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CASANARE

Víctima de Casanare pide al Consejo de Estado proteger su derecho a la reparación integral

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Esta semana la sala Plena del Consejo de Estado resolverá una acción de tutela interpuesta por una víctima de ejecución extrajudicial en el departamento de Casanare, quien reclama que sus derechos a la verdad y la justicia sean reconocidos, pudiendo reclamar la reparación integral a que tiene derecho, sin límite de tiempo.

Se recurrió a la Acción de Tutela, debido a que el pasado 29 de enero de 2020, la Sección Tercera de este mismo Tribunal decidió cambiar, sin mayores fundamentos, el límite de tiempo para que las víctimas puedan reclamar la reparación integral por crímenes de lesa humanidad cometidos por agentes del Estado.

El tiempo para reclamar se limitó a dos años, a partir de que las víctimas tengan el conocimiento de los hechos, desconociendo los múltiples obstáculos que enfrentan las víctimas, en particular las de crímenes que involucran a agentes de la fuerza pública.

Esta reparación integral comprende:

  • La verdad por parte de los agentes estatales de los crímenes, a través de actos de reconocimiento de responsabilidad y perdón público;
  • La verdad de cara a la sociedad a través de la difusión masiva de los hechos, la publicación de las sentencias, la realización de libros y documentales, entre otras herramientas de divulgación;
  • La justicia en relación con todos los responsables de los hechos, la reparación material por el daño causado a todo el núcleo familiar, atención en salud, educación y todo lo necesario para tratar de resarcir ese daño material ocasionado por los crímenes cometidos;
  • Y las garantías de no repetición consistentes en que la sociedad conozca la verdad y en políticas de todo orden para que estos hechos no vuelvan a ocurrir.

Ante la decisión del Consejo de Estado, más de un centenar de víctimas presentaron una carta de respaldo o coadyuvancia a dicha tutela en la que manifiestan:

1. Informes construidos por parte de la Fiscalía General de la Nación relacionan 4.901 casos de ejecuciones extrajudiciales entre los años 2002 a 2008. Es decir, 1,9 cada día, 8,29 cada semana, 68 cada mes, 490 cada semestre y 816 cada año; crímenes relacionados con 7 divisiones en 27 departamentos. Esto ratifica el carácter sistemático y generalizado de las ejecuciones extrajudiciales cometidas por agentes estatales.

2. Bajo ninguna justificación pueden limitarse los derechos fundamentales de las víctimas de crímenes de Estado a la verdad, la justicia, reparación integral y las garantías de no repetición. La decisión del Consejo de Estado desconoce las garantías y derechos que tienen las víctimas al limitarlos desconociendo el derecho internacional. Llama la atención que a pesar de afirmarse que en la actualidad los aparatos de justicia parten del principio constitucional de la centralidad de las víctimas, hoy se procure limitar estos derechos.

3. Tratándose de crímenes de lesa humanidad, las autoridades nacionales no están autorizadas a cambiar las características y consecuencias de estos crímenes. Es deber del Estado y sus autoridades respetar los mandatos internacionales, entre ellos, que las acciones para reclamar la reparación integral, no pueden prescribir. Hoy requieren el respeto a los derechos de las víctimas y frenar medidas para coartarlos.

4. Ponerle límites a estos derechos desconoce las condiciones de inseguridad, temor y de ausencia de garantías en las regiones y subregiones en el territorio nacional para que las víctimas puedan hacer ejercicio de sus derechos, toda vez que a la fecha continúan en condiciones del conflicto armado y violencia sociopolítica, y con ello persisten las agresiones frente a líderes sociales, víctimas y defensores(as) de derechos humanos por parte de los grupos armados legales e ilegales.

5. Ante el ambiente de desprotección generado por el Consejo de Estado, acuden al Consejo de Estado a formularle siete preguntas en las cuales presentan estas y otras reflexiones, y piden claridad a los(as) Consejeros(as) de Estado llamando la atención frente a la prevalencia de los derechos fundamentales de las víctimas.

6. También solicitan a la Sala Plena del Consejo de Estado que revoque la decisión de la Sección Tercera, fallando la tutela en favor de los derechos de las víctimas y que realice una audiencia pública sobre este tema garantizando la participación de las víctimas y en especial a las instancias del Sistema de Naciones Unidas de Derechos Humanos, así como los órganos autorizados para interpretar y aplicar la Convención Americana. De ser necesario, también que se eleve esta consulta a la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Fuente: Comunicaciones Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo

CASANARE

Desarticulada banda de sicarios en Yopal liderada por alias “Ramón”

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capturas los de aragua

En una operación conjunta entre la SIJÍN Casanare, Inteligencia Policial, el CTI de la Fiscalía, la Fuerza Aérea Colombiana y bajo la coordinación de la Fiscalía 08 Seccional Yopal, fueron capturados cuatro integrantes del Grupo “Los de Aragua”, entre ellos su cabecilla sicarial, Gustavo Ramón Corona Anguelle, conocido como alias “Ramón”. Las detenciones se realizaron en Yopal (Casanare) y Puerto Gaitán (Meta) mediante órdenes judiciales.

