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JEP ordena revisar inclusión en sus registros de víctimas de secuestros de las extintas Farc-EP

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La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) le ordenó a la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas (UARIV) revisar la inclusión de 2.721 víctimas de secuestro por las extintas Farc-EP en sus registros oficiales.

Estas víctimas, tanto sobrevivientes como familiares, han participado en el proceso judicial del Caso 01 de la Jurisdicción, que investiga los secuestros.

Esta decisión, adoptada por la magistrada Julieta Lemaitre Ripoll, de la Sala de Reconocimiento, responde a las reiteradas solicitudes de estas víctimas durante la investigación. A través de escritos y en audiencias públicas, han insistido en su derecho a ser reparadas de manera individual o de acceder a las medidas de atención, asistencia y reparación que ofrece la Unidad para las Víctimas.

Si bien uno de los objetivos principales de la JEP es investigar y sancionar a los máximos responsables de los crímenes más graves del conflicto, esta Jurisdicción además tiene “una serie de obligaciones específicas para contribuir no solo a la satisfacción del derecho a la verdad de las víctimas (…) sino también a la satisfacción del derecho a la reparación integral”, como lo ha reiterado la jurisprudencia de la JEP.

Ante este panorama, la JEP ordenó a la Unidad para las Víctimas que, tras llevar a cabo su propio proceso de verificación y análisis, incluya en el Registro Único de Víctimas (RUV) a las víctimas de secuestro que aún no están registradas en esa base de datos. Para eso tendrá hasta el 1 de septiembre de 2025. Esta inclusión les permitirá acceder a las medidas de reparación y asistencia a las que tienen derecho.

La JEP también le ordenó revisar los casos de aquellas personas que ya están incluidas en el Registro Único de Víctimas (RUV), pero que no han sido reconocidas por la totalidad de los hechos de los que fueron víctimas. Además, deberá evaluar si procede, según la Ley de reparación integral para víctimas del conflicto armado (Ley 1448 de 2011), el pago de la indemnización y la garantía de otras medidas de reparación.

La Unidad para las Víctimas deberá además revisar los casos de aquellas personas registradas como víctimas indirectas de secuestro, pero que también son víctimas directas de otros crímenes cometidos por la extinta guerrilla durante el cautiverio. Estos crímenes incluyen homicidio, violencia sexual, desplazamiento forzado, esclavitud, desaparición forzada, tortura y tratos crueles e inhumanos.

Como parte del proceso de seguimiento a esta orden judicial, la institución deberá presentar tres informes periódicos y uno final al despacho de la magistrada Lemaitre. El primero está programado para el 2 de diciembre de 2024, el segundo para el 3 de marzo de 2025 y el tercero para el 2 de junio de 2025. Estos informes no solo deben comunicar los avances alcanzados, sino también identificar lo que hace falta para resolver la situación de las víctimas en el RUV.

El informe final, que la Unidad para las Víctimas debe presentar el 1 de septiembre de 2025, debe incluir: La información consolidada en carpetas digitales por cada núcleo familiar, donde esté la documentación de las víctimas y las decisiones tomadas por la entidad. Asimismo, una matriz con la información consolidada por cada víctima que especifique, de manera resumida, qué se decidió en cada caso y por qué. También debe quedar claro a qué medidas de asistencia, atención y reparación integral han accedido las víctimas.

Estas víctimas están representadas por la Federación Colombiana de Víctimas de las Farc (FEVCOL), Fundación IPS para el Desarrollo Humano Integral del Sur Colombiano (FUNIPSI), Instituto Internacional de Responsabilidad Social y Derechos Humanos (IIRESODH) y el Sistema Autónomo de Asesoría y Defensa (SAAD- Víctimas). Tanto este despacho como las organizaciones representantes de víctimas deben aportar a la Unidad para las Víctimas toda la información necesaria para que se realice el proceso de inclusión al RUV.

El Ministerio Público, por su parte, debe garantizar la articulación con la Unidad para las Víctimas para tomar las declaraciones de aquellas víctimas que aún no han presentado su testimonio. Este esfuerzo se debe llevar a cabo con la mayor brevedad posible, con el objetivo de asegurar que todas las voces sean escuchadas y que el proceso avance de manera efectiva.

Fuente: Jurisdicción Especial para la Paz – JEP

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Abiertas las inscripciones para asignar plazas de Servicio Social Obligatorio en salud 2025

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servicio social obligatorio

El Ministerio de Salud y Protección Social, a través de su dirección de Desarrollo del Talento Humano en Salud, anunció que el próximo 17 de julio del 2025 se llevará a cabo el tercer proceso de asignación de plazas de Servicio Social Obligatorio de 2025, por lo cual se invita a los profesionales en bacteriología, enfermería, medicina y odontología interesados, a inscribirse entre el 25 de junio al 2 de julio de 2025.

