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Niegan demanda contra municipio de Arauca por contrato de arrendamiento con Frigoarauca

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El Consejo de Estado negó las pretensiones de una demanda que interpuso la empresa de productos cárnicos Frigoarauca, por supuestos incumplimientos en los que incurrió el municipio de Arauca durante la ejecución del contrato de arrendamiento del frigomatadero de esa capital.

El arrendatario pretendía que la alta corte estableciera que, como consecuencia de esta relación contractual y las presuntas omisiones de su contraparte, se estableciera que el ente territorial debía pagarle más de 6.500 millones de pesos y así poder reclamarlos mediante otros instrumentos jurídicos.

Esta controversia jurídica se inició con el contrato de más de 8.000 millones de pesos, por medio del cual el municipio arrendó a la sociedad Metropolitana de Carnes Procesos y Derivados Metrocarnes S.A. el frigomatadero construido en el municipio en el 2007.

El caso 

En febrero del 2008 Metrocarnes presentó a instancias del Instituto Nacional de Vigilancia y Medicamentos (Invima) un plan para adecuar el frigomatadero a las exigencias del entonces recién creado sistema oficial de inspección, vigilancia y control de la carne, incluyendo un capítulo para obtener la clasificación 1 en el nivel de calidad del complejo y así poder producir carne para la exportación.

Las obligaciones del plan fueron asumidas por Frigoarauca, que fue la entidad a la que se le cedió el contrato, prorrogado por 15 años más. Esta última empresa dirigió numerosas comunicaciones al municipio, responsabilizándolo por no realizar las adecuaciones que presuntamente estaban a su cargo, para adecuar el frigomatadero al nivel 1. También le imputó otras omisiones que, a su juicio, impedían que la operación generara los márgenes de rentabilidad esperados.

Además, el accionante trajo a colación algunas actuaciones en las que el Invima habría hecho referencia a esta falta de gestión y a las debilidades del complejo para poder producir productos cárnicos, al punto de clasificar este complejo como de nivel 3, cuando la intención era adecuarlo a nivel 1. Además, dice, el organismo de vigilancia no aprobó el plan gradual de cumplimiento presentado para la planta de bovinos del frigomatadero y ordenó realizar los ajustes respectivos.

Por estas razones, Frigoarauca solicitó la terminación bilateral del contrato en marzo del 2011. A su juicio, el municipio incumplió el contrato, porque no adelantó las obras que eran necesarias para cumplir requisitos ambientales y sanitarios para obtener licencia y clasificación de nivel 1 en el complejo de producción cárnica.

¿Cuál es el perjuicio causado a Frigoarauca?

El presunto perjuicio, dice el accionante, le impidió comercializar carne a nivel nacional e internacional que, en sus cálculos, le habría significado ingresos por más de 1.300 millones de pesos. Adicionalmente, denunció, la falta de gestión del organismo demandado frente al contrabando de carne, lo que le habría impedido obtener ingresos por casi 3.000 millones de pesos. A ello se sumarían pérdidas por más de 1.700 millones de pesos por el bajo nivel de sacrificios bovinos y porcinos que era posible efectuar en estas condiciones.

Para el arrendatario, el municipio propició el desequilibrio económico del contrato, que solicitó que se liquidara judicialmente por la jurisdicción de lo contencioso administrativo, solicitando además restablecer el equilibrio económico del mismo acuerdo contractual, dijo, por culpa de la administración.

En noviembre del 2014, el Tribunal Administrativo de Arauca negó las pretensiones. Sostuvo que la demandante no cumplió su deber de pagar el arriendo desde julio del 2009, ni pagó el servicio público de energía eléctrica. Tampoco cumplió con su deber de prestar el servicio de pesaje en pie, ni el de adoptar las medidas de higiene y sanidad que debía para adelantar esta operación. De ahí que se decretara la excepción de contrato no cumplido, que inhibe a la parte inconforme de tramitar sus reclamaciones a quien no cumple las obligaciones que le impuso el contrato que se pretende someter a examen judicial.

Fallo del Consejo de Estado

En este caso, no era procedente ordenar el restablecimiento del equilibrio económico, pues circunstancias como el contrabando de carne no eran imprevisibles a la hora de firmar el contrato y no estaba probado que la falta de intervención en esta infraestructura provocara disminuciones de productividad. Contrario a la solicitud del demandante, el Tribunal sostuvo que este le adeudaba más de 2.300 millones de pesos a Arauca por los arriendos que dejó de cancelar y un saldo surgido por la compra de una frigocaldera. No obstante, se abstuvo de ordenar el pago, porque el demandante solo solicitó liquidar el contrato, sin pretender la cancelación de pagos.

La demandante le pidió al Consejo de Estado revocar esta sentencia. Subrayó que no podía aplicarse excepción de incumplimiento de contrato, debido a que, dice, fue el municipio el que primero incumplió su deber de adelantar las obras para cumplir los requisitos sanitarios y ambientales en aras a obtener el nivel 1 de clasificación. A su juicio, no es predicable ese incumplimiento, pues el no pago de los cánones de arrendamiento entre junio del 2009 y mayo del 2011 se debió a circunstancias como el pago de maquinaria, obras y servicios prestados por Frigoarauca que, en ese entonces, estaban pendientes.

