NACIONALES
Preocupación por tutela que ordena suspender exploración en pozo Uchuva 2
La Asociación Colombiana del Petróleo y Gas (ACP) y la Asociación Colombiana de Gas Natural (Naturgas) manifestaron su preocupación por el fallo de tutela que ordena la suspensión de la actividad de exploración de gas natural en el pozo Uchuva 2.
Las empresas de la industria del gas natural respetan y acatan las decisiones judiciales, sin embargo, esta decisión compromete el abastecimiento de gas natural que beneficia hoy a 36 millones de colombianos, aun cuando las entidades competentes demostraron que no se vulneró el derecho fundamental a la consulta previa a la comunidad indígena de Taganga.
En relación con el proyecto de Uchuva 2 y el cumplimiento de los trámites requeridos para su ejecución, la ACP y Naturgas señalan que el Bloque Tayrona del que hace parte el pozo Uchuva 2, está localizado a 31 kilómetros de la línea de costa, en aguas profundas (837 metros de lámina de agua) en mar territorial colombiano, en donde la empresa operadora ha ejecutado diversas actividades por más de 20 años, en cumplimiento del contrato firmado en 2004 con la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH).
Las actividades exploratorias ejecutadas fueron aprobadas por las autoridades competentes. La empresa operadora ha cumplido con todos los requisitos regulatorios y trámites requeridos, incluyendo la Determinación de la No presencia de Comunidades Indígenas en el área de influencia del proyecto, el licenciamiento ambiental, y la obtención de los permisos de la Dirección General Marítima (DIMAR). Sus actividades se han adelantado cumpliendo los más altos estándares de calidad y sin ningún impacto ambiental registrado.
Con la ejecución del proyecto NO se vulneró el derecho fundamental a la consulta previa a ninguna comunidad indígena, toda vez que la Dirección de Consulta Previa del Ministerio del Interior (DANCP), mediante Resolución ST-1630 de 2023, confirmó la NO presencia de comunidades étnicas en el área de influencia del proyecto, y por tanto tampoco su afectación directa.
La certificación de no presencia de comunidades étnicas en el área de influencia del proyecto ha sido reiterada por la entidad en varios actos administrativos. Y en los 18 años que la empresa lleva ejecutando el proyecto, nunca se había manifestado ningún requerimiento o reporte de impactos por parte de la comunidad.
Tampoco se encuentra demostrada afectación directa relacionada con la actividad de pesca artesanal, teniendo en cuenta que las conclusiones del Instituto de Investigaciones Marinas y Costeras (INVEMAR), organización adscrita al Ministerio de Ambiente, confirmó la no existencia de actividad de pesca artesanal en el área de influencia del proyecto. Conclusión confirmada también por la ANLA.
En cuanto a la afectación a la seguridad energética, los gremios profundizaron en que:
- En Colombia, exceptuando los proyectos costa afuera (incluido Uchuva), los nuevos descubrimientos son insuficientes para reponer las reservas de petróleo y gas que se consumen. Los proyectos costa afuera tienen una alta prospectividad para gas, la cual es clave para revertir la disminución crítica y progresiva que vienen registrando las reservas de gas en el país; desde 2012 han caído en un 58%.
- El índice de reposición de reservas en los últimos 10 años (2014-2023) es del 25%, es decir, que se está descubriendo menos gas del que se produce/consume, de cada 10 pies cúbicos que se producen, se adicionan 2,5. Por lo anterior, el factor Reservas/Producción también evidencia una crítica situación en la disponibilidad de gas, ratificando la necesidad de aumentar la exploración y el desarrollo de este energético, así como de resolver las contingencias para incrementar las reservas y la producción.
- En 2023 se registró un incremento en recursos contingentes existentes del 29%, de los cuales la mayoría corresponde a recursos costa afuera. Este incremento es resultado del trabajo e inversiones realizadas por las empresas, y para viabilizarlos e incorporarlos como reservas se requiere exploración y desarrollo.
Finalmente, la ACP y Naturgas reiteran que es crucial que el país mantenga un entorno de estabilidad jurídica que favorezca el desarrollo de proyectos esenciales para su futuro energético, sin comprometer los derechos de las comunidades ni la seguridad energética del país; y hacen un llamado al trabajo articulado y al diálogo constructivo con todos los actores nacionales y regionales para asegurar que los colombianos sigan contando con un abastecimiento confiable y sostenible de gas natural.
Fuente: Asociación Colombiana del Petróleo y Gas (ACP) y la Asociación Colombiana de Gas Natural (Naturgas)
NACIONALES
Ecopetrol libera cerca de 60 millones de barriles diarios de gas natural para garantizar suministro nacional
El Grupo Ecopetrol continúa adoptado decisiones estratégicas que garanticen el suministro de gas natural en todo el país.
A la asignación adicional de 2,7 Gbtu (millones de barriles diarios) de gas natural para garantizar el suministro de gas natural vehicular en Casanare y Meta, se suma un nuevo anuncio de comercialización del energético.
A partir del 1º de diciembre de 2025 la compañía ofrecerá para la venta entre 46 y 60 Gbtud de sus campos del Piedemonte Llanero. Estas cantidades equivalen aproximadamente al 20% de la demanda residencial, comercial y de gas natural vehicular del país.
La empresa estatal informó que este gas adicional estará disponible desde el 1 de diciembre de 2025 hasta el 31 de mayo de 2026, y se ofrecerá en dos modalidades definidas en la regulación vigente:
– En firme, que garantiza el suministro continuo durante el periodo contratado.
