CASANARE
14 capturados en Casanare durante puente festivo
Conozca el balance operativo de la Policía
El puente festivo dejó un total de 14 personas capturadas en Casanare, así lo dio a conocer la Policía mediante un informe del balance operacional en todo el departamento. Las personas capturadas fueron dejadas a disposición de las autoridades competentes y ahora afrontan el respectivo proceso de judicialización.
Dos capturas en flagrancia por el delito de tráfico, fabricación o porte de estupefacientes
En la calle 12 con avenida circunvalar del barrió Guácima de San Luis de Palenque, mediante la realización de puesto de control, fueron capturados un hombre y una mujer de 22 y 23 años de edad, los cuales portaban 500 gramos de marihuana. Los capturados fueron dejados a disposición de la Fiscalía 23 local de Trinidad por el delito de tráfico, fabricación o porte de estupefacientes.
Captura mediante orden judicial por el delito de violencia intrafamiliar
En la carrera 5 con calle 26 del barrio Paraíso de Yopal, fue capturado un hombre de 33 años de edad, a quien le figura orden de captura expedida por el Juzgado de Ejecución de Penas y medidas de seguridad N° 01 de Yopal, por el delito de violencia intrafamiliar agravada, este hombre es requerido con el fin de cumplir condena. El capturado fue dejado a disposición de la Fiscalía 35 local de turno URI.
Captura mediante orden judicial por el delito de tentativa de hurto calificado
En la carrera 18 entre calles 15 y 16 barrio Bello Horizonte de Yopal, fue capturado un hombre de 30 años de edad, a quien le figura una orden de captura vigente por el delito de tentativa de hurto calificado, emanada por el Juzgado de ejecución de penas y medidas de seguridad número 1 de Yopal (Casanare). El capturado fue dejado a disposición de la autoridad competente.
Captura mediante orden judicial por el delito hurto calificado y agravado
En la calle 36 con carrera 12 del municipio de Yopal, personal de la Seccional de Investigación Criminal Casanare, mediante labores investigativas, logró la captura de un hombre de 25 años de edad, quien es solicitado mediante orden de captura emanada por el Juzgado Promiscuo municipal de Pajarito (Boyacá), por el delito hurto calificado y agravado. El capturado fue dejado a disposición de la Fiscalía 10 local de Yopal.
Captura en flagrancia por el delito de hurto y recuperación de celular
En la calle 7 con carrera 5 del barrio Modelo de Chameza, fue capturada una mujer de 24 años de edad, quien hurtó mediante factor de oportunidad, un celular marca Motorola color plateado, avaluado en $800.000, de propiedad de una mujer de 39 años de edad. La mujer capturada y elemento fue dejada a disposición de la Fiscalía 35 local URI.
Captura en flagrancia por el delito de hurto y recuperación de mercancía
En la carrera 21 entre calles 10 y 11 del barrio bello horizonte de Yopal, fue capturada una mujer de 27 años de edad, quien mediante la modalidad de raponazo hurtó 01 celular avaluado en $ 600.000, de propiedad de una mujer de 26 años de edad. La capturada por el delito de hurto fue dejada a disposición de la Fiscalía 30 local URI.
Captura en flagrancia por el delito hurto y recuperación mercancía
En la carrera 29 con calle 18 del barrio el Hobo de Yopal, fue capturado un hombre de 40 años de edad, quien hurtó del interior de un almacén de cadena, mediante la modalidad de “factor oportunidad” varios productos cárnicos avaluados en $ 12.280, denuncia interpuesta por un hombre de 25 años de edad. El hombre capturado y elementos fueron dejados a disposición de la Fiscalía 35 local URI.
Captura mediante orden judicial por el delito de lesiones personales
En la carrera 13 con calle 8 del barrio Fundadores de Villanueva, fue capturado un hombre de 38 años de edad, solicitado por el Juzgado de ejecución de penas y medidas de seguridad Nro. 2 de Yopal, por el delito de lesiones personales. El capturado fue dejado a disposición de la autoridad competente.
Captura en flagrancia por el delito de lesiones personales
En la carrera 18 con calle 32 barrio 20 de Julio de Yopal, fue capturado un hombre de 18 años de edad, quien agredió con arma blanca en el pecho a un hombre de 52 años de edad, quien se encuentra en el área de hospitalización en la sala de recuperación del Hospital de esta localidad. El capturado fue dejado a disposición de la Fiscalía 32 local URI.
Captura en flagrancia por el delito de lesiones personales
En la carrera 8 con calle 3 del barrio Las Villas de Tauramena, fue capturado un hombre de 31 años de edad, quien agredió físicamente a una mujer de 27 años de edad, a quien le causó varias lesiones, recibiendo 7 días de incapacidad médico legal. El capturado fue dejado a disposición de la Fiscalía 38 Seccional de Monterrey.
Captura en flagrancia por el delito de violación de habitación ajena y daño de bien ajeno
En la diagonal 1 sur con calle 9A del barrio Julia Luz de Monterrey, fue capturado un hombre de 18 años de edad, quien ingreso sin autorización y dañando una teja de la vivienda propietaria de una mujer de 36 años de edad. El capturado fue dejado a disposición de la Fiscalía 33 local de Monterrey.
