CASANARE
Víctimas y victimarios de falsos positivos en Casanare estuvieron frente a frente
La Jurisdicción Especial para la Paz – JEP adelanta en Yopal, la Audiencia de Reconocimiento de Verdad del Subcaso Casanare – Caso 03. En la diligencia judicial, 21 miembros del Ejército, un funcionario del extinto DAS y dos civiles imputados por ‘falsos positivos’ aceptaron su responsabilidad por participar en la ejecución de asesinatos y desapariciones que fueron presentadas ilegítimamente como bajas en combate.
Durante la audiencia, que se da en el marco de una de las investigaciones que realiza la Sala de Reconocimiento de Verdad en seis zonas priorizadas en el Caso 03, los 24 responsables reconocen los crímenes de guerra y de lesa humanidad imputados. Además, se refieren a los daños causados a las víctimas, así como a la organización criminal que se implantó en la Brigada XVI entre 2005 y 2008.
La JEP concluyó que ellos participaron en el asesinato de 303 personas, en 218 eventos ocurridos en Casanare, Boyacá, Meta y Arauca.
Primer día de Audiencia de Reconocimiento de Verdad
En la audiencia hacen presencia 116 víctimas acreditadas ante la JEP, personas provenientes de distintos municipios de Casanare cuyos familiares fueron asesinados y presentados como supuestas bajas en combate.
18 familiares de las víctimas intervienen de manera pública durante los dos días de Audiencia de Reconocimiento de Verdad para expresar el relato de las afectaciones que estos graves crímenes causaron en sus vidas.
Para la realización de esta Audiencia de Reconocimiento se contó con un proceso restaurativo acompañado por distintos profesionales durante más de 9 meses. En total, se llevaron a cabo 13 encuentros restaurativos: 6 con víctimas, 6 con comparecientes y un encuentro entre víctimas y comparecientes.
El magistrado Óscar Parra Vera, quien preside la audiencia, junto con la magistrada Catalina Díaz, de la Sala de Reconocimiento, explicó los alcances de esta diligencia judicial. “Esta audiencia es un punto de partida de la rendición de cuentas”, señaló.
Parra aclaró que aunque “no están aquí todos los responsables, sino los máximos responsables, eso no implica que no vayamos a llamar a rendir cuentas a las más de 200 personas que no tienen máxima responsabilidad”.
Encuentros preparatorios individuales
Además, el equipo de psicólogos, politólogos y antropólogos de la JEP llevó a cabo 23 encuentros preparatorios individuales, con apoyo del equipo psicosocial del Sistema Autónomo de Asesoría y Defensa, SAAD – Comparecientes.
Con jarrones de barro, símbolo del largo proceso de restauración de las heridas que han tenido que afrontar, los familiares de las víctimas de ‘falsos positivos’ dieron inicio a la diligencia. Derly Patiño, vocera de las víctimas, habló sobre este camino recorrido y sus dificultades.
“Inicialmente estos jarrones estaban rotos y con las manos de cada uno de los familiares nos tocó reconstruirlos, como nuestras vidas rotas. Hemos unido fuerzas y entrelazado manos para reconstruirnos”, dijo Derly, cuyo esposo, Hugo Édgar Araque, fue asesinado en octubre de 2005.
Contexto de Casanare
En el contexto de Casanare, la JEP reveló la actuación de una red criminal de, al menos, 367 personas que planeaban, ejecutaban y encubrían los ‘falsos positivos’. Esta red se implantó y operó en la Brigada XVI, bajo el mando del general (r) Henry William Torres Escalante.
Los batallones y unidades operativas adscritas a la Brigada XVI, cuyos miembros estaban inmersos en esta organización criminal, fueron: el ‘Batallón Ramón Nonato Pérez’ (Birno); los batallones contraguerrillas 23 ‘Llaneros del Rondón’, el 29 ‘Héroes del Alto Llano’ y 65 ‘Batalla de Cachirí´.
Así mismo, estaban implicados miembros de los grupos especiales Delta y del Gaula Casanare, cuya función anti extorsión y secuestro se vio tergiversada y orientada a alimentar las cifras de resultados operacionales a través de asesinatos y desapariciones forzadas.
El Gaula Casanare, entre 2005 y 2007, reportó principalmente supuestas bajas en combate. Con solo 70 hombres, logró casi el mismo número de resultados que el Batallón de Infantería No. 44 Ramón Nonato Pérez (Birno) conformado por más de 1.000 hombres.
Una característica del entramado criminal que se gestó en Casanare fue el gasto de recursos públicos. La JEP recopiló evidencia de que los recursos de la Dirección del Gaula y de Fondelibertad se usaron para financiar a los reclutadores y comprar armas para implantar a las víctimas.
