CASANARE
Siguen creciendo cifras de accidentalidad con víctimas fatales en Yopal durante 2025

Ya son 19 las personas fallecidas en accidentes de tránsito en Yopal en lo que va del año 2025, una cifra alarmante que mantiene en alerta a las autoridades locales.
El año anterior por la misma fecha se habían presentado 18 siniestros con víctimas fatales, de acuerdo con lo expresado por el subcomandante de tránsito de la capital, Diego García, quien mostró preocupación por el aumento de casos, especialmente en siniestros relacionados con motociclistas.
El funcionario hizo referencia a un grave accidente de tránsito que se registró el domingo 27 de abril, alrededor de las 11:40 p.m., en la vía que conduce de Yopal al corregimiento de El Morro. En el hecho, una motocicleta se estrelló contra una estructura de cemento, dejando como resultado la muerte del conductor, identificado como Ángel Daniel Avella, y lesiones de consideración en su acompañante, Camilo Andrés Martínez, quien sufrió fracturas en la clavícula y las costillas.
Según informó el Subcomandante de Tránsito, la principal hipótesis del siniestro apunta a una posible embriaguez del conductor y un exceso de velocidad, factores que habrían ocasionado la pérdida de control del vehículo. Las autoridades continúan con la investigación para esclarecer con exactitud las causas del trágico hecho.
“Bastante preocupante el panorama con los motociclistas, que siguen generando este tipo de conductas a la hora de conducción de estos vehículos, generando una pérdida de vidas bastante alta, especialmente en personas muy jóvenes”, manifestó el Subcomandante García, quien reiteró el llamado a la conciencia vial y recordó que se intensifican operativos y campañas pedagógicas para mitigar esta problemática.
Fuente: El Diario del Llano – HOLA Casanare
CASANARE
Patinadora de 9 años muere en trágico accidente en la Marginal del Llano, en Yopal
CASANARE
Ex Subcomandante de Policía de Casanare sancionada por la Procuraduria por malos tratos

La Procuraduría General de la Nación encontró responsable disciplinariamente y suspendió e inhabilitó en el ejercicio del cargo por doce (12) meses, a la coronel (r) Sandra Yaneth Mora Morales, en su condición de comandante de la Policía Metropolitana de Cúcuta para la época de los hechos.
El Ministerio Público investigó que la entonces coronel se dirigió a una patrullera (subalterna), utilizando vocabulario soez y maltratándola de manera verbal y física, vulnerando la normativa disciplinaria del personal de la Policía Nacional, en especial lo previsto en el artículo 46-3 de la Ley 2196 de 2022. (Estatuto Disciplinario de la Policía).
La conducta de la oficial fue calificada como falta grave cometida con dolo, por lo que deberá responder disciplinariamente.
En aplicación del principio de proporcionalidad y valorando los criterios de graduación de la falta y de la sanción, se determinó que en este caso existían un atenuante y dos agravantes.
Contra esta decisión, la disciplinada interpuso recurso de apelación que será resuelto por la Sala Ordinaria de Juzgamiento de la PGN.
La Coronel (r) Sandra Mora estuvo como Subcomandante en el Departamento de Policía Casanare en años anteriores.
Fuente: El Diario del Llano
CASANARE
Vuelve restricción de motocicletas en horas nocturnas los fines de semana en Yopal

A través del Decreto 116 del 13 de agosto del 2025, la Alcaldía de Yopal prohibió la circulación de motocicletas durante los fines de semana en el municipio, esto con el propósito de evitar que se presenten siniestros viales y por ende pérdidas fatales.
El primer fin de semana en el que se aplicará la medida será el comprendido entre el viernes 15 y el lunes 18 de agosto.
Los horarios de restricción y los demás días de prohibición se relacionan en la siguiente tabla.
De esta medida quedan exceptuadas la fuerza pública, los organismos de seguridad del Estado, la Policía Judicial, las autoridades de tránsito y transporte, los organismos de emergencia y socorro, prevención y salud. Además, personal de empresas de seguridades privadas debidamente identificadas, personas con movilidad reducida, domiciliarios, hotelería y turismo con sus identificaciones que acrediten la prestación del servicio.
El incumplimiento de las medidas adoptadas en este Decreto conllevará a las sanciones correspondientes, la imposición de comparendos de tránsito conforme a lo dispuesto en el literal C numeral 14 del artículo 131 de la ley 769 de 2002, modificado por el artículo 21 de la ley 1383 de 2010 y demás normas aplicables según el caso.
Fuente: El Diario del Llano
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