enero de 2011, celebrado entre el Departamento de Casanare, el INSTITUTO DE VIVIENDA URBANA Y RURAL DE YOPAL – IDURY-, y el constructor IADER WILHELM BARRIOS HERNÁNDEZ, se acordó ejecutar el proyecto Villa Flores (hoy Torres del Silencio”) de acuerdo con los siguientes aportes iniciales:

Los estudios y diseños aportados por el constructor IADER BARRIOS HERNANDEZ, fueron la base para la aprobación de la licencia de urbanismo y construcción por parte del Jefe de la Oficina Asesora de Planeación del Municipio de Yopal, su prórroga y revalidación; así como para su aprobación por parte de la primera interventoría (COOPERATIVA DE EGRESADOS DE LA USCO Y PROFESIONALES DEL SUR DE COLOMBIA “CREER EN LO NUESTRO”).
Estos estudios y diseños sirvieron de base para la construcción de las torres de apartamentos.
De acuerdo con el informe técnico practicado dentro del trámite de la indagación preliminar que adelantó la CGR, se concluyó que la construcción de la estructura de los bloques de Torres del Silencio, y de los elementos no estructurales, se realizó siguiendo unos parámetros de diseño que no se ajustan a la norma sismo resistente, con el agravante que el municipio de Yopal se encuentra en una zona de alto riesgo de sismicidad .
El efecto del no cumplimiento de la norma sismo resistente, es que se disminuye la capacidad de resistir las fuerzas que les impone la naturaleza o su uso y para incrementar su resistencia a los efectos producidos por los movimientos sísmicos. Existen varios aspectos del diseño que no están conforme a la NSR10, por lo tanto, debido a que el constructor siguió estos diseños y que los mismos fueron aprobados por la interventoría con esas deficiencias, no se garantiza el cumplimiento de las especificaciones mínimas de construcción y la calidad de la estructura de concreto.
Para la Contraloría, se trata de obras que no están en las condiciones necesarias para cumplir con los estándares de seguridad habitacional para la familia y mejorar la calidad de vida, como derecho fundamental de la población, así como tampoco la de garantizar los derechos de las comunidades vulnerables o de menores ingresos, brindando la oportunidad de asegurar una estabilidad.
Aunado a lo anterior, se evidenció deficiencias desde su planeación, ya que no se tuvieron en cuenta algunos parámetros técnicos en la etapa que va desde la formulación del proyecto hasta la finalización de la construcción y entrega de las unidades habitacionales.
La falta de planeación se ve reflejada en las justificaciones para suspender el convenio de cogestión, entre ellas:
*Falta de disponibilidad total de los servicios públicos.
*Falta de habilitación de terrazas.
*Falta total del cierre financiero del proyecto
*Vencimiento del plazo del primer contrato de interventoría.
*Falta de ejecución de las obras de urbanismo, redes eléctricas y terminación del sistema de acueducto.
*Y apropiación de los recursos para contratar una nueva interventoría que garantice el seguimiento y control del convenio.
Situaciones que afectaron la ejecución del proyecto
El plazo de ejecución inicial del proyecto de vivienda era de 12 meses, sin embargo, fue objeto de 7 prórrogas que ascendieron a 34 meses y 23 días para un plazo total de 46 meses y 23 días.
Durante la vigencia del convenio de cogestión No. 0001 de 2011 se suscribieron 5 actas de suspensión de las cuales la suspensión No. 3 tuvo 5 ampliaciones y la No. 5 fue objeto de 8 ampliaciones, para un total de 25 meses y 21 días.
El valor total del convenio de cogestión N° 0001 del 31 de enero de 2011, efectuadas 5 modificaciones y 3 adiciones en valor, ascendió a QUINCE MIL SETECIENTOS NOVENTA Y OCHO MILLONES TREINTA Y TRES MIL DOSCIENTOS TREINTA Y UN PESOS ($15.798.033.231).
Otras circunstancias que afectaron la ejecución del proyecto, producto del incumplimiento por parte del Cogestor IADER WILHELM BARRIOS HERNÁNDEZ, fue la ocupación de hecho que se surtió a finales de diciembre de 2015 y en el 2016, debido a las demoras e incumplimientos para entregar las unidades habitacionales.
Se tiene entonces que luego de diez años no fue posible concluir el proyecto y lo ejecutado no cumple con la norma sismo resistente y el proceso constructivo tuvo muchas deficiencias por temas de calidad, sin contar con los aspectos administrativos, jurídicos, financieros que contribuyeron en la no culminación de la obra.