– Con interrupciones, que permite suspender el suministro en caso de limitaciones, según las reglas establecidas.
De acuerdo con Ecopetrol, en la modalidad ‘En firme’ se ofrecerán cantidades que van desde 23 hasta 35 Gbtud para los meses de marzo a mayo de 2026, y serán comercializadas durante el trimestre de negociación que inicia en diciembre de 2025.
Y en la modalidad de ‘Interrumpible’ se ofrecerán cantidades desde 22 hasta 49 Gbtud para los meses de diciembre de 2025 a mayo de 2026, y serán comercializadas mensualmente, teniendo en cuenta las condiciones regulatorias vigentes que señalan que para el trimestre de diciembre a febrero sólo se permite la comercialización de gas bajo la modalidad Interrumpible.
“En Ecopetrol seguimos comprometidos en el abastecimiento de gas natural para todos los colombianos. Gracias a esfuerzos recientes de eficiencia, optimización y sustitución energética en varios de nuestros procesos productivos por energía proveniente de fuentes renovables no convencionales, podemos liberar mayores volúmenes para amentar la oferta de gas provenientes de nuestros campos en el Piedemonte Llanero”, declaró Bayron Triana Arias, Vicepresidente Ejecutivo de Energías para la Transición, de Ecopetrol.
Agregó el directivo que este incremento en la oferta refleja el compromiso de la compañía estatal con el país y con la transición energética. “Así avanzamos hacia un futuro con más energía limpia y más seguridad energética para todos los colombianos, y se contribuye al cumplimiento de los objetivos de descarbonización y las metas de transición energética del Grupo Ecopetrol”, aseguró.
NACIONALES
La JEP no aceptó al exjefe jurídico de la Gobernación de Casanare en gobierno de Raúl Flórez
La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) rechazó la solicitud de sometimiento presentada por Henry Villarraga Oliveros, exmagistrado del Consejo Superior de la Judicatura, al considerar que no cumplió con el requisito de aportar verdad plena, presentó argumentos exculpatorios y negó la existencia de patrones macrocriminales ampliamente demostrados en su contra.
Según la decisión de la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas, Villarraga omitió información clave que habría permitido esclarecer su presunto papel en el encubrimiento de graves crímenes del conflicto armado, particularmente en el caso del coronel (r) Robinson González del Río, investigado por ejecuciones extrajudiciales conocidas como “falsos positivos”.
La JEP recordó que contra Villarraga cursan varios procesos penales y disciplinarios por, presuntamente, ofrecer asesoría ilegal al oficial retirado y comprometerse a influir para que uno de sus procesos fuera trasladado a la Justicia Penal Militar, buscando garantizar impunidad frente a crímenes de guerra y de lesa humanidad.
El tribunal especial concluyó que el exmagistrado incumplió las condiciones básicas exigidas para acceder a los beneficios del sistema transicional, pues su aporte se limitó a justificar sus actuaciones con argumentos jurídicos y a cuestionar el trabajo de la Fiscalía General de la Nación, alegando una supuesta “guerra jurídica” contra miembros de la fuerza pública.
Para la Sala, requerir nuevamente al solicitante para que hiciera un aporte de verdad sustancial representaría un desgaste injustificado del aparato judicial, más aún cuando Villarraga ha tenido múltiples oportunidades para hacerlo en los procesos que se adelantan en su contra.
El expediente fue remitido a la Comisión de Acusación de la Cámara de Representantes, donde cursa un proceso disciplinario en etapa de acusación y otro penal cuya apertura quedó sin efectos. La JEP, además, rechazó cualquier discurso estigmatizante o desobligante frente a las víctimas, la sociedad y las instituciones del Estado.
NACIONALES
Con proyecto de ley buscan declarar de alto riesgo la profesión de escolta
El Senador José Vicente Carreño Castro radicó el Proyecto de Ley 135 de 2025 que reconoce y establece “a los agentes de protección o escoltas requeridos como una profesión y/u oficio de alto riesgo”, en la medida que este trabajo está en proteger a personas con la posibilidad de sufrir un atentado, por lo que deben prevenir y enfrentar este tipo de eventualidad, lo que de inmediato los convierte también en blanco de los agresores.
Carreño Castro reveló que “al establecer de alto riesgo esta profesión u oficio, los agentes de protección o escoltas quedan cobijados en las ´Pensiones especiales de vejez´, establecido en los Artículos 3 al 10 del Decreto 2090 de 2003, adicionando esta iniciativa legislativa una modificación al Artículo 8 –modificado a la vez por el Artículo 1 del Decreto 2655 de 2014- en el sentido de que este régimen especial de pensión, incluye a los trabajadores vinculados a esta actividad hasta el 31 de diciembre de 2034, y no solo hasta el 31 de diciembre de 2024, como lo establece el mencionado Decreto 2655”.
La iniciativa legislativa –que ahora pasa a la Comisión VII del Senado- le fija al SENA la tarea de estructurar “un pensum académico con ciclos de competencias laborales, técnico, tecnólogo y profesional en seguridad dirigido este personal, para lo cual podrá celebrar convenios con organismos gubernamentales y no gubernamentales”, con el fin de que este ejercicio no solo sea considerado un oficio, sino además como una nueva profesión con todos la validación constitucional y legal, como la plantea el mencionado proyecto de ley.


