CASANARE
Nuevo kit de Elisa agilizará resultados en muestras de brucelosis bovina

La metodología para el registro y validación del nuevo kit la realizó el ICA con ensayos de verificación estandarizados, siguiendo las recomendaciones del manual de Animales Terrestres, de la Organización Mundial de Sanidad Animal (OIE). Los resultados, se basarán en especificaciones del inserto de la casa comercial que lo produce, sin necesidad de que sean comparados con algún otro, acorde a la norma de gestión de calidad de los laboratorios ISO/IEC 17025.
“Como solución a las afectaciones en los sistemas productivos pecuarios del país, ocurridas por la escases del kit de Elisa competitiva, el ICA en los últimos meses ha enfocado sus esfuerzos en generar registro, validación y verificación de un nuevo kit diagnóstico. Bajo ese contexto, los resultados finales de las muestras que tenemos represadas en los laboratorios podrán serán emitidos en los próximos días”, explicó el subgerente del área de Protección Animal, Alfonso Araujo Baute.
El nuevo kit de Elisa competitiva permitirá que el ICA realice todos los diagnósticos pendientes de pruebas confirmatorias de brucelosis bovina, avanzando así en la certificación de hatos libres de brucelosis bovina, y el saneamiento de predios. De igual manera, la autoridad sanitaria tiene disponibilidad de la prueba para la movilización de animales con destino a eventos de concentración de ganados, como ferias y exposiciones.
La brucelosis bovina es una enfermedad bacteriana que produce en las hembras abortos, retención de placenta, nacimiento de animales débiles, entre otros, afectando la producción pecuaria del país. Esta también es una enfermedad zoonótica de gran importancia para la salud pública, ya que se transmite del animal al hombre.
CASANARE
Patinadora de 9 años muere en trágico accidente en la Marginal del Llano, en Yopal
CASANARE
Ex Subcomandante de Policía de Casanare sancionada por la Procuraduria por malos tratos

La Procuraduría General de la Nación encontró responsable disciplinariamente y suspendió e inhabilitó en el ejercicio del cargo por doce (12) meses, a la coronel (r) Sandra Yaneth Mora Morales, en su condición de comandante de la Policía Metropolitana de Cúcuta para la época de los hechos.
El Ministerio Público investigó que la entonces coronel se dirigió a una patrullera (subalterna), utilizando vocabulario soez y maltratándola de manera verbal y física, vulnerando la normativa disciplinaria del personal de la Policía Nacional, en especial lo previsto en el artículo 46-3 de la Ley 2196 de 2022. (Estatuto Disciplinario de la Policía).
La conducta de la oficial fue calificada como falta grave cometida con dolo, por lo que deberá responder disciplinariamente.
En aplicación del principio de proporcionalidad y valorando los criterios de graduación de la falta y de la sanción, se determinó que en este caso existían un atenuante y dos agravantes.
Contra esta decisión, la disciplinada interpuso recurso de apelación que será resuelto por la Sala Ordinaria de Juzgamiento de la PGN.
La Coronel (r) Sandra Mora estuvo como Subcomandante en el Departamento de Policía Casanare en años anteriores.
Fuente: El Diario del Llano
CASANARE
Vuelve restricción de motocicletas en horas nocturnas los fines de semana en Yopal

A través del Decreto 116 del 13 de agosto del 2025, la Alcaldía de Yopal prohibió la circulación de motocicletas durante los fines de semana en el municipio, esto con el propósito de evitar que se presenten siniestros viales y por ende pérdidas fatales.
El primer fin de semana en el que se aplicará la medida será el comprendido entre el viernes 15 y el lunes 18 de agosto.
Los horarios de restricción y los demás días de prohibición se relacionan en la siguiente tabla.
De esta medida quedan exceptuadas la fuerza pública, los organismos de seguridad del Estado, la Policía Judicial, las autoridades de tránsito y transporte, los organismos de emergencia y socorro, prevención y salud. Además, personal de empresas de seguridades privadas debidamente identificadas, personas con movilidad reducida, domiciliarios, hotelería y turismo con sus identificaciones que acrediten la prestación del servicio.
El incumplimiento de las medidas adoptadas en este Decreto conllevará a las sanciones correspondientes, la imposición de comparendos de tránsito conforme a lo dispuesto en el literal C numeral 14 del artículo 131 de la ley 769 de 2002, modificado por el artículo 21 de la ley 1383 de 2010 y demás normas aplicables según el caso.
Fuente: El Diario del Llano