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Supersalud ordena liquidación de la EPS Coomeva

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La Superintendencia Nacional de Salud ordenó hoy la liquidación de la EPS Coomeva, tras evidenciar la imposibilidad de corregir la crítica situación financiera en que se encuentra y como protección a la vida y la salud de sus 1.2 millones de afiliados en 24 departamentos del país.

La EPS estaba bajo las medidas de toma de posesión y de intervención forzosa para administrar desde hace varios meses, pero, a pesar de los esfuerzos del agente especial designado por la Supersalud, ya había un deterioro continuado de sus principales indicadores operacionales, asistenciales y financieros.

La EPS estuvo en medida de vigilancia especial por cuatro años y medio, tiempo durante el cual la Supersalud le impartió instrucciones y órdenes que no atendió, particularmente para que diera respuesta a la acumulación de quejas, reclamos y peticiones de sus afiliados, y a la necesidad de cumplir con estrictos planes de capitalización.

Como consecuencia de la orden de liquidación se designa a Felipe Negret Mosquera como agente especial liquidador, quien deberá entregar a la Superintendencia la base de datos de sus afiliados y el Ministerio de Salud procederá a surtir el procedimiento de traslado de esta población a EPS receptoras que no cuenten con ninguna medida administrativa y que posibilitarán la garantía de acceso, calidad y oportunidad en la prestación de los servicios.

Una deteriorada situación financiera

La Supersalud evidenció que la EPS no cumple con las condiciones financieras y de solvencia, con los indicadores de capital mínimo y de patrimonio adecuado, además de que se encuentra en riesgo de iliquidez, arrastra un creciente endeudamiento y su crisis financiera ocasionaba que su red de prestación cerrara las puertas y dejara de atender a sus afiliados.

De acuerdo con la información de la Superintendencia, la EPS tiene pasivos cercanos a los 1,7 billones de pesos, un nivel de endeudamiento de 1,6 veces sobre el valor del activo, una brecha de 204.230 millones de pesos en el patrimonio adecuado y unas pérdidas acumuladas superiores al billón de pesos.

Precisamente, solo durante los primeros 11 meses de 2021 la EPS registró pérdidas por 190.219 millones de pesos y durante esta vigencia el 40% de su pasivo se concentraba en 30 acreedores por valor de 700.352 millones de pesos, lo cual generaba un alto riesgo de liquidez por la probabilidad de incumplimiento en esas obligaciones.

Quejas y tutelas por incumplimientos en atención

De acuerdo con la resolución 189-6 de este 25 de enero, se identificó que la EPS Coomeva no garantizaba a sus afiliados el acceso a los servicios de salud y ponía en riesgo la atención a la población gestante, a los menores de edad y a los pacientes con enfermedades de alto costo (cáncer, insuficiencia renal, VIH y hemofilia).

En la radiografía hecha por la Supersalud a partir de las acciones de inspección y vigilancia realizadas durante los periodos 2019, 2020 y 2021, se concluyó que la EPS Coomeva no realizaba el diagnóstico oportuno de pacientes crónicas con cáncer de cuello uterino y cáncer de mama debido a las bajas coberturas en la toma de citología cervicouterina, colposcopia y mamografía.

Las auditorías de la Supersalud encontraron que la EPS no fue oportuna en la prestación de servicios de salud incluidos en el plan de beneficios que requiere la población menor de edad, al igual que inoportunidad en la prestación de servicios ordenados por fallo de tutela.

En los últimos 3 años Coomeva recibió 193.100 peticiones, quejas, reclamos y denuncias (PQRD) y por el creciente volumen de quejas ocupó los primeros lugares entre las 14 EPS del régimen contributivo.

Los principales motivos de PQRD se relacionaban con dificultades para acceder a servicios de medicina especializada, demora en entrega de medicamentos, retraso en autorización de exámenes de laboratorio y no pago de las prestaciones económicas derivadas de licencia de enfermedad general.

