CASANARE
Corte Suprema absuelve a exgobernador de Casanare Whitman Porras

La Sala Especial de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia absolvió al exgobernador del departamento de Casanare, Whitman Herney Porras Pérez, de los delitos de contrato sin cumplimiento de requisitos legales y peculado por apropiación, por los cuales fue acusado.
Los hechos objeto de investigación y posterior juzgamiento tienen que ver con la liquidación del contrato de obra No. 0936 de 2004, el cual tenía como finalidad la construcción de 1055 viviendas de interés social. De acuerdo con la acusación de la Fiscalía, el entonces gobernador Porras Pérez liquidó de forma irregular ese contrato, el 28 de diciembre de 2007, ocasionando un detrimento patrimonial para el ente territorial, al reconocerle al contratista unos pagos adicionales por $397.076.879 que no correspondían.
La Sala Especial de Instrucción absolvió a Porras Pérez ya que, frente al delito de contrato sin cumplimiento de requisitos legales, la Fiscalía no logró acreditar que hubiera cometido irregularidades al reconocerle al contratista en la liquidación unos valores correspondientes a los mayores costos que tuvo que asumir por la tardanza en la iniciación del contrato de obra.
Esto, teniendo en cuenta que el retraso de 7 meses y medio desde que se aprobó la póliza y se firmó el acta de inicio del contrato, se debió a una falla de planeación por parte de la administración departamental, lo cual significa que sí se le podían reconocer al contratista los mayores costos en los que tuvo que incurrir.
La Fiscalía tampoco logró demostrar que el entonces gobernador cometiera irregularidades al pagar las obras adicionales que el contratista asumió. Y determinó que el gobernador sí podía incluir en la liquidación un valor por concepto de “utilidad esperada”, pues aunque 173 viviendas de las contratadas no fueron construidas, esto se debió a las fallas de planeación de la administración departamental, y no a alguna actuación que se le pueda señalar al contratista.
“En definitiva, considera esta Sala que la Fiscalía no logró acreditar las irregularidades pregonadas frente al reconocimiento por parte de la Gobernación del Casanare en la fase de liquidación del contrato 0936, y a favor del contratista, de mayores costos con ocasión a la mayor permanencia en la ejecución del contrato, por obras adicionales inherentes al objeto contractual, respecto de la utilidad esperada de las viviendas no construidas y el valor de determinados insumos, por ajuste de precios ocasionados por mayor permanencia en la obra y por mora en el pago de obligaciones”, señala la providencia.
En la sentencia absolutoria, la Sala precisó que, si en gracia de discusión se admitiera que algunos de esos rubros no debieron haber hecho parte de la liquidación, la Fiscalía tampoco demostró que en ese sentido el gobernador hubiera omitido cumplir con sus deberes de control y verificación en dicha liquidación, ni que con conocimiento y voluntad realizara los delitos imputados.
El exgobernador también fue absuelto por el delito de peculado por apropiación, pues la Sala determinó que la Fiscalía no probó la apropiación de recursos públicos, ni que Porras Pérez, de forma dolosa, quisiera apropiarse de recursos públicos en cuantía de $397.076.879, para beneficiar a un tercero.
En conclusión, la Sala Especial de Primera Instancia determinó que no fue posible derruir la presunción de inocencia del procesado, por lo cual se debe emitir una sentencia absolutoria por los cargos que le fueron endilgados.
Fuente: Corte Suprema de Justicia
CASANARE
Desarticulada banda de sicarios en Yopal liderada por alias “Ramón”