El Consejo de Estado negó las pretensiones formuladas entorno a la declaratoria de incumplimiento de contrato y el restablecimiento de su equilibrio económico, pero accedió a su liquidación. Determinó que fue Fiduagraria estaba obligada a ejecutar el plan gradual de cumplimiento, que comprendía las obras necesarias para la obtención de la clasificación 1 del complejo cárnico. Agregó que no se probaron los perjuicios sufridos por la accionante en la ejecución del plan y sus ajustes y que tampoco se acreditó el rompimiento del equilibrio de la ecuación económica. Subrayó que el contrato no obligaba a Arauca a contrarrestar el contrabando de carne, al margen de sus competencias legales al respecto, y que no es cierto que la pretensión principal fuera liquidar este acuerdo contractual.

Al haberse ratificado el fallo de primera instancia, que cuantificó las cifras que la demandante le adeuda al municipio por la liquidación del contrato, pero no se ordenó el pago, porque ello no hacía parte de las pretensiones, el Consejo de Estado no emitió ninguna orden encaminada a la cancelación de los dineros.

Fuente: Consejo de Estado

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Alcalde de Arauca alerta por ataques armados a buses y posible suspensión de rutas nocturnas

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El alcalde de Arauca, Juan Qüenza, expresó a través de sus redes sociales, su profunda preocupación por el recrudecimiento de la inseguridad en las vías del departamento, tras un nuevo ataque armado contra buses de transporte intermunicipal. A través de sus redes sociales, el mandatario denunció que estos hechos ponen en grave riesgo a conductores, pasajeros y a la movilidad de cientos de ciudadanos.

Según lo informado, en la noche del martes un bus de la empresa Libertadores fue atacado a disparos mientras cubría una ruta en el Piedemonte araucano, dejando como saldo dos personas heridas. Este nuevo episodio se suma a una serie de hechos violentos que han venido afectando el transporte público en corredores como Fortul, Saravena y Tame.

Ante este panorama, las empresas transportadoras estarían evaluando la suspensión de las rutas nocturnas debido a las constantes amenazas y ataques, una decisión que impactaría directamente a las comunidades más vulnerables, incluyendo estudiantes, trabajadores y pacientes con remisiones médicas que dependen de estos servicios.

El alcalde Qüenza hizo un llamado urgente a las autoridades departamentales y a la Asamblea de Arauca para que se convoque un debate sobre la creciente inseguridad, los homicidios y los casos de secuestro en la región, insistiendo en la necesidad de acciones inmediatas que garanticen la seguridad en las vías y la protección de la ciudadanía.

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Incautan media tonelada de cocaína en Arauca

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En un puesto de control sobre la Marginal de la Selva, en el municipio de Saravena, fueron interceptados dos vehículos que intentaron evadir la acción de las autoridades. Tras una rápida reacción, se logró su detención e inspección.

En el procedimiento fueron hallados aproximadamente 500 kilogramos de clorhidrato de cocaína, ocultos en la estructura de los automotores. Durante la operación fueron capturadas tres personas por el delito de tráfico, fabricación y porte de estupefacientes, quienes, al parecer, serían integrantes del grupo armado organizado residual, estructura Segunda Marquetalia.

Así mismo, fueron inmovilizados un camión tipo furgón y una camioneta doble cabina, utilizados para el transporte del alcaloide. Este resultado representa un golpe directo a las economías ilícitas de esta estructura criminal, debilitando sus fuentes de financiación.

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A la cárcel alias “Monchi” y sus secuaces por desplazamiento de una familia en Arauquita

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En medio de amenazas de muerte, y advertencias sobre una posible retención ilegal y traslado a territorio venezolano, una familia abandonó su finca ubicada en zona rural de Arauquita. Los posibles responsables de la intimidación serían cuatro señalados integrantes del ELN, quienes fueron identificados y judicializados por la Fiscalía General de la Nación.

La investigación indica que, al parecer, actuaron de manera coordinada para obligar a las víctimas a salir del inmueble y apoderarse del predio para convertirlo en un centro de planeación de actividades delictivas en zona de frontera.

Según los elementos materiales probatorios, Moisés Antonio Celis Agredo, alias “Monchi”, habría articulado la acción criminal desde la comisión Camilo Cienfuegos del Frente de Guerra Oriental del ELN, ordenando el desplazamiento y ordenado la ocupación del bien.

Entre tanto, Carlos Daniel Pallares Yaruro ejerció amenazas directas contra las víctimas y Martín Salcedo Pérez es señalado de asumir labores de vigilancia y control para evitar el retorno de la familia y alertar sobre movimientos de la fuerza pública. Finalmente, a Daiber Yair Rojas González se le atribuye el apoyo logístico para mantener la apropiación ilícita de la finca.

Por estos hechos, una fiscal de la Dirección Especializada contra las Organizaciones Criminales imputó a los cuatro hombres los delitos de rebelión y desplazamiento forzado. Los procesados no aceptaron los cargos y un juez penal de control de garantías les impuso medida de aseguramiento en centro carcelario.

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