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14 de octubre, Día Mundial de la Donación de Órganos y Tejidos, cada vez más frecuente en Colombia

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DONACIÓN ÓRGANOS Y TEJIDOS

De acuerdo con el Instituto Nacional de Salud, la donación de tejidos aumentó durante el último año, luego de un decrecimiento durante la pandemia, reflejando un panorama alentador con un incremento del 24% en la donación de piel y tejido osteomuscular durante el 2023. Durante este mes de octubre, más de 4.000 personas están en lista de espera para un trasplante de órgano en el país: 3.737 aguardan un trasplante de riñón, 580 de córneas, 178 de hígado, 48 de pulmón, 22 de corazón, 3 de páncreas, 1 de intestino, entre otros órganos y tejidos.

A diferencia de la donación de membranas como las córneas, el tejido osteomuscular, vascular y piel no tienen una lista de espera, sin embargo, a pesar de tener una mayor disponibilidad, esta no logra suplir la cantidad requerida por los pacientes.

En el país, la ley establece que todos los colombianos son considerados donantes, a menos que manifiesten lo contrario en vida. Esto implica que la disponibilidad de órganos y tejidos no depende únicamente del consentimiento familiar, sino también de que cada persona ejerza su derecho a la donación como acto de solidaridad y bien social. Motivo por el cual, el Hospital San Vicente Fundación Medellín enfatiza la importancia de seguir promoviendo la donación voluntaria entre los pacientes y familiares, generando conciencia sobre su impacto en la vida de otros.

“En el marco del Día Mundial de la Donación de Órganos, Tejidos y Trasplantes, desde el Hospital San Vicente Fundación Medellín queremos destacar que la donación de tejidos es fundamental para mejorar la capacidad funcional y condiciones de salud de pacientes con procesos de salud específicos. Somos pioneros en ofrecer tejidos osteomusculares y piel, con 17 años de experiencia, y nuestro Banco de Tejidos es referenciado como el primer banco multipropósito del país. A través de nuestra labor, brindamos soluciones efectivas a pacientes politraumatizados, oncológicos, quemados, entre otros, lo que destaca la importancia de esta acción generosa en la medicina actual”, expresó Carlos Andrés Pérez, director técnico-científico del Banco de Tejidos del Hospital San Vicente Fundación Medellín.

Los tejidos que pueden donarse incluyen piel, utilizada para el cubrimiento de pacientes con lesiones por quemaduras de diferente origen; tejido osteomuscular, empleado en intervenciones para el reemplazo de segmentos óseo en patología oncológica o traumática y reconstrucción de ligamentos; tejidos oculares, buscando principalmente la recuperación de la capacidad visual perdida por traumas o enfermedades; y tejidos cardiovasculares, utilizados en procedimientos para reparar o reemplazar vasos sanguíneos dañados y válvulas cardíacas. La donación de estos tejidos es crucial en diversas especialidades médicas, como ortopedia, neurocirugía, cirugía general, cirugía plástica y maxilofacial. Su amplio rango de aplicaciones beneficia a pacientes con cáncer, traumas, quemaduras y otras condiciones médicas.

“En el imaginario de la mayoría de las personas solo existe la donación de órganos; sin embargo, la donación de tejidos también mejora la salud de muchos pacientes. Para convertirse en donante de tejidos, lo más importante es conversar este tema con la familia y registrar la voluntad en la página del Instituto Nacional de Salud. Según el Consejo Iberoamericano de Donación y Trasplantes, durante el 2022, España y Estados Unidos lideraron el listado de países que realizaron este procedimiento, con aproximadamente 50 donantes por millón de habitantes, mientras que Colombia ocupó el quinto lugar en América Latina con 6.4 donantes por millón de habitantes. Este dato, aunque alentador, nos recuerda que aún hay camino por recorrer. Fomentar la donación es un llamado urgente a la conciencia colectiva para salvar vidas y transformar realidades”, afirmó Carlos Andrés Pérez, director técnico científico del Banco de Tejidos del Hospital San Vicente Fundación Medellín.

