Connect with us

NACIONALES

Quedó listo Decreto que otorga incentivos para la creación de empleos formales

Published

on

El programa liderado por el Ministerio del Trabajo que busca fomentar el empleo formal a través de incentivos económicos y eliminar barreras de acceso para poblaciones específicas, se reglamentó a través del Decreto 0533 que expidió el Gobierno Nacional.

El Incentivo a la Creación y Permanencia de Nuevos Empleos Formales está dirigido a las y los empleadores que mantengan vinculados a los trabajadores adicionales mínimo seis meses, de acuerdo con el procedimiento descrito en el manual operativo que expida el Ministerio del Trabajo.

Serán beneficiarios las personas naturales, jurídicas, uniones temporales y aquellas con patrimonios autónomos que demuestren su calidad de empleador, mediante la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes, PILA, siempre que hayan cotizado el mes completo al Sistema de Seguridad Social Integral.

El viceministro de Empleo y Pensiones, Iván Daniel Jaramillo, animó a las y los empleadores “a postularse y participar de este programa para la vida y para el pasaporte de ciudadanía de trabajo de nuestros ciudadanos. Nuestro trabajo mueve el mundo”.

Los empleadores podrán recibir el aporte estatal de 35% de un salario mínimo legal vigente por incluir en su nómina personas con discapacidad; un 30% de un salario por cada trabajador adicional vinculado formalmente que esté entre los 18 y 28 años; el 20% de un salario por anexar en su nómina mujeres mayores de 28 años y 15% por hombres mayores de 28 años.

Lo calculado y teniendo en cuenta el salario mínimo de 2024, el incentivo será de $455.000; $390.000; $260.000 y $195.000, respectivamente.

Es de aclarar, en el caso de poblaciones de jóvenes, mujeres y hombres mayores de 28 años y personas con discapacidad, incluirá a las personas afrodescendientes, negras, raizales, palenqueras, indígenas, Rrom y campesinas y de la comunidad LGBTIQ +.

Porcentaje adicional

Se reconocerá una proporción adicional del 10% cuando personas por las que se solicita el incentivo no hayan sido cotizantes en los últimos 4 meses o más, anteriores al cumplimiento de la vinculación laboral mínima de seis meses exigida como requisito para acceder al incentivo.

Postulaciones

Para postularse al reconocimiento del Incentivo a la Creación y Permanencia de Nuevos Empleos Formales, los empleadores deberán contar con un producto de depósito en una entidad vigilada por la Superintendencia Financiera de Colombia o por la Superintendencia de la Economía Solidaria.

DATOS:

  • Aquellos empleadores que hubiesen vinculado nuevos trabajadores o asociados bajo las directrices del Decreto 1736 del 20 de octubre de 2023, y hayan recibido al menos un pago del incentivo, podrán continuar postulándose para recibir los incentivos que contempla el Decreto 0533.
  • Se entenderá como nuevos empleos formales la vinculación de recientes trabajadores por medio de contrato laboral y de los cuales se pueda verificar su nexo mediante los aportes realizados a la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes -PILA del mes anterior al ciclo de postulación.
  • Entiéndase como ciclo de postulación el período de tiempo por el cual se abren las inscripciones para que las empresas puedan postularse y ser beneficiaras para recibir el Incentivo a la Creación y Permanencia de Nuevos Empleos Formales.

Fuente: Ministerio del Trabajo

NACIONALES

Ecopetrol libera cerca de 60 millones de barriles diarios de gas natural para garantizar suministro nacional

Published

on

By

El Grupo Ecopetrol continúa adoptado decisiones estratégicas que garanticen el suministro de gas natural en todo el país.

A la asignación adicional de 2,7 Gbtu (millones de barriles diarios) de gas natural para garantizar el suministro de gas natural vehicular en Casanare y Meta, se suma un nuevo anuncio de comercialización del energético.

A partir del 1º de diciembre de 2025 la compañía ofrecerá para la venta entre 46 y 60 Gbtud de sus campos del Piedemonte Llanero. Estas cantidades equivalen aproximadamente al 20% de la demanda residencial, comercial y de gas natural vehicular del país.

La empresa estatal informó que este gas adicional estará disponible desde el 1 de diciembre de 2025 hasta el 31 de mayo de 2026, y se ofrecerá en dos modalidades definidas en la regulación vigente:

– En firme, que garantiza el suministro continuo durante el periodo contratado.

– Con interrupciones, que permite suspender el suministro en caso de limitaciones, según las reglas establecidas.

De acuerdo con Ecopetrol, en la modalidad ‘En firme’ se ofrecerán cantidades que van desde 23 hasta 35 Gbtud para los meses de marzo a mayo de 2026, y serán comercializadas durante el trimestre de negociación que inicia en diciembre de 2025.