Captura en flagrancia por el delito de daño en bien ajeno
En la carrera 7ª con calle 40 del barrio el Laguito de Yopal, fue capturado un hombre de 40 años de edad, quien causó daños materiales con objeto contundente (piedra), a un vehículo marca Chevrolet, daños avaluados en $150.000, de propiedad de un hombre de 26 años de edad. El capturado fue dejado a disposición de la Fiscalía 35 Local URI de Yopal.
Captura en flagrancia por el delito de violencia intrafamiliar
En la calle 4 con carrera 7 del barrio Campo Alegre de Trinidad, fue capturado un hombre de 44 años de edad, quien agredió a su compañera sentimental, una mujer de 20 años de edad, a quien le causó varias lesiones, recibiendo 10 días de incapacidad. El capturado fue dejado a disposición de la Fiscalía local 23 de Trinidad.
Fuente: El Diario del Llano – HOLA Casanare
CASANARE
Sindicatos dicen que Interventora temporal de Capresoca estructuró el modelo que agravó el caos
El sindicato Sindicato Unitario Nacional de Trabajadores del Estado SUNET Casanare, solicitó al Gobierno Nacional la designación urgente de un agente interventor especial externo para CAPRESOCA EPS, tras cuestionar la reciente designación de Bibi Dayana Daniels Rueda como agente interventora sustituta temporal de la entidad, quien se venía desempeñando como Gerente Operativa.
La petición fue elevada al presidente Gustavo Petro, al Ministerio de Salud y a la Superintendencia Nacional de Salud, en medio de crecientes preocupaciones por la prestación del servicio a más de 170.000 afiliados en el departamento.


Ante este panorama, SUNET pidió que se designe un interventor independiente externo con perfil técnico y sin conflictos de interés, y solicitó incluir a CAPRESOCA en un plan nacional de salvamento. Asimismo, defendió el carácter público de la EPS y su potencial como modelo de gestión en salud, reiterando la urgencia de medidas que garanticen la atención oportuna y la estabilidad institucional.
CASANARE
Secretaría de las TICs en Yopal ofrece curso gratuito de herramientas de Google
La secretaría de las tecnologías de la información y las comunicaciones de Yopal invita a la comunidad a participar en su curso gratuito “Herramientas de Google”. Esta iniciativa de formación está orientada a fortalecer las competencias digitales de los ciudadanos.
El espacio académico está diseñado para brindar conocimientos prácticos en el uso de aplicaciones esenciales. Los participantes aprenderán a manejar herramientas como Google Keep, Calendar, Meet, Forms, Sites, NotebookLM y la gestión masiva de contactos, fundamentales en diversos ámbitos.
Estas aplicaciones son cruciales para el desarrollo de actividades en los ámbitos educativo, laboral y personal, mejorando significativamente la gestión de la información y la comunicación en entornos virtuales. La estrategia busca cerrar brechas digitales.
El curso dará inicio en el mes de mayo, con sesiones programadas de 2:00 p.m. a 5:00 p.m. se desarrollará en las instalaciones del Punto Vive Digital, y como requisito indispensable, los participantes deberán contar con un computador portátil.
Las personas interesadas pueden realizar su inscripción de manera sencilla a través del enlace: https://forms.gle/LAqwDzK4kwP6LYRdA. Asimismo, para mayor comodidad, el registro también se puede efectuar escaneando el código QR que se encontrará en las piezas informativas oficiales.
La Secretaría TIC extiende una cordial invitación a toda la ciudadanía para que aproveche esta valiosa oportunidad de formación. El curso permitirá a los asistentes avanzar en el uso de herramientas digitales y fortalecer sus habilidades frente a los retos del entorno tecnológico actual.

CASANARE
El abogado detrás del fallo que sacude el sistema tributario y protegió miles de millones para Yopal
Una tutela estratégica, una disputa entre altas cortes y una decisión histórica de la Corte Constitucional (SU-047 de 2026) que le devuelve a las ciudades el control del impuesto de ICA, o en otros términos, redefinen la autonomía fiscal en Colombia. Detrás del caso, estuvo el abogado Gonzalo Ramos Rojas, Especialista en Derecho Penal y Criminología, Especialista en Responsabilidad y Daño Resarcible y Magister en Seguridad y Defensa Nacionales, quien convirtió una derrota judicial en el Consejo de Estado, en un precedente nacional fijado por la Corte Constitucional, abriendo una compuerta jurídica para que las demás ciudades capitales lo repliquen en sus territorios.
El Impuesto de Industria y Comercio (ICA) es el combustible que permite mover y hacer crecer una ciudad, es en términos sencillos, una de las principales fuentes de ingresos de las ciudades en Colombia. Gracias a este impuesto, que pagan empresas y comercios por su actividad económica, los municipios pueden financiar servicios esenciales como salud, educación, infraestructura y programas sociales. En otras palabras, el ICA no es solo un tributo: es una herramienta clave para que las ciudades funcionen y puedan responder a las necesidades de sus ciudadanos.