“Ni con las medidas de salvamento propias de intervención para administrar, se pudo superar la situación crítica que la entidad venía experimentando y, por ende, el incumplimiento de estas órdenes se mantuvo en el tiempo”, señala la resolución que ordena la liquidación de la EPS.

Entre 2019 y 2021 la Supersalud impuso cinco medidas cautelares a Coomeva a fin de que diera pronta respuesta a miles de casos de usuarios en riesgo que requerían gestión urgente.

Se evidenció que la insuficiente red de prestadores le impedía a la EPS garantizar los servicios de salud a los usuarios, afectaba la detección temprana de las enfermedades, aumentaba la gravedad de las patologías y provocaba congestión en los servicios de urgencias.

En los últimos tres años la EPS registró una pérdida cercana a 550 mil afiliados, una de las disminuciones más fuertes entre las empresas del sector del aseguramiento en salud para ese periodo. A la fecha, la Superintendencia Nacional de Salud ha proferido multas por más de 20.000 millones de pesos contra la EPS Coomeva, siendo una de las más sancionadas.

Con Coomeva son ya 12 EPS liquidadas o revocadas totalmente en el periodo del Presidente Iván Duque y se cumple así el compromiso de depurar del sistema de salud aquellas aseguradoras que no le prestan a los usuarios servicios con calidad y oportunidad.

Fuente: Superintendencia de Salud

 

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Dian habilita nuevo servicio de facturación electrónica solo con el número de cédula o Nit

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La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) puso al servicio de los contribuyentes un nuevo servicio que permitirá generar de forma fácil y segura la facturación electrónica únicamente con el tipo y número de documento del comprador de bienes y servicios.

Se trata de un esfuerzo interinstitucional entre la Dian y la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) a través de su Delegada para la Protección de Datos Personales.

Así, los compradores de bienes y servicios solo deberán suministrar tres datos para la generación de la factura electrónica: nombre completo o razón social, tipo y número de documento de identificación y correo electrónico cuando el usuario desee recibir la factura electrónica por ese medio.

Sin embargo, si el comprador del bien o servicio no quiere suministrar el correo electrónico, el facturador deberá generar y entregar la factura electrónica de forma impresa, sin exigir más datos, tal como dispone el artículo 35 de la Resolución 165 de 2023.

De manera adicional, ningún establecimiento podrá solicitar documentos físicos ni datos adicionales como número telefónico, dirección de residencia o RUT.

Según la Resolución 000202 de 2025 de la Dian, el nuevo servicio estará vigente a partir de la segunda semana de abril de 2025 y podrá utilizarse únicamente para la expedición de factura electrónica, y no con otros propósitos.

Este servicio estará disponible en todos los facturadores, incluyendo lo que utilicen el Servicio de Facturación Gratuita de la Dian, y quienes hayan desarrollado su propio software de facturación o que operen con un proveedor tecnológico.

Además, los facturadores electrónicos con software propio y los proveedores tecnológicos deberán ajustar sus sistemas para integrar el nuevo servicio que permitirá completar de manera automática el nombre o razón social y el correo electrónico del comprador, con solo su número de cédula, generando así la factura electrónica sin necesidad de solicitar datos adicionales.

Por su parte, el Servicio de Facturación Gratuita de la Dian incorporará de forma inmediata este nuevo servicio de información, a partir de su implementación.

De otro lado, la Resolución 000202 de 2025 aclara que las empresas prestadoras de servicios públicos solo podrán utilizar el documento equivalente electrónico para ventas relacionadas con el servicio prestado, salvo que el usuario autorice un uso diferente de este documento.

Fuente: Presidencia de la República

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Casanare y Meta entre los departamentos donde se titularán tierras a firmantes de paz

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En una jornada maratónica, programada para este miércoles 2 de abril, el Gobierno Nacional terminará el proceso de titulación de 215 predios a firmantes de paz en los departamentos del Huila, Meta, Casanare, Guaviare, Tolima y Sucre.

