CASANARE
11 capturados en Casanare durante el puente festivo
Además, un menor de edad fue aprehendido
Con la realización de operativos de control como parte del plan de choque ‘Construyendo Seguridad’, la Policía logró la captura de 11 personas en el departamento de Casanare durante el puente festivo. Además, un menor de edad fue aprehendido, estas personas privadas de su libertad se encuentran actualmente afrontando el respectivo proceso judicial, teniendo en cuenta el delito cometido.
Captura mediante orden judicial por el delito de violencia intrafamiliar
En la vía Monterrey – Yopal, vereda la Guafilla, fue capturado un hombre de 40 años de edad, a quien le figura orden de captura por el delito de inasistencia alimentaria, proferida por el Juzgado de Ejecución de Penas y Medidas de seguridad número 8 Civil de Bogotá. El capturado fue dejado a disposición a la autoridad competente.
Captura en flagrancia por el delito de tráfico, fabricación o porte de estupefacientes
En el kilómetro 2 de la vía que conduce a la Virgen de Manare de la ciudad de Yopal, mediante labores de registro y control, fue capturado un hombre de 18 años de edad, a quien se le halló en su poder 48 gramos de marihuana. El capturado fue dejado a disposición de la Fiscalía 10 local URI.
Captura en flagrancia por el delito de tráfico, fabricación o porte de estupefacientes
En la carrera 29 con calle 18 del barrio Juan Pablo de Yopal, mediante labores de registro y control fue capturado un hombre de 33 años de edad, a quien se le halló en su poder 5 tubos de plástico, los cuales en su interior contenían 05 gramos de clorhidrato de cocaína. El capturado fue dejado a disposición de la Fiscalía 10 local URI de Yopal.
Captura en flagrancia por el delito de fraude a resolución judicial o administrativa de policía
En la vereda la Guafilla de Yopal, fue capturado un hombre de 41 años de edad, de igual forma se inmoviliza una motocicleta marca Kymco color negro. Este ciudadano presenta cancelación de la licencia de conducción según providencia expedida por la secretaria de transito de Aguazul de fecha 03/06/2014, por lo tanto, no podrá conducir, gestionar expedición, renovación, refrendación, duplicado o recategorización de la licencia de conducción. Caso dejado a disposición de la Fiscalía local 30 URI de Yopal.
Aprehensión en flagrancia por el delito de hurto
En la carrera 7 con calle 24 del barrio la Campiña de Yopal, fue aprehendido un adolescente de 14 años de edad, quien, mediante factor de oportunidad, hurtó 01 cartera marca Totto, color fucsia, la cual contenía en su interior diferentes documentos personales, de propiedad de una mujer de 38 años de edad. El adolescente aprehendido fue dejado a disposición de la Fiscalía 10 local URI.
Dos capturas en flagrancia por el delito de violencia intrafamiliar
En la calle 29 con carrera 10 del barrio Casiquiare de Yopal, fueron capturados un hombre y una mujer de 33 y 32 años de edad, los cuales se agredieron mutuamente, recibiendo 10 días de incapacidad cada uno. Los capturados fueron dejados a disposición de la Fiscalía 30 local URI.
Captura en flagrancia por el delito de violencia intrafamiliar
En la carrera 14 con calle 20 del barrio Buenos Aires de Paz de Ariporo, fue capturado un hombre de 36 años de edad, quien agredió físicamente a su compañera sentimental, una mujer de 48 años de edad, a quien le causó varias lesiones en su cuerpo, la cual recibió incapacidad médico legal provisional de 45 días. El capturado fue dejado a disposición de la Fiscalía 11 local de Hato Corozal.
Dos capturas en flagrancia por el delito de lesiones personales
En la calle 21 con carrera 26 del barrio Bicentenario de Yopal, fueron capturados dos hombres de 19 y 42 años de edad, los cuales se agredieron físicamente causándose varias lesiones en sus cuerpos. Los capturados fueron dejados a disposición de la Fiscalía 10 URI.
Captura en flagrancia por el delito de daño en bien ajeno
En la calle 36 con carrera 25 del barrio el Mastranto de Yopal, fue capturado un hombre de 58 años de edad, quien causó daños materiales a una vivienda ubicada en el barrio el Mastranto, donde rompió los vidrios de la puerta principal, daños avaluados en $200.000; víctima una mujer de 53 años de edad. Caso dejado a disposición de la Fiscalía 30 local.
Captura en flagrancia por el delito de daño en bien ajeno y lesiones personales
En la calle 24 con carrera 21 del barrio Provivienda de Yopal, fue capturada una mujer de 28 años de edad, quien rompió con un casco el vidrio de una vitrina de un establecimiento abierto al público, daños avaluados en $300.000, de igual forma agredió físicamente a una mujer de 35 años de edad, a quien le dictaminaron 08 días de incapacidad médico legal. La mujer capturada fue dejada a disposición de la Fiscalía.
