CASANARE
Familia recuperó tierras abandonadas en Tauramena por presión de las Autodefensas

El predio “Mata de Palma” que fue abandonado por presión del entonces jefe paramilitar Héctor Buitrago, volvió a manos de sus legítimos dueños: los integrantes de la familia Cano, quienes después de 29 años podrán regresar a su tierra en la vereda El Guaira del municipio de Tauramena.
En el año 1990, los Cano adquirieron el predio de 456 hectáreas en el que tenían cultivos de pancoger. La tranquilidad para esta familia campesina terminó dos años después cuando a su finca llegaron las Autodefensas Unidas del Casanare al mando de Buitrago y les ofrecieron una suma irrisoria por su propiedad; propuesta que fue rechazada. En retaliación los paramilitares realizaron una serie de hechos violentos en este predio y sus alrededores.
Esta familia se vio obligada a desplazarse hacia el municipio de Monterrey y luego al casco urbano de Tauramena. En el año de 2015, intentaron vender el predio, pero uno de sus integrantes fue asesinado y por lo tanto, decidieron no continuar con el negocio.
El director de la Unidad de Restitución de Tierras en Meta, Wilson Leyton, señaló que gracias al acompañamiento judicial brindado por la entidad, “la justicia emitió la quinta sentencia del Casanare que devuelve la tierra a la familia Cano integrada por una viuda, dos hijos y sus cuatro nietos y con la cual ratifica el avance de la restitución de los derechos territoriales de las víctimas en ese departamento”.
Los campesinos beneficiarios de este fallo de restitución, también tendrán derecho a un proyecto productivo que les permitirá alcanzar un futuro sostenible, la reparación integral a través del acceso a la oferta institucional del Estado y al alivio de pasivos por concepto de impuesto predial, tasas y otras contribuciones; y la inclusión en programas de generación de ingresos.
Fuente: Unidad de Restitución de Tierras en Meta
CASANARE
Patinadora de 9 años muere en trágico accidente en la Marginal del Llano, en Yopal
CASANARE
Ex Subcomandante de Policía de Casanare sancionada por la Procuraduria por malos tratos

La Procuraduría General de la Nación encontró responsable disciplinariamente y suspendió e inhabilitó en el ejercicio del cargo por doce (12) meses, a la coronel (r) Sandra Yaneth Mora Morales, en su condición de comandante de la Policía Metropolitana de Cúcuta para la época de los hechos.
El Ministerio Público investigó que la entonces coronel se dirigió a una patrullera (subalterna), utilizando vocabulario soez y maltratándola de manera verbal y física, vulnerando la normativa disciplinaria del personal de la Policía Nacional, en especial lo previsto en el artículo 46-3 de la Ley 2196 de 2022. (Estatuto Disciplinario de la Policía).
La conducta de la oficial fue calificada como falta grave cometida con dolo, por lo que deberá responder disciplinariamente.
En aplicación del principio de proporcionalidad y valorando los criterios de graduación de la falta y de la sanción, se determinó que en este caso existían un atenuante y dos agravantes.
Contra esta decisión, la disciplinada interpuso recurso de apelación que será resuelto por la Sala Ordinaria de Juzgamiento de la PGN.
La Coronel (r) Sandra Mora estuvo como Subcomandante en el Departamento de Policía Casanare en años anteriores.
Fuente: El Diario del Llano
CASANARE
Vuelve restricción de motocicletas en horas nocturnas los fines de semana en Yopal

A través del Decreto 116 del 13 de agosto del 2025, la Alcaldía de Yopal prohibió la circulación de motocicletas durante los fines de semana en el municipio, esto con el propósito de evitar que se presenten siniestros viales y por ende pérdidas fatales.
El primer fin de semana en el que se aplicará la medida será el comprendido entre el viernes 15 y el lunes 18 de agosto.
Los horarios de restricción y los demás días de prohibición se relacionan en la siguiente tabla.
De esta medida quedan exceptuadas la fuerza pública, los organismos de seguridad del Estado, la Policía Judicial, las autoridades de tránsito y transporte, los organismos de emergencia y socorro, prevención y salud. Además, personal de empresas de seguridades privadas debidamente identificadas, personas con movilidad reducida, domiciliarios, hotelería y turismo con sus identificaciones que acrediten la prestación del servicio.
El incumplimiento de las medidas adoptadas en este Decreto conllevará a las sanciones correspondientes, la imposición de comparendos de tránsito conforme a lo dispuesto en el literal C numeral 14 del artículo 131 de la ley 769 de 2002, modificado por el artículo 21 de la ley 1383 de 2010 y demás normas aplicables según el caso.
Fuente: El Diario del Llano
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