El Banco de Tejidos del Hospital San Vicente Fundación Medellín colabora estrechamente con diversas instituciones de la región, brindando soporte en la donación y trasplante de tejidos. En 2023, el Hospital alcanzó un acumulado histórico de 12.851 despachos de tejidos a estas instituciones, un proceso avalado por el Invima y su Certificación de Buenas Prácticas.

Esta labor tiene un impacto significativo al mejorar la calidad de vida de un gran número de personas, ya que se estima que cada donante puede beneficiar a más de 70 pacientes. Durante el 2023 más de 1.100 pacientes recibieron implantes de tejidos provenientes de este banco.

El Hospital San Vicente Fundación Medellín invita a la comunidad a unirse a esta noble causa y convertirse en donantes de tejidos, un acto de generosidad que representa una esperanza de vida para quienes más lo necesitan.

Fuente: Comunicaciones Hospital San Vicente Fundación Medellín

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ICETEX amplía plazo para que beneficiarios accedan al plan de oportunidades

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Para que más beneficiarios del ICETEX con dificultades en sus pagos se pongan al día y obtengan medidas que por primera vez la entidad ha implementado para ellos, el instituto ha extendido hasta el 31 de diciembre de este año la oportunidad de realizar acuerdos de extinción de la deuda y obtengan con su cumplimiento de condonación de hasta el 80% en el capital y del 100% en intereses corrientes vencidos y moratorios.

La medida que se encuentra vigente desde el pasado 1 de abril ya ha beneficiado a 22.876 colombianos con dificultades en sus pagos y que ya han hecho acuerdos. Con el cumplimiento de su nuevo plan de pago por parte de estas personas, el ICETEX estaría condonando 422.000 millones de pesos.

Es importante señalar que el descuento por concepto de la condonación parcial de capital para cartera de difícil recuperación o cartera castigada se hará efectivo cuando el deudor cumpla en su totalidad con el acuerdo de pago.

¿Cómo acceder al Plan de Oportunidades para Cartera Castigada?

  • Ingresa a www.icetex.gov.co
  • Da clic al banner del Plan de Oportunidades.
  • Encuentras las opciones del semáforo para dar clic al que se ajuste a tu situación. En este caso, ‘Cartera Castigada’.
  • Al dar clic encontrarás la información de cada medida y consultarás con tu número de cédula cuál Plan te corresponde.

Una vez hecha la consulta, contáctanos, ya sea por:

También el ICETEX dispone Plan de Oportunidades para condonación parcial de capital por pago anticipado

Pero es no es todo. Mientras se amplía el Plan de Oportunidades para personas con cartera castigada, el ICETEX también tiene abierto de manera permanente y hasta agosto de 2026 el Plan para quienes están al día con su crédito y se han destacado por su comportamiento de pago al cancelar sus última 12 cuotas antes de su fecha de vencimiento.

Ya son 12.000 jóvenes con excelente comportamiento en su del último año que han solicitado aplicar a esta oportunidad de pago anticipado para que, al cancelar el saldo de su deuda, puedan tener condonación de capital de su crédito de hasta el 24,3 %.

Fuente: ICETEX

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JEP ordena revisar inclusión en sus registros de víctimas de secuestros de las extintas Farc-EP

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La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) le ordenó a la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas (UARIV) revisar la inclusión de 2.721 víctimas de secuestro por las extintas Farc-EP en sus registros oficiales.

Estas víctimas, tanto sobrevivientes como familiares, han participado en el proceso judicial del Caso 01 de la Jurisdicción, que investiga los secuestros.

Esta decisión, adoptada por la magistrada Julieta Lemaitre Ripoll, de la Sala de Reconocimiento, responde a las reiteradas solicitudes de estas víctimas durante la investigación. A través de escritos y en audiencias públicas, han insistido en su derecho a ser reparadas de manera individual o de acceder a las medidas de atención, asistencia y reparación que ofrece la Unidad para las Víctimas.