Según las autoridades, los capturados estarían involucrados en al menos ocho hechos violentos que dejaron un total de nueve homicidios, ocurridos entre 2024 y lo corrido del 2025, todos bajo la modalidad de sicariato. Entre los casos más relevantes, las autoridades mencionaron el doble homicidio ocurrido el pasado 1 de junio en el establecimiento de comidas rápidas “Los Pepitos” en la carrera 12 con calle 39 de Yopal.

Antecedentes por homicidio en Venezuela

Se dice por parte de las autoridades, que Alias “Ramón” tendría además dos solicitudes judiciales vigentes en Venezuela por el delito de homicidio intencional. Este sujeto operaba bajo las órdenes de alias “Jaudy”, cabecilla delincuencial de “Los de Aragua”, actualmente recluido en un centro penitenciario desde donde seguía coordinando homicidios, intimidaciones y extorsiones relacionadas con el control del microtráfico en la región.

El grupo criminal usaba el nombre del Tren de Aragua como fachada para intimidar a sus víctimas y consolidar su dominio territorial, lo que habría contribuido al incremento de los homicidios en la capital casanareña. Con estas capturas, las autoridades consideran que se propina un golpe contundente a la estructura que sembraba miedo en Yopal.

La Policía Nacional reiteró su compromiso con la seguridad de los habitantes de Casanare y anunció que continuará adelantando acciones coordinadas para enfrentar el crimen organizado y proteger la vida e integridad de la ciudadanía.

Fuente: El Diario del Llano – HOLA Casanare

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CASANARE

A la cárcel hombre señalado de alterar un cajero electrónico en Tauramena

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CAPTURADO CAJERO TAURAMENA

Un juez de control de garantías impuso medida de aseguramiento en centro carcelario a Javier Mauricio Aranguren Bolívar, por alterar el cajero electrónico de una entidad bancaria para apoderarse de tarjetas de los clientes, en el centro del municipio de Tauramena.

La Policía Nacional capturó en flagrancia a este hombre el pasado 21 de junio, cuando, estaba alteraba el mecanismo del lector y cámara del equipo de un cajero electrónico.

Un fiscal de la Unidad de Reacción Inmediata (URI) le imputó el delito de obstaculización ilegitima del sistema informático o red de telecomunicación agravado. El procesado aceptó su responsabilidad.

De acuerdo con la investigación, Aranguren Bolívar había sido identificado por la central de seguridad de la entidad financiera afectada, ya que, al parecer, se dedicaba a engañar a los clientes bajo la modalidad de obstaculización y cambiazo.

Al momento de la captura, este hombre tenía en su poder 18 tarjetas plásticas de diferentes bancos y un celular.

Fuente: El Diario del Llano – HOLA Casanare

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CASANARE

Procurador responde con firmeza a recusación presentada por el concejal de Yopal Anderson Carrillo

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El Procurador 53 Judicial II Administrativo, Nelson Manuel Briceño Chiriví, emitió una contundente respuesta al Tribunal Administrativo de Casanare frente a la recusación presentada en su contra por el concejal de Yopal, Anderson Carrillo, dentro del proceso de pérdida de investidura que enfrenta el corporado.

El funcionario desestimó tajantemente la solicitud y la calificó como una maniobra sin fundamento legal y motivada por la mala fe.

Briceño no ahorró palabras al describir la recusación como una “afirmación mentirosa, contraevidente, ilegal, abusiva y falsa”, advirtiendo que la acción fue deliberadamente temeraria y sin sustento jurídico. Señaló que la estrategia buscaba entorpecer el avance del proceso, afectando la transparencia y la lealtad procesal que deben regir en estas actuaciones.

“Recusación temeraria”

“El aducir causales de impedimento francamente inexistentes e imposibles de ser probadas, conlleva a que la mal llamada recusación propuesta tenga el carácter de ser temeraria y la actuación de quienes la promovieron sea de abierta e inexcusable mala fe”, expresó el procurador en su respuesta dirigida al Tribunal.

Además de rechazar la recusación, la Procuraduría solicitó al Tribunal que se imponga una sanción ejemplar conforme a lo establecido en el artículo 44 del Código General del Proceso y el artículo 132 del CPACA, señalando que este tipo de acciones dilatorias atentan contra el buen curso de la justicia y el respeto a las instituciones.

Como se ha venido informando, contra el Concejal Anderson Carrillo se adelantan dos actuaciones, una donde se solicita la nulidad de su elección por presuntamente estar inhabilitado al momento de hacerse elegir, y otra donde se solicita se decrete la pérdida de investidura.

Fuente: El Diario del Llano – HOLA Casanare

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