Fuente: El Diario del Llano – HOLA Casanare
CASANARE
Sindicatos dicen que Interventora temporal de Capresoca estructuró el modelo que agravó el caos
El sindicato Sindicato Unitario Nacional de Trabajadores del Estado SUNET Casanare, solicitó al Gobierno Nacional la designación urgente de un agente interventor especial externo para CAPRESOCA EPS, tras cuestionar la reciente designación de Bibi Dayana Daniels Rueda como agente interventora sustituta temporal de la entidad, quien se venía desempeñando como Gerente Operativa.
La petición fue elevada al presidente Gustavo Petro, al Ministerio de Salud y a la Superintendencia Nacional de Salud, en medio de crecientes preocupaciones por la prestación del servicio a más de 170.000 afiliados en el departamento.


Ante este panorama, SUNET pidió que se designe un interventor independiente externo con perfil técnico y sin conflictos de interés, y solicitó incluir a CAPRESOCA en un plan nacional de salvamento. Asimismo, defendió el carácter público de la EPS y su potencial como modelo de gestión en salud, reiterando la urgencia de medidas que garanticen la atención oportuna y la estabilidad institucional.
CASANARE
Secretaría de las TICs en Yopal ofrece curso gratuito de herramientas de Google
La secretaría de las tecnologías de la información y las comunicaciones de Yopal invita a la comunidad a participar en su curso gratuito “Herramientas de Google”. Esta iniciativa de formación está orientada a fortalecer las competencias digitales de los ciudadanos.
El espacio académico está diseñado para brindar conocimientos prácticos en el uso de aplicaciones esenciales. Los participantes aprenderán a manejar herramientas como Google Keep, Calendar, Meet, Forms, Sites, NotebookLM y la gestión masiva de contactos, fundamentales en diversos ámbitos.
Estas aplicaciones son cruciales para el desarrollo de actividades en los ámbitos educativo, laboral y personal, mejorando significativamente la gestión de la información y la comunicación en entornos virtuales. La estrategia busca cerrar brechas digitales.
El curso dará inicio en el mes de mayo, con sesiones programadas de 2:00 p.m. a 5:00 p.m. se desarrollará en las instalaciones del Punto Vive Digital, y como requisito indispensable, los participantes deberán contar con un computador portátil.
Las personas interesadas pueden realizar su inscripción de manera sencilla a través del enlace: https://forms.gle/LAqwDzK4kwP6LYRdA. Asimismo, para mayor comodidad, el registro también se puede efectuar escaneando el código QR que se encontrará en las piezas informativas oficiales.
La Secretaría TIC extiende una cordial invitación a toda la ciudadanía para que aproveche esta valiosa oportunidad de formación. El curso permitirá a los asistentes avanzar en el uso de herramientas digitales y fortalecer sus habilidades frente a los retos del entorno tecnológico actual.

CASANARE
El abogado detrás del fallo que sacude el sistema tributario y protegió miles de millones para Yopal
Una tutela estratégica, una disputa entre altas cortes y una decisión histórica de la Corte Constitucional (SU-047 de 2026) que le devuelve a las ciudades el control del impuesto de ICA, o en otros términos, redefinen la autonomía fiscal en Colombia. Detrás del caso, estuvo el abogado Gonzalo Ramos Rojas, Especialista en Derecho Penal y Criminología, Especialista en Responsabilidad y Daño Resarcible y Magister en Seguridad y Defensa Nacionales, quien convirtió una derrota judicial en el Consejo de Estado, en un precedente nacional fijado por la Corte Constitucional, abriendo una compuerta jurídica para que las demás ciudades capitales lo repliquen en sus territorios.
El Impuesto de Industria y Comercio (ICA) es el combustible que permite mover y hacer crecer una ciudad, es en términos sencillos, una de las principales fuentes de ingresos de las ciudades en Colombia. Gracias a este impuesto, que pagan empresas y comercios por su actividad económica, los municipios pueden financiar servicios esenciales como salud, educación, infraestructura y programas sociales. En otras palabras, el ICA no es solo un tributo: es una herramienta clave para que las ciudades funcionen y puedan responder a las necesidades de sus ciudadanos.
En el Derecho, como en la guerra, hay momentos en los que una sola operación cambia el curso de la historia, en este caso, tributaria. La Sentencia SU-047 de 2026 de la Corte Constitucional es uno de esos momentos. Con la expedición de la Ley 2082 de 2021, el Congreso creó la categoría de ciudades capitales permitiéndoles tomar como referencia el régimen tributario de Bogotá.
