CASANARE
En Pore y Tauramena, dos nuevos casos de Chagas agudo en Casanare

Los pasados primero y nueve de abril del presente año, se notificaron dos (2) nuevos casos de Chagas agudo en zonas rurales de los municipios de Pore y Tauramena, los cuales corresponden a una menor de 14 meses de edad y un hombre de 55 años, respectivamente.
Los pacientes fueron remitidos al Hospital Regional de la Orinoquía – HORO, con un cuadro de fiebre de varios días, por lo que en dicha institución les realizaron pruebas parasitológicas directas, con resultado positivo para Trypanosoma Cruzi, parásito que causa la enfermedad de Chagas.
La referente del programa de ETV departamental, Consuelo Urrego, informó que se vienen adelantando las investigaciones desde los componentes epidemiológico, entomológico y por parte del laboratorio de salud pública, en coordinación con Vigilancia en Salud Pública Departamental, Municipal y los técnicos en salud del programa de ETV de la Secretaría de Salud de Casanare, para determinar si hay otras personas afectadas y la posible vía de transmisión.
Es importante resaltar que existen diferentes vías de transmisión; la más frecuente es la vectorial, a través de la picadura por pitos (triatominos) los que cuando se están alimentando defecan sobre la piel, dejando las heces contaminadas con el parásito, el cual ingresa a la sangre. Otra vía de transmisión es la oral por el consumo de alimentos o agua contaminados por el parásito y otra muy importante, es la forma congénita de transmisión, de una madre positiva para la infección, a su hijo, durante el embarazo.
De acuerdo con la información obtenida del Sistema de Vigilancia en Salud Pública, en lo que va transcurrido del presente año, en el departamento se han notificado 5 personas con diagnóstico de Chagas agudo, en los municipios de Yopal (2), Támara (1), Tauramena (1) y Pore (1).
Síntomas
La enfermedad inicia por una fase aguda caracterizada por fiebre (mayor a 7 días), acompañada o no de otros síntomas como inflamación en cara o miembros inferiores, dificultad para respirar, dolor abdominal, vómito, diarrea, agrandamiento de ganglios linfáticos, área inflamada y enrojecida en el lugar de picadura por el insecto, entre otros. Ante estos síntomas, se debe consultar de manera inmediata al servicio de salud para evitar complicaciones e incluso la muerte.
El diagnóstico es clave, se realiza a través de pruebas de sangre; en caso de ser positivas, se iniciará tratamiento y, de ser necesario, se indicarán otros exámenes para verificar el estado del corazón del paciente.
Recomendaciones para prevención
Se recomienda a la comunidad en general, evitar construir viviendas cerca de las palmas, así como evitar construir techos en este material, puesto que son el hábitat de los vectores transmisores de esta enfermedad; se deben colocar angeos en puertas y ventanas para evitar que el vector ingrese a las viviendas; tener en cuenta que el vector es atraído por la luz artificial. Realizar búsqueda frecuente del insecto en colchones y paredes. Tener buenas prácticas de higiene y aseo dentro y fuera de las viviendas y tener los gallineros lejos de las mismas.
Para impedir la transmisión por vía oral, se recomienda lavar bien los alimentos antes de prepararlos o consumirlos, lavar bien los utensilios de cocina antes de usarlos y cubrir depósitos de agua y alimentos. No consumir carnes mal cocidas ni sangre cruda de animales silvestres.
Por último, para evitar el Chagas congénito, las mujeres en edad fértil deben asistir a consulta médica preconcepcional, durante la cual, si la paciente presenta algún riesgo de haber contraído la enfermedad, su médico tratante le ordenará las pruebas necesarias para el diagnóstico de la enfermedad y, de salir positivas, se le pueda ordenar el tratamiento antes de quedar embarazada.
Fuente: Gobernación de Casanare
CASANARE
Patinadora de 9 años muere en trágico accidente en la Marginal del Llano, en Yopal
CASANARE
Ex Subcomandante de Policía de Casanare sancionada por la Procuraduria por malos tratos

La Procuraduría General de la Nación encontró responsable disciplinariamente y suspendió e inhabilitó en el ejercicio del cargo por doce (12) meses, a la coronel (r) Sandra Yaneth Mora Morales, en su condición de comandante de la Policía Metropolitana de Cúcuta para la época de los hechos.
El Ministerio Público investigó que la entonces coronel se dirigió a una patrullera (subalterna), utilizando vocabulario soez y maltratándola de manera verbal y física, vulnerando la normativa disciplinaria del personal de la Policía Nacional, en especial lo previsto en el artículo 46-3 de la Ley 2196 de 2022. (Estatuto Disciplinario de la Policía).
La conducta de la oficial fue calificada como falta grave cometida con dolo, por lo que deberá responder disciplinariamente.
En aplicación del principio de proporcionalidad y valorando los criterios de graduación de la falta y de la sanción, se determinó que en este caso existían un atenuante y dos agravantes.
Contra esta decisión, la disciplinada interpuso recurso de apelación que será resuelto por la Sala Ordinaria de Juzgamiento de la PGN.
La Coronel (r) Sandra Mora estuvo como Subcomandante en el Departamento de Policía Casanare en años anteriores.
Fuente: El Diario del Llano
CASANARE
Vuelve restricción de motocicletas en horas nocturnas los fines de semana en Yopal

A través del Decreto 116 del 13 de agosto del 2025, la Alcaldía de Yopal prohibió la circulación de motocicletas durante los fines de semana en el municipio, esto con el propósito de evitar que se presenten siniestros viales y por ende pérdidas fatales.
El primer fin de semana en el que se aplicará la medida será el comprendido entre el viernes 15 y el lunes 18 de agosto.
Los horarios de restricción y los demás días de prohibición se relacionan en la siguiente tabla.
De esta medida quedan exceptuadas la fuerza pública, los organismos de seguridad del Estado, la Policía Judicial, las autoridades de tránsito y transporte, los organismos de emergencia y socorro, prevención y salud. Además, personal de empresas de seguridades privadas debidamente identificadas, personas con movilidad reducida, domiciliarios, hotelería y turismo con sus identificaciones que acrediten la prestación del servicio.
El incumplimiento de las medidas adoptadas en este Decreto conllevará a las sanciones correspondientes, la imposición de comparendos de tránsito conforme a lo dispuesto en el literal C numeral 14 del artículo 131 de la ley 769 de 2002, modificado por el artículo 21 de la ley 1383 de 2010 y demás normas aplicables según el caso.
Fuente: El Diario del Llano
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