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Las consultas populares ya no podrán vetar proyectos extractivos: Corte Constitucional

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Tras varias salas de discusión a propósito de una tutela que presentó la empresa Mansarovar Energy Colombia Limitada, el alto tribunal aseguró que a los movimientos ciudadanos no pueden desconocer que el Estado tiene la propiedad del subsuelo. Pero dio dos años al Congreso para legislar al respecto.

La Corte Constitucional zanjó este jueves un amplio debate que se había generado alrededor del uso de las consultas populares para avalar o vetar proyectos extractivos mineros y de hidrocarburos. A la fecha se han realizado nueve consultas Piedras y Cajamarca (Tolima), Tauramena (Casanare), Cabrera y Arbeláez (Cundinamarca), Cumaral (Meta), Pijao (Santander), Sucre y Jesús María (Sucre) y en todas ha ganado el ‘no’ de la ciudadanía. No obstante, esto ya no podrá volver a ocurrir. El alto tribunal acaba de definir que por medio de este mecanismo ya no se podrán frenar las actividades mineras.

La Sala Plena aprobó con una votación 5-1 una ponencia que presentó la magistrada Cristina Pardo Schlesinger que dice que el Estado es el propietario de los recursos del suelo y el subsuelo de la nación, lo cual trasciende los intereses regionales y municipales. Y señala que si el Gobierno central tiene competencias sobre esos recursos, entonces las autoridades territoriales no pueden puedan vetar la explotación de los recursos naturales no renovables.

(Le puede interesar: Consultas populares no pueden vetar proyectos mineros ni energéticos: ponencia)

La ponencia de Pardo agregaba en todo caso que ni la nación ni las entidades territoriales tienen competencias absolutas en materia de explotación de subsuelos y recursos naturales, sino que debe existir una colaboración armónica entre ambos frentes. Por esa razón, el alto tribunal señaló que no existen mecanismos de participación ciudadanapara manifestar su oposición a este tipo de proyecto y dio un plazo de dos años para que el Congreso expida esa regulación de vital importancia ambiental y social para el país.

El origen de esta polémica fue la consulta popular que promovieron algunos habitantes del municipio de Cumaral (Meta) en junio de 2016, cuando trascendió que se iba a adelantar un proyecto de exploración sísmica en su área rural, con fines de búsqueda de hidrocarburos. En ese momento, la Alcaldía de Cumaral expidió un decreto para darle trámite a la consulta y luego, en marzo de 2017, el Tribunal Administrativo del Meta le dio su aprobación jurídica. En el debate previo, la Procuraduría y la Agencia de Defensa Jurídica del Estado se opusieron a la consulta.

(Le puede interesar: Ponencia en la Corte Constitucional pide que consultas mineras sean la última opción)

El camino escogido por la empresa Mansarovar Energy Colombia Limitada, vinculada a la iniciativa de la explotación petrolífera, fue acudir a la acción de tutela. Desde su punto de vista, resultaba cuestionable que mediante la consulta popular se desconociera un contrato legalmente firmado con la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH). Como era de esperarse, al asunto se fueron sumando organismos como Ecopetrol, la Asociación Colombiana de Petróleo (ACP) y la Agencia Nacional de Minería, entre otros, todos interesados en aclarar el asunto.

La ponencia de la magistrada Cristina Pardo Schlesinger también señalaba que así como existe el derecho a la consulta popular como mecanismo de participación ciudadana, en los casos como el de Cumaral también deben tenerse en cuenta los análisis técnicos integrales y el concepto del desarrollo sostenible. Igualmente, señalaba que no hay un mecanismo de participación ciudadana mediante el cual las comunidades puedan contar con información, presentar sus inquietudes u oponerse a proyectos de explotación petrolífera.

(Vea: Consultas y minería, en manos de la Corte Constitucional)

En criterio de la magistrada ponente, hay momentos en que se exige la socialización del proyecto, pero ante la ausencia de espacios de participación, las comunidades se han visto obligadas a utilizar la consulta popular como la forma de expresar sus inquietudes, así no sea el mecanismo idóneo. Este panorama es definido como “un déficit de protección constitucionalmente inadmisible”, porque en el desarrollo de las actividades hidrocarburíferas y mineras se generan afectaciones ambientales, y por eso se necesitan instrumentos de control.

