NACIONALES
ICETEX otorga nuevos alivios para superar dificultades en créditos educativos
Una nueva etapa para acompañar a los beneficiarios del ICETEX que presentan dificultades comienza este 1 de marzo con el inicio de la implementación del Plan de Alivios y Estímulos, definidos dentro de la Transformación de la entidad y que responde a los anhelos de jóvenes y familias dentro de un proceso constante de escucha activa.
Las nuevas medidas hacen parte de los cambios destinados a mejorar las condiciones del crédito para los jóvenes y que son hitos que reflejan una transformación en los servicios de la entidad, como ha sido también la reducción desde febrero y durante 2022 de la tasa de interés del crédito, la cual ya no supera el IPC + 7,5 puntos.
Con la culminación del anterior Plan de Auxilios Educativos COVID-19 para usuarios del ICETEX que desde marzo de 2020 benefició a 160.000 jóvenes y familias, comienza este martes un nuevo paquete de apoyos para los usuarios con la puesta en marcha de los 2 primeros alivios.
En este sentido, los usuarios de ICETEX que presenten dificultades ya pueden acceder a una de las dos siguientes medidas, de acuerdo con los criterios definidos de asignación:
1. Reducción transitoria de la tasa de interés
Los cerca de 78.000 usuarios de la entidad que estaban accediendo al auxilio COVID de Interrupción de pagos (periodo de gracia) y de Reducción de tasa de interés al IPC, desde el 1 de marzo y hasta el 31 de agosto de 2022 son automáticamente beneficiarios del alivio de Reducción transitoria de la tasa de interés que disminuye la tasa de sus créditos.
- Esta reducción será del 50% de los puntos adicionales al IPC.
- Estos jóvenes no deben tener tasa subsidiada en su crédito, por eso su financiación tiene una tasa del IPC + un número determinado de puntos. Con el alivio estos puntos se reducen a la mitad durante los seis meses señalados.
2. Suspensión de pago en cuotas de créditos vigentes
Para los beneficiarios de crédito que se encuentren en etapa de amortización y estén viviendo una situación de desempleo, o que la persona de la que dependan económicamente esté desempleada, pueden desde este 1 de marzo solicitar la suspensión de pago de su crédito por 6 meses, prorrogables hasta otros 6 meses.
- Este alivio implica que no se causen intereses corrientes durante este tiempo.
- La medida aplica a usuarios con las condiciones señaladas que estén al día o en mora con su crédito.
- Los jóvenes focalizados con esta medida deben solicitarla a la línea (en Bogotá) que dispone ICETEX de acuerdo con su estado (lunes a viernes de 7:00 a.m. a 7:00 p.m. o sábados de 8:00 a.m. a 4:00 p.m.).
- Si la persona está al día debe comunicarse al (601) 7467018.
- Si tiene mora entre 1 y 90 días debe comunicarse al (601) 3715327.
- Si su mora es mayor de 90 días debe solicitar el alivio al (601) 7490212.
Otros alivios ya existentes
Adicionalmente, el ICETEX cuenta también con una variedad de alivios que en los dos últimos años han venido operando, los cuales los usuarios pueden solicitar de acuerdo con el estado de su crédito (si se encuentra en mora o al día).
Para quienes están en mora, pueden acceder a medidas ya existentes como el cambio de línea de crédito, pagos con condonación de un porcentaje de los intereses (depende de si su mora es menor a 90 días o mayor a este tiempo), y refinanciación del crédito. En cuanto a los jóvenes con pagos al día, ellos cuentan con apoyos como giros adicionales, cambio de plazo del plan de pagos, cambio de fecha de límite de pago y suspensión del paso al cobro.
Más medidas que llegarán con nuevos beneficios
El ICETEX avanza en la puesta en marcha de más medidas que componen el Plan de Alivios y Estímulos establecidos por el Gobierno nacional en el Decreto 1667 de diciembre de 2021 y que materializan cambios de la Trasformación del ICETEX que impactan de manera positiva a familias donde el crédito educativo está presente.
Los alivios están dirigidos a usuarios con dificultades para el pago de su crédito y los estímulos se destinarán a los beneficiarios de la entidad que se destaquen por sus logros académicos, deportivos, científicos o culturales, o que presenten buen comportamiento de su pago.