Víctimas escucharon a víctimarios
En el primer día las víctimas escucharon los testimonios del sargento retirado Faiber Alberto Amaya Ruíz, comandante del grupo Delta 4, Marco Fabián García Céspedes, teniente retirado, comandante de varios grupos especiales de unidades de la Brigada 16, Edwin Leonardo Toro Ramírez, teniente retirado, quien fue comandante del grupo Delta 5 y miembro del Gaula Casanare, Zamir Humberto Casallas, teniente (r), y en su momento, comandante del grupo Delta 4, Orlando Rivas Tovar, entonces director de la seccional del DAS en Casanare, Wilson Camargo Tamayo, coronel (r).
También fue escuchado Wilson Rodríguez Mimisica, uno de los dos civiles reclutadores imputados por ‘falsos positivos’ en Casanare.
Fuente: El Diario del Llano – HOLA Casanare, con datos de la Jurisdicción Especial para la Paz – JEP
CASANARE
Sindicatos dicen que Interventora temporal de Capresoca estructuró el modelo que agravó el caos
El sindicato Sindicato Unitario Nacional de Trabajadores del Estado SUNET Casanare, solicitó al Gobierno Nacional la designación urgente de un agente interventor especial externo para CAPRESOCA EPS, tras cuestionar la reciente designación de Bibi Dayana Daniels Rueda como agente interventora sustituta temporal de la entidad, quien se venía desempeñando como Gerente Operativa.
La petición fue elevada al presidente Gustavo Petro, al Ministerio de Salud y a la Superintendencia Nacional de Salud, en medio de crecientes preocupaciones por la prestación del servicio a más de 170.000 afiliados en el departamento.


Ante este panorama, SUNET pidió que se designe un interventor independiente externo con perfil técnico y sin conflictos de interés, y solicitó incluir a CAPRESOCA en un plan nacional de salvamento. Asimismo, defendió el carácter público de la EPS y su potencial como modelo de gestión en salud, reiterando la urgencia de medidas que garanticen la atención oportuna y la estabilidad institucional.
CASANARE
Secretaría de las TICs en Yopal ofrece curso gratuito de herramientas de Google
La secretaría de las tecnologías de la información y las comunicaciones de Yopal invita a la comunidad a participar en su curso gratuito “Herramientas de Google”. Esta iniciativa de formación está orientada a fortalecer las competencias digitales de los ciudadanos.
El espacio académico está diseñado para brindar conocimientos prácticos en el uso de aplicaciones esenciales. Los participantes aprenderán a manejar herramientas como Google Keep, Calendar, Meet, Forms, Sites, NotebookLM y la gestión masiva de contactos, fundamentales en diversos ámbitos.
Estas aplicaciones son cruciales para el desarrollo de actividades en los ámbitos educativo, laboral y personal, mejorando significativamente la gestión de la información y la comunicación en entornos virtuales. La estrategia busca cerrar brechas digitales.
El curso dará inicio en el mes de mayo, con sesiones programadas de 2:00 p.m. a 5:00 p.m. se desarrollará en las instalaciones del Punto Vive Digital, y como requisito indispensable, los participantes deberán contar con un computador portátil.
Las personas interesadas pueden realizar su inscripción de manera sencilla a través del enlace: https://forms.gle/LAqwDzK4kwP6LYRdA. Asimismo, para mayor comodidad, el registro también se puede efectuar escaneando el código QR que se encontrará en las piezas informativas oficiales.
La Secretaría TIC extiende una cordial invitación a toda la ciudadanía para que aproveche esta valiosa oportunidad de formación. El curso permitirá a los asistentes avanzar en el uso de herramientas digitales y fortalecer sus habilidades frente a los retos del entorno tecnológico actual.

CASANARE
El abogado detrás del fallo que sacude el sistema tributario y protegió miles de millones para Yopal
Una tutela estratégica, una disputa entre altas cortes y una decisión histórica de la Corte Constitucional (SU-047 de 2026) que le devuelve a las ciudades el control del impuesto de ICA, o en otros términos, redefinen la autonomía fiscal en Colombia. Detrás del caso, estuvo el abogado Gonzalo Ramos Rojas, Especialista en Derecho Penal y Criminología, Especialista en Responsabilidad y Daño Resarcible y Magister en Seguridad y Defensa Nacionales, quien convirtió una derrota judicial en el Consejo de Estado, en un precedente nacional fijado por la Corte Constitucional, abriendo una compuerta jurídica para que las demás ciudades capitales lo repliquen en sus territorios.
El Impuesto de Industria y Comercio (ICA) es el combustible que permite mover y hacer crecer una ciudad, es en términos sencillos, una de las principales fuentes de ingresos de las ciudades en Colombia. Gracias a este impuesto, que pagan empresas y comercios por su actividad económica, los municipios pueden financiar servicios esenciales como salud, educación, infraestructura y programas sociales. En otras palabras, el ICA no es solo un tributo: es una herramienta clave para que las ciudades funcionen y puedan responder a las necesidades de sus ciudadanos.