La propuesta de la ponente Cristina Pardo y que quedó materializada este jueves fue dejar sin efecto la sentencia del Tribunal del Meta de marzo de 2017, instando a este organismo judicial a que elabore otra de reemplazo con los argumentos propuestos por la Corte Constitucional. En cuanto a la ANH, la Agencia Nacional de Minería, los Ministerios de Medio Ambiente y de Minas, o en general todas las entidades involucradas en el tema en discusión, se les reiteró la obligación de crear instancias para fortalecer el diálogo y garantizar que se suministre información suficiente a las comunidades sobre trabajos en sus territorios.

(Vea: Gobierno pide concertación en proyectos mineros y rechaza prohibición popular)

Fuente: www.elespectador.com

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Motociclista falleció al chocar de frente contra un automóvil en Yopal

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Una mujer que se movilizaba en una motocicleta de placas HAL-03D falleció al colisionar contra un vehículo, en la carrera 5 con calle 52 de Yopal, frente al Parqueadero El Rodeo.

La víctima fue identificada como Sandra Acosta Martínez de 45 años de edad, oriunda de Puerto Rondón.

De acuerdo a la hipótesis entregada por la autoridad de tránsito municipal, el accidente se presentó cuando la motociclista transitaba en sentido contrario de la vía y colisionó con el vehículo.

Sobre el caso se conoció que se adelantan los respectivos exámenes de Medicina Legal para establecer si la mujer conducía en estado de embriaguez.

Fuente: El Diario del Llano – HOLA Casanare

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Superindustria visita Yopal con la “Ruta del Consumidor”

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La Red Nacional de Protección al Consumidor estará presente con su programa Ruta del Consumidor de bienes y servicios para ofrecer orientación gratuita a los habitantes de Yopal sobre protección al consumidor, donde pueden conocer sus derechos y las instancias a las que deben acudir para hacerlos valer.

Según anunció la Superindustria, el bus de atención estará en Yopal en la semana del 6 al 10 de mayo en el parque de La Herradura, Carrera 20 entre calles 15 y 16, donde brindarán atención en un horario de 8 a m a 12 m y de 2 pm a 4 pm.

Desde ya, la Ruta del Consumidor de bienes y servicios de la Red Nacional de Protección al Consumidor, tiene las puertas abiertas, con un equipo de profesionales capacitados para orientar de manera gratuita a todos los consumidores.

Fuente: Superintendencia de Industria y Comercio

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Taxistas de Yopal no se beneficiarán de subsidios por altos precios de la gasolina

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En diálogo con Jorge Miguel Yabrudi, líder del gremio amarillo en la capital casanañera, se reveló que los taxistas de Yopal no se beneficiarán de ayudas del gobierno por altos precios de la gasolina.

En la entrevista Jorge Miguel señaló que eso no era lo que se le había solicitado al presidente Gustavo Petro y se había acordado con el Ministerio de Transporte, situación que fue sorpresa para el gremio.

Lea también: Anuncian compensación económica a taxistas por alto costo de la gasolina

Se solicitó una tarifa diferencial en el precio de la gasolina para el transporte público a nivel nacional, pero lo que se está ofreciendo es un subsidio económico por una sola vez a los transportadores, lo cual de fondo no alivia la crisis. Además, en el caso de Yopal, cerca de un 90% de los vehículos tipo taxi funcionan a gas.

Al referirse al beneficio “Competaxi”, anunciado por el Presidente Petro, señala el líder que es una fórmula con la que se pagaría una única vez una cifra entre los 600 y 800 mil pesos, solo a los taxistas que se matricularon inicialmente, por lo que la controversia ha generado confusión, ya que en Yopal, al menos el 90% de los taxis funcionan con gas y/o gasolina.

Por ahora, el gremio busca un encuentro con el Gobierno o el Ministerio de Transporte para definir lo que ocurrirá con la asignación del beneficio.

Fuente: El Diario del Llano – HOLA Casanare

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