Para conocer más información sobre las medidas que se están implementando y cómo acceder a ellos, los interesados pueden ingresar a portal.icetex.gov.co/aliviosyestimulos
Fuente: ICETEX
NACIONALES
La JEP no aceptó al exjefe jurídico de la Gobernación de Casanare en gobierno de Raúl Flórez
La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) rechazó la solicitud de sometimiento presentada por Henry Villarraga Oliveros, exmagistrado del Consejo Superior de la Judicatura, al considerar que no cumplió con el requisito de aportar verdad plena, presentó argumentos exculpatorios y negó la existencia de patrones macrocriminales ampliamente demostrados en su contra.
Según la decisión de la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas, Villarraga omitió información clave que habría permitido esclarecer su presunto papel en el encubrimiento de graves crímenes del conflicto armado, particularmente en el caso del coronel (r) Robinson González del Río, investigado por ejecuciones extrajudiciales conocidas como “falsos positivos”.
La JEP recordó que contra Villarraga cursan varios procesos penales y disciplinarios por, presuntamente, ofrecer asesoría ilegal al oficial retirado y comprometerse a influir para que uno de sus procesos fuera trasladado a la Justicia Penal Militar, buscando garantizar impunidad frente a crímenes de guerra y de lesa humanidad.
El tribunal especial concluyó que el exmagistrado incumplió las condiciones básicas exigidas para acceder a los beneficios del sistema transicional, pues su aporte se limitó a justificar sus actuaciones con argumentos jurídicos y a cuestionar el trabajo de la Fiscalía General de la Nación, alegando una supuesta “guerra jurídica” contra miembros de la fuerza pública.
Para la Sala, requerir nuevamente al solicitante para que hiciera un aporte de verdad sustancial representaría un desgaste injustificado del aparato judicial, más aún cuando Villarraga ha tenido múltiples oportunidades para hacerlo en los procesos que se adelantan en su contra.
El expediente fue remitido a la Comisión de Acusación de la Cámara de Representantes, donde cursa un proceso disciplinario en etapa de acusación y otro penal cuya apertura quedó sin efectos. La JEP, además, rechazó cualquier discurso estigmatizante o desobligante frente a las víctimas, la sociedad y las instituciones del Estado.
NACIONALES
Con proyecto de ley buscan declarar de alto riesgo la profesión de escolta
El Senador José Vicente Carreño Castro radicó el Proyecto de Ley 135 de 2025 que reconoce y establece “a los agentes de protección o escoltas requeridos como una profesión y/u oficio de alto riesgo”, en la medida que este trabajo está en proteger a personas con la posibilidad de sufrir un atentado, por lo que deben prevenir y enfrentar este tipo de eventualidad, lo que de inmediato los convierte también en blanco de los agresores.
Carreño Castro reveló que “al establecer de alto riesgo esta profesión u oficio, los agentes de protección o escoltas quedan cobijados en las ´Pensiones especiales de vejez´, establecido en los Artículos 3 al 10 del Decreto 2090 de 2003, adicionando esta iniciativa legislativa una modificación al Artículo 8 –modificado a la vez por el Artículo 1 del Decreto 2655 de 2014- en el sentido de que este régimen especial de pensión, incluye a los trabajadores vinculados a esta actividad hasta el 31 de diciembre de 2034, y no solo hasta el 31 de diciembre de 2024, como lo establece el mencionado Decreto 2655”.
La iniciativa legislativa –que ahora pasa a la Comisión VII del Senado- le fija al SENA la tarea de estructurar “un pensum académico con ciclos de competencias laborales, técnico, tecnólogo y profesional en seguridad dirigido este personal, para lo cual podrá celebrar convenios con organismos gubernamentales y no gubernamentales”, con el fin de que este ejercicio no solo sea considerado un oficio, sino además como una nueva profesión con todos la validación constitucional y legal, como la plantea el mencionado proyecto de ley.
NACIONALES
Icetex abre convocatorias de créditos educativos para miembros y exmiembros de la Fuerza Pública
Dos nuevas convocatorias de los fondos para personas que brindan o prestaron su servicio a la fuerza pública, abrieron su etapa de inscripciones. Estas oportunidades son la apertura de postulaciones de los fondos en administración MinDefensa Ley 1699 de 2013 y Fomento para la Educación Superior Ley de veteranos 1979 de 2019, que brindan crédito condonable del 90 % para estudios de educación superior.