En una operación conjunta entre la SIJÍN Casanare, Inteligencia Policial, el CTI de la Fiscalía, la Fuerza Aérea Colombiana y bajo la coordinación de la Fiscalía 08 Seccional Yopal, fueron capturados cuatro integrantes del Grupo “Los de Aragua”, entre ellos su cabecilla sicarial, Gustavo Ramón Corona Anguelle, conocido como alias “Ramón”. Las detenciones se realizaron en Yopal (Casanare) y Puerto Gaitán (Meta) mediante órdenes judiciales.
Según las autoridades, los capturados estarían involucrados en al menos ocho hechos violentos que dejaron un total de nueve homicidios, ocurridos entre 2024 y lo corrido del 2025, todos bajo la modalidad de sicariato. Entre los casos más relevantes, las autoridades mencionaron el doble homicidio ocurrido el pasado 1 de junio en el establecimiento de comidas rápidas “Los Pepitos” en la carrera 12 con calle 39 de Yopal.
Antecedentes por homicidio en Venezuela
Se dice por parte de las autoridades, que Alias “Ramón” tendría además dos solicitudes judiciales vigentes en Venezuela por el delito de homicidio intencional. Este sujeto operaba bajo las órdenes de alias “Jaudy”, cabecilla delincuencial de “Los de Aragua”, actualmente recluido en un centro penitenciario desde donde seguía coordinando homicidios, intimidaciones y extorsiones relacionadas con el control del microtráfico en la región.
El grupo criminal usaba el nombre del Tren de Aragua como fachada para intimidar a sus víctimas y consolidar su dominio territorial, lo que habría contribuido al incremento de los homicidios en la capital casanareña. Con estas capturas, las autoridades consideran que se propina un golpe contundente a la estructura que sembraba miedo en Yopal.
La Policía Nacional reiteró su compromiso con la seguridad de los habitantes de Casanare y anunció que continuará adelantando acciones coordinadas para enfrentar el crimen organizado y proteger la vida e integridad de la ciudadanía.
Fuente: El Diario del Llano – HOLA Casanare
CASANARE
A la cárcel hombre señalado de alterar un cajero electrónico en Tauramena

Un juez de control de garantías impuso medida de aseguramiento en centro carcelario a Javier Mauricio Aranguren Bolívar, por alterar el cajero electrónico de una entidad bancaria para apoderarse de tarjetas de los clientes, en el centro del municipio de Tauramena.
La Policía Nacional capturó en flagrancia a este hombre el pasado 21 de junio, cuando, estaba alteraba el mecanismo del lector y cámara del equipo de un cajero electrónico.
Un fiscal de la Unidad de Reacción Inmediata (URI) le imputó el delito de obstaculización ilegitima del sistema informático o red de telecomunicación agravado. El procesado aceptó su responsabilidad.
De acuerdo con la investigación, Aranguren Bolívar había sido identificado por la central de seguridad de la entidad financiera afectada, ya que, al parecer, se dedicaba a engañar a los clientes bajo la modalidad de obstaculización y cambiazo.
Al momento de la captura, este hombre tenía en su poder 18 tarjetas plásticas de diferentes bancos y un celular.
Fuente: El Diario del Llano – HOLA Casanare
CASANARE
Procurador responde con firmeza a recusación presentada por el concejal de Yopal Anderson Carrillo

El Procurador 53 Judicial II Administrativo, Nelson Manuel Briceño Chiriví, emitió una contundente respuesta al Tribunal Administrativo de Casanare frente a la recusación presentada en su contra por el concejal de Yopal, Anderson Carrillo, dentro del proceso de pérdida de investidura que enfrenta el corporado.
El funcionario desestimó tajantemente la solicitud y la calificó como una maniobra sin fundamento legal y motivada por la mala fe.
Briceño no ahorró palabras al describir la recusación como una “afirmación mentirosa, contraevidente, ilegal, abusiva y falsa”, advirtiendo que la acción fue deliberadamente temeraria y sin sustento jurídico. Señaló que la estrategia buscaba entorpecer el avance del proceso, afectando la transparencia y la lealtad procesal que deben regir en estas actuaciones.
“Recusación temeraria”
“El aducir causales de impedimento francamente inexistentes e imposibles de ser probadas, conlleva a que la mal llamada recusación propuesta tenga el carácter de ser temeraria y la actuación de quienes la promovieron sea de abierta e inexcusable mala fe”, expresó el procurador en su respuesta dirigida al Tribunal.
Además de rechazar la recusación, la Procuraduría solicitó al Tribunal que se imponga una sanción ejemplar conforme a lo establecido en el artículo 44 del Código General del Proceso y el artículo 132 del CPACA, señalando que este tipo de acciones dilatorias atentan contra el buen curso de la justicia y el respeto a las instituciones.
Como se ha venido informando, contra el Concejal Anderson Carrillo se adelantan dos actuaciones, una donde se solicita la nulidad de su elección por presuntamente estar inhabilitado al momento de hacerse elegir, y otra donde se solicita se decrete la pérdida de investidura.
Fuente: El Diario del Llano – HOLA Casanare
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