CASANARE
111.622 jóvenes casanareños están habilitados para votar Consejos de Juventud
Un total de 12 282 273 jóvenes entre los 14 y 28 años de edad están habilitados para ejercer su derecho al voto en las elecciones de los Consejos Municipales y Locales de Juventud, que se llevarán a cabo por primera vez en la historia de Colombia, el domingo 5 de diciembre del 2021.
Del total de jóvenes aptos para sufragar, 6 141 141 son hombres y 6 141 132 son mujeres, quienes podrán votar en 19 991 mesas, distribuidas en 6058 puestos de votación en todo el territorio colombiano. Del total de puestos, 4774 estarán ubicados en el área urbana y 1284 en el área rural.
Bogotá, D.C. lidera el censo electoral nacional para las elecciones de los Consejos Municipales y Locales de Juventud con 1 894 741 jóvenes, seguida por el departamento de Antioquia con 1 608 944, Valle del Cauca con 1 066 082, Atlántico con 665 082 y Cundinamarca con 633 007.
Para Casanare, están habilitados para votar 111.622 jóvenes, de los cuales 56.173 son mujeres y 55.449 son hombres. Además el departamento cuenta con 67 puestos de votación y 194 mesas a instalar.
Fuente: Registraduría Nacional del Estado Civil
CASANARE
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CASANARE
En Casanare, designados más de 7.500 jurados de votación para elecciones presidenciales
La Registraduría Nacional del Estado Civil informa que en el departamento de Casanare fueron designados un total de 7.548 jurados de votación para las elecciones presidenciales del próximo 31 de mayo, de los cuales 6.108 son principales y 1.440 son remanentes.
Los sorteos de los jurados de votación, que fueron previamente postulados por entidades públicas, empresas privadas, instituciones educativas y agrupaciones políticas, contaron con el acompañamiento de representantes de los entes de control, las organizaciones políticas, la Fuerza Pública, las autoridades locales, entre otras entidades.
Los ciudadanos pueden consultar si fueron designados como jurados de votación en la aplicación ‘aVotar’, la cual se puede descargar de manera gratuita en Google Play y App Store, y en la página web de la Registraduría Nacional, www.registraduria.gov.co, haciendo clic en el botón ‘Consulta jurado de votación’.
Además, allí se informará el lugar, la fecha y la hora de la capacitación. Es importante reiterar que prestar el servicio de jurado de votación es de carácter obligatorio y que quienes sin justa causa no asistan a desempeñar sus funciones o las abandonen podrán ser destituidos del cargo que desempeñan, en caso de ser servidores públicos, y quienes no lo sean deberán pagar una multa de hasta diez (10) salarios mínimos mensuales legales vigentes.
Los jurados de votación que trabajen en el sector público o privado tendrán derecho a un (1) día compensatorio de descanso remunerado, el cual podrá hacerse efectivo dentro de los 45 días hábiles siguientes a la votación.