Las convocatorias destinan su apoyo financiero a los nuevos beneficiarios/as a partir del primer semestre académico de 2026 y apoyará los estudios de educación superior de los colombianos/as seleccionados.
Cada fondo cubre hasta por 11 salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV) destinados a cubrir el valor de la matrícula ordinaria por cada período académico semestral a cursar. Los beneficiarios/as también recibirán apoyo de sostenimiento por un (1) SMMLV por período académico y gastos de derechos de grado, así como una prima de garantía que ampara riesgos en caso de muerte, invalidez física o mental del estudiante.
“Desde el Gobierno nacional y con la gestión administrativa y sostenible del ICETEX, seguimos impulsando oportunidades de educación que transforman vidas a quienes han hecho parte de la fuerza pública. Como nación y desde el sector institucional estamos honrando el servicio que han brindado al país para garantizar la seguridad y el bienestar de sus habitantes”, resaltó el presidente del ICETEX, Álvaro Urquijo.
Los dos programas y sus públicos objetivos son los siguientes:
1. Fondo en Administración MinDefensa Ley 1699 de 2013 – Ministerio de Defensa Nacional / ICETEX
Financiado por MinDefensa y administrador por el ICETEX, este fondo está dirigido a pensionados/as por invalidez y/o su hijo menor de 25 años con cesión de beneficios. También está destinado a viudas/os, huérfanos/as o padres del miembro de la fuerza pública que haya fallecido o desaparecido en servicio activo, únicamente por acción directa del enemigo o en combate, ya sea en tareas de mantenimiento o restablecimiento del orden público, o en conflicto internacional. Los aspirantes deben pertenecer a estratos socioeconómicos 1, 2 o 3.
Estas personas deben estar cobijadas por el artículo 2 de la Ley 1699 de 2013, e los artículos 28 y 29 de la Ley 1979 de 2019.
Este Fondo en Administración MinDefensa Ley 1699 de 2013 apoya los gastos para estudios de pregrado o educación para el trabajo y desarrollo humano en el país.
2. Fondo Fomento para la Educación Superior Ley de veteranos 1979 de 2019 – Ministerio de Defensa Nacional / Ministerio de Educación Nacional / ICETEX
Es financiado por MinDefensa y MinEducación y administrador por el ICETEX. Está dirigido a veteranos/as con asignación de retiro, pensionados por invalidez, reservistas de honor y víctimas en los términos del artículo 3 de la Ley 1448 de 2011, por hechos ocurridos en servicio activo y en razón en ocasión del mismo. También, está dirigido a viudas, huérfanos o padres del miembro de la fuerza pública que hayan fallecido o desaparecido en servicio activo, únicamente por acción directa del enemigo o en combate o en tareas de mantenimiento o restablecimiento del orden público o en conflicto internacional. También, los aspirantes deben pertenecer a estratos 1, 2 o 3.
Estas personas deben estar cobijadas por el artículo 2 de la Ley 1979 de 2019.
El Fondo Fomento para la Educación Superior Ley de veteranos 1979 de 2019apoya los gastos para estudios de pregrado o posgrado.
Condiciones para la inscripción
Los aspirantes a los dos fondos deben estar admitidos o matriculados en la institución de educación superior donde van a estudiar (y que sea reconocida por el Ministerio de Educación). Ellos deben haber presentado la prueba Saber 11 (en caso de aplicar para estudios de primer semestre académico) o haber aprobado el período académico anterior (en caso de aplicar para estudios de segundo semestre en adelante).
¿Cómo se obtiene la condonación?
El beneficio de condonación es del 90 % del valor del crédito educativo y se otorga luego de que el beneficiario culmine con grado su programa financiado. La solicitud de condonación (con carta), así como la certificación o copia de diploma y de acta de grado (o su certificado equivalente en el caso de haber realizado un programa de educación para el trabajo y el desarrollo humano).
Conoce toda la información sobre estas convocatorias, sus requisitos y detalle de cada convocatoria en los siguientes enlaces (en los cuales también se deben hacer las correspondientes inscripciones):
Fondo en Administración MinDefensa Ley 1699 de 2013 – Ministerio de Defensa Nacional / ICETEX: https://web.icetex.gov.co/es/-
Fondo Fomento para la Educación Superior Ley de veteranos 1979 de 2019 – Ministerio de Defensa Nacional / Ministerio de Educación Nacional / ICETEX: https://web.icetex.gov.co/es/-
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