El proceso, adelantado por la Agencia Nacional de Tierras (ANT) y la Agencia para la Reincorporación y la Normalización (ARN), está enmarcado en el Programa Especial de Acceso a Tierras, que impulsa la reincorporación y la construcción de paz en el país, beneficiando en este caso a 323 familias firmantes con más de 3.500 hectáreas.

El director de la ANT, Felipe Harman, agregó que el proceso cuenta con el acompañamiento de la Misión de Verificación de la ONU en Colombia.

Las más de 3.500 hectáreas se suman al contador de predios entregados en el desarrollo de la Reforma Agraria, cuyo fin es garantizar el acceso a la tierra y transformar lo que fue el origen del conflicto en un instrumento de paz.

En la misma línea, la directora de ARN agregó: “Cuando llegamos al Gobierno, solamente se habían entregado 800 hectáreas y no se había adjudicado una sola hectárea a firmantes del Acuerdo de Paz, justamente debido a que no eran sujetos de la Reforma Agraria”.

Más de 2 mil hectáreas en 3 departamentos

En los departamentos de Casanare, Guaviare y Huila serán entregadas 2.021 hectáreas, es decir, más de la mitad de las 3 mil de la jornada.

En ese sentido, los reincorporados van a recibir los títulos de propiedad de los predios Villa Graciela, en Casanare; Agua Linda, en Guaviare, y El Vaticano, en Huila. La formalización en los tres departamentos beneficiará a 179 familias y al colectivo Federación de Unión Campesina para el Desarrollo Rural e Integral, facilitando el acceso a recursos y oportunidades económicas.

Durante la administración del presidente Petro, la ANT ha entregado 18 mil 815 hectáreas a población de excombatientes en el país, aportándoles a la implementación del punto uno del Acuerdo de Paz del 2016 y cumpliendos a las personas que siguen honrando su palabra en la construcción de paz y la democracia.

Además de reducir la vulnerabilidad jurídica de las y los firmantes, la titulación fortalecerá sus procesos de reincorporación mediante el acceso a tierras productivas, garantizando condiciones adecuadas para el desarrollo agrícola, el emprendimiento rural y la sostenibilidad de las comunidades.

Fuente: Información Presidencia de la República

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Entidades públicas deben reportar resultados de 2024 al Departamento de la Función Pública

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FURAG

Función Pública habilitó el Formulario Único de Reporte y Avance de Gestión (FURAG) desde el 17 de marzo, más de 6 mil entidades del orden nacional y territorial deben reportar la información de gestión del periodo comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2024.

A través de este formulario se realiza anualmente la Medición del Desempeño Institucional, la cual evalúa a cada entidad con base en las 19 políticas del Modelo Integrado de Planeación y Gestión (MIPG).

La medición permite a las entidades públicas obtener un diagnóstico de las áreas en las que se está operando satisfactoriamente y en las que tiene aspectos por mejorar, en busca de prestar un mejor servicio a las ciudadanías del país.

Las fechas de cierre del formulario son distintas de acuerdo a cada departamento:

Cierre martes 22 de abril: Entidades del Distrito Capital, Cundinamarca y orden nacional.

Cierre miércoles 23 de abril: Entidades de Antioquia, Arauca, Bolívar, Caldas, Caquetá, Casanare, Chocó, Guaviare, Norte de Santander, Putumayo y Tolima

Cierre jueves 24 de abril: Entidades de Atlántico, Boyacá, Cauca, Córdoba, La Guajira, Meta, Nariño, Quindío, Sucre, Vaupés y Vichada

Cierre viernes 25 de abril: Entidades de Amazonas, Cesar, Guainía, Huila, Magdalena, Risaralda, San Andrés y Providencia, Santander, Valle del Cauca y Alcaldía Mayor de Bogotá

El Gobierno Nacional reiteró la importancia de este reporte, pues los resultados de esta medición son claves para fortalecer la gestión pública, identificar áreas de mejora y consolidar políticas efectivas en beneficio de las ciudadanías.

Fuente: Comunicaciones Función Pública

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