Fuente: Contraloría General de la República
CASANARE
Joven motociclista pierde la vida y otro queda lesionado en accidente en la Marginal del Llano
Un trágico siniestro vial cobró la vida de un joven motociclista en la noche del domingo 1 de febrero, en jurisdicción del municipio de Yopal. El accidente se registró hacia las 8:45 p. m. en el kilómetro 33+100 de la vía que comunica a Paz de Ariporo con Yopal, cerca a La Yopalosa.
Según información preliminar suministrada por la Dirección de Tránsito y Transporte de la Policía Nacional, el hecho involucró una motocicleta que se desplazaba en sentido Paz de Ariporo–Yopal. Por causas que son materia de investigación, el conductor perdió el control del vehículo, salió de la calzada y terminó impactando contra un objeto fijo (montaña).
Una persona fallecida y otra lesionada
Como resultado del choque, falleció en el lugar Cristian Humberto Tapias Peña, de 20 años de edad, quien conducía la motocicleta. En el mismo vehículo se movilizaba como acompañante Cristian Gutiérrez, quien resultó lesionado y fue trasladado en ambulancia al Hospital Regional de la Orinoquía (HORO), donde recibe atención médica.
Las autoridades de tránsito adelantaron el respectivo procedimiento y señalaron como hipótesis inicial del siniestro la impericia en el manejo por parte del conductor. El hecho enluta a una familia casanareña y reabre el llamado a la prudencia y responsabilidad en las vías del departamento.
CASANARE
Capresoca firmó contrato con el HORO para servicios de mediana y alta complejidad
Capresoca EPS informa a sus usuarios que se encuentran garantizados los servicios de mediana y alta complejidad contemplados en el Plan de Beneficios en Salud (PBS), a través de Contrato suscrito con el Hospital Regional de la Orinoquía – HORO.
Con la firma de este contrato, más de 160 mil afiliados de los 19 municipios del departamento de Casanare cuentan con cobertura para el acceso a servicios de salud de segundo nivel de complejidad, conforme a la capacidad instalada y los servicios debidamente habilitados por el prestador, de acuerdo con la normatividad vigente.
La población afiliada a Capresoca EPS puede acceder a consultas especializadas, ayudas diagnósticas, servicios de laboratorio clínico y procedimientos médicos y quirúrgicos de segundo nivel de complejidad, incluidos únicamente dentro del portafolio de servicios habilitado ante la autoridad sanitaria competente, ratificando el compromiso de la entidad con la cobertura, oportunidad y calidad en la atención en salud.
Se invita a los usuarios a realizar el agendamiento de sus consultas y procedimientos, comunicándose al número de contacto habilitado por el Hospital Regional de la Orinoquía: 300913 26 63.
“Desde Capresoca EPS avanzamos en la consolidación de una red integral que responda a las necesidades en salud de nuestros afiliados. Muestra de ello, es que estamos garantizando los servicios de mediana complejidad con la red pública, dando continuidad a la atención médica”, expresó Betty Cecilia Anaya Nieto, Agente Especial Interventora.
CASANARE
Deuda de Enerca con Sayop sigue creciendo, ya son cerca de $9 mil millones de pesos
La empresa de alumbrado público de Yopal, SAYOP, alertó sobre una millonaria deuda que mantiene la Empresa de Energía de Casanare (Enerca), correspondiente a recursos ya recaudados por concepto del impuesto de alumbrado público, pero que no han sido transferidos de manera oportuna.
Según explicó la gerente de SAYOP, Giovanna Alonso, durante el año anterior Enerca solo realizó transferencias hasta el mes de junio, pese a que el recaudo se hace de forma mensual a través de la factura de energía que pagan puntualmente los usuarios del municipio. Esto significa que, a la fecha, estarían pendientes seis meses de recursos, equivalentes aproximadamente a 9 mil millones de pesos.
La falta de estos recursos ha afectado la operación de la empresa de alumbrado público, limitando la atención de peticiones, quejas y reclamos (PQR) de la ciudadanía, así como el avance de proyectos de expansión y modernización. Para poder continuar con su labor, SAYOP ha tenido que recurrir a estrategias internas como la recuperación y reparación de luminarias en desuso y el trabajo administrativo y técnico con personal propio.
Desde SAYOP se hizo un llamado a Enerca para que, una vez realice el recaudo mensual, efectúe de inmediato la transferencia de los recursos, con el fin de garantizar el normal funcionamiento de ambas entidades y el cumplimiento de las metas establecidas en el plan de desarrollo del alumbrado público de Yopal. La empresa manifestó su expectativa de que en la presente vigencia se normalice esta situación.
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