A partir de lo anterior, el Consejo de Estado, cerró el paso a la autonomía de las ciudades: anuló los acuerdos de Yopal y Cali que buscaban elevar la tarifa del ICA, señalando que no podían superar el modelo de Bogotá.

La estrategia jurídica que redefinió el mapa tributario del ICA en Colombia
Litigar no es solo argumentar: es saber dónde dar la batalla.
Durante años, Colombia ha repetido el mismo discurso: somos un Estado descentralizado. Pero en la práctica, muchas decisiones siguen tomándose —o peor, imponiéndose— desde Bogotá. La Sentencia SU-047 de 2026 de la Corte Constitucional acaba de poner en evidencia esa contradicción.
El caso parecía técnico: la tarifa del impuesto de industria y comercio (ICA) en Yopal y Cali, sin embargo, para el apoderado del municipio en el fondo era mucho más que eso. Era responder a una pregunta incómoda: ¿pueden las ciudades capitales decidir sobre sus propios recursos o deben limitarse a copiar el modelo de Bogotá? El Consejo de Estado había respondido, en la práctica, que no podían apartarse.
Lo anterior define el problema jurídico. Porque esa postura no solo desconoce el artículo 14 de la Ley 2082 de 2021 —que permite, no impone, adoptar el régimen de Bogotá—. También reproduce una lógica profundamente centralista: lo que funciona (o se decide) en la capital debe replicarse en el resto del país, sin importar las realidades locales. Pero Colombia no es Bogotá. Yopal no es Bogotá, así lo entendió y así lo defendió el profesional del derecho ante el Consejo de Estado y ante la Corte Constitucional.
Sus dinámicas económicas, sus necesidades fiscales y sus cargas sociales son distintas. Pretender uniformarlas bajo un mismo esquema tributario no es razonable, es centralismo disfrazado de interpretación legal. La Corte Constitucional entendió el trasfondo político del asunto. Por eso, en la sentencia SU-047, no solo corrigió una decisión judicial, definió algo más importante: reivindicó el principio de autonomía territorial como un elemento real, no simbólico.

Se rompió el cerco tributario: las regiones recuperaron el control de su territorio fiscal.
Las ciudades capitales ahora tienen un precedente constitucional claro, es decir, una decisión que sirve como guía y ejemplo para casos similares, para diseñar sus políticas de impuestos con más libertad y según sus propias necesidades. Eso cambia el equilibrio de poder entre el centro y la periferia o la provincia. Adicionalmente, se deja en evidencia que el centralismo en Colombia no solo es administrativo o político, también es judicial. Sí, judicial. Cuando una alta corte interpreta la ley de manera que restringe la capacidad de las regiones para tomar decisiones sobre sus propios recursos, no está siendo neutral. Está interviniendo en la distribución del poder. Y eso tiene un alto impacto, en inversión social, en el desarrollo regional, y en la vida cotidiana de millones de ciudadanos que dependen de los recursos que sus ciudades logren recaudar.
¿Porque esta decisión no cayó del cielo? Fue el resultado de una lectura precisa del conflicto: entender que el problema no era solo tributario, sino estructural. Que lo que estaba en juego no era una tarifa, sino el alcance real de la descentralización en Colombia. El abogado que llevó este caso a la Corte Constitucional no solo litigó, planteó un pulso de poder. Y lo ganó. Eso también dice mucho del momento que vive el país. Porque cada vez es más evidente que las grandes discusiones sobre el modelo territorial ya no se están dando únicamente en el Congreso, sino que se están trasladando a los tribunales. Y allí, caso por caso, se están redefiniendo las reglas.
La SU-047 marca un punto de inflexión. No resuelve todos los problemas, pero sí deja algo claro: el centralismo no es inevitable. Puede ser cuestionado. Puede ser limitado. Y, como acaba de demostrarse, también puede ser derrotado.
El abogado convirtió un problema tributario en un precedente constitucional.
Pero en todo conflicto hay una verdad inmodificable: no basta con ganar terreno, sino que hay que saber sostenerlo. Este éxito jurídico permitirá ingresos anuales, de al menos, quince mil millones de pesos (15.000.000.000), ahora, dependerá de ellos, que se inviertan estratégicamente en la ciudad y que lleguen a todos los ciudadanos. Esa es la nueva apuesta, que los impuestos sigan teniendo un retorno para los ciudadanos, y es la inversión en sus comunas, veredas y barrios.
No fue solo una sentencia donde la Corte Constitucional le da la razón al Abogado como apoderado del municipio de Yopal: fue una batalla por el control de los recursos de las ciudades.
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