Para este proceso, las secretarias de departamentales y distritales de salud reportaron 1.403 plazas disponibles, distribuidas entre las diferentes profesiones y regiones del país.

Es importante que los profesionales que desean presentarse al proceso de asignación de plazas al Servicio Social Obligatorio tengan en cuenta lo siguiente:

1. Las inscripciones solo se pueden adelantar en la página web del Ministerio de Salud y Protección Social:
https://tramites.minsalud.gov.co/TramitesServicios/DefaultSSO.aspx

2. Leer y atender las indicaciones del instructivo, que explica el proceso de diligenciamiento y el seguimiento al trámite.

3. Diligenciar correctamente el formulario de inscripción.

4. Revisar y seleccionar las cinco plazas de su interés, además de organizar los departamentos en el orden de preferencia: https://www.minsalud.gov.co/sites/rid/Lists/BibliotecaDigital/RIDE/VS/TH/plazas-disponibles-iii-sso-2025.pdf

5. Adjuntar los soportes de los documentos relacionados al momento de diligenciar el formulario de inscripción.

Los requisitos de inscripción, las plazas vacantes y demás información relacionada con el proceso de asignación, se encuentran dispuestos en el sitio web del ministerio: https://url.minsalud.gov.co/1ww7y directamente en el Repositorio Institucional Digital – RID.

También se dispuso de una Mesa de Ayuda para los profesionales que requieran apoyo durante el proceso, la cual estará disponible durante el periodo de inscripción, de lunes a viernes, desde las 7:00 a.m. hasta las 6:00 p.m. en jornada continua, y los sábados de 8:00 a.m. a 1:00 p.m.

Los interesados pueden comunicarse en Bogotá en el número 6013305043 o a través de la línea gratuita nacional 01 8000 96 00 20.

También pueden escribir al correo electrónico: serviciosocialobligatorio@minsalud.gov.co

Fuente: Minsterio de Salud y Protección Social

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¿Por qué duele tanto la pérdida de una mascota?, ¿Cómo superar ese duelo?

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Perder una mascota puede ser tan doloroso cómo perder a un familiar. Aunque muchas veces se minimiza este tipo de duelo, la ciencia y la psicología clínica han demostrado que el vínculo afectivo entre humanos y animales de compañía tiene una profunda carga emocional. “Cuando alguien pierde a su perro o su gato, no pierde solo a un animal: pierde un compañero de vida”, afirma la psicóloga clínica Liliana Carvajal, especialista en salud emocional y acompañamiento al duelo.

Según estudios recientes de la Universidad de Hawaii, el 30% de las personas que pierden una mascota experimentan un dolor comparable al luto por un ser humano. En Colombia, donde más del 60% de los hogares tiene al menos un animal de compañía, hablar de este tema con apertura es urgente para una salud mental integral.

“El duelo por una mascota es legítimo, profundo, y debe ser acompañado con el mismo respeto con el que tratamos cualquier otro proceso de pérdida”, enfatiza Carvajal.

¿Por qué nos duele tanto?

Los animales de compañía generan rutinas, afecto incondicional, compañía emocional y sensación de propósito. Cuando se van, el vacío no es simbólico: es real y diario. Además, el duelo puede estar acompañado de decisiones difíciles, como la eutanasia, y sentimientos de culpa que intensifican el dolor.

“Hay personas que viven esta pérdida en silencio, sin sentir que tienen derecho a llorar o a hablar de lo que sienten. Pero ocultar el duelo lo puede cronificar. Hablarlo y llorarlo es necesario”, explica la experta.

Claves para un duelo sano

Liliana Carvajal propone cinco claves para transitar el duelo por una mascota de forma saludable:

1. Validar el dolor: No minimizarlo ni dejarse invalidar por frases como “era solo un perro”.

2. Ritualizar la despedida: Hacer una ceremonia simbólica, escribir una carta, plantar un árbol en su honor.

3. Hablarlo con personas empáticas: No todos entenderán. Busque quienes sí lo hagan.

4. Aceptar emociones diversas: Desde la tristeza hasta el enojo, la culpa o el alivio.

5. Transformar el recuerdo en legado: Conservar fotos, escribir anécdotas, donar en su nombre.

“Las emociones no expresadas se quedan en el cuerpo. Nombrarlas y llorarlas es una forma de amor propio”, agrega Carvajal.

¿Cuándo buscar ayuda profesional?