Si bien uno de los objetivos principales de la JEP es investigar y sancionar a los máximos responsables de los crímenes más graves del conflicto, esta Jurisdicción además tiene “una serie de obligaciones específicas para contribuir no solo a la satisfacción del derecho a la verdad de las víctimas (…) sino también a la satisfacción del derecho a la reparación integral”, como lo ha reiterado la jurisprudencia de la JEP.

Ante este panorama, la JEP ordenó a la Unidad para las Víctimas que, tras llevar a cabo su propio proceso de verificación y análisis, incluya en el Registro Único de Víctimas (RUV) a las víctimas de secuestro que aún no están registradas en esa base de datos. Para eso tendrá hasta el 1 de septiembre de 2025. Esta inclusión les permitirá acceder a las medidas de reparación y asistencia a las que tienen derecho.

La JEP también le ordenó revisar los casos de aquellas personas que ya están incluidas en el Registro Único de Víctimas (RUV), pero que no han sido reconocidas por la totalidad de los hechos de los que fueron víctimas. Además, deberá evaluar si procede, según la Ley de reparación integral para víctimas del conflicto armado (Ley 1448 de 2011), el pago de la indemnización y la garantía de otras medidas de reparación.

La Unidad para las Víctimas deberá además revisar los casos de aquellas personas registradas como víctimas indirectas de secuestro, pero que también son víctimas directas de otros crímenes cometidos por la extinta guerrilla durante el cautiverio. Estos crímenes incluyen homicidio, violencia sexual, desplazamiento forzado, esclavitud, desaparición forzada, tortura y tratos crueles e inhumanos.

Como parte del proceso de seguimiento a esta orden judicial, la institución deberá presentar tres informes periódicos y uno final al despacho de la magistrada Lemaitre. El primero está programado para el 2 de diciembre de 2024, el segundo para el 3 de marzo de 2025 y el tercero para el 2 de junio de 2025. Estos informes no solo deben comunicar los avances alcanzados, sino también identificar lo que hace falta para resolver la situación de las víctimas en el RUV.

El informe final, que la Unidad para las Víctimas debe presentar el 1 de septiembre de 2025, debe incluir: La información consolidada en carpetas digitales por cada núcleo familiar, donde esté la documentación de las víctimas y las decisiones tomadas por la entidad. Asimismo, una matriz con la información consolidada por cada víctima que especifique, de manera resumida, qué se decidió en cada caso y por qué. También debe quedar claro a qué medidas de asistencia, atención y reparación integral han accedido las víctimas.

Estas víctimas están representadas por la Federación Colombiana de Víctimas de las Farc (FEVCOL), Fundación IPS para el Desarrollo Humano Integral del Sur Colombiano (FUNIPSI), Instituto Internacional de Responsabilidad Social y Derechos Humanos (IIRESODH) y el Sistema Autónomo de Asesoría y Defensa (SAAD- Víctimas). Tanto este despacho como las organizaciones representantes de víctimas deben aportar a la Unidad para las Víctimas toda la información necesaria para que se realice el proceso de inclusión al RUV.

El Ministerio Público, por su parte, debe garantizar la articulación con la Unidad para las Víctimas para tomar las declaraciones de aquellas víctimas que aún no han presentado su testimonio. Este esfuerzo se debe llevar a cabo con la mayor brevedad posible, con el objetivo de asegurar que todas las voces sean escuchadas y que el proceso avance de manera efectiva.

Fuente: Jurisdicción Especial para la Paz – JEP

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Menores deben viajar con sus padres o con un adulto autorizado, si utilizan transporte público

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El Gobierno Nacional emitió Resolución para que el transporte público funcione en pro de la seguridad y protección de los usuarios, en especial por la protección de los niños, niñas y adolescentes que pueden ser sujetos de explotación, la pornografía y el turismo sexual, previniendo así su explotación sexual y comercial .