En el Derecho, como en la guerra, hay momentos en los que una sola operación cambia el curso de la historia, en este caso, tributaria. La Sentencia SU-047 de 2026 de la Corte Constitucional es uno de esos momentos. Con la expedición de la Ley 2082 de 2021, el Congreso creó la categoría de ciudades capitales permitiéndoles tomar como referencia el régimen tributario de Bogotá.
A partir de lo anterior, el Consejo de Estado, cerró el paso a la autonomía de las ciudades: anuló los acuerdos de Yopal y Cali que buscaban elevar la tarifa del ICA, señalando que no podían superar el modelo de Bogotá.

La estrategia jurídica que redefinió el mapa tributario del ICA en Colombia
Litigar no es solo argumentar: es saber dónde dar la batalla.
Durante años, Colombia ha repetido el mismo discurso: somos un Estado descentralizado. Pero en la práctica, muchas decisiones siguen tomándose —o peor, imponiéndose— desde Bogotá. La Sentencia SU-047 de 2026 de la Corte Constitucional acaba de poner en evidencia esa contradicción.
El caso parecía técnico: la tarifa del impuesto de industria y comercio (ICA) en Yopal y Cali, sin embargo, para el apoderado del municipio en el fondo era mucho más que eso. Era responder a una pregunta incómoda: ¿pueden las ciudades capitales decidir sobre sus propios recursos o deben limitarse a copiar el modelo de Bogotá? El Consejo de Estado había respondido, en la práctica, que no podían apartarse.
Lo anterior define el problema jurídico. Porque esa postura no solo desconoce el artículo 14 de la Ley 2082 de 2021 —que permite, no impone, adoptar el régimen de Bogotá—. También reproduce una lógica profundamente centralista: lo que funciona (o se decide) en la capital debe replicarse en el resto del país, sin importar las realidades locales. Pero Colombia no es Bogotá. Yopal no es Bogotá, así lo entendió y así lo defendió el profesional del derecho ante el Consejo de Estado y ante la Corte Constitucional.
Sus dinámicas económicas, sus necesidades fiscales y sus cargas sociales son distintas. Pretender uniformarlas bajo un mismo esquema tributario no es razonable, es centralismo disfrazado de interpretación legal. La Corte Constitucional entendió el trasfondo político del asunto. Por eso, en la sentencia SU-047, no solo corrigió una decisión judicial, definió algo más importante: reivindicó el principio de autonomía territorial como un elemento real, no simbólico.

Se rompió el cerco tributario: las regiones recuperaron el control de su territorio fiscal.
Las ciudades capitales ahora tienen un precedente constitucional claro, es decir, una decisión que sirve como guía y ejemplo para casos similares, para diseñar sus políticas de impuestos con más libertad y según sus propias necesidades. Eso cambia el equilibrio de poder entre el centro y la periferia o la provincia. Adicionalmente, se deja en evidencia que el centralismo en Colombia no solo es administrativo o político, también es judicial. Sí, judicial. Cuando una alta corte interpreta la ley de manera que restringe la capacidad de las regiones para tomar decisiones sobre sus propios recursos, no está siendo neutral. Está interviniendo en la distribución del poder. Y eso tiene un alto impacto, en inversión social, en el desarrollo regional, y en la vida cotidiana de millones de ciudadanos que dependen de los recursos que sus ciudades logren recaudar.
¿Porque esta decisión no cayó del cielo? Fue el resultado de una lectura precisa del conflicto: entender que el problema no era solo tributario, sino estructural. Que lo que estaba en juego no era una tarifa, sino el alcance real de la descentralización en Colombia. El abogado que llevó este caso a la Corte Constitucional no solo litigó, planteó un pulso de poder. Y lo ganó. Eso también dice mucho del momento que vive el país. Porque cada vez es más evidente que las grandes discusiones sobre el modelo territorial ya no se están dando únicamente en el Congreso, sino que se están trasladando a los tribunales. Y allí, caso por caso, se están redefiniendo las reglas.
La SU-047 marca un punto de inflexión. No resuelve todos los problemas, pero sí deja algo claro: el centralismo no es inevitable. Puede ser cuestionado. Puede ser limitado. Y, como acaba de demostrarse, también puede ser derrotado.
El abogado convirtió un problema tributario en un precedente constitucional.
Pero en todo conflicto hay una verdad inmodificable: no basta con ganar terreno, sino que hay que saber sostenerlo. Este éxito jurídico permitirá ingresos anuales, de al menos, quince mil millones de pesos (15.000.000.000), ahora, dependerá de ellos, que se inviertan estratégicamente en la ciudad y que lleguen a todos los ciudadanos. Esa es la nueva apuesta, que los impuestos sigan teniendo un retorno para los ciudadanos, y es la inversión en sus comunas, veredas y barrios.
No fue solo una sentencia donde la Corte Constitucional le da la razón al Abogado como apoderado del municipio de Yopal: fue una batalla por el control de los recursos de las ciudades.
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