Aunque cada duelo tiene su ritmo, si después de varias semanas la persona no puede retomar sus actividades, tiene insomnio constante, llanto diario o pensamientos negativos recurrentes, puede estar enfrentando un duelo complicado. En esos casos, la psicoterapia individual puede ayudar a elaborar el duelo de forma compasiva.

También es importante acompañar a los niños en estos procesos. Para muchos, la muerte de una mascota es su primer contacto con la pérdida. Usar un lenguaje claro, permitirles participar en la despedida y responder a sus preguntas con honestidad es fundamental.

Un llamado a la empatía

La doctora Liliana Carvajal concluye con un llamado a no subestimar el dolor de quienes atraviesan la muerte de su animal de compañía:

“Acompañar a alguien en duelo no es dar consejos. Es ofrecer escucha, empatía y validación. El amor que se construye con un animal merece ser despedido con dignidad.”

Fuente: Martecomunica

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¿Sabe qué es el SIUCE? ¿Qué tiene que ver con la convivencia escolar de los colegios?

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En Colombia, existe el Sistema de Información Unificado de Convivencia Escolar (SIUCE), una plataforma del Ministerio de Educación Nacional que permite a las instituciones educativas tanto públicas como privadas reportar, gestionar y hacer seguimiento a las situaciones que ponen en riesgo la convivencia y los derechos de niños, niñas y adolescentes en los entornos escolares.

En este sistema de registro se pueden documentar casos relacionados con: acoso y violencia escolar, embarazo en adolescentes, consumo de sustancias psicoactivas, y vulneración de derechos sexuales y reproductivos. Esta herramienta busca generar información confiable para apoyar la toma de decisiones que contribuyan a construir políticas públicas, ambientes escolares seguros, respetuosos y protectores, así como permite dejar en sus seguimientos la trazabilidad de las rutas y protocolos de atención a las situaciones que impactan el clima escolar.

¿Quiénes pueden hacer los registros en el SIUCE?

El uso del SIUCE es una responsabilidad que está a cargo de:

  • Los directivos docentes (rectores y directores): quienes deben liderar el reporte de casos, realizar seguimiento y garantizar el cumplimiento de la Ruta de Atención Integral de Convivencia Escolar.
  • Los docentes: quienes pueden apoyar a identificar, reportar y acompañar las situaciones que afecten la convivencia escolar de acuerdo con las rutas y protocolos contextualizados a su Establecimiento Educativo.
  • Los docentes orientadores escolares: quienes apoyan el proceso de acompañamiento, remisión y seguimiento de los casos.

Cada usuario puede ingresar a hacer el reporte en: http://siuce.mineducacion.gov.co/siuce-angular2/. Según datos del SIUCE, desde 2020 y hasta junio de este año se han registrado 13.429 casos relacionados con acoso escolar, ciberacoso y agresión escolar.

¿Cómo se usa el SIUCE?

Cada establecimiento educativo debe ingresar con el usuario proporcionados por parte del Ministerio de Educación Nacional (si no se cuenta con este, puede realizar la solicitud mediante el sistema de atención al ciudadano) y para la contraseña debe seguir los pasos que están relacionados en el video que encuentra en este enlace.

Para el registro de las situaciones se debe describir detalladamente el caso, incluyendo los nombres, documentos, lugar de ocurrencia y hechos. Asimismo, a través del sistema se deben dejar consignados los seguimientos del abordaje de la situación por parte de los establecimientos educativos, Policía Nacional (situaciones tipo III) y el ICBF (situaciones tipo II que ameriten medidas de restablecimiento de derechos). El sistema permite documentar las acciones finales y dar cierre a las situaciones, siempre que se haya hecho el seguimiento correspondiente.

En el siguiente enlace pueden consultar videos tutoriales para el registro de situaciones: Sistema de Información Unificado de Convivencia Escolar – SIUCE- | Ministerio de Educación Nacional

¿Qué pasa con los casos registrados?

Los casos reportados en el SIUCE permiten de manera sistematizada dejar incorporada la información de cómo se realizó el abordaje de la situación dando cuenta de los protocolos de la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar, así como posibilita hacer seguimiento a los compromisos, prácticas restaurativas y estrategias de prevención para la no repetición de situaciones que afectan a los niños, niñas y adolescentes.

El SIUCE también genera reportes para que cada una de las instancias: Comité escolar de Convivencia, Comités territoriales y el Comité Nacional puedan establecer estrategias, programas, políticas y acciones acorde a las realidades de lo que sucede en los entornos escolares para ello es fundamental el análisis de la información, establecer indicadores y planes de acción acordes a la lectura realizada de cada contexto.

Fuente: Comunicaciones MinEducación

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