Y en la modalidad de ‘Interrumpible’ se ofrecerán cantidades desde 22 hasta 49 Gbtud para los meses de diciembre de 2025 a mayo de 2026, y serán comercializadas mensualmente, teniendo en cuenta las condiciones regulatorias vigentes que señalan que para el trimestre de diciembre a febrero sólo se permite la comercialización de gas bajo la modalidad Interrumpible.

“En Ecopetrol seguimos comprometidos en el abastecimiento de gas natural para todos los colombianos. Gracias a esfuerzos recientes de eficiencia, optimización y sustitución energética en varios de nuestros procesos productivos por energía proveniente de fuentes renovables no convencionales, podemos liberar mayores volúmenes para amentar la oferta de gas provenientes de nuestros campos en el Piedemonte Llanero”, declaró Bayron Triana Arias, Vicepresidente Ejecutivo de Energías para la Transición, de Ecopetrol.

Agregó el directivo que este incremento en la oferta refleja el compromiso de la compañía estatal con el país y con la transición energética. “Así avanzamos hacia un futuro con más energía limpia y más seguridad energética para todos los colombianos, y se contribuye al cumplimiento de los objetivos de descarbonización y las metas de transición energética del Grupo Ecopetrol”, aseguró.

Continue Reading

NACIONALES

La JEP no aceptó al exjefe jurídico de la Gobernación de Casanare en gobierno de Raúl Flórez

Published

on

By

La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) rechazó la solicitud de sometimiento presentada por Henry Villarraga Oliveros, exmagistrado del Consejo Superior de la Judicatura, al considerar que no cumplió con el requisito de aportar verdad plena, presentó argumentos exculpatorios y negó la existencia de patrones macrocriminales ampliamente demostrados en su contra.

Según la decisión de la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas, Villarraga omitió información clave que habría permitido esclarecer su presunto papel en el encubrimiento de graves crímenes del conflicto armado, particularmente en el caso del coronel (r) Robinson González del Río, investigado por ejecuciones extrajudiciales conocidas como “falsos positivos”.

La JEP recordó que contra Villarraga cursan varios procesos penales y disciplinarios por, presuntamente, ofrecer asesoría ilegal al oficial retirado y comprometerse a influir para que uno de sus procesos fuera trasladado a la Justicia Penal Militar, buscando garantizar impunidad frente a crímenes de guerra y de lesa humanidad.

El tribunal especial concluyó que el exmagistrado incumplió las condiciones básicas exigidas para acceder a los beneficios del sistema transicional, pues su aporte se limitó a justificar sus actuaciones con argumentos jurídicos y a cuestionar el trabajo de la Fiscalía General de la Nación, alegando una supuesta “guerra jurídica” contra miembros de la fuerza pública.
Para la Sala, requerir nuevamente al solicitante para que hiciera un aporte de verdad sustancial representaría un desgaste injustificado del aparato judicial, más aún cuando Villarraga ha tenido múltiples oportunidades para hacerlo en los procesos que se adelantan en su contra.

El expediente fue remitido a la Comisión de Acusación de la Cámara de Representantes, donde cursa un proceso disciplinario en etapa de acusación y otro penal cuya apertura quedó sin efectos. La JEP, además, rechazó cualquier discurso estigmatizante o desobligante frente a las víctimas, la sociedad y las instituciones del Estado.

Continue Reading

NACIONALES

Con proyecto de ley buscan declarar de alto riesgo la profesión de escolta

Published

on

By

El Senador José Vicente Carreño Castro radicó el Proyecto de Ley 135 de 2025 que reconoce y establece “a los agentes de protección o escoltas requeridos como una profesión y/u oficio de alto riesgo”, en la medida que este trabajo está en proteger a personas con la posibilidad de sufrir un atentado, por lo que deben prevenir y enfrentar este tipo de eventualidad, lo que de inmediato los convierte también en blanco de los agresores.

Carreño Castro reveló que “al establecer de alto riesgo esta profesión u oficio, los agentes de protección o escoltas quedan cobijados en las ´Pensiones especiales de vejez´, establecido en los Artículos 3 al 10 del Decreto 2090 de 2003, adicionando esta iniciativa legislativa una modificación al Artículo 8 –modificado a la vez por el Artículo 1 del Decreto 2655 de 2014- en el sentido de que este régimen especial de pensión, incluye a los trabajadores vinculados a esta actividad hasta el 31 de diciembre de 2034, y no solo hasta el 31 de diciembre de 2024, como lo establece el mencionado Decreto 2655”.

La iniciativa legislativa –que ahora pasa a la Comisión VII del Senado- le fija al SENA la tarea de estructurar “un pensum académico con ciclos de competencias laborales, técnico, tecnólogo y profesional en seguridad dirigido este personal, para lo cual podrá celebrar convenios con organismos gubernamentales y no gubernamentales”, con el fin de que este ejercicio no solo sea considerado un oficio, sino además como una nueva profesión con todos la validación constitucional y legal, como la plantea el mencionado proyecto de ley.

Continue Reading
Advertisement
Advertisement
Advertisement
Advertisement
Advertisement
Advertisement

Lo Mas Leido