A partir de la fecha corresponde a las empresas de servicio público de transporte terrestre de pasajeros, terminales de transporte terrestre automotor de pasajeros por carretera, conductores del servicio del transporte terrestre de pasajeros que antes (realizando medidas preventivas), durante (la seguridad del menor durante el transporte) y finalizado el servicio de transporte (el destino al que llega no sea un sitio destinado a la explotación sexual, o si viaja solo entregar a la persona autorizada de recogerlo), se garantice la protección de los niños, niñas y adolescentes, así como, la obligación no solo de los anteriores actores, sino de la sociedad en general de denunciar ante las autoridades competentes, cuando una persona ofrezca, pregunte o facilite el comercio carnal o la explotación sexual de una niña, niño o adolescente.

DOCUMENTOS DE IDENTIDAD VÁLIDOS

Se entienden como documentos válidos para la identificación de personas, aquellos que establezca la Registraduría Nacional del Estado Civil o la Unidad Administrativa Especial de Migración Colombia, según su competencia los, siguientes:

Mayores de edad que emiten autorizaciones (si viaja solo el niño, niña o adolescente), o viajan con los menores, o son autorizados para recogerlos:

  • Cédula de ciudadanía o su contraseña por trámite de expedición
  • Cédula de extranjería
  • Pasaporte
  • Permiso especial de permanencia
  • Para las niñas, niños o adolescentes. 
  • Registro civil de nacimiento hasta los seis (6) años
  • b. Tarjeta de identidad desde los siete (7) años c.
  • Pasaporte

CONDICIONES DE LAS AUTORIZACIONES DE VIAJE

La autorización de padre/madre o tutor legal deberá:

Describir:

  • A. Nombre completo del padre, madre o tutor legal y su documento de identificación
  • B. Calidad en que actúa (parentesco, tipo de parentesco o tutoría legal)
  • C. Número telefónico de contacto
  • D. Correo electrónico de contacto
  • E. Dirección física
  • F. Sexo: hombre, mujer, intersexual.
  • G. género: 1. masculino, 2. femenino, 3. hombre transgénero, 4. mujer transgénero, 5. persona no binaria 6. prefiero no decir.
  • H. Nombre del adulto mayor de edad autorizado a viajar con el la niña, niño o adolescente.
  • I. En caso de viajar sola o solo, nombre completo, documento de identificación de la persona autorizada para recibir el menor y su información de contacto.
  • J. Nombre completo y documento de identificación del niño, niña o adolescente (menor).
  • K. Si tiene discapacidad o no, en caso de tenerla; marcar con X, cual es su tipo de discapacidad de las siguientes categorías:
  • L. Discapacidad: física, visual, auditiva, cognitiva – intelectual, mental – psicosocial, sordoceguera y múltiple.
  • M. ¿Pertenece a alguna comunidad étnica? Y en caso de marcar sí, colocar una X en qué tipo de población étnica pertenece, así: Rom, palenquero, raizal, gitano, otros.
  • N. Fecha del viaje
  • O. Origen-destino
  • P. Manifestación expresa de autorización del viaje de la niña, niño o adolescente.
  • Q. Firma de quien autoriza

Anexar:

  • Copia del documento que pruebe el parentesco
  • Copia del documento del mayor de edad al que se autoriza

La empresa de transporte podrá diseñar un formulario electrónico para el otorgamiento de las autorizaciones, con el cumplimiento de los requisitos descritos anteriormente. El sistema deberá garantizar tanto el cumplimiento de las disposiciones sobre mensajes de datos, especialmente la integridad, conservación y disponibilidad para copia o consulta por parte de los padres o tutor legal y de las autoridades, como la accesibilidad del mismo, acorde a la normatividad vigente.

Toda compra electrónica de tiquete deberá advertir de la existencia de condiciones especiales en caso de viaje de menores y de la necesidad de diligenciar el formulario o de portar la autorización bajo las reglas indicadas y exhibirla al personal de la empresa al abordar el vehículo, indicando que de no registrarse o portarse los documentos o la autorización, la empresa podrá negarse a cumplir el contrato de transporte.

Las autoridades advierten que las empresas que no cumplan con la verificación de identidad y permisos de traslado de los menores, no podrán permitir que el menor viaje.

Fuente: Ministerio de Transporte

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