En el Derecho, como en la guerra, hay momentos en los que una sola operación cambia el curso de la historia, en este caso, tributaria. La Sentencia SU-047 de 2026 de la Corte Constitucional es uno de esos momentos. Con la expedición de la Ley 2082 de 2021, el Congreso creó la categoría de ciudades capitales permitiéndoles tomar como referencia el régimen tributario de Bogotá.
A partir de lo anterior, el Consejo de Estado, cerró el paso a la autonomía de las ciudades: anuló los acuerdos de Yopal y Cali que buscaban elevar la tarifa del ICA, señalando que no podían superar el modelo de Bogotá.

La estrategia jurídica que redefinió el mapa tributario del ICA en Colombia
Litigar no es solo argumentar: es saber dónde dar la batalla.
Durante años, Colombia ha repetido el mismo discurso: somos un Estado descentralizado. Pero en la práctica, muchas decisiones siguen tomándose —o peor, imponiéndose— desde Bogotá. La Sentencia SU-047 de 2026 de la Corte Constitucional acaba de poner en evidencia esa contradicción.
El caso parecía técnico: la tarifa del impuesto de industria y comercio (ICA) en Yopal y Cali, sin embargo, para el apoderado del municipio en el fondo era mucho más que eso. Era responder a una pregunta incómoda: ¿pueden las ciudades capitales decidir sobre sus propios recursos o deben limitarse a copiar el modelo de Bogotá? El Consejo de Estado había respondido, en la práctica, que no podían apartarse.
Lo anterior define el problema jurídico. Porque esa postura no solo desconoce el artículo 14 de la Ley 2082 de 2021 —que permite, no impone, adoptar el régimen de Bogotá—. También reproduce una lógica profundamente centralista: lo que funciona (o se decide) en la capital debe replicarse en el resto del país, sin importar las realidades locales. Pero Colombia no es Bogotá. Yopal no es Bogotá, así lo entendió y así lo defendió el profesional del derecho ante el Consejo de Estado y ante la Corte Constitucional.
Sus dinámicas económicas, sus necesidades fiscales y sus cargas sociales son distintas. Pretender uniformarlas bajo un mismo esquema tributario no es razonable, es centralismo disfrazado de interpretación legal. La Corte Constitucional entendió el trasfondo político del asunto. Por eso, en la sentencia SU-047, no solo corrigió una decisión judicial, definió algo más importante: reivindicó el principio de autonomía territorial como un elemento real, no simbólico.

Se rompió el cerco tributario: las regiones recuperaron el control de su territorio fiscal.
Las ciudades capitales ahora tienen un precedente constitucional claro, es decir, una decisión que sirve como guía y ejemplo para casos similares, para diseñar sus políticas de impuestos con más libertad y según sus propias necesidades. Eso cambia el equilibrio de poder entre el centro y la periferia o la provincia. Adicionalmente, se deja en evidencia que el centralismo en Colombia no solo es administrativo o político, también es judicial. Sí, judicial. Cuando una alta corte interpreta la ley de manera que restringe la capacidad de las regiones para tomar decisiones sobre sus propios recursos, no está siendo neutral. Está interviniendo en la distribución del poder. Y eso tiene un alto impacto, en inversión social, en el desarrollo regional, y en la vida cotidiana de millones de ciudadanos que dependen de los recursos que sus ciudades logren recaudar.
¿Porque esta decisión no cayó del cielo? Fue el resultado de una lectura precisa del conflicto: entender que el problema no era solo tributario, sino estructural. Que lo que estaba en juego no era una tarifa, sino el alcance real de la descentralización en Colombia. El abogado que llevó este caso a la Corte Constitucional no solo litigó, planteó un pulso de poder. Y lo ganó. Eso también dice mucho del momento que vive el país. Porque cada vez es más evidente que las grandes discusiones sobre el modelo territorial ya no se están dando únicamente en el Congreso, sino que se están trasladando a los tribunales. Y allí, caso por caso, se están redefiniendo las reglas.
La SU-047 marca un punto de inflexión. No resuelve todos los problemas, pero sí deja algo claro: el centralismo no es inevitable. Puede ser cuestionado. Puede ser limitado. Y, como acaba de demostrarse, también puede ser derrotado.
El abogado convirtió un problema tributario en un precedente constitucional.
Pero en todo conflicto hay una verdad inmodificable: no basta con ganar terreno, sino que hay que saber sostenerlo. Este éxito jurídico permitirá ingresos anuales, de al menos, quince mil millones de pesos (15.000.000.000), ahora, dependerá de ellos, que se inviertan estratégicamente en la ciudad y que lleguen a todos los ciudadanos. Esa es la nueva apuesta, que los impuestos sigan teniendo un retorno para los ciudadanos, y es la inversión en sus comunas, veredas y barrios.
No fue solo una sentencia donde la Corte Constitucional le da la razón al Abogado como apoderado del municipio de Yopal: fue una batalla por el control de los recursos de las ciudades.


